Boletines/Benito Juarez
Resolución Nº 258/2019
Benito Juarez, 26/06/2019
Visto
las Licencias solicitadas por los agentes pertenecientes al área de Desarrollo Social;
QUE en las “Planillas Licencia” consta el debido conforme refrendado por la Dirección de Recursos Humanos y por los distintos responsables de área;
QUE la Secretaría de Gobierno dispone dictar el presente acto administrativo;
EL DEPARTAMENTO EJECUTIVO en uso de sus facultades;
RESUELVE:
Artículo 1º.-Concédase la LICENCIA ANUAL REGLAMENTARIA a la agentes y por los días que se detallan a continuación:
MARTINEZ SUSANA (L.P. 1977) desde el dia 24/06/19 y hasta 30/06/19 L.A.R. 2018
Artículo 2º.-Concédanse las LICENCIAS POR RAZONES PARTICULARES a los agentes y por los días que se detallan a continuación:
ARGUELLO DAIANA (L.P. 3431) por el dia 24/0619
LUSI ANA MARIA (L.P. 1882) por el dia 25/06/19
DIAZ MARIELA (L.P. 3439) por el dia 28/06/19
MOUHAPE SILVINA (L.P. 2371) por el dia 27/06/19
LUNA NATALIA (L.P. 2704) por el dia 19/06/19
GOMEZ SILVANA (L.P. 2695) por el dia 21/06/19
SPIKERMAN ANTONIA (L.P. 5310) por el dia 21/06/19
RAISING BARBARA (L.P. 3539) por el dia 18/06/19
RAISING BARBARA (L.P. 3539) por el dia 21/06/19
Artículo 3º.-Concédanse las LICENCIAS POR ATENCION DE FAMILIAR ENFERMO a los agentes y por los días que se detallan a continuación:
TOVAR ERICA (L.P. 3091) desde el dia 25/06/19 y hasta 26/06/19
BARRIO FERNANDA (L.P. 3089) desde el dia 21/06/19 y hasta 22/06/19
Artículo 4º.-Concédanse las LICENCIAS POR ACCIDENTE DE TRABAJO a los agentes y por los días que se detallan a continuación:
SPIKERMAN ANTONIA (L.P. 5310) desde el dia 27/06/19 y hasta 03/07/19
SPIKERMAN ANTONIA (L.P. 5310) desde el dia 24/06/19 y hasta 26/06/19
Artículo 5º.-Refrendará el presente acto administrativo la Sra. Secretaría de Desarrollo Social.-
Artículo 6º.-Comuníquese, dése al R.O. de Decretos y Resoluciones, tome nota Recursos Humanos, Secretarías de Gobierno, de Desarrollo Social y Auditoría, cumplido, archívese.-
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
PROF. MARIA T. RICCI
RESOLUCIÓN Nº 258.-