Boletines/General Pueyrredon

Resolución Nº429/19

Resolución Nº 429/19

Publicado en versión extractada

General Pueyrredon, 12/07/2019

RESOLUCIONES OSSE DE 429-491/19 DESDE 12/7 A 31/7/19 

 

MAR DEL PLATA, 12/07/2019

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 202-C-19 Cpo.1 referente a “BEBEDEROS MODELO MOJON RUNNING” y;

 

 

CONSIDERANDO

 

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 125/19 de fecha 26 de Febrero del 2019 (fs. 22) se resolvió adjudicar el Concurso de Precios Nº 14/19 a la firma MARPAL SA  por la suma total de PESOS QUINIENTOS SETENTA Y OCHO MIL ($578.000,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra 221/19;

 

                                           Que a fs 43  el Área Intendencia  informa que la firma  MARPAL SA,  ha dado  cumplimiento con todo lo requerido por Orden de Compra Nº 221/19;

 

                                           Que a fs. 44 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 221/19  perteneciente a MARPAL SA.,  se encuentra totalmente cancelada;

 

                                          Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 63 (fs.27) de fecha 18 de Marzo de 2019 perteneciente a la firma MARPAL SA;           

 

                                          Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º : Dar por cumplimentado a la firma MARPAL SA., el Concurso  de Precios Nº        --------------------14/19--------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:   Autorizar   a   la   Contaduría   a    proceder  a  la  devolución del Depósito de      -------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 63  (fs.27) de fecha 18 de Marzo de 2019 perteneciente a la firma MARPAL SA, ------------------------------------------------------------------            

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los efectos de      ---------------------- dar cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 429-2019                                         FIRMADA

                                                                              MARCELO SCAGLIOLA

 

           

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 12/07/2019

 

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 284-C-19 Cpo. 1 referente a la “ADQUISICION DE RESMAS DE PAPEL – AÑO 2019  y

 

CONSIDERANDO

 

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 179/19 de fecha 28 de Marzo del 2019 (fs. 42) se resolvió adjudicar el Concurso de Precios Nº 21/19 de la siguiente manera: Item 1- (Resma OFICIO): 460 unidades marca BOREAL a un valor unitario de $201.68 - precio total $92.772,80  e  Item 2 (Resma A4): 1.500 unidades marca BOREAL a un valor unitario de $163.85 - precio total $245.775,00, ambos ítems en su Of. Básica con Entregas Parciales a la firma DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L., ascendiendo el total de ambas ofertas en PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 80/100 ($338.547,80) con impuestos incluidos; y el Item 3 (Resma A3): 39 unidades marca BOREAL a un valor unitario de $320.99  en su Of. Alternativa con descuento con Entrega Total a la firma DISTRIBUIDORA MAYORISTA EN LIBRERÍA S.A. “ORFEI” ascendiendo el total de su oferta en PESOS DOCE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO CON 61/100 ($12.518,61) con impuestos incluidos, siendo el monto total de la adjudicación propuesta de PESOS  TRESCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL SESENTA Y SEIS CON 41/100 ($351.066,41) con impuestos incluidos, Ordenes de Compra Nº 286/19 y Nª 254/19 (respectivamente);

 

                                           Que a fs. 81 la Gerencia General de Grandes Consumidores y la Gerencia de Compras y Suministros, informan que las firmas  DISTRIBUIDORA MAYORISTA EN LIBRERÍA S.A. Orden de Compra Nº 254/19, y “DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L.” Orden de Compra Nº 286/19, han cumplido con todo lo requerido;

 

                                           Que a fs. 82 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 254/19  perteneciente a DISTRIBUIDORA MAYORISTA EN LIBRERÍA S.A. y Orden de Compra Nº 286/19  perteneciente a DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L. se encuentran totalmente canceladas;

 

                                          Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 69  (fs.60) de fecha 03 de Abril de 2019 perteneciente a la firma DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L

 

                                      Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas DISTRIBUIDORA  MAYORISTA EN               ---------------------LIBRERÍA S.A. y DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L, el Concurso de Precios  Nº 21/19----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:  Autorizar  a  la  Contaduría  a   proceder a la devolución del Depósito de               ---------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 69  (fs.60) de fecha 03 de Abril de 2019 perteneciente a la firma DISTRIBUIDORA SUSY S.R.L--------------------------------------------

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los  efectos de     ---------------------- dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------

 RESOLUCION Nº 430-2019                                          FIRMADA

                                                                                MARCELO SCAGLIOLA

 

           

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 15/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 382-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION DE ARTICULOS DE FERRETERIA –AÑO 2019”; y

                                                          

CONSIDERANDO

     

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 25/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo las firmas: ABETE Y CIA SA, MEYER SACIF, FEDERICO BRUSCANTINI SRL, MACROFER PASEO FERRETERO SA, SEYCO SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL Y ESLABONES SA. según surge del Acta de Apertura de fecha 03/06/19 (fs. 150);

 

                                                                   Que la firma ESLABONES SA mediante correspondencia de fecha 01/07/19 ingresada en OSSE bajo el Nº 193/19 informa que no pueden realizar los trámites correspondientes para la Re-Inscripción debido a la falta del personal. Por tal motivo dejan sin efecto la oferta presentada con fecha 03/06 para el Concurso de Precios de referencia;

 

                  Que de los informes de la Gerencia de Calidad (fs 246 y 258), Gerencia de Irregularidades del Servicio (fs 247), Área Automotores (fs 248 y 260); Gerencia de Servicios (fs 249 y 259); Área Intendencia (fs 250) y Gerencia de Producción (fs 251 y 257) surge lo siguiente: Respecto a la firma ABETE Y CIA SA no cotiza los renglones Nº 03 a 34 ambos inclusive, 36 a 54 ambos inclusive, 56 a 77 ambos inclusive y 79 a 109 ambos inclusive y cumplen técnicamente los renglones Nº 01, 02, 35, 55 y 78. Respecto a la firma MEYER SACIF no cotiza los renglones Nº 01 a 08 ambos inclusive, 10 a 13 ambos inclusive, 15, 17, 28 a 39 ambos inclusive, 44 a 57 ambos inclusive, 60 a 63 ambos inclusive, 65 a 67 ambos inclusive, 69, 70, 72 a 79 ambos inclusive, 81, 82, 83, 85, 86, 88, 90 a 93 ambos inclusive, 95, 97, 100, 101 y 103 a 109 ambos inclusive y cumplen técnicamente los renglones Nº 09, 14, 16, 18 a 27 ambos inclusive, 40 a 43 ambos inclusive, 58, 59, 64, 68, 71, 80, 84, 87, 89, 94, 96, 98, 99 y 102. Respecto a la firma SEYCO SACIF no cotiza los renglones Nº 05, 07, 08, 13, 47, 51, 63, 65, 66, 67, 75, 76, 78, 81, 92, 93 y 109 y cumplen técnicamente los renglones Nº 01 a 04 ambos inclusive, 06, 09 a 12 ambos inclusive, 14 a 46 ambos inclusive, 48, 49, 50, 52 a 62 ambos inclusive, 64, 68 a 74 ambos inclusive, 77, 79, 80, 82 a 91 ambos inclusive y 94 a 108 ambos inclusive. Respecto a la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL no cotiza los renglones Nº 01 a 04 ambos inclusive, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 25 a 36 ambos inclusive, 38 a 46 ambos inclusive, 48 a 52 ambos inclusive, 54, 55, 58 a 62 ambos inclusive, 64, 66, 68 a 71 ambos inclusive, 73 a 81 ambos inclusive, 83, 84, 85, 87, 91 a 96 ambos inclusive y 98 a 108 ambos inclusive, no cumple técnicamente el Renglón Nº 86 (el tamaño del envase no es el requerido) y cumplen técnicamente los renglones Nº 05 a 09 ambos inclusive, 13, 17, 21 a 24 ambos inclusive, 37, 47, 53, 56, 57, 63, 65, 67, 72, 82, 88 a 90 ambos inclusive, 97 y 109. Respecto a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA no cotiza los renglones Nº 15, 40, 47, 63, 67, 72, 73, 75, 76, 80, 94, 95, 96 y 109 y cumplen técnicamente los renglones Nº 01 a 14 ambos inclusive, 16 a 39 ambos inclusive, 41 a 46 ambos inclusive, 48 a 62 ambos inclusive, 64, 65, 66, 68 a 71 ambos inclusive, 74, 77, 78, 79, 81 a 93 ambos inclusive y 97 a 108 ambos inclusive y; respecto a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL no cotiza los renglones Nº 44, 46, 63, 67, 69, 80, 85, 103, 104 y 109; no cumplen con las Especificaciones Técnicas el Renglones Nº 70 (no se ajusta a lo requerido)  y cumplen técnicamente los renglones Nº 01 a 43 ambos inclusive, 45, 47 a 62 ambos inclusive, 64, 65, 66, 68, 71 a 79 ambos inclusive, 81 a 84 ambos inclusive, 86 a 102 ambos inclusive y 105 a 108 ambos inclusive;

 

              Que si bien el total general de las ofertas cotizadas superan en un 11.04 % el Presupuesto Oficial de $369.854,84  se observa que las Solicitudes de Pedido Nº 3-500-23 (fs 01 y 02). Nº 3-151-6 (fs 29), Nº 3-200-26 (fs 45/46); Nº 3-200-35 (fs 56/57); Nº 3-307-4 (fs 70); Nº 3-500-29 (fs 77/78); Nº 3-500-26 (fs 103/104); Nº 3-500-33 (fs 115/16); Nº 3-800-16 (fs 123/24) y Nº 3-151-11 (fs 130) se confeccionaron en base a presupuestos requeridos a diferentes firmas del ramo que datan de los meses de Enero, Febrero y Marzo del año 2019. Asimismo para la confección de  la Solicitud de Pedido Nº 3-530-15 (fs 33/34) se tuvieron en cuenta los precios de la última compra de fecha 22/08/18 (Ordenes de Compra Nº 492/18, 493/18, 494/18 y 495/18 de fs 35 a 41). Por lo tanto se debe tener en cuenta la importante devaluación que ha sufrido nuestra moneda de curso legal y la aceleración de la inflación; por ende resultaría financieramente conveniente adquirirlo en esta instancia;

                                                  

                                                      Que si bien para los renglones Nº 63, 67, 75, 76 y 109 consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

    Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

                                                        

                                                               Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 25/19 de la siguiente manera: a la firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 01, 02 y 78 ( todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS DOCE MIL CIENTO DIEZ ($12.110,00) con impuestos incluidos; a la firma SEYCO SACIF  los renglones Nº 06, 30, 33, 34, 41, 43, 44, 49, 50, 59, 77, 80, 94, 95, 96, 98, 102, 103, 104, 107 Y 108 ( todos en su Oferta básica con entregas parciales) por la suma total de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VENTISIETE CON 61/100 ($85.327,61) con impuestos incluidos; a la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL los renglones Nº 17, 37, 56, 63, 67, 90 y 109 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total)  por la suma total de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS ($7.366,00) con impuestos incluidos; a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 03, 04, 05, 07, 08, 09, 11, 12, 13, 19, 28, 29, 31, 32, 35, 38, 39, 42, 45, 46, 51, 52, 53, 55, 57, 58, 60, 61, 62, 65, 69, 70, 74, 79, 82, 83, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 100, 101, 105 y 106  (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 17/100 ($195.719,17) con impuestos incluidos; a la firma MEYER SACIF los renglones Nº 14, 16, 18, 20 a 27 ambos inclusive, 40, 64, 68, 71, 84, 89 y 99 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 87/100 ($39.540,87) con impuestos incluidos y a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 10, 15, 36, 47, 48, 54, 66, 72, 73, 75, 76, 81, 93 y 97 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($70.643,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS SEIS CON 65/100 ($410.706,65) con impuestos incluidos por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados;

 

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 382-C-19 Cpo. 01                              --------------------   referente a la “ADQUISICION DE ARTICULOS DE FERRTERIA  – AÑO 2019”.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 25/19 de la siguiente manera: a la            ------------------- firma ABETE Y CIA SA los renglones Nº 01, 02 y 78 ( todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS DOCE MIL CIENTO DIEZ ($12.110,00) con impuestos incluidos; a la firma SEYCO SACIF  los renglones Nº 06, 30, 33, 34, 41, 43, 44, 49, 50, 59, 77, 80, 94, 95, 96, 98, 102, 103, 104, 107 Y 108 ( todos en su Oferta básica con entregas parciales) por la suma total de PESOS OCHENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VENTISIETE CON 61/100 ($85.327,61) con impuestos incluidos; a la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL los renglones Nº 17, 37, 56, 63, 67, 90 y 109 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total)  por la suma total de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS ($7.366,00) con impuestos incluidos; a la firma MACROFER PASEO FERRETERO SA los renglones Nº 03, 04, 05, 07, 08, 09, 11, 12, 13, 19, 28, 29, 31, 32, 35, 38, 39, 42, 45, 46, 51, 52, 53, 55, 57, 58, 60, 61, 62, 65, 69, 70, 74, 79, 82, 83, 85, 86, 87, 88, 91, 92, 100, 101, 105 y 106  (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECINUEVE CON 17/100 ($195.719,17) con impuestos incluidos; a la firma MEYER SACIF los renglones Nº 14, 16, 18, 20 a 27 ambos inclusive, 40, 64, 68, 71, 84, 89 y 99 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS CUARENTA CON 87/100 ($39.540,87) con impuestos incluidos y a la firma DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL los renglones Nº 10, 15, 36, 47, 48, 54, 66, 72, 73, 75, 76, 81, 93 y 97 (todos en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS SETENTA MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES ($70.643,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS CUATROCIENTOS DIEZ MIL SETECIENTOS SEIS CON 65/100 ($410.706,65) con impuestos incluidos por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados.------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la          --------------- ----Orden de Compra y de acuerdo al siguiente detalle: para las firmas ABETE Y CIA SA, FEDERICO BRUSCANTINI SRL, MACROFER PASEO FERRETERO SA, MEYER SACIF y DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL el plazo de entrega será dentro de los 20 (veinte) días corridos y para la firma SEYCO SACIF 50% a los 30 (treinta) días corridos y el 50% restante a los 60 (sesenta) días corridos.---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°: La Oficina de Compras comunicará a la firma MACROFER PASEO                    -------------------- FERRETERO SA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. Para las firmas ABETE Y CIA SA, FEDERICO BRUSCANTINI SRL, MEYER SACIF, DISTRIBUIDORA OLLANTA SRL y SEYCO SACIF., dado que los montos a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($173.641,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación.----------------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para los                        ------------------- renglones adjudicados indicados en el Art 2º ------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------

 

ARTICULO 8º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                       ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------

RESOLUCION Nº 431-2019                                          FIRMADA

                                                                              ALEJANDRO POZZOBON

 

 

MAR DEL PLATA,  16/07/2019

 

 

 

Visto la licencia ordinaria otorgada a la Lic. Ana Paula COMINO (CI Nº 685),  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución Nº 286/19 la  Lic. Ana Paula COMINO (CI Nº 685),  se desempeña en carácter de reemplazo transitorio  a cargo de la Gerencia de Calidad con motivo de la licencia especial otorgada al  Sr. Gerente, Lic.  Marcelo Omar SCAGLIOLA (CI Nº 396) para cumplir las funciones inherentes al cargo de Vice  Presidente de Obras Sanitarias;

 

Que el agente se ausentara durante el período comprendido entre el  día 17 de julio hasta el día 02 de agosto de 2019, inclusive;

 

Que  resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia de Calidad, sin las funciones asignadas por Resol. Nº443/18;

 

Que el agente Gabriela VON HAEFTEN (CI Nº 686)  Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, designada a cargo de la Jefatura del Laboratorio de Aguas  de la  Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de Gerente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII; 

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que es menester encomendar el manejo de la Caja Chica asignado por Resolución  Nº 734/18;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º :  Designar  en  carácter  de reemplazo   transitorio   al    agente  Gabriela  ------------------- VON HAEFTEN (CI 686) Función  P-07 (“Personal de Conducción”),  Clase XX,  Jefe  del Laboratorio de Aguas,  en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, sin las funciones asignadas por Resol. Nº443/18,  desde el día 17  de Julio  de 2019  y hasta el día 02  de Agosto de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----

 

ARTICULO 2º :  No    se  abonará   al    reemplazante    ninguna   diferencia   si    éste  no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------

ARTICULO 3º : Encomendar el  manejo   de  la  Caja  Chica  de  la Gerencia de  Calidad  -------------------por el  período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.---

 

ARTICULO 4º:  La  erogación  que  demande  esta  Resolución se  imputará  al  objeto del -------------------  del  gasto 1.1.5.02. ¨Reemplazos¨.--------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones Comuníquese  a  quienes  corresponda  -------------------Cúmplase. ------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 432-2019                                     FIRMADA

                                                                        ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  16/07/2019

 

 

 

Visto la solicitud presentada por la Gerencia de Sistemas;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que para dar cumplimiento con las tareas que demanda el servicio, se torna indispensable reforzar la dotación de personal;

 

Que la Gerencia de Sistemas conjuntamente con la Gerencia de Recursos Humanos, llevó a cabo la selección de dos (2) postulantes con el perfil profesional  requerido para los trabajos a desarrollar;

 

Que habiéndose analizado pormenorizadamente las postulaciones, se consideró que el Licenciado en Sistemas Sr. David ARDUSSO (DNI 29.141.835) y el Diseñador Gráfico Sr. Nicolás Martín CARRO (DNI 34.535.238), reúnen las características personales y profesionales requeridas;

 

Que el Equipo de Salud de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que los mismos se encuentran física y psíquicamente aptos para el trabajo;

 

Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90, 93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a  lo  establecido  para  el  personal  de  OSSE   ubicándoselos en la Función A-14 (“Ayudante Técnico”), Clase XI;

 

Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S.  en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446  y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Contratar  a  plazo  fijo  para  prestar servicios en la Gerencia de                    --------------------Sistemas, al Licenciado en Sistemas Sr. David ARDUSSO (DNI 29.141.835) y al Diseñador Gráfico Sr. Nicolás Martín CARRO (DNI 34.535.238), en la Función A-14 (“Ayudante Técnico”), Clase XI por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a la presente. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013, pudiendo desempeñarse de mañana o de tarde de conformidad con las necesidades del servicio.--------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º:  Aprobar   el   modelo  de  Contrato  a   Plazo   Fijo   a   suscribir  con  los  --------------------trabajadores contratados, que como Anexo I y II  forman  parte integrante de la presente Resolución.------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:  El   gasto  que  demanden  las  presentes contrataciones serán imputadas   --------------------a las partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .------------

 

ARTICULO 4º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones  –  Pase a  la  Gerencia   de  Recursos -------------------Humanos  para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----

RESOLUCION Nº 433-2019                                          FIRMADA

                                                                             ALEJANDRO  POZZOBON

 

ANEXO I

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y el Sr. David ARDUSSO (DNI 29.141.835), con domicilio real en calle Castex Nº 2967 en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función A-14 (“Ayudante Técnico”), Clase XI,  para cumplir tareas en la Gerencia de Sistemas, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.--------------------------------------------------------------------------------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 22/07/2019  hasta  el  día ---------------21/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 21 de                  octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-


 

ANEXO II

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y el Sr. Nicolás Martín CARRO (DNI 34.535.238), con domicilio real en calle Balcarce Nº 3435 Piso 4º Dto. “A”, en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función A-14 (“Ayudante Técnico”), Clase XI,  para cumplir tareas en la Gerencia de Sistemas, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.--------------------------------------------------------------------------------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 22/07/2019  hasta  el  día ---------------21/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 21 de                  octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-

MAR DEL PLATA, 17/07/2019

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 724-C-2019 Cpo. 1 referente a la: ADQUISICIÓN BOTE INFLABLE Y MOTOR FUERA DE BORDA P/ INSPECCIÓN MANT. Y LIMP. SALIDA PLUVIAL ARROYO EL BARCO”, y;

 

CONSIDERANDO

 

 

             Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 51/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia; habiéndose invitado 5 (CINCO) firmas, presento oferta 1 (UNA) firma: NAUTICA LAFFONT  según surge del Acta de Apertura de fecha 01/07/2019 (fs. 18);

                                                        

 

Que habiéndose intimado al oferente mediante Cédula de fs. 38 en virtud de lo requerido por el Área  de Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción  a fs. 36 para que amplié la documentación presentando información sobre el trailer indicando las características del mismo y su cumplimiento con los requerimientos solicitados en las especificaciones técnicas “pintado con luces, paragolpe, guardabarros, cama de madera forrada y malacate”con fotografía  y sobre el bote inflable que incluye el trailer apto para el transporte del producto con provisión de “rueda para bote inflable”;

 

Que el oferente presento documentación obrante a fs. 39 y 40  en la cual informa que debido a un error involuntario omitió incluir en la planilla de pedido de cotización el precio del trailer y la rueda inflable de la puntera del mismo cuyas características son detalladas a fs. 39 cuyo valor asciende a PESOS CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 50/100  ($44.346,50) que sumado a lo cotizado a fs. 21 PESOS TRESCIENTOS DIECISIETE  MIL SETECIENTOS SESENTA ($317.760) totaliza un valor de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO SEIS CON 50/100 ($362.106,50);

             

Que a fs. 43 se remite al Área  de Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales perteneciente a la Gerencia de Producción lo informado por el proveedor destacando que la solicitud de pedido originada por las solicitudes 400-8 (fs. 1) y 400-9 (fs. 10) no exteriorizaba un renglón que contuviera el trailer, hecho que si fue incluido a fs. 2 en la especificación técnica del art. 32936-Bote inflable advirtiéndose  que en el presupuesto de fs. 4 de NAUTICA LAFFONT se visualiza que los tres ítems figuran discriminados. Considerando que el Presupuesto Oficial asciende a $ 366.684,74 se entiende que el Área de Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales  lo considero cuando confecciono el mismo y que se han invitado cinco firmas obteniendo solo a la firma NAUTICA LAFFONT como interesado;

                

                                                 Que a fs. 44 la Jefatura de Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales indica que no caben dudas que se trato de un error involuntario, ya que la firma había pasado una cotización aproximada para conformar el presupuesto oficial con renglones separados, siendo que en las especificaciones elaboradas por OSSE se considero propicio incluir el trailer y la rueda junto con el bote debido a que esos dos elementos podrían diferir según el modelo del bote y que para la confección del presupuesto oficial se habían consultado también a otras firmas del ramo no habiéndose recibido interesados en la provisión, recomienda la urgente adjudicación a la firma NAUTICA LAFFONT debido a que la oferta es conveniente a los intereses de Obras Sanitarias ;

 

                                                 Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 51/19  a la firma NAUTICA LAFFONT de LAFFONT GERMAN RODOLFO por la suma total de PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO SEIS CON 50/100 ($362.106,50) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $366.864,74;

 

                                                             Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nº 724-C-2019 Cpo. 1              ------------------ referente a la: ADQUISICIÓN BOTE INFLABLE Y MOTOR FUERA DE BORDA P/ INSPECCIÓN MANT. Y LIMP. SALIDA PLUVIAL ARROYO EL BARCO-------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 51/19  a la firma NAUTICA LAFFONT  en      ----------------- la  suma total de  PESOS TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CIENTO SEIS CON 50/100 ($362.106,50) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial. ------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 10 (DIEZ) días corridos de notificada la  ------------------ Orden de Compra. --------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de           ------------------- los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Notificar  a la  firma de  lo dispuesto  precedentemente.-------------------------

 

ARTICULO 7°: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de Compras a               ------------------fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----

 

RESOLUCION Nº 434-2019                                  FIRMADA

                                                                     ALEJANDRO  POZZOBON

 

MAR  DEL  PLATA, 17/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 227-C-19 Cpo.1 referente al: “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS EN EL AMBITO MGP” y;

 

CONSIDERANDO

 

          Que por Resolución de Directorio N° 214/19 de fecha 11/04/2019 (fs 106) se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 24/19 “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS EN EL AMBITO DE MGP” a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA en su propuesta con mejora por la suma total de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL ($557.000,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial;

 

                                                         Que a fs. 176 la Gerencia de Producción, mediante Solicitud Nº 3-200-119, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 405/2019  para el servicio de referencia por la suma de $111.400,00, equivalente al 20% del monto total de la contratación original;

                                                         Que a fs. 184 la Contaduría realizó la imputación preventiva correspondiente, no teniendo objeciones que realizar dado que el monto ampliado no supera el  20% estipulado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. del presente servicio;

            

                                                          Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C.  establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;             

                                                                                               

                                                         Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 405/19 perteneciente a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA  correspondiente al Concurso de Precios Nº 24/19 por la suma total de PESOS CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS  ($111.400,00) equivalente al 20% del monto contratado originalmente;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de  la Orden de Compra Nº 405/19 perteneciente                              ------------------- a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 24/19 por la suma total de PESOS CIENTO ONCE MIL CUATROCIENTOS  ($111.400,00) equivalente al 20% del monto contratado originalmente.------------------------------

 

ARTICULO 2º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro  de los         ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------

ARTICULO 3°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                --------------------- ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°: Notificar  a la  firma  de  lo dispuesto  precedentemente.-----------------------------

 

ARTICULO 5°:  Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a fin de dar             ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.-------------------------------

 

RESOLUCION Nº 435-2019                                                FIRMADA

                                                                                   ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 17/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 760-C-19 Cpo. 1 referente a la “ADQUISICION JUNTAS AMPLIA TOLERANCIA P/ IMPULSIÓN LASALLE”  y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 55/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia;

 

                                                        Que han presentado sobres 04 (cuatro) firmas: ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., GEESE QUIMICA S.R.L., I.P.L.I. S.R.L. y LEMOCHETE S.A., según acta de Apertura de Sobres de fecha 04/07/19 obrante a fs. 09, de la que surge que la firma I.P.L.I  S.R.L no cotiza;

 

 

                                                        Que a fs. 42 la Gerencia de Producción informa que visto las ofertas todas cumplen técnicamente con lo solicitado;

 

 

                                                        Que de las ofertas presentadas la firma LEMOCHETE S.A es la única oferta valida ya  que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta económica más conveniente;

 

                                                          Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

           Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                        Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 55/19 a la firma LEMOCHETE S.A. en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($431.650,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial de $479.160,00;

 

                                                          Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones correspondientes al Concurso de Precios            -------------------  Nº 55/19 obrantes  en  el Expediente Nº 760-C-19 Cpo.01 referente a la “ADQUISICION JUNTAS AMPLIA TOLERANCIA P/ IMPULSIÓN  LASALLE”.--

 

 ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 55/19 a la firma                             --------------------- LEMOCHETE S.A. en su Oferta Alternativa con descuento con entrega total por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($431.650,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial.--------------------------------------

 

ARTICULO 3°:  El Plazo de entrega será dentro de los 30 (treinta) días corridos  de      -------------------  notificada la  Orden de Compra.--------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.---------------------------------------------------

 

 ARTICULO 6º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.----------------

 

ARTICULO 7º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras -------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 436-2019                                FIRMADA

                                                                   ALEJANDRO  POZZOBON

                                                                       MAR DEL PLATA, 17/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 772-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MANGUERAS TERMOPLASTICAS ALTA PRESION P/ EQ DESOBSTRUCTORES;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;

 

Que por lo expuesto, la Oficina de Compras aconseja Llamar a Licitación Privada N° 06/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 25 a 33, ambas              --------------------inclusive del citado Expediente. ---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada N° 06/19 referente a la “ADQUISICION                    --------------------- MANGUERAS TERMOPLASTICAS ALTA PRESION P/ EQ DESOBSTRUCTORES” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.----

 

ARTICULO 3º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Crear  la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la                  ------------------- Licitación Privada N° 06/19 integrada por: el Lic. Marcelo Caló y el Sr. Guillermo Cechetto quienes presidirán la misma como titular y el Ing Walter Vuillermoz como suplente por la Gerencia de Producción; el CP Mariano Bianchini como titular y el CP Ruben Sesto como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y Dra Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.-

 

ARTICULO 5°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------

RESOLUCION Nº 437-2019                                       FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 17/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 755-C-19 Cpo.1 referente al: “SERVICIO EXCAVACION Y AUXILIARES PARA PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 52/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 04 (cuatro) firmas a saber: NASARA CONSTRUCTORA SA, ESEA SA, BRUNA OSCAR OSVALDO y COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA según consta en acta de Apertura de fecha 04/07/19 (fs.39); 

 

                                                   Que a fs. 120 la Gerencia de Producción informa que todas las propuestas cumplen con lo requerido, solicitando se adjudiquen todos los ítems a una misma contratista;   

 

                                                    Que de las ofertas presentadas la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA es la única oferta valida ya  que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta económica más conveniente;

 

                                                    Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

   Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

                                                            

                                                     Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/19 “SERVICIO EXCAVACION Y AUXILIARES PARA PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA  por la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($779.800,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $861.200,00;

 

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 755-C-19 Cpo.1                                      ------------------- referente al: “SERVICIO EXCAVACION Y AUXILIARES PARA PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”.----------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 52/19 “SERVICIO EXCAVACION Y           ------------------ AUXILIARES PARA PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA  por la suma total de PESOS SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS ($779.800,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo previsto para la finalización de los trabajos será de aproximadamente ------------------- 2 (dos) meses corridos desde el día de suscripta el Acta de Inicio de Servicio, el que será prorrogado en caso que OSSE encomiende un plan de avance menor al previsto.--------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5º: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los                    ------------------ cinco (05) días hábiles de notificada  deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-----------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--

RESOLUCION Nº 438-2019                                    FIRMADA

                                                                         ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

                                                                      

                                                                           MAR DEL PLATA,  17/07/2019

 

               

                                                                                              Visto el Expediente Administrativo Nº 2425-O-2014  Cuerpos 17 y 18  caratulado "DESAGÜE PLUVIAL CUENCA ARROYO EL BARCO - 1º ETAPA - SECTOR A ", y

 

                                                                                              CONSIDERANDO

 

                                                                                              Que por Resolución de Directorio Nº 684/15 de fecha 22/07/2015 (fs. 623) se adjudicó la Licitación de referencia a la firma COARCO S.A. en su Oferta Básica en la suma total de PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y OCHO  MIL SEISCIENTOS DOS CON 07/100 ($99.438.602,07) con impuestos incluídos, por ser su propuesta la más conveniente a los intereses de OSSE, encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $103.476.428,61 y cumplir los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones (Orden de Compra Nº 1197/15); con un plazo de ejecución de obra previsto en 360 (trescientos sesenta) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra;

 

                                                                                              Que con fecha 22/07/15 se suscribió el Contrato de Obra entre OSSE y la firma contratista. Obra  financiada  por la Subsecretaría de Recursos Hídricos de la Nación, a través del convenio suscripto entre el organismo nacional y la Municipalidad de General Pueyrredón;

 

                                                                                              Que con fecha 22/05/17 se celebró el CONVENIO POR  MAYOR FINANCIAMIENTO Municipalidad de General Pueyrredón - Provincia de Buenos Aires  suscripto por el Sr Intendente de la Municipalidad de General Pueyrredón  Dr. Carlos Fernando Arroyo y el Sr. Secretario de Infraestructura y Política Hídrica del Interior, Obras Públicas y Vivienda Ing. Pablo Bereciartúa,  que tuvo por objeto la ampliación del monto de financiamiento para la ejecución de esta por la suma de $61.200.913,03 correspondiente a la diferencia entre el valor de la oferta básica y su correspondiente valor redeterminado a los meses de Junio de 2015, Diciembre de 2015 y Abril de 2016 autorizándose por Resolución de Directorio Nº 437/17 de fecha 18/08/17 la celebración de la  ADDENDA AL CONTRATO de la  Obra "DESAGÜE PLUVIAL CUENCA ARROYO DEL BARCO - PRIMERA ETAPA - SECTOR A COLECTOR PRINCIPAL 2 (CP2) Obra Financiada con Fondos Provenientes del Plan Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria" por la suma de PESOS SESENTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS MIL NOVECIENTOS TRECE CON 03/100 de ($61.200.913,03) (Orden de Compra Nº253/18);

 

                                                                                              Que el 05/07/18 se celebró el CONVENIO POR  MAYOR FINANCIAMIENTO Municipalidad de General Pueyrredón - Provincia de Buenos Aires  registrado CONVE-2018-32623780-APN-SIPH#MI, que tuvo por objeto la ampliación del monto de financiamiento para la ejecución de la Obra de referencia, por la suma de $ 30.448.047,05 correspondiente a la diferencia entre el valor de la obra básica al mes de Abril de 2016 y su correspondiente valor redeterminado a los meses de octubre de 2016, febrero de 2017 y mayo de 2017 autorizándose por Resolución de Directorio Nº 394/18 de fecha 03/08/18  la  celebración  de la "ADDENDA Nº 2 AL CONTRATO de la  Obra "DESAGÜE PLUVIAL CUENCA ARROYO DEL BARCO - PRIMERA ETAPA - SECTOR A COLECTOR PRINCIPAL 2 (CP2) Obra Financiada con Fondos Provenientes del Plan Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria" por la suma de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUARENTA Y SIETE CON CINCO CENTAVOS ($ 30.448.047,05.-) (Orden de Compra Nº 468/18);

 

                                                                                              Que a fs 14 a 23 ambas inclusive (Alc 11) obra  CONVENIO POR  MAYOR FINANCIAMIENTO celebrado con fecha 19/12/18 entre la  Municipalidad de General Pueyrredón - Provincia de Buenos Aires bajo trámite de Registro CONVE-2018-66617764-APN-SIPH#MI, que tiene por objeto la ampliación de la Obra de referencia en la suma de $ 29.117.809,48 correspondiente a la diferencia entre el valor de los ítems nuevos de obra al mes de febrero de 2015, la fijación del nuevo precio contractual en virtud de la cláusula transitoria 2º del Decreto Nº 691/2016 de fecha 17/05/16 para el mes de Abril de 2016 y su correspondiente valor redeterminado a los meses de Octubre de 2016, febrero de 2017 y Mayo de 2017 en virtud de la aplicación del Decreto Nº 691/2016, autorizándose por Resolución de Directorio Nº 267/19 de fecha 13/05/19 la  celebración  de la "ADDENDA Nº 3 AL CONTRATO de la Obra "DESAGÜE PLUVIAL CUENCA ARROYO DEL BARCO - PRIMERA ETAPA - SECTOR A COLECTOR PRINCIPAL 2 (CP2) Obra Financiada con Fondos Provenientes del Plan Más Cerca, Más Municipio, Mejor País, Más Patria" por la suma total de PESOS VEINTINUEVE MILLONES CIENTO DIECISITE MIL OCHOCIENTOS NUEVE CON 48/100 ($29.117.809,48) (Orden de Compra Nº 378/19);

 

                                                                                              Que a fs 3733 obra Acta de Medición Final suscripta entre OSSE y la firma COARCO SA correspondiente a la Obra de referencia y a fs 3734 planilla de Economías y demasías a Valores Básicos y a valores de la 6º redeterminación confeccionada por la Inspección de Obras. A fs 3735 obra  Informe Técnico - Modificaciones de Proyecto con influencias en el cómputo de economías y demasías de obra -  Obra Desagüe Pluvial Arroyo Del Barco 1era. Etapa Sector A, de fecha 24/05/19,  desarrollado por el Sr. Jefe Grupo de Proyectos Nº 2 de la Gerencia de Planeamiento y Obras donde describen las causas  que obligaron a adoptar soluciones que llevarían a provocar la demasía que se denota en la planilla de fs. 3734. Al respecto, a fs 3737 el Área Inspección de Obra informa que se han producido economías y demasías; que las economías, en forma general, se debieron al menor volumen de obra ejecutado en el sector de la desembocadura y de la nueva traza dentro del predio de los silos y la Dársena D, produciéndose economías en 16 ítems. que se detallan en el mismo. Además el informe antes referido, expresa que en cuanto a las demasías, principalmente se deben al mayor volumen de hormigón y de acero, en la cámara de empalme de Ayolas y Av. De los Trabajadores y a la mayor cantidad de reparación de pavimentos debido a las modificaciones de las cotas del pavimento preexistente, verificándose demasías en 11 ítems. que se detallan en el mismo;

 

                                                                                              Que por Notas de Pedido Nº 216 y 229 (fs 3738 y 3739) la firma COARCO SA solicita una ampliación de plazo de 12 (doce) días por lluvias y consecuencias acaecidas durante el transcurso de la obra en el mes de Abril de 2019 argumentando la mayor cantidad de pavimentos que hubo de construir y por Nota de Pedido Nº 228 obrante a fs 3742 solicita la ampliación de plazos hasta el 11 Mayo por mayor cantidad de Obra;

 

                                                                                              Que a fs. 3743 el Área Inspección de Obras produce informe de fecha 29/05/19, en referencia  a los informes de la Inspección de Obras y del Jefe del Grupo de Proyectos Nº 2, en cuanto a las economías y demasías, y sus causas técnicas, destacando que las economías producidas en determinados ítems permiten compensar en gran medida las demasías producidas en otros. En dicho informe se expresa: "El origen de las mismas se generan básicamente por modificaciones de proyecto en el sector de Desembocadura, la nueva traza del conducto en el sector del predio de los silos, en la intersección de calle 12 de Octubre y Av. De los Trabajadores y en la cámara de empalme en Av. De los Trabajadores y calle Ayolas. Todas estas modificaciones surgieron como consecuencia de la resolución técnica de diversas cuestiones que se produjeron durante el desarrollo de la obra que formaron parte del proyecto ejecutivo presentado por la Contratista y aprobado por el Área Técnica de OSSE. Resumidamente las mayores diferencias se produjeron en el ítem 2 - Hormigón p/estructura de conductos, cámaras y obras en desembocadura, ítem 3 - Acero en barras para hormigón e ítem 8 - Rotura y reconstrucción de pavimento y veredas". Respecto a la ampliación de plazos solicitado por la contratista, conforme a los Partes Diarios y de acuerdo al informe del Inspector de Obra de fs 3741,  el Jefe de Inspección corrobora que dentro de las tareas realizadas durante la 2º quincena de Abril y hasta el 11/05/19 predominaron los preparativos previos y reconstrucción de cordones cunetas y pavimentos a la par que se ejecutaban otras tareas de terminación menores Por lo tanto solicita: 1) Ampliar el plazo de Obra, estableciendo como fecha de terminación de la misma el día 11/05/19.  2) Ampliar el monto de la contratación por las demasías de obras no compensadas, de acuerdo a la planilla de economías y demasías por un total de $ 1.671.485,13 a valores básicos equivalente a $1.940.206,23 a valores de la sexta redeterminación de precios;

 

                                                                                              Que a fs 3744/45 la Gerencia de Planeamiento y Obra informa respecto a la Obra de referencia y con el fin  de poder certificar las tareas que aún no lo han sido, como así también proceder posteriormente a la Recepción Provisoria y consecuentemente a la habilitación formal de las instalaciones lo siguiente: "A) En principio, conforme se establece en el último párrafo del Art. 12.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales para la Contratación de Obras Públicas, (" … Las mediciones parciales mensuales tienen carácter provisorio y están supeditadas al resultado de las mediciones finales que se realicen para la recepciones provisionales, parciales o totales, salvo para aquellos trabajos cuya índole no permita una nueva medición. …", con fecha 21 de mayo de 2019,  la Inspección de Obras y el Representante Técnico de la Contratista procedieron a la medición final, labrándose el correspondiente Acta de Medición.  B) En concordancia con la Inspección de Obra  las modificaciones de proyecto al momento de la confección del Proyecto Ejecutivo y de la Ingeniería de Detalle, a que se refieren los distintos informes se deben a adecuaciones del mismo para compatibilizarlo con las circunstancias locales que fueron teniendo lugar  durante el desarrollo de la misma obra, y que antes no habían podido ser detectados acabadamente.  C) Conforme al informe del Sr. Jefe del Área Inspección y las Planillas de Economías y Demasías, el monto de la obra no compensada es de $ 1.671.485,13 a valores básicos de contrato, elevándose a $ 1.940.206,23 a valores de la 6ta. Redeterminación de Precios (última aprobada). Teniendo en cuenta que a la fecha, la Redeterminación de Precios vigente es la 6ta., valores a mayo de 2017, a criterio de dicha Gerencia debería tenerse en cuenta tal circunstancia en la ampliación del monto contractual necesario para afrontar las demasías, es decir salvo mejor opinión la ampliación debería hacerse por:

A valores básicos……… $ 1.671.485,13.-

Por la 6ta. .…………….. $    268.721,10 (1.940.206,23 - 1.671.485,13).-

D) El  Pliego de Bases y Condiciones Generales para Contratación de Obras Públicas (PBCG), 1. Aspectos Generales. 1.1. Alcances del presente pliego, régimen legal y normas supletorias. : " … Regirán esta licitación las disposiciones y sus modificatorias de la Ley Orgánica de las Municipalidades, del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires; supletoriamente será de aplicación la Ley 6021 de Obras Públicas, su Reglamento y modificaciones, y toda otra vigente en la materia a la fecha de licitación. La citada legislación se entiende como integrante de este Pliego.". Ahora considerando el DECRETO-LEY 6769/58 de la LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES, su Art. 146 establece: " … (Texto según Dec-Ley 9448/79) El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista.  También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50) por ciento del monto total contratado. Los aumentos o reducciones se liquidarán aplicando los precios del contrato, sin reconocer lucros cesantes por las partes suprimidas. Cuando el antedicho porcentaje no haya sido previsto en el presupuesto original, el Departamento Ejecutivo deberá financiarlo como crédito suplementario. Terminada la obra y labrada la correspondiente acta de recepción definitiva, la ampliación o agregado que se estimen necesarios serán considerados obras nuevas y como tales quedarán sometidas al requisito de licitación según sus costos.". Cabe recordar que el artículo antes citado de la LOM, es tenido en especial consideración en los artículos: 11.1. Alteraciones del Contrato  y 11.2. Modificaciones y adicionales ordenados por OSSE  del Pliego de Bases y Condiciones para la Contratación de Obra Pública que forma parte del Pliego de la Obra."

 

                                                                                              Que a fs. 3685 obra nota de la Sra. Vicepresidente a cargo de la Presidencia de OSSE, Ing. Viviana E. Bolgeri, del 16 de abril de 2019, dirigida a "Señores . COARCO S.A."  donde en su parte pertinente expresa: " … Hoy la obra se encuentra en un avance real de más del 99%, faltando solamente concluir las tareas de limpieza y reparaciones varias de situaciones preexistentes para dejarlas en su estado original. Entre ellas se destaca la reparación de pavimentos en un sector de la Av. De los Trabajadores, tarea imprescindible para habilitar dicha arteria al tránsito de vehículos, en su mano hacia el sur, dada la  importancia que ello tiene para la ciudad de Mar del Plata. Así entonces, ante la situación antes descripta, es improcedente el planteo de vuestra Empresa en cuanto a posibilidad de suspensión, neutralización y extensión del plazo de obra y plan de trabajo, con argumento en la situación económica- financiera de la obra, por cuanto solamente resta ejecutar menos de un 1%.- … Por ello, nuevamente este organismo municipal mantiene y reafirma su compromiso de continuar gestionando con la mayor prontitud posible la totalidad de los trámites pertenecientes a la presente obra ante los distintos organismos que necesariamente deben intervenir,  requiriendo que esa Contratista concluya los pocos trabajos restantes, que permitan la urgente liberación al tránsito de la Av. De los Trabajadores, recordando que debe dar cumplimiento a los plazos autorizados. …".

 

                                                                                              Que como se desprende de los distintos informes técnicos referenciados, la obra insumió para su conclusión una cantidad de tareas mayor que las previstas inicialmente, entre ellas una mayor cantidad de reconstrucción de pavimentos, ítem que se termina de  desarrollar al final de la obra. Tal como lo expresa el Sr. Jefe del Área inspección de Obras, conforme los Partes Diarios, se corrobora que dentro de las tareas realizadas durante la segunda quincena de abril y hasta el 11 de mayo de 2019, predominaron los preparativos previos y reconstrucción de cordones cunetas y pavimentos. Por todo  lo expuesto solicita: 1.- Ampliar el monto de la contratación a valores básicos  del contrato más la diferencia originada por los nuevos valores a partir de la Redeterminación 6ta.,  por la demasía informada. 2.- Teniendo en cuenta el criterio establecido en el Pliego de Bases y Condiciones, se establezca  como fecha de terminación el día 11 de mayo de 2019, fundamentado en la mayor cantidad de obra realizada. 3.- Autorizar la certificación tomando como base la planilla de economías y demasías, producto de la medición final obrante a fs. 3734

 

                                                                                              Que la Jefatura de Compras ha tomado vista de las actuaciones, y a tenor de los antecedentes antes expuestos y teniendo en cuenta lo dictaminado por la Gerencia de Obras a fs 3744/45, considera conveniente y viable: A) Ampliar el monto de la contratación a valores básicos del contrato más la diferencia originada por los nuevos valores a partir de la Redeterminación 6ta. (Valores básicos $1.671.485,13 Y 6ta Redeterminación $268.721,10 (1.940.206,23- 1.671.485,13); y; B) establecer como fecha de terminación de los trabajos el día 11/05/19 realizando el Acto Administrativo que apruebe ambas cuestiones.

 

                                                                                              Que, habiéndose conferido vista de las actuaciones  a la Contaduría, esta última expresa a fs. 3751 (Cuepo 18)   "que no tiene observaciones que formular a lo peticionado teniendo en cuenta que el primer párrafo del artículo 146 de la Ley Orgánica de las Municipalidades autoriza la ampliación de los contratos en hasta un 20% y que a los valores del contrato básico el importe a ampliar alcanza el 1.68% , se deja constancia que si analizamos el contrato ampliado en el marco de la ley 14812 el porcentaje es aún menor"  Para luego aclarar que  "...se comparte que la addenda por mayor financiamiento se deberá realizar con los valores básicos al que se le debe sumar el mayor valor por redeterminación ya acordada a la fecha Valores básicos $ 1.671.485,13 y sexta redeterminación $ 268.721,10"

 

                                                                                              Que asimismo, se ha corrido vista a la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos, no teniendo observaciones que formular.-

 

                                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Ampliar la presente contratación correspondiente a la Obra  "DESAGÜE                        -------------------- PLUVIAL CUENCA ARROYO EL BARCO - 1º ETAPA - SECTOR A " Licitación Pública  Nº 02/15 en la suma de Pesos Un millón seiscientos setenta y un mil cuatrocientos ochenta y cinco con trece centavos ($1.671.485,13 ) a valores básicos del contrato, como así también en la suma de Pesos doscientos sesenta y ocho mil setecientos veintiuno con diez centavos ($ 268.721,10.-) correspondiente a la diferencia originada por los nuevos valores a partir de la sexta redeterminación.---------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Establecer como fecha de terminación de los trabajos el día 11 de mayo de 2019.---

 

ARTICULO 3º: Autorizar la certificación de los trabajos tomando como base la planilla de                                                     -------------------- economías y demasías, producto de la medición final obrante a fs. 3734 del Expediente Administrativo Nº 2425-O-2014 Cuerpo 17.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: Encomendar a la Secretaría del Directorio la gestión de la suscripción del                       ---------------------CONVENIO de MAYOR FINANCIAMIENTO que demande la ampliación consignada en el artículo primero de la presente.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes corresponda y                              -------------------cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 439-2019                             FIRMADA     ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

                                                              

                                                               MAR DEL PLATA,  180/07/2019

 

               

                                                               Visto el Expediente Administrativo Nº 681-A-2019 Cuerpo I, caratulado "PAGO SENTENCIA BRAVO ELSA ELENA C/OSSE", y

 

                                                               CONSIDERANDO

 

                                                                              Que en los autos caratulados "BRAVO ELSA ELENA C/OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP Y OTRO S/DAÑOS Y PERJUICIOS", Expte. Nº 3143-09, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de este Depto. Judicial, se desarrolló en fecha 15/05/2019 una audiencia convocada por el Sr. Juez de Primera Instancia Dr. Diego Benvenuto Vignola en cuyo marco quedó aprobada la liquidación, la cual al presente ya se ha cumplido en tiempo y forma.-

                                               Que en la misma oportunidad, el Juez reguló los honorarios de los letrados intervinientes y peritos; habiendo sido apelados – por altos y por bajos - los honorarios regulados al abogado de la actora  como así tambien los fijados para el perito médico Dr. Mario Osmar Cardoso;

                                              Que el Magistrado interviniente  convocó nueva audiencia – a instancia de las partes – a fin de avanzar en la determinación final de las costas y los tiempos de su pago; audiencia que se celebró en fecha 17 de julio de 2019 a las 10 hs. en sede del Juzgado;

                                                  Que en dicha oportunidad, OSSE propuso depositar el importe de los honorarios regulados al Dr. Julio Martín por su labor de primera instancia dentro de los 15 días de la celebración de dicha audiencia, a lo cual el letrado Dr. Martin manifestó aceptar de plena conformidad; dejando aclarado que dicho abogado ya había desistido previamente de su recurso de apelación.-

                                              Que se advierte que el porcentual de honorarios regulados resulta acorde con las parámetros establecidos en la ley de honorarios profesionales 8904 (que debe aplicarse al caso) sin resultar excesiva, protegiendo de tal modo los intereses de OSSE.-

                                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Autorizar  el  pago,  mediante  depósito  a la cuenta judicial Nº 849950/5 en -------------------Pesos, CBU 01404238-2761028499505/2 abierta, a la orden de los autos caratulados "BRAVO ELSA ELENA C/OSSE-OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MP Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. Nº 3143-09, ante el Juzgado de Primera instancia en lo Civil y Comercial Nº3 del Departamento Judicial de Mar del Plata; de la suma de Pesos veintinueve mil quinientos ($ 29.500) y Pesos tres mil ciento cuarenta ($ 3140) en concepto de honorarios regulados al Dr. Julio Marcelo Martín por su labor de primera instancia y excepción de incompetencia resuelta  a fs. 108/109 respectivamente; en ambos casos  con más aportes previsionales e IVA 21% (atento su condición de responsable inscripto).------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Imputar  los pagos indicados en los artículos precedentes al objeto del -------------------gasto 3.8.4. Multas, Recargos y gastos Judiciales, de la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000, Categoría programática 01.00.09 Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, bien 033.752.001.010 Servicio de gastos y sentencias judiciales.-----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes corresponda y  cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 440-2019                                          FIRMADA

                                                                              ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

MAR DEL PLATA,  18/07/2019

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                  Visto la renuncia presentada por el agente Nestor Leonardo ECHENIQUE  CI 144,  para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                              

                                               Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                                             

                                               Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;

 

                                   Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

                                 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Nestor Leonardo                                                                           -------------------ECHENIQUE CI 144,-DNI 12.016.930, Función C-05 Clase XV                                    para acogerse a los  beneficios jubilatorios a partir del 31  de Julio  de 2019.-------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 3º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCIÓN; Categoría Programática 18.01.01  OPERACIONES  y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------

RESOLUCION Nº 441-2019                                       FIRMADA

                                                                            ALEJANDRO  POZZOBON

 

MAR DEL  PLATA, 18/07/2019

                                                                                                                                

 

Visto la solicitud presentada por el Gerente de Producción conjuntamente con la Jefatura del Área Pluviales; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);

 

Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar al agente TORRES, Cristian Maximiliano (CI 1119) en la Función OFPF (Oficial Polifuncional), manteniendo el régimen en el cual desarrolla sus tareas; 

 

Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar  la  designación  del  agente,  TORRES, Cristian Maximiliano  -------------------(CI 1119) en la Función OFPF (Oficial Polifuncional) manteniendo el régimen en el cual desarrolla sus tareas; la misma se hará efectiva a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente.-----------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -------------------  que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.--------

RESOLUCION Nº 442-2019                                FIRMADA

                                                                   ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 18/07/2019

                                                                                                                                

 

Visto la solicitud presentada por el Gerente de Producción; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);

 

Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar al agente HAURI, Maximiliano Ariel (CI 980) en la Función EOPF (Encargado Polifuncional), manteniendo el régimen en el cual desarrolla sus tareas; 

 

Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Autorizar  la  designación  del  agente,  HAURI, Maximiliano Ariel (CI -------------------980) en la Función EOPF (Encargado Polifuncional) manteniendo el régimen el cual desarrolla sus tareas; produciéndose la efectividad de la misma el primer día hábil del mes julio del presente año.-------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias -------------------  que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.---------

RESOLUCION Nº 443-2019                                        FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  18/07/2019

 

 

Visto las facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad con las que fue dotado el Directorio de la misma en su estatuto de funcionamiento; y

 

CONSIDERANDO

 

Que ante las solicitudes recibidas individualmente por cada agente esta Gerencia de Recursos Humanos ha evaluado la oportunidad de dar curso a lo solicitado considerando las necesidades del servicio;

 

Que se torna conveniente trasladar al agente MILLAN, Sabrina Laura (CI 462) de la Tesorería a la Gerencia General de Grandes Consumidores Área Emisión y Distribución y al agente LOYACONE, Gabriela Verónica (CI 670) de la Gerencia General de Grandes Consumidores Área Emisión y Distribución a la Tesorería; ambas reúnen las condiciones de idoneidad para desempeñar diferentes funciones, las mismas mantendrán sus actuales situación de escalafonaria;

 

Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

 

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Trasladar  a  partir  del  primer  día  hábil  del próximo mes al agente --------------------MILLAN, Sabrina Laura (CI 462) de la Tesorería a la Gerencia General de Grandes Consumidores Área Emisión y Distribución y al agente LOYACONE, Gabriela Verónica (CI 670) de la Gerencia General de Grandes Consumidores Área Emisión y Distribución a la Tesorería; ambas reúnen las condiciones de idoneidad para desempeñar diferentes funciones, las mismas mantendrán sus actuales situación de escalafonaria.-----------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Autorizar a la Contaduria a hacer las transferencias presupuestarias      ---------------------correspondientes.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3ºDése al  Registro  de   Resoluciones  - Notifíquese a los interesados                      ---------------------.Cúmplase.------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 444-2019                                                    FIRMADA

                                                                                        ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  18/07/2019

 

 

Visto las facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad con las que fue dotado el Directorio de la misma en su estatuto de funcionamiento; y

 

CONSIDERANDO

 

Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;

 

Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de trasladar al agente LLORENS, Tamara (CI 1113) de la Gerencia de Sistemas Área Call Center a la Gerencia de Relaciones Institucionales quien dejará de pertenecer a la estructura especifica del sector tal como se le fue asignada en Resol.Nº340/18 y al agente VIDAL, Mónica Marcela (CI 1128) de la Gerencia de Relaciones Institucionales a la Gerencia de Sistemas Área Call Center quien asumirá las funciones inherentes al sector de Telefonista Nivel 3TNV detalla en Anexo I de la Resolución enunciada precedentemente; ambas reúnen las condiciones de idoneidad para desempeñar las diferentes funciones ;

 

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

 

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Trasladar  a  partir  del  primer  día  hábil  del próximo mes al agente -------------------- LLORENS, Tamara (CI 1113) de la Gerencia de Sistemas Área Call Center a la Gerencia de Relaciones Institucionales quien dejará de pertenecer a la estructura especifica del sector tal como se le fue asignada en Resol. Nº340/18 y al agente VIDAL, Mónica Marcela (CI 1128) de la Gerencia de Relaciones Institucionales a la Gerencia de Sistemas Área Call Center quien asumirá las funciones inherentes al sector de Telefonista Nivel 3TNV detalla en Anexo I de la Resolución enunciada precedentemente; ambas reúnen las condiciones de idoneidad para desempeñar las diferentes funciones.--------------------------------------------------------------------------------  

 

ARTÍCULO 2º: Autorizar a la Contaduria a hacer las transferencias presupuestarias      ---------------------correspondientes.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3ºDése al  Registro  de   Resoluciones  - Notifíquese a los interesados                      ---------------------.Cúmplase.------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 445-2019                                       FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  18/07/2019

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Sr. Gerente de Producción  Ing. Walter Darío VUILLERMOZ - C.I. Nº 456, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Sr. Gerente se ausentará durante el período comprendido desde el día 31 de julio de 2019 al 16 de agosto de 2019, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia antedicha;

 

Que la persona propuesta para la atención y firma del despacho es el M.M.O. Gabriel BARABINO - C.I. Nº 383, Función P-07 Clase XXII, quién reúne las condiciones para realizar dicho reemplazo;

 

Que asimismo corresponde encomendar al M.M.O. Gabriel BARABINO el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Producción asignado por Resolución Nº 679/17,  por el período arriba indicado;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 22.962 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

 

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:   Designar    en   carácter   de   reemplazo   transitorio   al   M.M.O.   Gabriel --------------------BARABINO - C.I. Nº 383, Función P-07 Clase XXII, en la atención y firma del despacho de la Gerencia  de Producción, Función P-07, Clase XXIII,  por el período comprendido  desde el día 31 de julio de 2019 al 16 de agosto de 2019, inclusive,  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:    No   se   abonará   al   reemplazante    ninguna    diferencia    si    éste    no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:  Encomendar  el  manejo  de  la  Caja  Chica  de  la  Gerencia de Producción  ------------------- por el período enunciado en el articulo primero, al agente reemplazante.------

 

 

ARTICULO 4º: El  gasto  que  demande  el mencionado reemplazo se  imputará al  objeto del

--------------------- gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones. Comuníquese  a  quienes  corresponda. --------------------Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 446-2019                                               FIRMADA

                                                                                  ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 18/07/2019

 

 

 

Visto la licencia ordinaria otorgada a la Sra Gerente de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo Dra. Raquel Leonarda PIOLETTI  (CI 679), Función P-07, Clase XXII  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la Sra. Gerente se ausenta por el período comprendido desde el día 22 de julio de 2019 y hasta el día 26 de julio de 2019, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo durante la ausencia de la agente mencionada, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización de la mencionada Gerencia;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que la persona propuesta para la atención y firma del despacho es la agente Graciela Elba LEONE (CI 677), Función P-07 Clase XX quién reúne las condiciones para cumplir con dicho reemplazo;

 

Que  resulta necesario transferir el manejo de la Caja Chica de la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo al agente reemplazante;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Designar  en  carácter de  reemplazo  transitorio  al agente                                 ---------------------Graciela Elba LEONE (CI 677) Función P-07,  Clase XX, para la atención y firma del despacho de la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, Función P-07, Clase XXII, por el período comprendido desde el día 22 de julio de 2019 y hasta el día 26 de julio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  No   se   abonará  al   reemplazante    ninguna   diferencia   si   éste    no ---------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo.  La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:  La  erogación  que  demande   el   mencionado  reemplazo  se  imputará   --------------------al objeto del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”-------------------------------------

 

 

ARTÍCULO 4°: Encomendar  el  manejo  de  la  Caja  Chica   de  la Gerencia  de Asuntos --------------------Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo por el período enunciado en el artículo primero.----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése   al  Registro    de     Resoluciones – Comuníquese      a     quienes           --------------------corresponda - Cúmplase.------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 447-2019                                          FIRMADA

                                                                              ALEJANDRO POZZOBON

 

                                                                       MAR DEL PLATA, 18/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 771-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION ANUAL DE MATERIALES ELECTRICOS;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

Que la Gerencia de Servicios, la Gerencia de Producción y el Area Intendencia a fs. 42, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos a fs. 44 y el Área Contaduría a fs. 45, habiendo tomado vista del citado Pliego, informan que no tienen observaciones que formular al mismo;

 

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;

 

Que por lo expuesto, la Oficina de Compras aconseja Llamar a Licitación Privada N° 12/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 28 a 40, ambas              --------------------inclusive del citado Expediente. ---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  Llamar a Licitación Privada N° 12/19 referente a la “ADQUISICION ANUAL

-------------------- DE MATERIALES ELECTRICOS” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Crear  la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la                  ------------------- Licitación Privada N° 12/19 integrada por: el Ing. Alejandro Capizzano quien presidirá la misma como titular y el Ing. Daniel Córdoba como suplente ambos por la Gerencia de Servicios,  Sr Guillermo Cechetto como titular y el Lic. Marcelo Caló como suplente ambos por la Gerencia de Producción, el Sr. Jorge Suarez como titular y el Sr. Gustavo Quiroga como suplente ambos por el área Intendencia y el CP Rafael Principi  como titular y la C. P. Laura Tauber como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.-------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------

RESOLUCION Nº 449-2019                                                FIRMADA

                                                                                    ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 19/07/2019

 

VISTO la Ordenanza Nº 23.981, y

 

CONSIDERANDO

 

Que la mencionada Ordenanza regula la obligación de funcionarios y agentes municipales de presentar declaraciones juradas patrimoniales, así como los mecanismos de publicidad, abrogando en su Art. 7º a las Ordenanzas 7.023; 7.031; 9.338; 13.914 y toda otra norma que se le opusiera;

 

Que en el ámbito de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. resulta aplicable la Resolución Nº 271/17 dictada el 17/05/17  por iniciativa propia haciendo un paralelismo con las Ordenanzas Nº 7.023 y 13.914;

 

Que la Ordenanza Nº 23.981 recientemente dictada, a diferencia del Art. 5to. de la Ordenanza  Nº 7.023, omite incluir entre los obligados a presentar declaraciones juradas patrimoniales a funcionarios y empleados “que se  desempeñen en las Sociedades de Estado que integren la Municipalidad de General Pueyrredón”;

 

Que tampoco la Empresa ha sido mencionada en forma expresa en la Ordenanza Nº 23.981, extremo que se ha verificado en otras Ordenanzas  con anterioridad, tal como se puntualizó en el cuarto considerando de la Resolución Nº 271/17 antes referenciada en la cual, en lo pertinente, se dijo “…la Empresa ha sido distinguida de otros Organismos Descentralizados … razón por la cual se la menciona siempre de modo expreso cuando se la incluye en el ámbito de aplicación de determinado régimen normativo –vg. ord. 10.357,14.123, 14.538, 14718,18615- …”;

 

Que por lo expuesto, exacerbando el carácter de publicidad y transparencia, se considera oportuno -por propia iniciativa- adecuar  en lo que resulte compatible, el régimen de Declaraciones Juradas establecido por Resolución Nº 271/17 para funcionarios y empleados de OSSE a las prescripciones de la Ordenanza Nº 23.981 recientemente dictada, adoptándose los Anexos allí aprobados para mantener un formato homogéneo;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Los miembros del Directorio de O.S.S.E.; el Síndico titular; los gerentes; los denominados ''funcionarios de ley" (Contador, Tesorero y Jefe de Compras); los "responsables y sub responsables patrimoniales"; los "responsables de caja chica"; los cajeros; los inspectores; y los miembros de comisiones de adjudicación, estarán obligados a la presentación de su Declaración Jurada Patrimonial. Dichas declaraciones juradas serán remitidas para su publicación en la página de Internet oficial de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón, quedando su contenido accesible de conformidad con el Artículo 6º de la presente.-

 

ARTÍCULO 2º: Los Gerentes; Funcionarios de Ley y restante Personal Jerárquico subordinado directamente de Directorio deberán informar a la Gerencia de Recursos Humanos toda designación o asignación de funciones en virtud de la cual nuevos trabajadores queden obligados a presentar su Declaración Jurada. La Gerencia de Recursos Humanos por su parte deberá notificar a dichos trabajadores la obligación así como los plazos y modalidades de cumplimiento.-

 

ARTÍCULO 3º: La presentación de la Declaración Jurada Patrimonial deberá ser  cumplida dentro de los 30 (treinta) días posteriores a la notificación de la presente o -para aquellos que no estuvieran comprendidos a ese momento en alguno de los cargos y/o funciones descriptas en el Artículo 1º-  dentro de los treinta (30) días posteriores a su designación en los mismos.-

 

ARTÍCULO 4º: Las declaraciones juradas patrimoniales que serán  publicadas en la  página de Internet oficial de la Municipalidad tendrán el contenido previsto en el formulario que como Anexo I forma parte de la presente. A su vez quedará incorporado a la declaración jurada patrimonial que se archivará en la Tesorería, un formulario con el contenido previsto en el Anexo II de la presente a efectos de exhibición ante requerimiento de autoridad judicial;  y otro formulario con el contenido previsto en el Anexo III a efectos de la exhibición prevista en el Artículo 8º Segundo Párrafo el cual -a fin de respetarse la protección de los datos personales- no contendrá ninguno de los siguientes datos: a) números de cuentas bancarias y de tarjetas de crédito y/o débito; b) nombres y apellidos de cónyuges e hijos; c) individualización de los bienes inmuebles, consignando la calle y su numeración, piso y departamento; y d) individualización de los datos de bienes muebles registrables indicando su número de dominio. Las personas obligadas podrán introducir en dichos Anexos la información complementaria y/o aclaratoria que considere pertinente a efectos de exponer su situación patrimonial.-

 

ARTÍCULO 5º: Las personas indicadas en el Artículo 1º deberán presentar en Tesorería de OSSE un sobre cerrado rotulado “Declaración Jurada Patrimonial Anexos II y III” conteniendo: a)  la declaración jurada patrimonial para su exhibición ante quien lo requiera conforme lo establecido en el Artículo 8º Segundo Párrafo (Anexo III); y b) otro sobre cerrado rotulado “Declaración Jurada Patrimonial Anexo II” conteniendo su declaración jurada patrimonial para su exhibición ante requerimiento de autoridad judicial (Anexo II). La Tesorería de OSSE procederá a archivar los sobres cerrados conteniendo declaraciones juradas, siendo responsable exclusivo de su seguridad y guarda, y asimismo extenderá en el acto de su presentación cuatro constancias: a) una para el obligado; b) otra a efectos de la publicación en la página de Internet oficial de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón; c)  otra a efectos a efectos de ser incorporada al Legajo de Personal; y d) otra para ser conservada por Tesorería.-

 

ARTÍCULO 6º: Cumplida dicha presentación, las personas obligadas deberán presentar ante la Gerencia de Recursos Humanos: a) declaración jurada patrimonial a efectos de su publicación en la página de Internet oficial de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón (Anexo I); b) la constancia de la presentación extendida por Tesorería a los mismos efectos; y c) la constancia de la presentación extendida por Tesorería a efectos de ser incorporada al Legajo de Personal. Dicha documentación podrá ser presentada con copias simples a efectos de la colocación en ellas del respectivo recibo.-

 

ARTÍCULO 7º: La Gerencia de Recursos Humanos deberá remitir al Directorio -dentro  del plazo de diez (10) días desde vencimiento de los plazos establecidos- la documentación indicada en los incisos “a” y “b” del Artículo 6º, para que por intermedio de la Secretaría del Directorio las mismas sean enviadas, a su vez, al Departamento Ejecutivo a efectos de publicación en la página de Internet oficial de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón. Asimismo, en igual plazo la Gerencia de Recursos Humanos deberá informar al Directorio las personas que hubieren incumplido la obligación de presentar su declaración jurada patrimonial, ello a fines de la aplicación de las sanciones disciplinarias que puedan proceder.-

 

ARTÍCULO 8º: La página de Internet oficial de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E.  deberá contener un hipervínculo accesible que remita a la página de Internet oficial de la Municipalidad donde estén publicadas las declaraciones juradas patrimoniales presentadas bajo Anexo I. Sin perjuicio de ello, las declaraciones juradas patrimoniales serán exhibidas ante cualquier requerimiento que se formule a dicho fin. La petición se deberá realizar ante la Gerencia de Recursos Humanos la cual deberá asentar la identidad del peticionante en un registro que a tales fines se lleve. En ningún caso la información podrá ser solicitada para: a) fines comerciales del peticionante, b) establecer la situación crediticia del funcionario, c) efectuar pedidos de aportes para organizaciones políticas y/ o benéficas. Se requerirá al requirente que declare expresamente, bajo juramento, que no utilizará la información que obtenga para ninguno de dichos  fines. Cumplidos los requisitos se dará intervención a Tesorería a efectos de la apertura del sobre cerrado rotulado “Declaración Jurada Patrimonial Anexos II y III” y se entregará al interesado copia del Anexo III que se hallare en su interior. En caso de requerimiento por autoridad judicial Tesorería procederá asimismo a  la apertura del sobre cerrado rotulado “Declaración Jurada Patrimonial Anexo II” y remitirá al organismo requirente copia del Anexo II que se hallare en su interior. En todos los casos se labrará Acta dejándose constancia del desarrollo del acto, de las personas intervinientes, detalle de la documentación hallada en el interior de los sobres, y de la entrega o remisión efectuadas.-

 

ARTÍCULO 9º: Adóptanse los Anexos I y II con el contenido de los formularios    aprobados por Ordenanza Nº 23.981 a efectos de la publicación de las declaraciones juradas en página de Internet oficial de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredón y de su exhibición a autoridad judicial, respectivamente;  y apruébase el Anexo III con el contenido del formulario para la exhibición prevista en el Artículo 8º Segundo Párrafo exclusivamente.-

 

ARTÍCULO 10°: Dése al registro de Resoluciones. Comuníquese a las Gerencias y demás Áreas dependiente de este Directorio. Notifíquese por intermedio de Gerencia de Recursos Humanos a las personas comprendidas en el Artículo 1º de la presente. Cúmplase.-

RESOLUCION Nº 450-2019                                        FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                 Visto la renuncia presentada por el agente Stella Maris VITA  CI 282,  para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                              

                                               Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                                             

                                               Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;

 

                                   Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

                                 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Stella Maris VITA  CI 282, -------------------DNI 11.506.568, Función Encargado Oficial Polifuncional para acogerse a los  beneficios jubilatorios a partir del 01  de Agosto  de 2019.-----------------

 

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 3º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.06 APOYO GRANDES CONSUMIDORES y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------

RESOLUCION Nº 451-2019                              FIRMADA

                                                                  ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 761-C-19   Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION BOLSA CONTENEDOR RAFIA LAMINADA P/ ESCOMBROS” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 53/19 según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo invitado para el mismo a 05 (cinco) firmas (fs. 7) y presentado oferta únicamente la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES”, cotizando la Oferta Básica con Entregas Parciales y la Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total, según consta en acta de Apertura de fecha 04/07/19 (fs. 8); 

 

                                                    Que al pie de fs. 15 la Gerencia de Producción informa que la firma oferente cumple con ambas ofertas;

 

                                                    Que atendiendo lo establecido en el punto 6 inc. d del P.B.yC. Generales, se solicitó a la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” una Mejora de Ofertas surgiendo, según Acta de fecha 12/07/19 (fs.19), que la mencionada firma ofrece un 3% de descuento en ambas cotizaciones, la cotización de entrega parcial en 3 meses y la cotización de entrega completa;

 

                                                    Que habiéndose intimado mediante cédula de fs. 16 a la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” a fin presente la documentación requerida para la Re- Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, surge que la misma ha concluido dicho trámite, constando a fs. 24 el pertinente Certificado. Siendo la oferta de la mencionada firma única y  válida ya que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además su propuesta económica, conveniente;

 

                                                     Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

                                                    Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                Que si bien aún con la Mejora de Precios ofrecida la cotización de la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” de $208.356,00 (Oferta Alternativa mejorada) supera en un 17,57% el Presupuesto Oficial de $177.216,00, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-200-102 se tuvo en cuenta el precio de la última contratación de fecha 16/04/19 (Compra Directa Nº 102/19 - Orden de Compra Nº 327/19) adjudicada a dicha firma por un valor unitario de $147,68 la unidad. Surgiendo que dicho precio no es el mismo al cotizado para el presente CP Nº 53/19. Al respecto, la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” expone en Nota de fs. 22 que la diferencia del precio cotizado con respecto a  las anteriores compras es debido a que su proveedor, que reciclaba los contenedores a nuevos, cerró sus puertas. Agregando que dicho cambio generó que comiencen a trabajar con un nuevo proveedor, que también los recicla a nuevos y tiene otros costos. Al no ser un producto fabricado a nuevo no tiene un valor estandarizado en el mercado. Sumado a ello, también se debe tener en cuenta la importante devaluación que ha sufrido nuestra moneda de curso legal y la aceleración de la inflación; por ende resultaría financieramente conveniente a los intereses de OSSE adquirir los elementos en esta instancia;

                                                              

                                                Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 53/19 “ADQUISICION BOLSA CONTENEDOR RAFIA LAMINADA P/ ESCOMBROS” a la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” en su Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total (mejorada con descuento del 3%)  por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($208.356,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego;

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:            Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 761-C-19 Cpo. 1

-------------------- referente a la: “ADQUISICION BOLSA CONTENEDOR RAFIA LAMINADA P/ ESCOMBROS”.--------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:                     Adjudicar el Concurso de Precios Nº 53/19 “ADQUISICION BOLSA

-------------------- CONTENEDOR RAFIA LAMINADA P/ ESCOMBROS” a la firma COSTANTINO MA. ESTER “MULTIENVASES” en su Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total (mejorada con descuento del 3%)  por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS ($208.356,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego.--------

 

ARTICULO 3°:  El plazo de entrega será a partir de la notificación de la Orden de Compra a la

------------------- firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: la entrega será TOTAL a los 30 días corridos.--------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5º:         Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste que corresponda en virtud de

----------------- exceder la oferta el Presupuesto Oficial.--------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--

RESOLUCION Nº 452-2019                                       FIRMADA

                                                                           ALEJANDRO POZZOBON

 

                                                        MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 252-C-18 Cpo. 01 referente a la “CONTRATACION SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL 4G y;

 

CONSIDERANDO

 

Que por Resolución de Directorio N° 324/18 (fs. 134/135) de fecha 02/07/18, se adjudicó la Licitación Privada 7/18 Segundo Llamado a la firma AMX ARGENTINA S.A. en su propuesta alternativa 2  por una  suma total de PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTISEIS ($934.626,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, Orden de Compra Nº 413/18 (fs. 148 a 151) y Nº 41/19 (fs. 168/9) ;

 

    Que a fs 182 el Área de Comunicaciones perteneciente a la   Gerencia de Sistemas prevé la extensión de la contratación del Servicio de Datos 4G para los meses de Septiembre y Octubre del presente año, confeccionando a fs. 183 la Solicitud de Pedido Nº 67-602-3;                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                       

 

Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20%) del monto de la Orden de Compra....”;

 

Que a fs 184 la Jefatura de Compras solícita al Área Contaduría que se expida respecto de la Ampliación de la mencionada contratación y en caso de no encontrar objeciones proceda a la imputación preventiva de la Solicitud de Pedido Nº 67-602-3;

 

Que el Área Contaduría no teniendo objeciones que formular  procedió a realizar la imputación preventiva correspondiente a la ampliación solicitada;

Que por  lo  expuesto  la Jefatura  de Compras aconseja Ampliar las Ordenes de Compras Nº 413/18 y Nº 41/19 correspondientes a la Licitación Privada Nº 07/18 Segundo Llamado, perteneciente a la firma AMX ARGENTINA S.A. por la suma total de PESOS CIENTOSETENTA Y DOS MIL CUARENTA Y NUEVE CON 15/100 ($172.049,15) equivalente al 18,4083% del monto total de la contratación, no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;

 

    

                 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 182 del Expediente N°       ------------------ -252-C-18 Cpo. 01 referente a la “CONTRATACION SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL 4G. -----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Ordenes de Compra Nº 413/18 y Nº 41/19         ----------------- pertenecientes a la firma AMX ARGENTINA S.A correspondientes a la Licitación Privada Nº 07/18 Segundo Llamado por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUARENTA Y NUEVE CON 15/100 ($172.049,15) equivalente al 18,4083% del monto total de la contratación original, no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: El plazo de cobertura de la presente ampliación será hasta el día                       -------------------- 31/10/2019,.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:    La  oficina  de  Compras  comunicará  a la firma AMX ARGENTINA S.A -------------------   que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificadas deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------ ----------------------------------

 

ARTICULO 5º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------- ----

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras                    ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.------------

 

RESOLUCION Nº 453-2019                                          FIRMADA

                                                                             ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

                                               MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1205-C- 2018 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION IMPRESORAS, CARTUCHOS Y EQ. COMPUTACION”;  y

 

CONSIDERANDO

                         

                                            Que por Resolución de Directorio Nº 155/19 de fecha 18 de Marzo de 2019 se adjudicó el Segundo Llamado de la Licitación Privada N° 16/18 a la firma GRANET SA los renglones Nº 01 a 10 ambos inclusive, 12, 13, 15 y 16 de su Oferta Bienes Nacionales por la suma total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS VENTIUN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($1.221.745,00) con impuestos incluidos y a la firma GRUPO NUCLEO SA los renglones Nº 17 y 18 de su Oferta Bienes Nacionales por la suma total de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CUATRO ($86.804,00) con impuestos incluidos, haciendo un total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE ($1.308.549,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial, y que  por Resolución 201/19 de fecha 04 de Abril de 2019 resolvió ADJUDICAR los Renglones Nº 11 y 14 de la Licitación Privada Nº 16/18 Segundo Llamado (Mejora de Precios) a la firma GRANET SA por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS DIECISEIS ($165.316,00) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE, Ordenes de Compra Nº 245/19, 240/19 y 312/19  respectivamente;

                                           

                                                   Que a fs.232 la Gerencia de Sistemas, informa que las firmas “GRUPO   NUCLEO S.A” y “GRANET S.A.”, han dado cumplimiento con todo lo requerido según Ordenes de Compra Nº 240/19;245/19; y 312/19 respectivamente;

                               Que a fs.233 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 240/19 perteneciente a la firma” GRUPO NUCLEO S.A” y que las Ordenes de Compra Nº 245/19 y 312/19 perteneciente a la firma GRANET S.A.”,   se encuentra totalmente cancelada;

                                             Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta a la firma GRANET SA  según Recibo Oficial Nº 16 (fs.47) de fecha 28/01/19; y  a la firma GRUPO NUCLEO SA según  Nº 22 (fs 63) de fecha 06/02/19 ; y proceder a la Devolución  del Depósito   de Garantía de Adjudicación  a la firma GRANET S.A. según Recibo Oficial Nº 66 de fecha 22 de Marzo 2019 a Fs.176 y Recibo Oficial Nº 73 de fecha 10 de Abril 2019 a Fs.221 ;

                                  

                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

 

ARTICULO 1º Dar  por   cumplimentado a las    firmas GRANET SA y GRUPO NUCLEO        -----------------------S.A.”  Concurso  de  Precios Nº  32/19.----------------------------------------------

 

 ARTICULO 2º:Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de                                 ------------------- Mantenimiento de Oferta a la firma GRANET SA  según Recibo Oficial Nº 16 (fs.47) de fecha 28/01/19; y  a la firma GRUPO NUCLEO SA según  Nº 22 (fs 63) de fecha 06/02/19 ; y proceder a la Devolución  del Depósito   de Garantía de Adjudicación  a la firma GRANET S.A. según Recibo Oficial Nº 66 de fecha 22 de Marzo 2019 a Fs.176 y Recibo Oficial Nº 73 de fecha 10 de Abril 2019 a Fs.221 .-----------------------------------------------------------------

ARTICULO 3º: Dése  al  Registro  de   Resoluciones. Pase  a  la  Contaduría  a  los  efectos de            ------------------ dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 454-2019                                              FIRMADA

                                                                                ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

       MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 777-A-18 Alcance 4 Cpo. 01 referente al “SERVICIO REP. CHAPA Y PINTURA CAMION CENSO 123”;  y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                                         Que por Resolución de Directorio Nº 092/19  de fecha 13 de Febrero  de 2019   se adjudico el Concurso de Precios Nº 03/19 a la firma PICCARDO RAUL O. “TALLER ACUARIO” por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MIL ($165.000,00) con impuestos incluidos (siendo la caja retirada por personal del Taller de OSSE), cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial, Orden de Compra Nº 186/19;

 

Que a fs.45 el Área Mant. de Equipos y Maquinas  Rodantes,   informa que la firma PICCARDO RAUL O. “TALLER ACUARIO”, ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 186/19;

 

          Que a fs. 46 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 186/19 perteneciente a la firma PICCARDO RAUL O. “TALLER ACUARIO”,se encuentra totalmente cancelada;

 

              Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 39 (fs. 35) de fecha 27 de Febrero de 2019  perteneciente a la firma PICCARDO RAUL O. “TALLER ACUARIO”;

 

 

     Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 22.962  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º Dar  por   cumplimentado    a   la    firma  PICCARDO RAUL O. “TALLER       -------------------ACUARIO ”, el Concurso  de Precios Nº  03/19.------------------------------------

 

ARTICULO 2º:  Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder  a  la  devolución  del Depósito de   --------------------Garantía de Adjudicación: Recibo Oficial Nº 39 (fs.35) de fecha 27 de Febrero de  2019   perteneciente  a  la  firma   PICCARDO RAUL O. “TALLER ACUARIO..--------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los  efectos        -------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 455-2019                                            FIRMADA

                                                                                ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

       MAR DEL PLATA, 22/07/2019

 

 

     Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 492-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION COMPUTADORES COMPATIBLES Y MONITORES”; y

 

CONSIDERANDO

 

                                                      Que por Resolución de Directorio Nº 268/19  de fecha 13 de Mayo de 2019   se adjudico el Concurso de Precios Nº 32/19 a la firma “GRUPO NUCLEO S.A.”, en su Oferta Alternativa con descuento con Entrega Total por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO ($440.145,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego, Orden de Compra Nº 418/19

 

Que a fs.51 la Gerencia de Sistemas, Área Informática,   informa que la firma “GRUPO NUCLEO S.A”, ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 418/19;

 

          Que a fs.52 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 418/19 perteneciente a la firma” GRUPO NUCLEO S.A”, se encuentra totalmente cancelada;

 

              Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 106 (fs. 31) de fecha 22 de Mayo de 2019  perteneciente a la firma “GRUPO NUCLEO S.A”;

 

 

     Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 22.962  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º Dar  por   cumplimentado a la    firma  GRUPO NUCLEO S.A.” Concurso  de  -------------------Precios Nº  32/19.------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:  Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder  a  la  devolución  del Depósito de   --------------------Garantía de Adjudicación: Recibo Oficial Nº 106 (fs.32) de fecha 22 de Mayo de  2019   perteneciente  a  la  firma “ GRUPO NUCLEO S.A”------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los  efectos        -------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 456-2019                                     FIRMADA

                                                                        ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

       MAR DEL PLATA,  22/07/2019

 

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 303-C-19 Cpo.1 referente al: “SERIVCIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” y;

 

 

CONSIDERANDO

 

                                                         Que por Resolución de Directorio Nº 192/19, de fecha 29 de Marzo de 2019 se adjudico el Concurso de Precios Nº 23/19 “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($534.200,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra 300/19;

 

                                                     Que por Resolución de Directorio Nº 282/19, de fecha 21 de Mayo de 2019 se autorizo la ampliación de  la Orden de Compra Nº 300/19 , perteneciente a la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA correspondiente al Concurso de Precios Nº 23/19 por la suma total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($89.900,00) equivalente al 16.82% del monto contratado originalmente, Orden de Compra 401/19;

 

Que a fs. 205 y 206 la Gerencia de Apoyo Administrativo de la Gerencia de Producción, informa la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE, ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Ordenes de Compra Nº 300/19 y 401/19, y se solicito la desafección del saldo de las mismas;

 

          Que a fs.208 y 209 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 300/19 y 401/19 perteneciente a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA”, se procedió a la desafección de saldo de las mismas;

 

              Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 71(fs. 153) de fecha 08 de Abril de 2019 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 104 (fs. 191) de fecha 21 de Mayo de 2019,  pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA”;

 

 

     Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 22.962  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º Dar  por   cumplimentado    a   la    COOPERATIVA DE TRABAJO   -------------------DEL PARQUE LIMITADA”, el Concurso  de Precios Nº  23/19.------

 

ARTICULO 2º:  Autorizar  a  la  Contaduría  a  proceder  a la devolución  del Depósito de      ---------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 71(fs. 153) de fecha 08 de Abril de 2019 y a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 104 (fs. 191) de fecha 21 de Mayo de 2019,  pertenecientes a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA-----------------------------------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro   de  Resoluciones. Pase a la Contaduría a los  efectos        -------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 457-2019                                           FIRMADA

                                                                               ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 22/07/2019

                                                     

 

 

 

                                                         Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 366-C-2018 Cpo. 1 referente a la: “ADQUISICION MEDIDORES MARCA ELSTER DIAMETRO 15MM CLASE B P/INSTALACION EN COMERCIOS Y EDIFICIOS PH”, y;

 

CONSIDERANDO

 

                                                          Que por Resolución de Directorio Nº 232/18 de fecha 03 de Mayo de 2018 obrante a fs. 39 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 21/18  a la firma MYEEL MEDIDORES  Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A. en su oferta con plazo de entrega  de las 300 unidades dentro de los 75 días corridos en la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($231.594,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra 241/19

 

Que a fs. 57 la Gerencia de Servicios, informa que la firma MYEEL MEDIDORES  Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A., ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 241/19;

 

Que a fs. 58 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 241/819 perteneciente a la firma MYEEL MEDIDORES  Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A. se encuentra totalmente cancelada;

 

Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 85 (fs. 49) de fecha 17 de Mayo de 2018, perteneciente a la firma MYEEL MEDIDORES  Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A..;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 22.962  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º:   Dar   por   cumplimentado  a  la   firma  MYEEL MEDIDORES  Y               ----------------------EQUIPOS ELECTRICOS S.A. el  Concurso de  Precios Nª 21/18----------

 

ARTICULO 2º:   Autorizar   a  la  Contaduría a proceder  a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 85 (fs. 49) de fecha 17 de Mayo de 2018, perteneciente a la firma MYEEL MEDIDORES  Y EQUIPOS ELECTRICOS S.A.------------

 

 ARTICULO 3º:   Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Contaduría   a   los efectos  -------------------  de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 458-2019                               FIRMADA

                                                                    ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/07/2019

                                                

       Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 292-C-2019 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION DE CAJAS PVC P/ MEDIDOR DE AGUA – AÑO 2019”;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del 2° llamado a Licitación Privada N° 07/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura del Sobre Único según Acta de fecha 18/06/2019, obrante a fs. 108;

 

Que habiendo invitado a 26 empresas, se presento 01 (una) firma: LEMOCHETE SA, la cual cotizó el renglón  de la Oferta Básica (Entrega Parcial c/ pago parcial) en la suma total de $2.076.800,00 con impuestos incluidos y cotizó el renglón de la Oferta Alternativa (Entrega Total c/ pago total) en la suma total de $1.499.300,00 con impuestos incluidos;

 

Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, habiendo analizado la documentación y la oferta presentada por la firma oferente, concluye en actas de reunión obrantes a fs. 126 y 136 que habiendo analizado la documentación técnica el modelo C1400CS (1-4725-1) no cumple con las especificaciones técnicas por lo que recomiendan declarar técnicamente inadmisible la Oferta Alternativa- Anexo 6.1 (foja 120- vuelta), y que el modelo C11530 (1-4725-0) caja recta baja cumple con las especificaciones técnicas por lo que recomiendan declarar técnicamente admisible la Oferta Básica- Anexo 6 (foja 120), concluye además que  las cotización ofrecida por el proponente supera ampliamente el Presupuesto Oficial, razón por la cual RECOMIENDA solicitar a la firma una MEJORA DE PRECIOS;

 

Que la Jefatura de Compras de acuerdo a lo recomendado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación recomienda declarar técnicamente inadmisible la Oferta Alternativa- Anexo 6.1 (foja 120- vuelta) correspondiente al modelo C1400CS (1-4725-1), y atento a que supera ampliamente el Presupuesto Oficial recomienda efectuar un llamado a MEJORA DE OFERTAS a la firma LEMOCHETE S.A. para la Oferta Básica- Anexo 6 (foja 120) correspondiente al modelo C11530 (1-4725-0) caja recta baja, cuya  apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C.;

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº  7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

                       

ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 29 del Expediente Nº   292-C--------------------2019 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION DE CAJAS PVC P/ MEDIDOR DE AGUA – AÑO 2019.----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Autorizar a la Oficina de Compras a efectuar un llamado a MEJORA DE                 -------------------- OFERTAS correspondiente a las firma LEMOCHETE S.A.  para la Oferta Básica- Anexo 6 (foja 120) correspondiente al modelo C11530 (1-4725-0) caja recta baja cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C.-------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Declarar inadmisible la Oferta Alternativa- Anexo 6.1 (foja 120- vuelta)                 ------------------- correspondiente al modelo C1400CS (1-4725-1) por lo expuesto en el exordio de la presente. --------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente Resolución.----------------------

 

ARTICULO 4°: Dése  al  Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar                      ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------

RESOLUCION Nº 459-2019                                FIRMADA

                                                                    ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                       MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 850-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES DE PVC PARA OBRAS DE MENOR ENVERGADURA;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

Que la Gerencia de Producción a fs. 22, la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos a fs. 24 y el Área Contaduría a fs. 25, habiendo tomado vista del citado Pliego, informan que no tienen observaciones que formular al mismo;

 

Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;

 

Que por lo expuesto, la Oficina de Compras aconseja Llamar a Licitación Privada N° 14/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 12 a 21, ambas              --------------------inclusive del citado Expediente. ---------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:                 Llamar a Licitación Privada N° 14/19 referente a la “ADQUISICION -------------------- MATERIALES DE PVC PARA OBRAS DE MENOR ENVERGADURA” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.--------------------------------------

 

ARTICULO 3º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Crear  la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la                  ------------------- Licitación Privada N° 14/19 integrada por: el Arq. Asier Iriberri Plazaola y el Lic. Marcelo Caló quienes presidirán la misma como titulares y el Sr. Guillermo Cecchetto como suplente por la Gerencia de Producción y el C.P. Ruben Sesto como titular y el C.P. Rafael Principi como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra. Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.-------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------

RESOLUCION Nº 460-2019                                       FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

           

                                                                      MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N°316-C-19 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES FERROSOS – AÑO 2019”; y

                                                 

CONSIDERANDO                    

                    

Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Licitación Privada N° 08/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, presentando sobre únicamente la firma XARE HOLDING S.A., según surge del Acta de apertura de fecha 05/07/19, obrante a fs. 153;

 

                                                       Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa, según acta de reunión de fs.181 lo siguiente: Respecto al análisis de la documentación y oferta observan que la firma XARE HOLDING S.A. ha cumplido con la presentación de todo lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones, art. 8 de las Cláusulas Legales Particulares. Asimismo, presentó cotización de Oferta Básica (Anexo 6) con Entregas Parciales de los renglones 1 a 12 y 16 a 21, por un total de $522.701,00 (PESOS QUINIENTOS VEINTIDOS MIL SETECIENTOS UNO). Las cotizaciones de los renglones Nº 3-4-7-9-10-11-17-18 y 21, se encuentran por debajo del Presupuesto Oficial asignado a ellos e importan la suma de $268.195,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO). Las cotizaciones de los renglones Nº 1-2-5-6-8-12-16-19 y 20, superan el valor del Presupuesto Oficial asignado para casa uno de ellos. No presentó cotización para los renglones Nº 13-14-15 y 22 a 34. Respecto al análisis de aspectos técnicos, informan que los elementos ofrecidos por la firma proponente son los requeridos en las Especificaciones Técnicas de Pliego de Bases y Condiciones. Por lo expuesto, la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación, ACONSEJA para la firma XARE HOLDING S.A.: 1. ADJUDICAR la provisión de los bienes de los renglones Nº 3-4-7-9-10-11-17-18 y 21 por un total de $268.195,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO). 2. Solicitar MEJORA DE PRECIOS para los elementos de los renglones Nº 1-2-5-6-8-12-16-19 y 20, por superar los valores del Presupuesto Oficial. 3. Declarar DESIERTOS los renglones Nº 13-14-15 y 22 a 34, por no existir cotización en la presente licitación; 

                                                       Que la Jefatura de Compras en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión, aconseja lo siguiente: 1. ADJUDICAR la provisión de los bienes de los renglones Nº 3-4-7-9-10-11-17-18 y 21 por un total de $268.195,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO). 2. Solicitar MEJORA DE PRECIOS para los elementos de los renglones Nº 1-2-5-6-8-12-16-19 y 20, por superar los valores del Presupuesto Oficial. 3. Declarar DESIERTOS los renglones Nº 13-14-15 y 22 a 34, por no existir cotización en la presente licitación; 

 

                                     Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

                                         

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar    las   actuaciones   que corren   a   partir   de   fs.   135   obrantes    en    ----------------- el Expediente  Nº316-C-19  Cpo. 01 referente a la ADQUISICION MATERIALES FERROSOS – AÑO 2019” ----------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:    ADJUDICAR a la firma XARE HOLDING S.A. los renglones Nº 3-4-7-9-10-11----------------------- 17-18 y 21 en su Oferta Básica con entregas parciales por un total de $268.195,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y tratarse su oferta la más convenientes a los intereses de OSSE.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:         La oficina de Compras comunicará a la firma XARE HOLDING S.A. que ----------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 4°:          El plazo de entrega será a partir de la notificación de la  Orden de             -------------------- Compra y de acuerdo al siguiente cronograma: Oferta Básica con Entregas Parciales: 1º Entrega: 50% a los 15 (QUINCE) días corridos; 2° Entrega: 50 % restante a los 45 (CUARENTA Y CINCO) días corridos, salvo requerimiento. ---------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Autorizar a la Oficina de Compras a efectuar un llamado a MEJORA DE               -------------------- PRECIOS a la firma XARE HOLDING S.A. para Nº 1-2-5-6-8-12-16-19 y 20, cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C.-------------------------------------------

 

ARTICULO 6°:   DECLARAR DESIERTOS los renglones los renglones Nº 13-14-15 y 22 a 34    --------------------- por no presentarse ofertas, renunciando de la adquisición de los mismos bajo la presente modalidad de compra.---------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Autorizar a la Contaduría a desafectar los renglones indicados en el Art. 6º.-----

 

ARTICULO 8°:     Autorizar a las Gerencias de Producción, Servicios y Calidad a iniciar un      ------------------ nuevo trámite de compra por los renglones indicados en el Art. 6º.-----------------

 

ARTICULO 9°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 10°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente Resolución.---------------------

 

ARTICULO 11°:         Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras Área

----------------------- Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 461-2019                                   FIRMADA

                                                                        ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 755-C-19 Alcance 01 Cpo.1 referente a la : “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 59/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GRAFICA EXTREMA SRL y VARELA HECTOR ESTEBAN  según consta en acta de Apertura de fecha 02/07/19 (fs.8); 

 

                                                   Que a fs. 27 la Gerencia de Producción informa que las dos firmas oferentes cumplen con lo requerido;

 

                                                    Que de las ofertas presentadas la firma VARELA HECTOR ESTEBAN es la única oferta valida ya  que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta económica más conveniente;

 

                                                    Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

   Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                 Que dada las actuales restricciones presupuestarias y las instrucciones impartidas por el Directorio, se confecciona a fs. 29 cuadro detallando la firma y monto que se adjudicaría, como así también los plazos estimados de entrega y pago según pliego, a fin de incluir dichos montos en el flujo de egresos que el Área Tesorería debe informar al Directorio. Por lo que a fs.30 toma intervención dicha Área, informando que ha tomado nota del monto de la contratación que tramita en el presente Expediente y de la fecha probable de pago. Agregando que luego de autorizada la adjudicación por el Directorio, se incluirá el gasto en la planificación financiera del presupuesto que realiza su Área en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00 e informa semanalmente al Sr. Presidente del Directorio; 

                                                        

                                                 Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 59/19 “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”” a la firma VARELA HECTOR ESTEBAN por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($152.500,00)  con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $217.500,00;

 

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 755-C-19 Alcance 01          ------------------- Cpo.1  referente a la “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019.”-----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 59/19 “ADQUISICION DE CARTELES                        ------------------ PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019.” a la firma VARELA HECTOR ESTEBAN por la suma total de CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($152.500,00)  con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la               -------------------- Orden de Compra a la firma adjudicataria y de acuerdo al siguiente detalle: 1º Entrega: 100 u dentro de los 15 (quince) días corridos; 2º Entrega: 200 u a los 30 (treinta) días corridos y 3º Entrega: 200 u restantes a los 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-----------------

 

ARTICULO 4º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--

RESOLUCION Nº 462-2019                                  FIRMADA

                                                                       ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 740-C-19  Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION CAÑOS PVC ESP. ENCH. J/E 500 MM P/ IMPULSION LA SALLE” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Concurso de Precios Nº 48/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado dos firmas: LEMOCHETE S.A. y I.P.L.I. S.R.L., según consta en acta de Apertura de fecha 12/07/19 (fs. 22); 

 

                                                   Que a fs. 39 la Gerencia de Producción informa que habiendo analizado las propuestas de los oferentes las mismas cumplen técnicamente con lo requerido.

 

                                                    Que atendiendo lo establecido en el punto 6 inc. d del P.B.yC. Generales, se invitó a la firma I.P.L.I. S.R.L., mediante Cédula de Notificación de fs. 41, a realizar una mejora de precios y, dicha firma envía nota manifestando realizar un descuento de $10 por metro, quedando el valor de la oferta total en $189.130,68, haciendo una disminución del 0.18% del importe total cotizado oportunamente en el Concurso de referencia, constando ello en Acta de Apertura de fecha 19/07/2019 a fs. 42;

                                           

                                                  Que si bien aún con la Mejora de Precios ofrecida la cotización de la firma I.P.L.I. S.R.L. de $189.130,68 supera el Presupuesto Oficial,  se verifica que la oferta excede solo un 4.62% el Presupuesto Oficial de $180.774,00, siendo dicho porcentaje de escasa significatividad atento las fluctuaciones económicas y las variaciones del tipo de cambio acontecidas en el periodo;

 

                                                  Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 48/19 Segundo Llamado: “ADQUISICION CAÑOS PVC ESP. ENCH. J/E 500 MM P/ IMPULSION LA SALLE” a la firma I.P.L.I. S.R.L.  en su propuesta mejorada (descuento del 0.18% sobre su propuesta original) por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA CON 68/100 ($189.130,68) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego;

 

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:           Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 740-C-19 Cpo.1

------------------- referente a la: “ADQUISICION CAÑOS PVC ESP. ENCH. J/E 500 MM P/ IMPULSION LA SALLE”.----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:     Adjudicar el Concurso de Precios Nº 48/19 Segundo Llamado:                          ---------------- “ADQUISICION CAÑOS PVC ESP. ENCH. J/E 500 MM P/ IMPULSION LA SALLE” a la firma  I.P.L.I. S.R.L. en su propuesta mejorada  (descuento del 0.18% sobre su propuesta original) por la suma total de PESOS CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA CON 68/100 ($189.130,68) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego.------------------------------------------

 

 

ARTICULO 3°:          El plazo de entrega será a dentro de los 10 (DIEZ) días de notificada la    ------------------ Orden de Compra.---------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5º:         Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste que corresponda en virtud de

----------------- exceder la oferta el Presupuesto Oficial.--------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.—

RESOLUCION Nº 463-2019                                     FIRMADA

                                                                         ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 764-C-19  Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION PRECINTOS DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 39/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado oferta únicamente la firma BOTTICON SRL, según consta en acta de Apertura de fecha 01/07/19 (fs. 11); 

 

                                                   Que a fs. 19 la Gerencia de Servicios informa que habiendo analizado la propuesta del oferente la misma cumple con las especificaciones técnicas solicitadas. Asimismo, acompaña la propuesta sugerida por la Gerencia de Compras para solicitar una Mejora de Precios;

 

                                                    Que atendiendo lo establecido en el punto 6 inc. d del P.B.yC. Generales, se solicitó a la firma BOTTICON SRL una Mejora de Ofertas surgiendo, según Acta de fecha 05/07/19 (fs. 24), que la mencionada firma puede aplicar un descuento del 3% al importe total cotizado oportunamente en el Concurso de referencia;

                                                       

                                                   Que habiéndose intimado mediante cédula de fs. 20 a la firma  BOTTICON SRL a fin presente la documentación requerida para la Re- Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, surge que la misma ha concluido dicho trámite, constando a fs. 29 el pertinente Certificado;

 

                                                     Que la oferta de la firma BOTTICON SRL es válida ya que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además su propuesta económica, conveniente;

 

                                                     Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

                                                 Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                Que si bien aún con la Mejora de Precios ofrecida la cotización de la firma BOTTICON SRL de $534.921,05 supera en un 6.35% el Presupuesto Oficial de $503.000,00, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-500-48 se tuvo en cuenta el precio de la última contratación de fecha 15/11/18 (CP Nº 62/18 - Orden de Compra Nº668/18) adjudicada a dicha firma. Por lo tanto se debe considerar que el porcentaje anteriormente citado es de escasa significatividad, atento las fluctuaciones económicas y las variaciones de precios acontecidas entre el periodo de la última contratación (15/11/18) y la cotización original para el presente Concurso (01/07/19). Sumado a ello, también se debe tener en cuenta la importante devaluación que ha sufrido nuestra moneda de curso legal y la aceleración de la inflación; por ende resultaría financieramente conveniente a los intereses de OSSE adquirir los elementos en esta instancia;

 

 

 

 

 

 

                                                Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 39/19 “ADQUISICION PRECINTOS DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO a la firma BOTTICON SRL en su propuesta mejorada (descuento del 3% sobre su propuesta original) por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 05/100 ($534.921,05) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego;

 

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:           Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 764-C-19 Cpo.1

------------------- referente a la: “ADQUISICION PRECINTOS DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO.------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:     Adjudicar el Concurso de Precios Nº 39/19 “ADQUISICION PRECINTOS

----------------- DE BRONCE Y CEPO UNIFICADO a la firma BOTTICON SRL en su propuesta mejorada (descuento del 3% sobre su propuesta original) por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIUNO CON 05/100 ($534.921,05) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego.-----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:          El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la

------------------- Orden de Compra y de acuerdo al siguiente detalle: para el Renglón Nº 01: 2.000 u. a los 30 días corridos, 1.000 u. a los 60 días corridos y  1.000 u. a los 90 días corridos; y para el Renglón Nº 02: 500 u. a los 30 días corridos, 500 u a los 60 días corridos y 500 u a los 90 días corridos.------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5º:         Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste que corresponda en virtud de

----------------- exceder la oferta el Presupuesto Oficial.--------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--

RESOLUCION Nº 464-2019                                      FIRMADA

                                                                           ALEJANDRO POZZOBON

 

MAR DEL PLATA,  23/07/2019

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada la Señora Gerente Gerencia Irregularidades en el Servicio, ZAPPATERRA Mónica (CI - 400) Función P-07 Clase XXII, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la Sra. Gerente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 25 de Julio del 2019 y el 12 de Agosto del 2019, inclusive;

 

Que  resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el agente CAAMAÑO, Claudia (CI - 415) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Que  resulta necesario transferir el manejo de la Caja Chica de la Gerencia General de Grandes Consumidores al agente reemplazante;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º: Designar  en  carácter  de  reemplazo transitorio al  agente CAAMAÑO,      ------------------- Claudia (CI 415) Función P-07, Clase XXI, durante el periodo comprendido entre los días 25 de Julio y el 12 de Agosto del 2019 inclusive,  para la atención y firma del despacho de la Gerencia de Irregularidades en el Servicio con  Función P-07 Clase XXII, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------

 

ARTICULO  2°:     No    se   abonará  al   reemplazante   ninguna  diferencia   si  este   no --------------------cumpliera efectivamente  con  el  reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo.  La  liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó  el reemplazo.------------------------------

 

ARTICULO 3º  El  gasto que demande   el mencionado   reemplazo  será    imputado  al  

 -------------------objeto del gasto  1.1.5.02  “Bonificación por Reemplazo”.--------------------

 

ARTÍCULO 4°: Encomendar  el  manejo de la Caja  Chica   de  la Gerencia                       --------------------- Irregularidades en el Servicio al agente designado por el período enunciado en el artículo primero.----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Dése   al  Registro    de     Resoluciones – Comuníquese      a     quienes           ---------------------corresponda - Cúmplase.-----------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 465-2019                           FIRMADA

                                                              ALEJANDRA POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  23/07/2019

 

 

 

Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Ing. Andrés Alejandro VRABIESCU (CI Nª 550), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Ing. Andrés Alejandro VRABIESCU  (CI Nº 550), se ausentará por el período comprendido entre el día 05 de agosto de 2019  al 21 de agosto de 2019, inclusive;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de  no resentir el normal funcionamiento de la jefatura;

 

Que el agente Juan Daniel ESTEBAN  (CI Nº 500), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVII, Coordinador de los Encargados de Operación del Emisario Submarino, es quien reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución nº 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias las Resoluciones 151/05 y 371/08;

 

Que asimismo corresponde encomendar al agente  Juan Daniel ESTEBAN  (CI Nº 500), el manejo de la Caja Chica otorgada por Resolución nº 734/18, por el período arriba indicado;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º:  Designar en carácter de reemplazo  transitorio del  Ing. Andrés Alejandro --------------------VRABIESCU (CI Nª 550), en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX,  al agente  Juan Daniel ESTEBAN  (CI Nº 500), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVII, por el período comprendido entre el día 05 de agosto de 2019  al 21 de agosto de 2019, inclusive,  por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: No  se  abonará   ninguna  diferencia  si  no  se  cumpliera   efectivamente ------------------- el ejercicio del cargo,  por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes se efectuará tomando en cuenta el tiempo de cumplimiento  del mismo.-------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:    Encomendar   el   manejo    de    la     Caja      Chica    otorgada     por  --------------------- Resolución nº 734/18,   por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: El  gasto  que  demande  el mencionado reemplazo se  imputará al  objeto

--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro  de  Resoluciones. Comuníquese  a quienes  corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 466-2019                                     FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  23/08/2019

 

 

 

Visto la Resolución 407/08; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el citado acto administrativo se dispuso “la implementación progresiva de los Adicionales “Nivel de Formación”, “Práctica de Nivel de Formación” y “Ejercicio de Cargo de Estructura”, a favor del personal de OSSE que reúna las condiciones y requisitos respectivos”;

 

Que en el Anexo II de la Resolución 407/08 se describen las Áreas, las tareas y los títulos que se reconocen a los efectos de la liquidación de los niveles de formación;

 

Que habiendo transcurrido el tiempo, se han generado situaciones vinculadas a la dinámica del funcionamiento de la organización que requieren su actualización, incorporando títulos que no se consideraron oportunamente, subsanando situaciones de inequidad;

 

Que un  dictamen al Departamento de Asesoría Laboral se expide manifestando que a efectos de incorporar los títulos que van surgiendo de acuerdo a las necesidades prácticas laborables de la empresa, corresponde emitir un acto administrativo “en abstracto”, es decir relacionando el cargo con el nivel de formación requerido, a los efectos de que sea de aplicación a todos los agentes que en igualdad de circunstancias (ya sea en la actualidad o en lo sucesivo), constituyendo por otra parte un requisito para la cobertura del cargo cuando se produzca alguna vacante;

 

Que la declaración no atiende a la categoría asignada al trabajador destinado circunstancialmente al puesto, sino la correspondiente a las tareas inherentes al mismo;

 

Que por lo expuesto corresponde complementar el Anexo II de la Resolución 407/08 con el anexo que acompaña la presente y que forma parte integrante de la misma;

 

Que mediante Resol. 390/11, 071/12, 454/16, 33/18 y 537/18 se procedió a incorporar a las distintas Áreas/Gerencias, nuevas tareas y títulos acordes, que complementan  la resolución 407/08;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 22.962 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Complementar la Resolución 407/2008 con el Anexo I que forma parte                               -------------------- integrante de la presente, a los efectos del reconocimiento de la Práctica del Nivel de Formación a los agentes que cuenten con el título requerido para el puesto de trabajo y cumplan con los requisitos establecidos.--------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Autorizar a  la Contaduría  a realizar  las  adecuaciones  presupuestarias -------------------  que pudieren corresponder.--------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°: Dése  al  Registro de  resoluciones. Comuníquese a  quienes  corresponda. -------------------  Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 467-2019                                     FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON 

 

 

 

 

ANEXO I

 

 

 

 GERENCIA

TAREA

DESCRIPCION

TITULO

 

DE ENERGIAS RENOVABLES Y RECURSOS HIDRICOS

EOPF

 

ENCARGADO OFICIAL POLIFUNCIONAL

 

Abogado

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/07/2019

 

 

 

Visto la renuncia del agente Mario Raúl MEDINA (CI 340) para acogerse a los beneficios del anticipo jubilatorio, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que la Gerencia General de Grandes Consumidores ha solicitado, a los fines de no resentir el normal funcionamiento del Área, designar a un agente que cubra el requerimiento dotacional en la Función equivalente a R-08 (“Responsable de Sector”), Clase XX, hasta tanto se llame a Concurso o la correspondiente designación definitiva, según corresponda;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la  Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el agente PRESA, Susana Inés (CI-720), Función Oficial Polifuncional, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º: Designar en carácter  de  reemplazo transitorio al  agente Susana Inés        -------------------- PRESA (CI 720), Función Oficial Polifuncional, en la función R-08 (“Responsable de Sector”), Clase XX,  desde el día 01 de junio de 2019, y hasta tanto se realice el llamado a concurso correspondiente designación definitiva, según corresponda, por los motivos expuestos en el exordio de la presente que “brevitatis causae” no se transcriben.------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  No se abonará al reemplazante esta diferencia si este no cumpliera               --------------------- efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo. Cuando estas circunstancias se produzcan en forma ininterrumpida por un término mayor de tres (3) meses, se pagará la diferencia aunque el agente reemplazante no cumpliere efectivamente el reemplazo por justificaciones, permisos o licencias de cualquier tipo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º  El  gasto que demande   el mencionado   reemplazo  será    imputado  al  

 -------------------objeto del gasto  1.1.5.02  “Bonificación por Reemplazo”.--------------------

 

ARTICULO 4°: Dése   al  Registro    de     Resoluciones – Comuníquese      a     quienes           ---------------------corresponda - Cúmplase.----------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 468-2019                                       FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  23/07/2019

 

 

 

Visto la Resolución 398/19 del reemplazo de la Sra. Jefe del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, agente Mabel Noemí, LEON (CI 309)  Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el agente reemplazante Gustavo Alberto PICCOLINI (CI 386) se encuentra actualmente  con Licencia por enfermedad;

 

Que es necesario realizar el traspaso de las gestiones en proceso del Área Catastro a los fines de no resentir el normal funcionamiento del Área antedicha;

 

Que el agente Pablo Nicolás ALONSO (CI 474), ubicado escalafonariamente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS  SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO   

   RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Dejar sin efecto la Resolución 398/19,  por los  motivos  expuestos  en  el --------------------exordio de la presente.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Designar    en   carácter  de   reemplazo   transitorio   al  agente Pablo       ------------------- Nicolás ALONSO (CI 474), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, en la atención y  firma del despacho de la jefatura del Área Catastro Comercial de la Gerencia General de Grandes Consumidores, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el período comprendido entre los días 22 de julio de 2019 al 31 de Julio del 2019, inclusive. --------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no                      -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.----------------------------------------------

 

ARTICULO  4°: El gasto  que demande el mencionado reemplazo será imputado al            ---------------------  objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.---------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro  de Resoluciones  –  Comuníquese a quienes                               -------------------     corresponda.-----------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 469-2019                                         FIRMADA

                                                                            ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

                                                                       MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                                               Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 788-C-19 Cpo. 01 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION de CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION;  y

                                                                                                                                              

CONSIDERANDO

 

                                               Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                              Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;

 

                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  el  Pliego de Bases y Condiciones obrante  de fs. 41 a fs. 49,       ------------------- ambas inclusive del citado Expediente. ---------------------------------------

 

ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 05//19 referente al                                        --------------------- “SERVICIO DE DISTRIBUCION de CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCIONcuya fecha de apertura de sobre único se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------

 

ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL    ------------------- DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.----------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 4º:   Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------

 

ARTICULO 5°:  Crear la  Comisión  de  Estudio  de  Ofertas  y  Adjudicación  para  la  ------------------ Licitación Pública N° 05/19 integrada por el Sr. Real Mario Alberto quien presidirá la misma como titular y el Sr Moreno A. Diego como suplente ambos por la Gcia. Gral de Grandes Consumidores; el C.P. Bianchini Mariano como titular y la Lic. Chica Daiana como suplente por el Área Contaduría; y la Dra. Fabiana Suter como titular y la Dra Graciela Leone  como suplente ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo. -------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Dése al Registro  de  Resoluciones  – Pase  a la Oficina de Compras              ------------------ a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------------

 

RESOLUCION Nº 470-2019                                                     FIRMADA

                                                                                         ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 755-C-19 Alcance 03 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERA P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”; y

                                                                              

CONSIDERANDO

     

  Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 61/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA y COOPERATIVA DE TRABAJO JOHN W COOKE MDP LTDA  según surge del Acta de Apertura de fecha 03/07/19 (fs. 8),

                                                                    

             

 Que a fs 29 la Gerencia de Producción  informa que todos los oferentes cumplen  con lo requerido.

 

Que habiéndose intimado a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAXON DE MI VIDA LTDA mediante Cédula de fs. 30 para que presente la documentación requerida para la Re-Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, se recibe parte de la misma con fecha 15/07/19. Al respecto la Cooperativa  manifiesta que su Contador Público se  encuentra en la etapa de asesoramiento y auditoria de los Estados Contables de los periodos anuales finalizados el 31/12/2017 y 31/12/2018 como así también las DDJJ del Impuesto a las Ganancias y demás obligaciones tributarias. Por lo que, atento a la necesidad de contar con  los bienes objeto de la presente contratación, que la oferta de dicha Cooperativa es la mas conveniente económicamente dado que se encuentra por debajo del Presupuesto Oficial y cumple con los requerimientos técnicos solicitados, resulta conveniente autorizar  a la Oficina de Compras a Inscribir a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA en el Registro de Proveedores OSSE, emitiéndose un Certificado Condicional  para el Concurso de Precios Nº 61/19 encontrándose los pagos sujetos a la presentación de la documentación que se detalla a continuación: 1)Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional, y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 31/12/18 y 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a la Ganancia Año 2018.      

 

                                               Que de las ofertas presentadas la  COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA y la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA son las únicas ofertas validas ya  que cumplen con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020 no así la COOPERATIVA DE TRABAJO JOHN W COOKE MDP LTDA atento que al día de la fecha no se encuentra inscripta en dicho Registro de Proveedores  por lo que su oferta no ha sido considerada válida para el presente Concurso de Precios;

                                                           

                                                          Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 61/19 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MIL ($215.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $249.500,00;

 

                                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 755-C-19 Alcance 03 Cpo. 01                              --------------------   referente a la “ADQUISICION VALLAS DE SEÑALIZACION VERTICAL DE MADERA P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”.--------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Oficina de Compras a extender a la COOPERATIVA DE                         ---------------------- TRABAJO LA RAZON DE MI VIDA LTDA un Certificado Condicional de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2020, quedando los pagos correspondientes a la presente Contratación sujetos a la presentación de la siguiente documentación: 1)Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional, y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 31/12/18 y 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a la Ganancia Año 2018.------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3º  ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 61/19 a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA ------------------ RAZON DE MI VIDA LTDA por la suma total de PESOS DOSCIENTOS QUINCE MIL ($215.000,00) con impuestos incluidos por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.---

 

ARTÍCULO 4°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la Orden de        ------------------ Compra y de acuerdo al siguiente detalle: 1º Entrega: 100 vallas dentro de los 10 (diez) días corridos; 2º Entrega: 200 vallas a los 30 (treinta) días corridos y; 3º Entrega: las 200 vallas restantes a los 45 (cuarenta y cinco) días corridos.-------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: La Oficina de Compras comunicará a la COOPERATIVA DE TRABAJO LA RAZON            ------------------- DE MI VIDA LTDA que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. --------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------------------

 

ARTICULO 8º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                       ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------------------

RESOLUCION Nº 471-2019                                              FIRMADA

                                                                                  ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 23/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 755-C-19 Alc. 2  Cpo.1 referente al: “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS p/PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” y;

 

CONSIDERANDO

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 60/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 02 (DOS) firmas: NASARA CONSTRUCTORA SA e INDUSTRIA ARGENTINA DEL CEMENTO Y CONSTRUCCIONES S.A. (INDARCCO), según consta en acta de Apertura de fecha 05/07/19 (fs. 28); 

 

                                                   Que al pie de fs. 67 la Gerencia de Producción informa que las firmas oferentes cumplen;

 

                                                    Que dada la escasa diferencia económica entre las ofertas de las firmas INDARCCO y NASARA CONSTRUCTORA SA y atendiendo lo establecido en el punto 6 inc. d del P.B.yC. Generales, se solicitó a ambas firmas una Mejora de Ofertas surgiendo, según Acta de fecha 12/07/19 (fs. 74), que la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. decide mantener la oferta presentada inicialmente por un valor total de $685.200,00; y la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO” considera que su oferta enviada anteriormente de $674.291,98 es la mejor oferta que puede presentar;

                                                       

                                                 Que habiéndose intimado mediante cédula de fs. 68 a la firma NASARA CONSTRUCTORA SA y cédula de fs. 71 a la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO” a fin presenten la documentación requerida para la Re- Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, surge que sólo la última firma mencionada ha concluido dicho trámite, constando a fs. 83 el pertinente Certificado;

 

                                                Que de las ofertas presentadas la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO”es la única oferta valida ya que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta económica más conveniente;

 

                                                Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                    

                                                    Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                  Que si bien aún con la Mejora de Precios solicitada la oferta de la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO”  de $674.291,97 supera en un 21.06 % el Presupuesto Oficial de $557.000,01, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-200-108 se tuvo en cuenta el precio de la última contratación de fecha 22/05/19 (CP Nº 24/19 - Orden de Compra Nº 405/19) adjudicada a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. por un valor unitario mejorado de $1.856.6667 el mt2, ello dado que en esa instancia la firma INDARCCO había cotizado un valor unitario de $1.911,00 el mt2, siendo este valor mayor al anteriormente citado. Esta situación se invierte en el presente CP Nº 60/19 ya que la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. cotiza un valor unitario de $2.284,00 el mt2 y la firma INDARCCO ofrece un valor unitario de $2.247,63 el mt2. Al respecto, la firma INDARCCO expone en Nota de fs. 81 que, habiendo realizado nuevamente un estudio de costos pormenorizado del Concurso de referencia y teniendo en cuenta los datos técnicos y los aumentos de los precios en la ciudad, producto del período inflacionario actual, considera que su oferta es la mejor que puede presentar. Sumado a ello, también se debe tener en cuenta la importante devaluación que ha sufrido nuestra moneda de curso legal y la aceleración de la inflación; por ende resultaría financieramente conveniente a los intereses de OSSE contratar el Servicio en esta instancia, a fin de no resentir la operatoria del mismo;

 

                                                Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 60/19 “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS p/PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” a la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO  Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO”  en su propuesta original a un valor unitario de $2.247,6399 el mt2, arrojando la suma total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 97/100 ($674.291,97) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y  cumplir con lo requerido en el pliego;

                                                Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º:        Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 755-C-19 Alc. 2 Cpo.1

------------------ referente al: “SERVICIO REPARACION DE SOLADOS p/PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”.---------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:     Adjudicar  el  Concurso  de  Precios  Nº  60/19  “SERVICIO REPARACION DE

---------------- SOLADOS p/PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019” a la firma INDUSTRIA ARGENTINA DE CEMENTO  Y CONSTRUCCIONES S.A. “INDARCCO”  en su propuesta original a un valor unitario de $2.247,6399 el mt2, arrojando la suma total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO CON 97/100 ($674.291,97) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y  cumplir con lo requerido en el pliego.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:  El  plazo  previsto para  la  finalización  de  los  trabajos  será de  sesenta  (60) días

-------------------- corridos desde el día de suscripta el Acta de Inicio de Servicio, el que será prorrogado en caso que OSSE encomiende un plan de avance menor al previsto, ello según lo establecido en el Artículo 9 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.----------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.---------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los                    ------------------ cinco (05) días hábiles de notificada  deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-----------------------------

 

ARTICULO 6º:                 Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste que corresponda en virtud de

----------------- exceder la oferta el Presupuesto Oficial.-------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 8º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------------

 

ARTICULO 9º:    Dése al Registro de  Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras a fin de dar

--------------------  cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.---------------------

RESOLUCION Nº 472-2019                                            FIRMADA

                                                                                ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  25/07/2019

 

Visto la Resolución de Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. Nº 123/11 del 16 de Marzo de 2011 y la necesidad de adecuar su parte resolutiva según impone la actualidad operativa ante los organismos con que se debe interactuar, surgiendo  realizar trámites ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor, ante distintos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras, etc., por los vehículos y por otros bienes patrimoniables de propiedad de la Empresa y;

 

 

CONSIDERANDO

 

Que a efectos de lograr eficiencia administrativa y eficacia en la concreción de aquellos, se hace necesario designar a un responsable para su realización;

                                                       Que el agente Walter Eduardo Caballero, C.I. Nº 397, se encuentra a cargo del área PATRIMONIO y como tal realiza todo tipo de tareas relacionadas con bienes patrimoniables, por lo que resulta ser la persona indicada para llevar adelante los trámites pertinentes ante los referidos Registros y Organismos;

 

                                                     Que dada la modalidad adoptada por OSSE en cuanto al registro y patentamiento de vehículos, por la que se hace cargo de su trámite, se hace necesario contar con fondos para tal fin;

 

                                                    Que para agilizar la disposición de esos fondos se debe autorizar a la Contaduría para su liberación, requiriendo la posterior rendición;

 

                                                      Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por

Ordenanzas Nº  7.446 y 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Autorizar   al     C.P.  Walter  Eduardo  Caballero,  D.N.I.  Nº  12.518.016, a ----------------- realizar todo tipo de trámites necesarios ante los Registros Nacionales de Propiedad Automotor por los vehículos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado, ante distintos Organismos Nacionales, Provinciales y/o Municipales, Compañías de Seguros, Instituciones Bancarias y Entidades Financieras, etc., y cualquier otro que tenga relación con los distintos bienes  de propiedad de la Empresa---------------------- ----------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar   a  la Contaduría    a asignar  fondos  con  cargo  de  rendición al ------------------ Responsable del área Patrimonio,  C.P.  Walter  Eduardo  Caballero,  D.N.I.  Nº  12.518.016, para la realización de los trámites necesarios ante los organismos e instituciones indicados precedentemente.---------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones.  Comuníquese a quienes corresponda y -----------------    Cúmplase----------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 473-2019                                                   FIRMADA

                                                                                      ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 25/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 743-C-19 Cpo.1 referente a la : “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 50/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: GRAFICA EXTREMA SRL y VARELA HECTOR ESTEBAN  según consta en acta de Apertura de fecha 01/07/19 (fs.17); 

 

                                                   Que a fs. 34 la Gerencia de Producción informa que las dos firmas oferentes cumplen técnicamente con lo requerido;

 

                                                    Que de las ofertas presentadas la firma VARELA HECTOR ESTEBAN es la única oferta valida ya  que cumple con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta económica más conveniente;

 

                                                    Que mediante Cédula de Notificación de fs 36 se solicitó a la firma VARELA HECTOR ESTEBAN una mejora de ofertas según lo establecido en el Artículo 6.1 d) de las Cláusulas General del PByC resultando, según nota de fs 40, que realiza  una mejora, quedando su oferta en $305 cada cartel x 500 unidades siempre que el pago de la factura se realice por el total de la Orden en una factura que no exceda los 10 días hábiles.

 

                                                 Que en virtud de lo planteado por la firma proponente respecto que la mejora este supeditada a que el pago de la factura se realice por el total de la orden en una factura que no exceda los 10 (diez) días hábiles se solicitó al Área Tesorería evalúe la conveniencia de lo planteado por la firma. Por lo que a fs 43 informa que se han comparado las condiciones de entrega y pago establecidos por OSSE con la propuesta por el oferente y los posibles rendimientos financieros de cada alternativa. En cuadro adjunto a fs 42 se muestran los datos utilizados en la evaluación y los resultados obtenidos (calculados utilizando las tasas vigentes para colocaciones a plazo fijo en el BPBA) entendiendo que la propuesta es conveniente si genera un resultado financiero positivo. Por lo que concluye, desde el punto de vista financiero, que la propuesta es ventajosa a los intereses de OSSE. Informan que a efectos de dar cumplimiento a la condición de pago, la Liquidación deberá ingresar a Tesorería con al menos cinco días hábiles de anticipación a la fecha acordada.

 

                                                    Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

   Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

                                                            

                                                     Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 50/19 “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS” a la firma VARELA HECTOR ESTEBAN por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($152.500,00)  con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $217.500,00;

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 743-C-19 Cpo.1                                      ------------------- referente a la: “ADQUISICION DE CARTELES PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS”.----------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 50/19 “ADQUISICION DE CARTELES ------------------ PVC CORRUGADOS C/ TEXTO P/ SEÑALIZACION VIAL DE TRABAJOS” a la firma VARELA HECTOR ESTEBAN por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS ($152.500,00)  con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de entrega será dentro de los 15 (quince) días corridos de notificada        ---------------------la  Orden de Compra a la firma adjudicataria.---------------------------------------

 

ARTICULO 4º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 5º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.—

RESOLUCION Nº 474-2019                                         FIRMADA

                                                                             ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 25/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 797-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION CORTADORA DE PAVIMENTO 13 HP”; y

                                                          

CONSIDERANDO                                

                                                                

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 64/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 04 (cuatro) firmas: MACROFER PASEO FERRETERO S.A., DISTRIBUIDORA OLLANTA S.R.L., SEYCO S.A.C.I.F. y  RENT A TRAILER S.A., según surge del Acta de Apertura de fecha 16/07/19 (fs. 14);

                                                                  

                                                                   Que a fs. 56 la Gerencia de Producción informa que solo cumplen con las especificaciones técnicas solicitadas por dicha gerencia las firmas MACROFER PASEO FERRETERO S.A. y RENT A TRAILER S.A.;

                                               

                                                                   Que a 57 consta el Certificado de la firma RENT A TRAILER S.A., cumpliendo ella con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además su propuesta económica las más conveniente;

                                                

                                                               Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 64/19: “ADQUISICION CORTADORA DE PAVIMENTO 13 HP” a la firma RENT A TRAILER S.A. por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($199.500,00) en su oferta con descuento del 5% por pago a los 30 días de conformada la factura, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse el monto de la adjudicación por debajo del Presupuesto Oficial de $210.000,00;

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:          Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 797-C-19 Cpo.01    ------------------ referente a la “ADQUISICION CORTADORA DE PAVIMENTO 13 HP”.-----------

 

ARTICULO 2: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 64/19: “ADQUISICION CORTADORA    -------------------- DE PAVIMENTO 13 HP” a la firma RENT A TRAILER S.A. por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS ($199.500,00) en su oferta con descuento del 5% por pago a los 30 días de conformada la factura, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse el monto de la adjudicación por debajo del Presupuesto Oficial. --------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:                   El plazo de entrega será dentro de los 5 (cinco) días hábiles contados a    ------------------ partir de la notificación de la Orden de Compra.--------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:          La Oficina de Compras comunicará a la firma  RENT A TRAILER S.A. que   --------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------------------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------

 

ARTICULO 7º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                 ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------

RESOLUCION Nº 475-2019                                        FIRMADA

                                                                             ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                         MAR DEL PLATA,  26/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 679-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION INSUMOS DE IMPRESION”; y

                                                          

CONSIDERANDO

                Que, atento a la falta de ofertas para el primer llamado del concurso de referencia se procedió a realizar un Nuevo Llamado, según da cuenta la documentación agregada al expediente, habiéndose presentado para el mismo las firmas: HELP COPIES S.R.L. y JERIDA GABRIEL (NT COMPUTACION) según surge del Acta de Apertura de fecha 17/07/19 (fs. 18), de las cuales solo la primera de ellas cumple con lo requerido en el P.B. y C.;

                                                                  Que a fs. 35 la Gerencia de Sistemas informa que la firma HELP COPIES S.R.L. cumple técnicamente con lo solicitado por dicha Gerencia, mientras que la firma JERIDA GABRIEL solo cumple con los renglones Nº 2, 4 y 15 dado que dicha firma presenta en su oferta cartuchos alternativos siendo que se solicitan cartuchos originales;

               

                                                               Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  los renglones Nº 2 a 15 ambos inclusive, en su oferta Alternativa con Descuento con entrega total del Concurso de Precios Nº 46/19 Nuevo Llamado: “ADQUISICION INSUMOS DE IMPRESIÓN”, a la firma HELP COPIES S.R.L., por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($143.161,00) por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse dichos renglones por debajo del Presupuesto Oficial de $160.353,00; DECLARAR FRACASADO el renglón Nº 1 dado que la única oferta para dicho renglón no cumple técnicamente con lo requerido por la Gcia. de Sistemas;  DECLARAR DESIERTOS los renglones Nº 16 y 17 por no existir ofertas para los mismos y DESISTIR de la adquisición de los renglones Nº 1, 16 y 17 bajo esta modalidad según los motivos expuestos anteriormente;

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 679-C-19 Cpo. 01                              -------------------- referente a la “ADQUISICION INSUMOS DE IMPRESION”.-----------------------

 

ARTICULO 2: ADJUDICAR  los renglones Nº 2 a 15 ambos inclusive, en su oferta Alternativa con ------------------- Descuento con entrega total del Concurso de Precios Nº 46/19 Nuevo Llamado, a la firma HELP COPIES S.R.L., por la suma de CIENTO CUARENTA Y TRES MIL CIENTO SESENTA Y UNO ($143.161,00) por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse dichos renglones por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 15 (QUINCE) días corridos de notificada la   ------------------- Orden de Compra. ------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°: Declarar FRACASADO el renglón Nº 1 y DESIERTOS los renglones Nº 16 y 17    -------------------- renunciando a su adquisición bajo la presente  modalidad de compra.-----------------

 

ARTICULO 5°: Autorizar  a la Gerencia de Sistemas a iniciar un nuevo trámite de compra por los          -------------------- renglones indicados en el Art. 4º.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.---------------------------

 

ARTICULO 8º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                 ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------

RESOLUCION Nº 476-2019                                              FIRMADA

                                                                                  ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 26/07/2019

 

 

 

Visto la licencia solicitada por el Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA, y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA tenía programado el goce de licencia por vacaciones entre los días 18 de julio de 2019  y el 02 de agosto de 2019, inclusive,  pero en la actualidad tiene concedida licencia especial en los términos del art. 31 del Convenio Colectivo de Trabajo 57/1975 (cf. Resolución 286/2019) y se desempeña como Vicepresidente del Directorio;

 

Que no originándose inconveniente, de acuerdo a lo solicitado por el Lic.  Marcelo Omar SCAGLIOLA, corresponde otorgar licencia sin goce de haberes como Vicepresidente del Directorio de OSSE entre los días 18 de julio de 2019  y el 02 de agosto de 2019,  y en ese mismo lapso otorgarle licencia por vacaciones de conformidad al art. 11 del CCT 57/1975;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas nº 7.446 y  24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS  MAR  DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTÍCULO 1º: Otorgar al Lic. Marcelo Omar SCAGLIOLA, licencia sin goce de haberes--------------------de haberes como Vicepresidente del Directorio de OSSE entre los días 18 de julio de 2019  y el 02 de agosto de 2019, por los motivos expuestos en el exordio de la presente que “brevitatis causae” no se transcriben.------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:   Conceder  licencia por vacaciones entre los días 18 de julio de 2019  y el -------------------02 de agosto de 2019, inclusive, al agente. Marcelo Omar SCAGLIOLA  /CI 396), de conformidad al lo establecido en el art. 11 del CCT 57/1975..---------------------

 

ARTICULO 3º: Dése   al   Registro    de   Resoluciones    -    Comuníquese    a     quienes   --------------------corresponda.-Cúmplase.------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 477-2019                              FIRMADA

                                                                   ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

MAR DEL PLATA, 26/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 611-C-19 Cpo.1 referente al “SERVICIO PERFORACIONES ESTUDIO ZONA ESTACION CHAPADMALAL” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 40/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 02 (dos) firmas a saber: PERFORACIONES DE LA COSTA SA y MARRERO MARIO RICARDO según consta en acta de Apertura de fecha 19/06/19 (fs.16); 

 

                                                   Que a fs. 39 la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos informa que las ofertas se ajustan a lo requerido técnicamente. Señalan que la mayor diferencia entre los montos de Presupuesto Oficial y las ofertas presentadas, radica en lo que se ha considerado en dicho Presupuesto para el costo unitario del item 1 “Servicio de perforaciones en 102mm” ($545.71) en función de la información que se dispuso en su momento para realizar la Solicitud de Compra. Agregan que los precios podrían estar sufriendo alguna desactualización en virtud que la Solicitud fue confeccionada en el mes de Abril del corriente año. Finalmente destacan que los servicios solicitados resultan de alta prioridad para determinar las posibilidades de abastecimiento seguro de la localidad de Estación Chapadmalal, debido a que actualmente la misma depende casi exclusivamente del pozo 354, teniendo en cuenta que de los cuatro pozos de reserva (293 a 296) solo funcionan dos y son de muy bajos caudales;

 

   Que en virtud de exceder las ofertas presentadas el Presupuesto Oficial de $392.420,77 se les requirió a las firmas oferentes una Mejora de Ofertas resultando, según Acta de Apertura de fecha 05/07/19 (fs 44) que la firma PERFORACIONES DE LA COSTA SA sigue manteniendo el importe cotizado correspondiente a $642.026 (IVA INCLUIDO) y la firma MARRERO MARIO RICARDO modifica en un 5% menos al Presupuesto ya cotizado para el Concurso de referencia;

 

  Que visto que, aún luego de realizada la Mejora de Ofertas, la propuesta mas económica supera en un 60,98% el Presupuesto Oficial se le requirió a la Gerencia solicitante amplíe la información vertida su informe de fs. 39 respecto a la diferencia mencionada. Por lo que al pie de fs 48 dicha Gerencia amplia su informe indicando que los perforistas conforman sus precios en general no solo por un análisis de precio del tipo “ingeniería económica”, sino oportunidad, interés, demanda de su mercado y otras variables que no son objetivas a OSSE, siendo muy similares a gremios o artesanos;

 

                                                Que las firmas PERFORACIONES DE LA COSTA SA y MARRERO MARIO RICARDO se encuentran exceptuadas del requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE en virtud de lo establecido en el Art 4.1 inc d) del PByC Generales para Concursos de Precios y Licitaciones …” no será exigida cuando se trate de artífices, artesanos, artistas u obreros especializados (perforistas matriculados) y firmas establecidas en el extranjero sin representación o agentes en el país”… encontrándose las mismas  inscriptas en el Registro de Perforistas y Poceros matriculados de General Pueyrredon según listado obrante a fs 47;

                                                     

                                                Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 40/19 “SERVICIO PERFORACIONES ESTUDIO ZONA ESTACION CHAPADMALAL” a la firma MARRERO MARIO RICARDO por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON 70/100 ($631.717,70) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego;

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 611-C-19                              ------------------- Cpo.1  referente al “SERVICIO PERFORACIONES ESTUDIO ZONA ESTACION CHAPADMALAL.”-----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 40/19 “SERVICIO PERFORACIONES                             ------------------ ESTUDIO ZONA ESTACION CHAPADMALAL” a la firma MARRERO MARIO RICARDO por la suma total de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON 70/100 ($631.717,70) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego --------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de prestación del servicio será de 35 (treinta y cinco) días corridos de -------------------- notificada la Orden de Compra a la firma adjudicataria.--------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. Asimismo deberá presentar la documentación relativa a Seguridad e Higiene que a continuación se detalla: 1) Póliza de Accidentes Personales y pago correspondiente de personal que se desempeñe en la obra sin relación de dependencia con la Contratista: se fija un monto de $ 1.000.000, (se toma como referencia un monto promedio estipulado por la Superintendencia de Riesgo de Trabajo); 2) Póliza de Responsabilidad Civil y su pago correspondiente. los topes serán del 20% del monto de la presente contratación con impuestos incluidos----------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar  a  la  Contaduría  a  realizar  el  ajuste  de  la  imputación                  ------------------- preventiva de los renglones adjudicados.-----------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.—

RESOLUCION Nº 478-2019                                          FIRMADA

                                                                              ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA,  26/07/2019

 

                Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 770-C-19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION CARDIGANS P/DAMA Y SWEATER ESC V CABALLEROS UNIFORMES;  y

                                                                              

 

CONSIDERANDO                                                   

 

                                                                       Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 63/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 04 (CUATRO) firmas: VENDITTI LUIS ALBERTO, BOTTARO ALEJANDRA, MORENO CRISTINA y FOOTWEAR SRL, según surge del Acta de Apertura de fecha 15/07/19 (fs. 21);

 

                                                         

                                                                 Que a fs. 69 la Gerencia de Recursos Humanos  informa que habiendo tomado vista de los actuados así como de las muestras ingresadas al Sector Suministro, recomienda adjudicar la oferta mas conveniente en virtud de las cotizaciones fs. 22 a 67 atento que cumplen con lo requerido;

 

                                                           Que de las ofertas presentadas las firmas VENDITTI LUIS ALBERTO y BOTTARO ALEJANDRA son la únicas validas ya  que cumplen con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además la propuesta de  VENDITTI LUIS ALBERTO la oferta económica más conveniente;

                                                            

                                                           Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 63/19 “ADQUISICION CARDIGANS P/DAMA Y SWEATER ESC V CABALLEROS UNIFORMES”  a la firma VENDITTI LUIS ALBERTO por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 70/100 ($286.370,70) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE y coincidir la misma con el Presupuesto Oficial;

 

                                                                      Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1°: Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 770-C-19 Cpo. 01          ------------------    referente a la  ADQUISICION CARDIGANS P/DAMA Y SWEATER ESC V CABALLEROS UNIFORMES”.-------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:  ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 63/19 a la firma VENDITTI LUIS     ------------------   ALBERTO por la suma total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SETENTA CON 70/100 ($286.370,70) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE y coincidir la misma con el Presupuesto Oficial.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:    El plazo de entrega de los Cardigans para dama será dentro de los 30 (treinta) días corridos de notificada la Orden de Compra y recibido el listado de talles; y el de Sweater escote V para caballeros será dentro de los 30 (trenta) días corridos de notificada la Orden de Compra por parte de las firma adjudicataria.-------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 4º: La oficina de Compras comunicará a las firma VENDITTI LUIS ALBERTO

-----------------  que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente               -------------------  adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6º:  Notificar a la  firma  de lo dispuesto  precedentemente.------------------------------

 

ARTICULO 7º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 479-2019                                         FIRMADA

                                                                            ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,  29/07/2019

 

 

                                                                              Visto las actuaciones que corren por ante Expediente Año 2018 – Nº 958- Letra C – Alcance 5 Cuerpo 1  "REDETERMINACION RED CLOACAL FARO NORTE SECTOR 3B1” LICITACION PUBLICA Nº 10/2018; y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                                                              Que la contratista de obra referida PABLO ROMERO presentó en fecha 16/04/2019 nota de adhesión a las cláusulas transitorias 2da. Apartado 3ero del Anexo I del Decreto 367/2017 que fuere objeto de adhesión expresa por parte del Municipio de General Pueyrredón mediante la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 23918. Simultáneamente, la Contratista incluyó en su nota de adhesión la estructura de ponderación propuesta, la cual fue debidamente aprobada por la Gerencia de Obras de OSSE mediante Orden de Servicio Nº 2 (fs. 17 expediente 958-C-2018 Alcance 5 Cuerpo1) en conjunto con la Contaduría, indicando que el índice a utilizar en el rubro combustible deberá ser el código 2320-33360-1;

 

                                                 Que por Nota de Pedido Nro. 16  de  fecha 5/06/2019 la Contratista solicitó la redeterminación de precios Nº 1 y conjuntamente la adecuación provisoria de precios prevista en el Decreto 367/17 (cláusula transitoria) y la Resolución Nº 217-235-E-GDEBA-MIYSPGP acompañando la documentación pertinente a fin de acreditar que al mes de abril 2019 la variación ponderada según la estructura de costos aprobada por Orden de Servicios Nº 2 había superado el 5% determinado en el marco de la normativa vigente;

 

                                                               Que habiendo tomado intervención la Contaduría, de OSSE; esta ha verificado a fs. 21 del Expediente  OSSE 958-C-2018 Alcance 5 Cuerpo 1, que: 1).-La ponderación utilizada guarda correspondencia con la ponderación aprobada por la Gerencia de Obras según Orden de servicio Nº.2;   2).- Que los índices con los cuales se determinó la variación de la estructura de ponderación son los aprobados en la Orden de Servicio Nº 2 antes mencionada. 3) Que la variación calculada por la Contratista es correcta dando lugar a un 9,44%  debiendo aplicarse al contrato desde el 1/04/2019 el 80% de dicha variación, dando lugar con ello a un 7,55%. 4).-Atento a la fecha demostrada de salto del 5%, corresponde aplicar la variación provisoria a la totalidad del contrato dando lugar a una diferencia contractual de $ 479.350,58.- 5).-Que verificada la existencia de crédito presupuestario para financiar el mayor valor antes consignado, se observa que a la fecha de la presente acta la partida presupuestaria posee crédito suficiente para su financiamiento;

 

                                                                               Que la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos eleva anteproyecto de resolución y Acta de Readecuación Provisoria de Precios, sobre la base del informe de la Contaduría antes transcripto;

 

                                                                Que a fs. 25 del Alcance 5 cuerpo 1 del presente Expediente la Jefatura de Compras notifica a la contratista PABLO ROMERO el contenido completo del proyecto de Acta de Redeterminación de Precios obrante a fs. 23; presentando la contratista a fs. 26 del Alcance 5 cuerpo 1 del presente Expediente nota en la que acepta en todos sus términos el Acta de Redeterminación de Precios antes mencionada;

 

                                               Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:

 

 

EL DIRECTORIO DE

OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Autorícese  la  celebración  del   acta  que obra en Anexo I, correspondiente a la obra aquí referida.-----------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º: La Contratista deberá proceder a  constituir  el  5%  de  Garantía de  Cumpli-     --------------------  miento del Contrato sobre el mayor valor provisorio, en un todo de acuerdo al artículo 6.3 en las formas previstas en el artículo 4.5 del Pliego de Bases y Condiciones para Contratación de Obra Pública de la presente licitación El área de Compras procederá a realizar la correspondiente Orden de Compra. ----------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese a quienes corresponda y                --------------------    cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 480-2019                                 FIRMADA

                                                                    ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

EXPEDIENTE AÑO 2018– Nº 958 – LETRA C-ALCANCE 5-Cuerpo 1

LICITACIÓN  PUBLICA Nº10/2018

“RED CLOACAL BARRIO FARO NORTE-ETAPA 3B1 ”

 

Entre OBRAS SANITARIAS MAR DE PLATA S.E., representada en este acto por el Arq. ALEJANDRO POZZOBON, por una parte, y la contratista PABLO ESTEBAN ROMERO acuerdan celebrar la presente ACTA con sujeción a las cláusulas y condiciones que siguen:

 

PRIMERA: PABLO ESTEBAN ROMERO. es contratista de la obra “RED CLOACAL BARRIO FARO NORTE ETAPA 3B1” de trámite por ante EXPEDIENTE AÑO 2018 – Nº 958 – LETRA C, LICITACIÓN PUBLICA Nº 10/2018, habiéndose adjudicado dicha contratación por Resolución Nº 181/2019 de fecha 28/03/2019 en la suma de Pesos Seis millones trescientos cuarenta y nueve mil catorce con 29 centavos ($ 6.349.014,29).-

 

SEGUNDA: La firma PABLO ESTEBAN ROMERO  presentó en fecha 16/04/2019 nota de adhesión a las cláusulas transitorias 2da. Apartado 3ero del Anexo I del Decreto 367/2017 que fuere objeto de adhesión expresa por parte del Municipio de General Pueyrredón mediante la sanción de la Ordenanza Municipal Nº 23918. Simultáneamente, la Contratista incluyó en su nota de adhesión la estructura de ponderación propuesta, la cual fue debidamente aprobada por la Gerencia de Obras de OSSE mediante Orden de Servicio Nº 2 (fs. 531 expediente 958/2018-C cuerpo 3) en conjunto con la Contaduría, indicando que el índice a utilizar en el rubro combustible deberá ser el código 2320-33360-1.-

 

TERCERA: Que por Nota de Pedido Nro. 16 de fecha 5/06/2019 la Contratista solicitó la redeterminación de precios Nº 1 y conjuntamente la adecuación provisoria de precios prevista en el Decreto 367/17 (cláusula transitoria) y la Resolución Nº 217-235-E-GDEBA-MIYSPGP acompañando la documentación pertinente a fin de acreditar que al mes de abril 2019 la variación ponderada según la estructura de costos aprobada por Orden de Servicios Nº 2 había superado el 5% determinado en el marco de la normativa vigente,

 

CUARTA: Que habiendo sido analizadas las actuaciones por la Contaduría de OSSE; esta ha verificado a fs. 31 de Expte. OSSE 958-C-2018 Alcance 5 cuerpo 1, que: 1).-La ponderación utilizada guarda correspondencia con la ponderación aprobada por la Gerencia de Obras según Orden de servicio Nº.2;   2).- Que los índices con los cuales se determinó la variación de la estructura de ponderación son los aprobados en la Orden de Servicio Nº 2 antes mencionada. 3) Que la variación calculada por la Contratista es correcta dando lugar a un 9,44%  debiendo aplicarse al contrato desde el 1/04/2019 el 80% de dicha variación, dando lugar con ello a un 7,55%. 4).-Atento a la fecha demostrada de salto del 5%, corresponde aplicar la variación provisoria a la totalidad del contrato dando lugar a una diferencia contractual de $ 479.350,58.- 5).-Que verificada la existencia de crédito presupuestario para financiar el mayor valor antes consignado se observa que a la fecha de la presente acta la partida presupuestaria posee crédito suficiente, para su financiamiento.-

 

QUINTA: LAS PARTES manifiestan de plena conformidad  que se ha dado cumplimiento a la totalidad de los requisitos para la aprobación de la presente adecuación provisoria, ascendiendo la variación porcentual aprobada en tal concepto (adecuación provisoria) a  7,55 % sobre saldo de contrato al 01 de Abril de 2019.-

 

SEXTA: Que en estricto cumplimiento al art. 18 del Anexo I del Decreto 367, por medio de la presente ACTA la Contratista manifiesta que renuncia a todo reclamo por mayores costos, intereses y/o gastos improductivos ó supuestos perjuicios resultantes del presente proceso de redeterminación.-

 

SEPTIMA: A todos los efectos legales del presente, las partes mantienen los domicilios constituídos en el contrato oportunamente celebrado, donde serán válidas todas las notificaciones así como también las jurisdicciones aceptadas.---------------------------------------------------------------

 

En la ciudad de Mar del Plata, a los ………días del mes de JULIO del año 2019., previa lectura, en prueba de conformidad las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.-

 

 

MAR DEL PLATA,  29/07/2019

 

 

                                                                                                                                                                                                                         Visto la renuncia presentada por el agente Mario Eduardo BADARACCO  CI 222,  para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                  Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;

                                              

                                               Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;

                                                                                                             

                                               Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;

 

                                   Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;

                                 

                                   Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD  DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Mario Eduardo                          ---------------------BADARACCO  CI 222, DNI 10.851.709, Función P-07 Clase XVI  para acogerse a los  beneficios jubilatorios a partir del 01  de Agosto  de 2019.-----------

 

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al            ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------

 

 

ARTICULO 3º:  Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes                  ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º:  El gasto que demande  se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.04.000 GERENCIA DE OBRAS; Categoría Programática 04.00.02 APOYO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DE OBRAS y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------

RESOLUCION Nº 481-2019                                     FIRMADA

                                                                        ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 29/07/2019

 

Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 422-C-2019 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa Art 133 LOM N° 22/19  referente a la Obra: “REMODELACIÓN Y REFACCION EDIFICION NUEVA EDAR”; y

 

CONSIDERANDO

 

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Contratación Directa Art 133 LOM Nº 22/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiendo presentado ofertas 03 (tres) firmas a saber: NASARA CONSTRUCTORA SA, SERGIO ALEJANDRO SALTO y BRUNA OSCAR OSVALDO según consta en acta de Apertura de fecha 12/07/19 (fs.45); 

 

                                                        

                                                Que a fs. 160 el Area Intendencia informa que las firmas oferentes cumplen con lo requerido;

 

                                                Que de las ofertas presentadas las firmas SALTO SERGIO ALEJANDRO y NASARA CONSTRUCTORA SA son las únicas ofertas validas ya que cumplen con el requisito de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020;

 

                                                Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras aconseja adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 22/19 a la firma SALTO SERGIO ALJENADRO por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 24/100 ($359.990,24) por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser la misma  inferior al Presupuesto Oficial de $375.190,13;

 

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y N°24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 422-C-19                              ------------------- Cpo.1  19  referente a la Obra: “REMODELACIÓN Y REFACCION EDIFICION NUEVA EDAR”------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar la Contratación Directa Art 133 LOM N° 22/19 a la firma                     ------------------SALTO SERGIO ALJENADRO por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 24/100 ($359.990,24) por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo solicitado en el P. B y C. y ser la misma  inferior al Presupuesto Oficial --------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de ejecución de la obra será de 42 (cuarenta y dos) días corridos a           -------------------- partir de la firma del Acta de Inicio de Obra.-----------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------

 

ARTICULO 5º: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que una                                               ------------------- vez cumplido el acto administrativo correspondiente a la adjudicación deberá presentar la documentación requerida en el art. 11  del P.B. Y C Asimismo dentro                                       de los 10 días corridos de notificada la Orden de Compra deberá presentar la documentación requerida en el art. 13  del P.B. Y C.------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar  a las  firmas  de  lo dispuesto  precedentemente.--------------------------

 

ARTICULO 8º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.—

RESOLUCION Nº 482-2019                                         FIRMADA

                                                                             ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 29/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 755-C-19 Alcance 4 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”; y

                                                          

CONSIDERANDO                                

                                                                

                Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 62/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 04 (cuatro) firmas: ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., LEMOCHETE S.A., XARE HOLDING SA e IPLI SRL, según surge del Acta de Apertura de fecha 11/07/19 (fs. 24);

                                                                  Que a fs. 96 la Gerencia de Producción informa que la firma XARE HOLDING SA deberá presentar las marcas de los materiales solicitados. Agregando que el resto cumple menos la alternativa del renglón 1 y 2 de la firma IPLI SRL;

 

                                                                  Que atento lo informado por la Gerencia de Producción se solicitó a la firma XARE HOLDING SA informe por escrito la marca de los productos ofertados (Cédula de fs. 98). Por lo que a fs. 100, mediante nota de fecha 17/07/19 registrada en OSSE bajo Nº 207/19, dicha firma manifiesta que los renglones 1 a 7 inclusive son marca “XARE”; renglones 11, 12 y 13 marca “JUNTAMAS”; y renglón 22 marca “XARE”. Al respecto la Gerencia de Producción informa al pie de fs. 102 que la mencionada firma no cumple con los renglones 11, 12 y 13 con las especificaciones técnicas solicitadas. Agregando que los renglones 1 al 7 y 22 si cumple;

 

                                                                 Que a fs. 54, 69, 97 y 103 constan los Certificados de las firmas LEMOCHETE S.A., XARE HOLDING SA, IPLI SRL y ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., cumpliendo todas ellas con el requisito de Re- Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE actualizado al 30/06/2020, siendo además sus propuestas económicas las más convenientes;

                                                            

                                                               Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 62/19 de la siguiente manera: a la firma IPLI SRL los renglones 8, 9, 10, 14, 16, 17, 18 y 19 por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 70/100 ($162.815,70) con impuestos incluidos; a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. los renglones 1, 13 y 20 por la suma total de PESOS CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($114.580,00) con impuestos incluidos; a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones 11, 12, 15 y 21 por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA ($256.180,00) con impuestos incluidos; y a la firma XARE HOLDING S.A. los renglones 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 22 por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($248.410,00) con impuestos incluidos; ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 70/100 ($781.985,70), por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse el monto de la adjudicación global por debajo del Presupuesto Oficial de $826.725,12;

 

                                                           Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:          Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 755-C-19 Alcance 4

------------------- Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES P/ PLAN MEJORAMIENTO RECAMBIO CONEXIONES 2019”.---------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º:    ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 62/19 de la siguiente manera: a la firma

------------------- IPLI SRL los renglones 8, 9, 10, 14, 16, 17, 18 y 19 por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS QUINCE CON 70/100 ($162.815,70) con impuestos incluidos; a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. los renglones 1, 13 y 20 por la suma total de PESOS CIENTO CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA ($114.580,00) con impuestos incluidos; a la firma LEMOCHETE S.A. los renglones 11, 12, 15 y 21 por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL CIENTO OCHENTA ($256.180,00) con impuestos incluidos; y a la firma XARE HOLDING S.A. los renglones 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 22 por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS DIEZ ($248.410,00) con impuestos incluidos; ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en PESOS SETECIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 70/100 ($781.985,70), por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse el monto de la adjudicación global por debajo del Presupuesto Oficial de $826.725,12.----------------------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 3°:                   El plazo de entrega será dentro de los 10 (diez) días hábiles a partir de la

-------------------- notificación de la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.------------------------

 

ARTICULO 4°:          La Oficina de Compras comunicará a las firmas  LEMOCHETE S.A. y XARE

------------------  HOLDING S.A. que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificadas deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-------------------------------------------------------

 

ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para aquellos

------------------- renglones que superen su Presupuesto Oficial.----------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.----------------------------

 

ARTICULO 8º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                 ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------

RESOLUCION Nº 483-2019                                       FIRMADA

                                                                            ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA,     30/07/2019 

 

Visto el primer aniversario de la Inauguración y puesta en marcha de la EDAR y la conmemoración del 30º aniversario de la Planta de Pretratamiento Ing Baltar; y

 

CONSIDERANDO

 

                                                 Que con motivo celebrar el primer aniversario de la inauguración de la EDAR y en conmemoración de los 30 años de la Planta Ing Baltar recientemente puesta fuera de servicio y demolida sus instalaciones,  el Directorio ha decidido rescatar los antecedentes vinculados con la operatoria de la vieja planta y contrastar con las nuevas prestaciones y la aplicación de los avances tecnológicos en el tratamiento de los efluentes cloacales;

 

                                                               Que es necesario mostrar a la comunidad sobre el impacto medioambiental de estas obras, siendo la EDAR la obra más importante en los últimos 100 años, representando el futuro y la evolución en el tratamiento de efluentes;

 

                                      Que en ese sentido resulta de importancia restaurar la maqueta que muestra la antigua Planta cuyas instalaciones ya han sido removidas del sector costero donde se realizará en un futuro el parque temático de saneamiento, producto del Concurso de Ideas y Anteproyectos del que resultara ganadora la propuesta del Arq. Pablo Fidel Rescia;

 

                                                  Que asimismo se realizará el plotteado y banners para mostrar la historia del saneamiento de efluentes en la ciudad y destacar la importancia de la preservación del medio marino y cuidado ambiental para las generaciones futuras;

                                                                 Que es necesario realizar la compra de materiales no tradicionales que permitan la restauración artesanal por Administración;

 

                                     Que la empresa cuenta con profesionales idóneos que realizarán la tarea de manera voluntaria, sin descuidar su funciones específicas en la Gerencia de Obras, siendo designados para tal fin el Arquitecto Martín Rojas (CI 1160), el Arquitecto Matías Sarión (CI 985) y el Técnico Elec. Claudio González Altamiranda (CI. 394),

 

                                                   Que asimismo se confeccionarán banners que llevarán a un recorrido diseñado específicamente para este aniversario y que integrarán el acervo histórico que formará parte en el futuro del Museo del Saneamiento;

 

                                                  Que se considera que tales acciones demandarán un presupuesto estimado de  $30.000 (pesos treinta mil), 

 

                                 Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446  y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

 SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

 

ARTICULO 1º: Encomendar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la realización

------------------del Homenaje de los 30 años de la Inauguración de la Planta de Pretratamiento Ing Baltar y del Primer aniversario de la  EDAR. ---------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a  tramitar un anticipo para  Gastos sujeto a -------------------Rendición a nombre de Silvia Cervera (CI 672)  por la suma de pesos treinta mil ($ 30.000)---------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º Dese al Registro de resoluciones. Notifíquese a la Gcia de Relaciones -----------------------Institucionales y a la Contaduría de OSSE, Cúmplase. --------------------

RESOLUCION Nº 484-2019                                 FIRMADA

                                                                     ALEJANDRO POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 30/07/2019

 

 

                                                                              Visto las actuaciones que corren por ante Expediente Año 2013 – Nº 788- Letra O – Alcance 31 Cuerpo 1  "REDETERMINACION Nº 18 ACTUALIZADA PMIS” correspondiente a la obra “PMIS – CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN” LICITACION PUBLICA Nº 08/2014; y

 

 

CONSIDERANDO

 

                                                                                              Que como antecedente es pertinente señalar que por Resolución Nº 430/17 y Acta Acuerdo adjunta a dicho acto administrativo fue definida una metodología de Redeterminación específica acorde a las características de la obra y en el marco de la Ley Provincial Nº 14.812;

 

                                                                              Que recientemente, en fecha 27/06/2019, COARCO SA presentó la documentación pertinente para el análisis de las  Redeterminaciones de Precios Nº 13 a Nº.18, inclusive, de la obra de referencia,  conforme la metodología  aprobada desde la  redeterminación  Nº 2  a Nº 12, y  en el marco del  acuerdo  suscripto el  26/06/2019.

 

                                                                                              Que habiendo tomado intervención la Contaduría de OSSE y luego de haber analizado la documentación presentada por la contratista, dicha dependencia dictaminó de fs. 78 a 79 vuelta del Alcance 31 Cuerpo 1, en los siguientes términos: “…El 06/06/2019 por  Resolución de Directorio  Nro. 328/19, se autoriza la suscripción del Acta  Acuerdo en el  marco de la  Ley de Emergencia  14812, prorrogada  por la  Ley 15022 a la  cual  adhiere  la  Municipalidad de General  Pueyrredon  a través de la Ordenanza 24081 de fecha 11/04/2019, aprobándose  un  nuevo  plan de trabajo.-  El 05/07/2019 la Gerencia   de Obras a través del Área  Inspección,   analizando  cada  uno de los  meses en el que  la contratista solicita  la redeterminación de precios,  establece que la  firma  no  tiene  atraso de  obra . Presentan  las redeterminaciones:

 

Nro de redeterminación

VR

DESDE

VR

HASTA

SALDO

CERTIFICADOS DESDE:

13

Ago-17

Ene-18

Feb-18

36

14

Ene-18

Abr-18

May-18

39

15

Abr-18

Jun-18

Ago-18

41

16

Jun-18

Ago-18

Sep-18

43

17

Ago-18

Sep-18

Oct-18

44

18

Sep-18

Nov-18

Dic-18

46

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

La  firma  da cumplimiento a la totalidad de la documentación  requerida para  este trámite que se ha incorporado a los siguientes  alcances del  Expediente  788/O/ 2013:

 

 

 

 

REDETERMINACION

Nro. de redeterminación

 ACTUALIZACIÓN

Expediente 788/2013

 

 VR DESDE

VR

HASTA

Alcances

13

Ago-17

Ene-18

27

14

Ene-18

Abr-18

25

15

Abr-18

Jun-18

28

16

Jun-18

Ago-18

29

17

Ago-18

Sep-18

30

18

Sep-18

Nov-18

31

           

 

Se  verifica que  el  porcentaje de  variación del  saldo de  obra  supera  el 5%,  dando lugar al  derecho  a redeterminar en  cada  una  de las  redeterminaciones solicitadas.

 

REDET NRO

% DE INCIDENCIA

13

5.610%

14

8.272%

15

7.373%

16

7.314%

17

8.952%

18

5.937%

 

El mayor  costo  en  cada una  de las  redeterminaciones  analizadas en  consideración del  saldo  de obra para  cada salto es el siguiente:

 

 

 

 

SALDOS

 

REDET NRO

SALDO desde

Desde CERTIFICADOS

Redeterminación  ANTERIOR

Redeterminación ACTUAL

DIFERENCIA

13

01/02/2018

36

 $ 206,844,465.72

 $ 218,447,879.27

 $ 11,603,413.56

14

01/05/2018

39

 $ 205,564,064.55

 $ 222,569,232.24

 $ 17,005,167.69

15

01/08/2018

41

 $ 201,721,152.66

 $ 216,593,711.36

 $ 14,872,558.71

16

01/09/2018

43

 $ 193,909,343.87

 $ 208,091,589.36

 $ 14,182,243.64

17

01/10/2018

44

 $ 195,580,020.39

 $ 213,088,454.42

 $ 17,508,434.04

18

01/12/2018

46

 $ 192,046,803.30

 $ 203,449,270.43

 $ 11,402,467.13

 

 Total de  diferencia de la redeterminación Nro. 13  a la 18

 $ 86,574,284.76

 

Por otro lado y ante la necesidad de analizar el valor total de la contratación, se procede a  calcular  el valor  del  contrato incluyendo redeterminaciones…:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Detalle

(1)Resolución de  Directorio

Total  Obra a  

 

 

Numero

Importe

Cada  fecha

Valor de Contrato Original

60/2015

 $ 192,939,338.50

 

Redeterminación Nro. 1 (04/2015)

466/2016

 $   15,440,364.17

 $      208,379,702.67

Redeterminación de Nro 2 a la Nro. 10 (03/2017)

430/2017

 $   97,367,671.49

 $      305,747,374.16

Redeterminación Nro 11 (06/2017)

114/2018

 $   11,402,572.37

 $      317,149,946.53

Redeterminación Nro. 12 (08/2017)

282/2018

 $   10,199,176.85

 $      327,349,123.38

 Redeterminación de la Nro. 13 a  18

Proyecto de Resolución

 $   86,574,284.76

 $      413,923,408.14

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                      

 

 

 

 

 

 

 

Asimismo, la Contaduría en el informe de referencia tambien indica que en anexo  se  listan  los  precios  unitarios  sin  IVA que  corresponden  a cada  una de las  redeterminaciones analizadas,  debiéndose  volcar en acta  a  ser  firmada  por el representante de la  empresa  y  el Presidente de OSSE autorizándose  por Resolución de Directorio.

 

                                                      De igual modo señala que “…analizadas  las  redeterminaciones  presentadas  y  en  consideración de lo  firmado en el acta  acuerdo cláusula tercera se procede  a  calcular  la   diferencia  para  cada  uno de los  certificados  del  Nº 36  al Nº 50 ( último certificado devengado  a la  fecha),  respecto de cada una  de las  redeterminaciones  solicitadas, incorporándose a esta  nota  como  anexo B.  Del mismo se   extrae lo siguiente: 1) El  importe  a pagar de contado  como  suma de  diferencia  de los   certificados Nº  36 de fecha 02/2018 a  38 de  04/2018  asciende    a pesos $  622,218.10  según  el  siguiente  detalle: Diferencia por Certificado Nº 36 de fecha febrero 2018 por $ 65.793,98; Diferencia por Certificado Nº 37 de fecha marzo 2018 por $ 225.599,32 y Diferencia por Certificado Nº 38 de fecha Abril 2018 por $ 330.824,80.-  2) Diferencia  a  pagar con pago  diferido  en un  todo  de acuerdo  a lo  consignado el Pliego de Bases  y Condiciones es de $48,631,812.87 ..”

 

                                                                                   Que la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos eleva anteproyecto de resolución, sobre la base del informe de la Contaduría obrante de fs. 78 a 79 vuelta y los anexos obrantes a fs. 80 a 81 vuelta y fs. 82.-

 

                                                                        Que a fs. 112  del Alcance 31 Cuerpo 1 del presente Expediente la Jefatura de Compras  notifica a la contratista COARCO S.A el contenido completo del proyecto de Acta de Redeterminación de Precios obrante a fs. 105 a 109; presentando a fs. 113 del Alcance 31 Cuerpo 1 del presente Expediente nota en la que acepta en todos sus términos el Acta de Redeterminación de Precios antes mencionada;

 

                                                           Por ello, en virtud de las atribuciones conferidas por las Ordenanzas Nº 7.446 y  Nº  24132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL DIRECTORIO DE

OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

ARTÍCULO 1º: Apruébense las actuaciones obrantes en Exptes 788-O-2013 Alcances ---------------------25,  27, 28, 29, 30 y 31 inclusive correspondientes a los trámites de redeterminación Nº  13 a 18 inclusive de las presentes actuaciones.------------------------

 

ARTÍCULO 2º: Autorícese la celebración del acta de redeterminación de precios  que ---------------------obra en Anexo I, con sus correspondientes Anexos A y B que integran la misma; todo ello correspondiente a la obra aquí referida.---------------------------------

 

ARTÍCULO 3º: Los  gastos  correspondientes  al pago de la  presente redeterminación

---------------------deberán imputarse a la Jurisdicción: 1.2.2.01.16.000 Infraestructura y Redes domiciliarias, Categoría Programática:  75.76.60  PMIS  CENTRO  DE      ///

ABASTECIMIENTO TUCUMAN Objeto del Gasto 4.2.2.02. INFRAESTRUCTURA DE AGUA; FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1.3.1. ORIGEN MUNICIPAL------------------

 

ARTICULO 4:La Contratista deberá constituír  el  5%  de  Garantía de Cumplimiento------------------- del Contrato en un todo de acuerdo al artículo 6.3 en las formas previstas en el artículo 4.5 del Pliego de Bases y Condiciones para Contratación de Obra Pública de la presente licitación, en la suma de Pesos Cinco millones Trescientos Treinta y Tres mil Seiscientos Noventa y Dos con Treinta centavos  ($ 5.333.692,30). --

 

ARTICULO 5: Autorícese  a  la   Contaduría  a  realizar   las   modificaciones              ------------------- presupuestarias  necesarias para  financiar  el gasto  que  demande la aplicación de la  presente  Resolución.-----------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6º:  Autorícese a la desafectación de los saldos de la Orden de Compra      -------------------- reimputadas Nro.20150101,  Nro.20160569, Nro.20170602, Nro.20180184 y Nro.20180362 procediéndose inmediatamente a generar una nueva Orden de Compra con los saldos pendientes de certificar a valores de la Redeterminación Nro. 18. -------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese a quienes corresponda y  -------------------- cúmplase.-----------------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 485-2019                                 FIRMADA

                                                                     ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO I

 

ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS nº 13 a 18

CONTRATO DE OBRA PÚBLICA

EXPEDIENTE AÑO 2013– Nº 788 – LETRA O-ALCANCE 31-Cuerpo 1

LICITACIÓN  PUBLICA Nº 08/2014

“PMIS CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN”

 

Entre OBRAS SANITARIAS MAR DE PLATA S.E., representada en este acto por el Arq. Alejandro POZZOBON D.N.I  Nº 17.659.335,  por una parte, y la contratista COARCO S.A. representada en este acto por el Sr. Alejandro Oscar Gomez D.N.I Nº 11.870.530 acuerdan celebrar la presente ACTA con sujeción a las cláusulas y condiciones que siguen:

 

PRIMERA: La empresa COARCO S.A. es contratista de la obra “PMIS CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN” de trámite por ante EXPEDIENTE AÑO 2013 – Nº 788 – LETRA O, LICITACIÓN PUBLICA Nº 08/2014.----------------------------------------------------

 

SEGUNDA: COARCO SA presentó en fecha 27/06/2019 la documentación correspondiente para el análisis de las Redeterminaciones de Precios Nº 13 a Nº 18 inclusive, de la referida obra,  en  cumplimiento de la  metodología  aprobada desde la  redeterminación  Nº 2  a la Nº12, y  en el marco del Acta Acuerdo suscripta el 26/06/2019 que aprobara un nuevo plan de trabajo (previamente aprobada por Resolución de Directorio Nº328/19 del 06/06/2019  en el  marco de la  Ley de Emergencia  14.812, prorrogada  por Ley 15.022 a la que adhirió  la  Municipalidad de General Pueyrredon mediante Ordenanza Municipal Nº 24081 de fecha 11/04/2019).- Con la documentación presentada la Contratista ha acreditado fehacientemente la incidencia de los mayores precios de los insumos, con el consecuente desequilibrio de la ecuación económico financiera  del  contrato original. ------------------------------------------

 

TERCERA: LAS PARTES dejan expresa constancia que las redeterminaciones presentadas objeto de tratamiento en la presente Acta que tramitaren por Exptes. OSSE 788-O-2013 Alcances 25-27-28-29-30-31, son las siguientes:

Redeterminación Nº 13 con VR desde Agosto 2017 hasta Enero 2018 y saldo febrero 2018 aplicando a los certificados desde Nº 36; -----------------------------------------------------------

Redeterminación Nº 14 con VR desde Enero 2018 hasta Abril 2018 y saldo mayo 2018 aplicando a los certificados desde Nº 39; -----------------------------------------------------------

Redeterminación Nº 15 con VR desde Abril 2018 hasta Junio 2018 y saldo agosto 2018 aplicando a los certificados desde Nº 41;------------------------------------------------------------ 

Redeterminación Nº 16 con VR desde Junio 2018 hasta Agosto 2018,y saldo septiembre 2018 aplicando a los certificados desde Nº 43 ;----------------------------------------------------------- 

Redeterminación Nº 17 con VR desde Agosto 2018 hasta Septiembre 2018 y saldo octubre 2018 aplicando a los certificados desde Nº 44 ;---------------------------------------------------------- 

Redeterminación Nº 18 con VR desde Septiembre 2018 hasta Noviembre 2018 y saldo diciembre 2018 aplicando a los certificados desde Nº 46;-------------------------------------- 

OSSE deja constancia que ha verificado que el porcentaje de variación del saldo de obra ha superado el cinco por ciento (5%), dando lugar al derecho a redeterminar en cada una de las redeterminaciones, indicando el siguiente porcentaje de incidencia: 

Para la Redeterminación Nº 13: Porcentaje de incidencia 5,610%

Para la Redeterminación Nº 14: Porcentaje de incidencia 8,272%

Para la Redeterminación Nº 15: Porcentaje de incidencia 7,373%

Para la Redeterminación Nº 16: Porcentaje de incidencia 7,314%

Para la Redeterminación Nº 17: Porcentaje de incidencia 8,952%

Para la Redeterminación Nº 18: Porcentaje de incidencia 5,937%

 

CUARTA:Por lo anteriormente expuesto y conforme aplicación de la metodología de redeterminación de precios referida en la claúsula segunda, las partes convienen que los nuevos precios unitarios redeterminados con 10% invariable sin IVA, correspondientes a  las   redeterminaciones Nº 13, 14,15,16,17 y 18 inclusive, son los que obran consignados en el Anexo A que obra adjunto a la presente y que es firmado por ambas partes de plena conformidad en la totalidad de sus fojas. Se deja aclarado asimismo que dicho Anexo A

 

 

 

 

 

 

también deja debidamente especificado a cuáles certificados aplica cada una de las redeterminaciones mencionadas.-----------------------------------------------------------------------

 

QUINTA: LAS PARTES expresan que el mayor  costo  en  cada una  de las  redeterminaciones  analizadas en  consideración del  saldo  de obra para  cada salto es el siguiente:

 

 

 

 

SALDOS

 

REDET NRO

SALDO desde

Desde CERTIFICADOS

Redeterminación  ANTERIOR

Redeterminación ACTUAL

    DIFERENCIA

13

01/02/2018

36

 $ 206,844,465.72

 $ 218,447,879.27

 $ 11,603,413.56

14

01/05/2018

39

 $ 205,564,064.55

 $ 222,569,232.24

 $ 17,005,167.69

15

01/08/2018

41

 $ 201,721,152.66

 $ 216,593,711.36

 $ 14,872,558.71

16

01/09/2018

43

 $ 193,909,343.87

 $ 208,091,589.36

 $ 14,182,243.64

17

01/10/2018

44

 $ 195,580,020.39

 $ 213,088,454.42

 $ 17,508,434.04

18

01/12/2018

46

 $ 192,046,803.30

 $ 203,449,270.43

 $ 11,402,467.13

 

 Total de  diferencia de la redeterminación Nro. 13  a la 18

 $ 86,574,284.76

 

 

SEXTA: En lo atinente al valor del contrato, OSSE ha calculado el valor del contrato incluyendo las presentes redeterminaciones; ascendiendo al siguiente importe de contrato, el cual COARCO SA declara conocer y aceptar de conformidad:

 

 

Detalle

(1)Resolución de  Directorio

Total  Obra a  

 

 

Numero

Importe

Cada  fecha

Valor de Contrato Original

60/2015

 $ 192,939,338.50

 

Redeterminación Nro. 1 (04/2015)

466/2016

 $   15,440,364.17

 $      208,379,702.67

Redeterminación de Nro 2 a la Nro. 10 (03/2017)

430/2017

 $   97,367,671.49

 $      305,747,374.16

Redeterminación Nro 11 (06/2017)

114/2018

 $   11,402,572.37

 $      317,149,946.53

Redeterminación Nro. 12 (08/2017)

282/2018

 $   10,199,176.85

 $      327,349,123.38

Redeterminación de la Nro. 13 a  18

Proyecto de Resolución

 $   86,574,284.76

 $      413,923,408.14

         

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

SEPTIMA: Analizadas las redeterminaciones  presentadas y conforme lo establecido en la cláusula tercera del acta acuerdo de fecha 26/06/2019  se procede  a  calcular  la   diferencia  para  cada  uno de los  certificados  del  nº 36  al  50 ( último certificado devengado  a la  fecha),  respecto de cada una  de las  redeterminaciones  solicitadas, incorporándose dicho resultado como ANEXO B, que las partes suscriben de conformidad.

Del mismo ANEXO B se extrae lo siguiente: 1).-Que el importe a abonar de contado como sumatoria de las diferencias por certificados de redeterminación Nº 36 de fecha 02/2018, 37 de 03/2018 y 38 de 04/2018  asciende a la suma de pesos seiscientos ventidós mil doscientos dieciocho con diez centavos ($ 622,218.10) conforme el  siguiente  detalle:

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CERTIFICADOS

DIFERENCIA  POR CERTIFICADO DE REDETERMINACION

numero

Fecha

13

14

15

16

17

18

36

Feb-18

 $    65,793.98

 

 

 

 

 

37

Mar-18

 $  225,599.32

 

 

 

 

 

38

Abr-18

 $  330,824.80

 

 

 

 

 

 

 

 $  622,218.10

 

 

 

 

 

 

2) Que la diferencia a abonar con pago  diferido  en un  todo  de acuerdo  a lo  consignado en el Pliego de Bases  y Condiciones asciende a la suma de Pesos cuarenta y ocho millones seiscientos treinta y un mil ochocientos doce con 87 centavos ($ 48,631,812.87.-) .-

 

 

OCTAVA: A todos los efectos legales del presente, las partes mantienen los domicilios constituídos en el contrato oportunamente celebrado, donde serán válidas todas las notificaciones así como también las jurisdicciones aceptadas.-----------------------------------------

 

En la ciudad de Mar del Plata, a los ………días del mes de Julio del año 2019., previa lectura, en prueba de conformidad las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO A

 

 

 REDETERMINACIONES

 

 

CERTIFICADO NUMERO:

 NRO  13 

 NRO 14

 NRO 15

 NRO 16

 NRO 17

 NRO 18

 

 

FECHA:

07/2017 a 01/2018

01/2018 A 04/2018

04/2018 a 06/2018

06/2018 a 08/2018

08/2018 a 09/2018

09/2018 a 11/2018

ÍTEM

SUB-

DESCRIPCIÓN

 Redeterminado

 Redeterminado

 Redeterminado

 Redeterminado

 Redeterminado

 Redeterminado

 

ÍTEM

 c/10% invariable sin IVA

 c/10% invariable sin IVA

 c/10% invariable sin IVA

 c/10% invariable sin IVA

 c/10% invariable sin IVA

 c/10% invariable sin IVA

Aplica desde el certificado:

36

39

41

43

44

46

BLOQUE A : OBRAS EXTERNAS DEL C.A.T.

 

 

 

 

 

 

A 1

 

EXCAVACIÓN, RELLENO Y COMPACTACIÓN DE ZANJAS Y TUNELES

$ 1,408,108.09

 $        1,542,920.19

 $       1,678,370.00

 $       1,880,773.47

 $       2,107,451.01

 $            2,236,390.48

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A 2

 

PROVISIÓN, TRANSPORTE A OBRA E INSTALACIÓN DE CAÑERÍAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

a 2.1

Cañería de ingreso de Hierro Fundido Dúctil (HºFºDº), diámetro 700mm

$ 1,533,254.32

 $        1,620,402.72

 $       1,732,406.46

 $       1,839,331.63

 $       2,007,149.09

 $            2,175,509.65

 

a 2.2

Modificación  de impulsión "Golf"  con cañería de Hierro Fundido Dúctil (HºFºDº) diámetro 500mm

$ 2,624,487.98

 $        2,780,650.12

 $       2,969,927.13

 $       3,158,480.33

 $       3,446,277.47

 $            3,731,611.06

 

 

 

 

 

 

 

 

 

A 3

 

CONSTRUCCIÓN DE NUDOS DE EMPALME (Incluye las piezas de acero, la válvulería. los actuadores eléctricos;

 

 

 

 

 

 

 

 

las cámaras de alojamientos y tapas metálicas)

 

 

 

 

 

 

 

a 3.1

Nudo A (en acero)

$ 367,263.12

 $           388,276.49

 $          413,462.19

 $          438,246.72

 $          476,679.70

 $               518,282.34

 

a 3.2

Nudo B (en acero)

$ 197,576.26

 $           209,646.01

 $          222,722.70

 $          236,540.67

 $          257,047.32

 $               279,287.47

 

a 3.3

Nudo C (en acero)

$ 197,576.26

 $           209,646.01

 $          222,722.70

 $          236,540.67

 $          257,047.32

 $               279,287.47

 

a 3.4

Nudo 1 (en acero)

$ 2,382,721.23

 $        2,520,115.00

 $       2,682,857.41

 $       2,844,327.60

 $       3,093,437.20

 $            3,363,150.11

 

a 3.5

Nudo 2  (en acero)

$ 2,523,100.63

 $        2,666,253.72

 $       2,840,026.02

 $       3,009,530.23

 $       3,273,832.41

 $            3,559,865.29

 

a 3.6

Nudo 3 (en acero)

$ 1,541,376.95

 $        1,634,343.48

 $       1,737,097.98

 $       1,844,141.12

 $       2,004,386.27

 $            2,178,111.05

 

a 3.7

Nudo 4 (en acero)

$ 2,691,369.47

 $        2,843,408.02

 $       3,029,177.90

 $       3,209,567.52

 $       3,491,642.59

 $            3,796,873.09

 

a 3.8

Nudo 5 (en acero)

$ 4,709,663.57

 $        4,978,198.84

 $       5,301,748.28

 $       5,618,985.87

 $       6,112,044.46

 $            6,645,714.95

 

a 3.9

Nudo 6 (en acero)

$ 1,373,108.09

 $        1,457,189.17

 $       1,547,946.10

 $       1,644,103.82

 $       1,786,576.09

 $            1,941,103.24

 

a 3.10

Nudo 7 (en acero)

$ 3,223,133.30

 $        3,414,825.67

 $       3,631,364.57

 $       3,853,484.84

 $       4,189,167.75

 $            4,552,937.26

A 4

 

ROTURA Y REPARACIÓN DE PAVIMENTOS

$ 384,486.76

 $           420,636.52

 $          437,726.47

 $          474,117.53

 $          500,051.83

 $               533,635.66

            BLOQUE B : OBRAS CIVILES

 

 

 

 

 

 

B 1

 

MOVIMIENTOS DE SUELOS

$ 101,997,382.08

 $    111,733,178.41

 $   121,602,737.21

 $   136,791,289.79

 $   153,587,119.34

 $        163,477,591.49

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 2

 

ESTRUCTURA DE HORMIGÓN

 

 

 

 

 

 

 

b 2.1

Hormigón de Nivelación y Contrapiso de Limpieza

$ 6,684,245.88

 $        7,257,721.96

 $       7,680,546.56

 $       8,243,296.95

 $       9,017,979.48

 $            9,840,141.27

 

b 2.2

Estructura Resistente

$ 79,422,483.00

 $      87,139,793.80

 $     94,319,134.65

 $   100,827,770.19

 $   111,537,558.47

 $        117,291,621.97

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 3

 

CARPETAS DE CEMENTO ALISADO SOBRE PISO DE CISTERNA Y  CÁRCAMO DE BOMBEO

$ 6,138,196.28

 $        6,661,769.70

 $       6,991,474.69

 $       7,453,320.92

 $       7,956,789.66

 $            8,444,835.54

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 4

 

IMPERMEABILIZACIONES

 

 

 

 

 

 

 

b 4.1

Interior de Tanque Cisterna y Cárcamo de Bombeo

$ 11,451,580.49

 $      12,496,248.48

 $     12,952,627.67

 $     13,904,784.49

 $     14,475,379.24

 $          15,364,918.98

 

b 4.2

Exterior de Tanque Cisterna, Cámara de Bombeo y Sala de Bombas

$ 4,423,804.19

 $        4,842,997.14

 $       5,019,309.18

 $       5,388,868.24

 $       5,636,320.01

 $            5,974,658.11

 

b 4.3

Sobre  losa superior

$ 6,922,338.40

 $        7,572,853.98

 $       7,822,192.82

 $       8,380,941.00

 $       8,716,677.53

 $            9,256,158.95

 

b.4.4

Piso Sala de Bombas

$ 386,043.64

 $           424,972.14

 $          438,247.75

 $          469,503.02

 $          492,050.82

 $               521,797.04

 

b.4.5

Viga Canal del Techo de la Sala de Bombas

$ 270,329.52

 $           298,146.09

 $          308,150.73

 $          330,556.24

 $          348,408.99

 $               368,756.67

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

B 5

 

MAMPOSTERÍAS

$ 3,709,588.70

 $        4,006,605.73

 $       4,259,323.99

 $       4,558,820.50

 $       4,879,401.92

 $            5,300,609.21

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 6

 

CONTRAPISOS, PISOS Y ZÓCALOS

$ 1,328,163.44

 $        1,447,722.05

 $       1,652,207.26

 $       1,763,154.63

 $       2,024,377.79

 $            2,079,267.93

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 7

 

PISO TÉCNICO ELEVADO

$ 177,604.09

 $           196,217.94

 $          200,872.69

 $          214,041.83

 $          223,176.99

 $               236,682.61

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 8

 

CARPINTERÍAS Y VANOS DE ILUMINACIÓN (INCLUYE VIDRIOS)

$ 385,307.67

 $           421,736.82

 $          502,900.82

 $          547,035.95

 $          645,624.39

 $               630,146.03

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 9

 

TECHO SALA DE BOMBAS

$ 1,485,541.90

 $        1,618,211.71

 $       1,952,076.35

 $       2,068,487.44

 $       2,394,718.95

 $            2,408,777.08

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

B 10

 

HERRERÍA

$ 141,739.86

 $           155,567.88

 $          177,473.82

 $          189,670.32

 $          214,104.53

 $               219,161.66

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 11

 

INSTALACIÓN SANITARIA

$ 258,888.78

 $           284,239.75

 $          295,665.46

 $          317,692.36

 $          336,489.40

 $               356,572.28

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

B 12

 

TELEFONÍA

$ 133,276.43

 $           146,064.89

 $          150,241.98

 $          160,446.03

 $          166,300.03

 $               176,574.99

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

B 13

 

PINTURA

$ 963,461.73

 $        1,069,146.12

 $       1,126,898.50

 $       1,221,938.84

 $       1,380,324.23

 $            1,460,863.78

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 14

 

PAVIMENTOS DE CALLE INTERNA Y ACCESO E.D.E.A

$ 1,060,665.66

 $        1,147,331.87

 $       1,237,634.01

 $       1,338,807.01

 $       1,489,483.27

 $            1,582,824.29

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 15

 

DEMOLICIÓN DE EDIFICIO EXISTENTE

$ 967,766.78

 $        1,065,284.66

 $       1,144,405.00

 $       1,286,529.34

 $       1,437,159.92

 $            1,544,886.94

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 16

 

ELEMENTOS CONTRA INCENDIOS

$ 308,711.22

 $           336,380.00

 $          348,050.49

 $          373,143.16

 $          386,585.37

 $               410,830.95

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B 17

 

PLAZA CIVICA PÚBLICA

 

 

 

 

 

 

 

b. 17.1

Parquización y Forestación

$ 862,655.69

 $           919,842.23

 $          967,293.92

 $       1,034,902.88

 $       1,106,781.87

 $            1,196,159.66

 

b. 17.2

Solados

$ 2,936,903.33

 $        3,131,741.11

 $       3,346,364.37

 $       3,509,077.45

 $       3,868,525.40

 $            4,107,152.82

 

b. 17.3

Albañilería

$ 2,290,719.68

 $        2,488,977.71

 $       2,635,553.78

 $       2,830,631.09

 $       3,023,414.25

 $            3,269,550.21

 

b. 17.4

Herrería

$ 1,514,304.74

 $        1,626,760.67

 $       2,015,309.57

 $       2,168,326.40

 $       2,598,669.18

 $            2,564,653.81

 

b. 17.5

Equipamiento Urbano

$ 988,837.93

 $        1,072,989.26

 $       1,144,486.69

 $       1,219,576.46

 $       1,328,288.81

 $            1,404,364.03

 

 

SUBTOTAL BLOQUE B

 

 

 

 

 

 

BLOQUE C : INSTALACIONES MECÁNICAS Y ELECTROMECÁNICAS

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C 1

 

MANIFOLD COMPLETO

$ 24,217,370.69

 $      26,486,705.21

 $     27,498,183.68

 $     29,685,975.44

 $     31,163,522.46

 $          33,214,685.24

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

C 2

 

ELECTROBOMBAS

$ 10,607,686.97

 $      11,521,537.36

 $     12,623,843.54

 $     13,648,020.41

 $     14,951,727.98

 $          15,925,708.31

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

 C 3

 

COMPUERTAS

$ 1,690,205.89

 $        1,860,836.26

 $       2,061,702.80

 $       2,211,931.68

 $       2,457,335.44

 $            2,553,652.90

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

C 4

 

SISTEMA DE DRENAJE

$ 1,528,100.35

 $        1,657,171.77

 $       1,965,992.13

 $       2,122,531.71

 $       2,489,377.47

 $            2,484,319.88

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C 5

 

SISTEMAS DE VENTILACIÓN FORZADA

$ 161,041.81

 $           175,879.84

 $          186,454.75

 $          196,566.38

 $          209,131.58

 $               216,469.53

 

 

 

 

 $                          -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                         -  

 $                              -  

C 6

 

PUENTE GRÚA

$ 1,506,821.70

 $        1,622,563.79

 $       1,989,133.29

 $       2,160,070.91

 $       2,585,397.84

 $            2,562,123.85

BLOQUE D : INSTALACIONES ELÉCTRICAS E INSTRUMENTACIÓN

 

 

 

 

 

D 1

 

TABLERO GENERAL DE BT

$ 6,785,028.42

 $        6,776,172.62

 $       7,563,970.15

 $       8,016,593.11

 $       9,400,069.74

 $            9,851,786.31

D 2

 

INSTALACIONES ELÉCTRICAS EN LA ESTACIÓN DE BOMBEO

$ 3,429,532.23

 $        3,497,603.95

 $       3,830,531.02

 $       4,051,908.85

 $       4,652,632.89

 $            4,883,598.54

D 3

 

SISTEMA DE ILUMINACIÓN EXTERIOR

$ 1,380,224.37

 $        1,474,869.13

 $       1,624,117.86

 $       1,734,130.96

 $       1,944,768.36

 $            2,007,333.09

D 4

 

INSTRUMENTACIÓN PARA MEDICIÓN DE CAUDAL, NIVEL Y PRESIÓN

$ 732,910.02

 $           797,646.51

 $          905,692.49

 $          972,956.72

 $       1,130,311.82

 $            1,112,730.16

D 5

 

PROVISIÓN Y MONTAJE DE GRUPO ELECTRÓGENO

$ 2,106,123.50

 $        2,137,143.93

 $       2,359,672.09

 $       2,511,877.96

 $       2,910,279.24

 $            3,059,676.43

D 6

 

SISTEMA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA

$ 489,829.96

 $           528,544.65

 $          632,041.73

 $          680,769.30

 $          798,270.36

 $               793,457.93

E 1

 

EXCAVACIÓN, RELLENO Y COMPACTACIÓN DE ZANJAS Y TUNELES

$ 7,766,442.08

 $        8,520,664.63

 $       9,284,127.08

 $     10,445,601.76

 $     11,763,777.55

 $          12,501,480.72

E 2

 

PROVISIÓN, TRANSPORTE A OBRA E INSTALACIÓN DE CAÑERÍAS

 

 

 

 

 

 

 

e 2.1

de PVC; diámetro 110mm; clase 10

$ 29,520.72

 $             32,754.67

 $            34,170.71

 $            37,337.11

 $            40,459.15

 $                 43,260.91

 

e 2.2

de PVC; diámetro 315mm; clase 10

$ 353,530.94

 $           392,269.43

 $          409,115.33

 $          447,059.26

 $          484,399.95

 $               517,992.16

 

e 2.3

de PVC; diámetro 400mm; clase 10

$ 882,590.34

 $           979,317.77

 $       1,021,179.95

 $       1,115,948.81

 $       1,209,086.95

 $            1,293,018.32

 

e 2.4

de PVC; diámetro 500mm; clase 10

$ 179,619.43

 $           199,262.88

 $          208,268.52

 $          227,450.38

 $          246,613.46

 $               263,523.07

E 3

 

PROVISIÓN, TRANSPORTE A OBRA E INSTALACIÓN DE VÁLVULAS

 

 

 

 

 

 

e 3.1

Válvula esclusa diámetro 110mm enchufe para PVC

$ 19,725.27

 $             21,904.20

 $            22,988.32

 $            24,902.34

 $            26,887.09

 $                 28,748.51

 

e 3.2

Válvula esclusa diámetro 315mm enchufe para PVC

$ 156,077.12

 $           172,638.29

 $          185,764.43

 $          201,420.60

 $          219,989.75

 $               234,050.36

 

e 3.3

Válvula esclusa diámetro 400mm enchufe para PVC

$ 278,422.04

 $           307,944.13

 $          332,543.35

 $          360,295.57

 $          394,120.57

 $               418,798.31

 

e 3.4

Válvula esclusa diámetro 500mm enchufe para PVC

$ 129,186.19

 $           142,768.11

 $          154,919.05

 $          167,557.61

 $          183,424.42

 $               194,483.22

E 4

 

EMPALMES A LA RED EXISTENTE

 

 

 

 

 

 

 

e 4.1

Empalme PVC 500 x HºFº 500

$ 258,382.63

 $           284,254.11

 $          322,519.21

 $          347,061.35

 $          387,017.69

 $               404,164.93

 

e 4.2

Empalme PVC 400 x HºFº 500

$ 231,303.58

 $           254,560.72

 $          287,271.44

 $          309,836.07

 $          345,146.80

 $               361,246.79

 

e 4.3

Empalme PVC 400 x HºFº 400

$ 209,618.05

 $           230,781.55

 $          259,044.22

 $          280,025.15

 $          311,615.59

 $               326,876.96

 

e 4.4

Empalme PVC 400 x HºFº 250

$ 186,171.81

 $           205,071.72

 $          228,525.14

 $          247,793.86

 $          275,361.93

 $               289,716.56

 

e 4.5

Empalme PVC 315 x HºFº 150

$ 132,286.55

 $           145,675.45

 $          162,987.29

 $          176,429.89

 $          196,210.57

 $               206,096.35

 

e 4.6

Empalme PVC 110 x HºFº 100

$ 86,285.59

 $             95,233.36

 $          103,109.59

 $          113,192.82

 $          125,081.72

 $               133,188.50

E 5

e 5.1

ROTURA Y REPARACIÓN DE PAVIMENTOS

$ 2,579,139.75

 $        2,868,700.63

 $       3,125,941.87

 $       3,488,781.77

 $       3,900,587.33

 $            4,271,562.89

 

 

HONORARIOS PROFESIONALES

0.74299945%

0.72439090%

0.70895010%

0.69468103%

0.67865579%

0.66862557%

 

 

MOVILIDAD PARA LA INSPECCIÓN

 $         116,628.10

 $           116,628.10

 $          116,628.10

 $          116,628.10

 $          116,628.10

 $               116,628.10

 

 

 

 

 

 

 

 $                         -  

 

 

 

 

ANEXO B

 

CERTIFICADOS

DIFERENCIA  POR CERTICADO DE REDET

numero

fecha

13

14

15

16

17

18

36

Feb-18

 $       65,793.98

 

 

 

 

 

37

Mar-18

 $     225,599.32

 

 

 

 

 

38

Abr-18

 $     330,824.80

 

 

 

 

 

39

May-18

 $     298,063.87

 $      833,877.92

 

 

 

 

40

Jun-18

 $     303,331.45

 $      993,113.56

 

 

 

 

41

Jul-18

 $     285,998.40

 $      890,930.60

 $      826,294.13

 

 

 

42

Ago-18

 $     362,147.24

 $      957,772.12

 $      871,297.20

 

 

 

43

Sep-18

 $     378,393.82

 $      956,001.10

 $      865,935.58

 $      881,313.96

 

 

44

Oct-18

 $     305,719.96

 $      828,051.70

 $      737,088.31

 $      722,505.50

 $   1,104,825.25

 

45

Nov-18

 $     273,335.43

 $      581,451.63

 $      554,017.54

 $      535,922.32

 $      754,493.05

 

46

Dic-18

 $     420,737.70

 $      595,786.71

 $      613,107.85

 $      600,092.03

 $      814,425.24

 $      658,689.88

47

Ene-19

 $   1,039,634.28

 $   1,432,404.20

 $      965,862.81

 $   1,414,743.06

 $   1,431,863.32

 $   1,397,013.19

48

Feb-19

 $   1,218,195.30

 $   1,378,169.53

 $   1,544,636.74

 $   1,520,226.81

 $   2,082,014.48

 $   1,178,401.47

49

Mar-19

 $   1,090,076.61

 $   1,339,768.69

 $      878,582.44

 $   1,322,403.76

 $   1,288,099.63

 $   1,225,993.51

50

Abr-19

 $     718,415.34

 $      978,298.67

 $      625,856.88

 $      952,820.35

 $      901,833.23

 $      901,777.52

SALDO 51

 $   4,287,146.05

 $   5,239,541.25

 $   6,389,879.23

 $   6,232,215.86

 $   9,130,879.85

 $   6,040,591.56

 

 

 

 

 

 

 

 

 TOTAL

 

 $ 11,603,413.56

 $ 17,005,167.69

 $ 14,872,558.71

 $ 14,182,243.64

 $ 17,508,434.04

 $ 11,402,467.13

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 $ 86,574,284.76

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Ambas partes firman al pie y en cada una de sus fojas, el Acta ………….los ANEXOS A y B correspondientes a las redeterminaciones 13 a 18 de la obra “PMIS CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN” de trámite por ante EXPEDIENTE AÑO 2013 – Nº 788 – LETRA O, LICITACIÓN PUBLICA Nº 08/2014, .Mar del Plata,          de Julio de 2019.-------

 

 

 

 

 

                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                 
 

                    MAR DEL PLATA, 30/07/2019

 

 

                                                                                      

                                                         Visto lo actuado en el Expediente Nº 1895-C-2015    RED CLOACA CALLE LANZILOTA 1500 (VI) Y ROSALES 4200 (VP PARCIAL), cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA.

 

CONSIDERANDO                           

 

                                                                Que  se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra, RED CLOACA CALLE LANZILOTA 1500 (VI) Y ROSALES 4200 (VP PARCIAL);

 

                                                                Que a fj. 252 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 20.06 respecto de la  Orden de Compra Nº 96/2019.

 

                                                                Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;

 

                                                              Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y  24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

                                           

                                                         R E S U E L V E

 

ARTICULO 1º: Aprobar  el  Acta  de  Recepción   Definitiva  correspondiente a  la   obra       ------------------RED CLOACA CALLE LANZILOTA 1500 (VI) Y ROSALES 4200 (VP PARCIAL) realizado por la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Autorizase  a  la  Contaduría la devolución  del Depósito de  Garantía                   -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 96/2019 obrante a fj.255 del presente expediente.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º: Autorizar  a  la  Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------

------------------- de la Orden de Compra Nº 96/2019 por un monto de $ 20.06 perteneciente a la Cooperativa de trabajo A TRABAJAR LTDA.  por lo expuesto en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------------              

                   

ARTICULO 4º: Dése al  Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------

RESOLUCION Nº 486-2019                                      FIRMADA

                                                                         ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

                                                                      MAR DEL PLATA, 30/07/2019

 

                  Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 422-C-19 Alc. 04 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MAT. P/ ESTRUCTURA METALICA OBRA: AMPLIACION Y REFACCION EDIFICIO NUEVA EDAR”; y

                                                          

CONSIDERANDO                                               

               Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 49/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 03 (TRES) firmas: SEYCO S.A.C.I.F., CLOND METALES S.R.L. y HIERROMETAL S.R.L. según surge del Acta de Apertura de fecha 26/06/19 (fs. 12), las cuales cumplen con todo lo requerido en el P.B. y C.;

                                                              Que a fs. 38 el Área Intendencia  informa que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por dicha Área;

 

                                                            Que a fs. 41 y 43 obran los Certificados de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con Vto. 30/06/20 correspondientes a las firmas HIERROMETAL S.R.L. y SEYCO S.A.C.I.F. respectivamente. Con respecto a la firma CLOND METALES S.R.L. y, atento a la necesidad de contar con  los bienes objeto de la presente contratación, siendo la oferta de dicha firma conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos técnicos solicitados, resulta conveniente autorizar  a la Oficina de Compras a Inscribir a dicha firma en el Registro de Proveedores OSSE, emitiéndose un Certificado Condicional  para el Concurso de Precios Nº 49/19 encontrándose los pagos sujetos a la presentación de la documentación que se detalla a continuación: 1)Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional, y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 31/12/18, 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a la Ganancia Año 2018 y 3) Ultima acta de asamblea  con designación de autoridades (mandato vigente);

 

                                                            Que en virtud de exceder algunos renglones el Presupuesto Oficial fijado para los mismos, se solicitó a las firmas SEYCO S.A.C.I.F., CLOND METALES S.R.L. y HIERROMETAL S.R.L. una Mejora de Ofertas, mediante Cédula de Notificación, constando ello de fs. 44 a 46 y, solo la firma SEYCO S.A.C.I.F. realizó descuento para el Renglón Nº 24, quedando el importe final del mismo en $1.231,05, mientras que la firma CLOND METALES S.R.L. presenta nota manifestando no poder realizar mejora de precios,  según Acta de Apertura a fs. 50;

 

                                                         Que si bien las cotizaciones de forma conjunta superan en un 4,93% el Presupuesto Oficial de los renglones cotizados de $392.504,88, se observa que para la confección de la Solicitud de Pedido Nº 3-151-21 se tuvo en cuenta un presupuesto de fecha 12/03/2019 siendo que la apertura de sobres fue realizada el 26/06/2019 sufriendo en tal período, nuestra moneda de curso legal, una importante devaluación; por ende resultaría financieramente conveniente a los intereses de OSSE adquirir los bienes solicitados en el Concurso de referencia  en esta instancia;

 

                                                        Que si bien para algunos renglones consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

                                                        Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

                                                  

                                                        Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 49/19 de la siguiente manera: a la firma SEYCO S.A.C.I.F. los renglones Nº 23, 24 (en su oferta mejorada), 25, 28 y 30 por la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 70/100 ($25.687,70) con impuestos incluidos; a la firma HIERROMETAL S.R.L. los renglones Nº 19 y 29 por la suma total de PESOS TREINTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE  CON 94/100 ($30.399,94) con impuestos incluidos y a la firma CLOND METALES S.R.L. los renglones Nº 1, 2, 3, 5 a 13 ambos inclusive, 15 a 18 ambos inclusive, 20 a 22 ambos inclusive y 27 por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 65/100 ($355.782,65) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 29/100 ($411.870,29) por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados y, declarar DESIERTOS los renglones Nº 4, 14 y 26 por no existir ofertas para los mismos;

                                                             

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1°:           Aprobar  las  actuaciones obrantes en el Expediente N° 422-C-19 Alc. 04 -------------------- Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MAT. P/ ESTRUCTURA METALICA OBRA: AMPLIACION Y REFACCION EDIFICIO NUEVA EDAR”.-------------

 

ARTICULO 2º: Autorizar a la Oficina de Compras a extender a la firma CLOND METALES    ------------------- S.R.L. un Certificado Condicional de Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE con vencimiento 30/06/2020, quedando los pagos correspondientes a la presente Contratación sujetos a la presentación de la siguiente documentación: 1)Ultimo Balance Certificado por Contador Público Nacional, y legalizado ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas cerrado al 31/12/18, 2) Copia de la Declaración Jurada Anual Impuesto a la Ganancia Año 2018 y 3) Ultima acta de asamblea  con designación de autoridades (mandato vigente);

 

ARTICULO 3º:       ADJUDICAR  el Concurso de Precios Nº 49/19 de la siguiente manera: a la firma   ----------------- SEYCO S.A.C.I.F. los renglones Nº 23, 24 (en su oferta mejorada), 25, 28 y 30 por la suma total de PESOS VEINTICINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 70/100 ($25.687,70) con impuestos incluidos; a la firma HIERROMETAL S.R.L. los renglones Nº 19 y 29 por la suma total de PESOS TREINTA MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE  CON 94/100 ($30.399,94) con impuestos incluidos y a la firma CLOND METALES S.R.L. los renglones Nº 1, 2, 3, 5 a 13 ambos inclusive, 15 a 18 ambos inclusive, 20 a 22 ambos inclusive y 27 por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 65/100 ($355.782,65) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS CUATROCIENTOS ONCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 29/100 ($411.870,29) por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados. ----------------------------------

 

ARTÍCULO 4°: El plazo de entrega será, en todos los casos, dentro de los 15 días corridos de    ------------------  notificada la Orden de Compra a las firmas adjudicatarias.-------------------------

 

ARTICULO 5°:   La oficina de Compras comunicará a la firma CLOND METALES S.R.L. que ------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 6°: Declarar DESIERTOS los renglones Nº 4, 14 y 26 renunciando a su adquisición   --------------------- bajo la presente  modalidad de compra.----------------------------------------------------

 

ARTICULO 7°: Autorizar  al Área Intendencia a iniciar un nuevo trámite de compra por los              -------------------- renglones indicados en el Art. 5º.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 8º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para aquellos

------------------ renglones adjudicados que excedan su Presupuesto Oficial.--------------------------

 

ARTICULO 9°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 10º: Notificar a las  firmas  de lo dispuesto  precedentemente.---------------------------

 

ARTICULO 11º: Dese  al  Registro  de  Resoluciones.  Pase  a  la  Oficina  de Compras a los                 ------------------- efectos  de  dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------

RESOLUCION Nº 487-2019                                             FIRMADA

                                                                                 ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA,  30/07/2019

 

 

 

Visto las solicitudes de personal presentadas por las distintas Gerencias;  y

 

CONSIDERANDO

 

Que para dar cumplimiento con las tareas que demanda el servicio, se torna indispensable reforzar la dotación de personal de la Gerencia General de Grandes Consumidores, Gerencia de Recursos Humanos y Secretaría del Directorio;

 

Que los Sres. Darío Abel ROCHE (DNI 26.346.724), Juan Manuel RAMIREZ (DNI 42.044.286), Gastón Arturo MORALES (DNI 41.430.361) y la Srta. Narella Chiara POZZOBON (DNI 40.454.930), reúnen las características personales  apropiadas para el desempeño de los trabajos requeridos;

 

Que el Equipo de Salud de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que los mismos se encuentran física y psíquicamente aptos para el trabajo;

 

Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90, 93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sean remunerados de acuerdo a lo  establecido  para  el  personal  de  OSSE,  los Sres. Darío Abel ROCHE (DNI 26.346.724) y Juan Manuel RAMIREZ (DNI 42.044.286) en la Función P-03 (“Peón”) Clase I,  siendo su  jornada laboral la establecida en el  Módulo "B" del Acta Paritarias 08/2013 (40 hs semanales de lunes a viernes)  y  el Sr. Gastón Arturo MORALES (DNI 41.430.361) y la Srta. Narella Chiara POZZOBON (DNI 40.454.930) en la Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI, siendo su  jornada laboral la establecida en el  Módulo "A" del Acta Paritarias 08/2013 (35 hs semanales de lunes a viernes);

 

Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S.  en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, o en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446  y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º: Contratar  a  plazo fijo  para  prestar servicios en la Gerencia General de -------------------Grandes Consumidores a los  Sres. Darío Abel ROCHE (DNI 26.346.724) y  Juan Manuel RAMIREZ (DNI 42.044.286) Función P-03 (“Peón”) Clase I, ambos con Módulo "B" del Acta Paritarias 08/2013 (40 hs semanales de lunes a viernes); en la Secretaría del Directorio al Sr. Gastón Arturo MORALES (DNI 41.430.361) Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI, y en la Gerencia de Recursos Humanos a la Srta. Narella Chiara POZZOBON (DNI 40.454.930), Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI, ambos con Módulo "A" del Acta Paritarias 08/2013 (35 hs semanales de lunes a viernes), por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a la presente, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.----------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTÍCULO 2º:  Aprobar   el   modelo  de  Contrato   a   Plazo   Fijo   a   suscribir  con los  --------------------trabajadores contratados, que como Anexo I y IV  forman  parte integrante de la presente Resolución.------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:  El   gasto  que  demanden  las  presentes contrataciones serán imputadas   --------------------a las partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .------------

 

ARTICULO 4º: Dése  al  Registro  de  Resoluciones  –  Pase a  la  Gerencia   de  Recursos -------------------Humanos  para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----

RESOLUCION Nº 488-2019                                         FIRMADA

                                                                          ALEJANDRO POZZOBON

 

ANEXO I

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y el Sr. Darío Abel ROCHE (DNI 26.346.724), con domicilio real en calle 3 de febrero Nº 7149 de la ciudad de Mar del Plata,  en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función P-03 Clase I (Peón), para cumplir tareas en la Gerencia General de Grandes Consumidores – Área Emisión y Distribución, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.----------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 01/08/2019  hasta  el  día ---------------31/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. con Módulo "B" del Acta Paritaria 08/2013 (40 hs semanales de lunes a viernes).--------------------------------

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha  31 de                  octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-


 

ANEXO II

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y el Sr. Juan Manuel RAMIREZ (DNI 42.044.286) con domicilio real en calle Pasaje Julio Verne Nº 9186 – Bo. Etchepare -  de la ciudad de Mar del Plata,  en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función P-03 Clase I (Peón), para cumplir tareas en la Gerencia de Irregularidades en el Servicios, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-----------------------------------------------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 01/08/2019  hasta  el  día ---------------31/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral estará comprendida dentro del  Módulo "B" del Acta Paritarias 08/2013 (40 hs semanales de lunes a viernes).-------------------------------------------------------------------------

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha  31 de                  octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-


 

ANEXO III

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y el Sr. Gastón Arturo MORALES (DNI 41.430.361) con domicilio real en calle Soldado Gallo Nº 474 – Bo. 2 de Abril -  de la ciudad de Mar del Plata,  en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI,  para cumplir tareas en la Secretaría del Directorio - Área Mesa General de Entradas -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.----------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 01/08/2019  hasta  el  día ---------------31/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral estará comprendida dentro del Módulo "A" del Acta Paritarias 08/2013 (35 hs semanales de lunes a viernes).-------------------------------------------------------------------------

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha  31 de                  octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-


 

ANEXO IV

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO

(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)

 

 

PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este     acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446  y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte,  y la Srta. Narella Chiara POZZOBON (DNI 40.454.930), con domicilio real en calle Felipe de Arana Nº 5062 de la ciudad de Mar del Plata,  en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;

 

PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la  Resolución  O.S.S.E.   Nº  ……/19  que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al  EMPLEADO  en  la Función A-01 (“Administrativo”), Clase VI,  para cumplir tareas  en la Gerencia de Recursos Humanos, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-------------------------------------

 

SEGUNDA (PLAZO):  El   plazo  contractual  será  a  partir del 02/09/2019  hasta  el  día ---------------02/12/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------

 

TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral,                        --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde,  en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche,  en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral estará comprendida dentro del  Módulo "A" del Acta Paritarias 08/2013 (35 hs semanales de lunes a viernes).-------------------------------------------------------------------------

 

CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al                        ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------

 

QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a                         ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------

 

SEXTA   Atento  no  mediar  más  de  tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha  02 de                  diciembre de 2019.---------------------------------------------------------------------------------------

 

En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los  …… días del mes de …………………….. del año 2019.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL  PLATA, 30/07/2019

 

 

 

Visto la Licencia por enfermedad del Responsable del Sector Liquidación de Haberes,  Sra. Daniela  GRAFFITTI (CI Nº 899),  y;

 

CONSIDERANDO

 

Que el agente nombrado se encuentra ausente desde el 02 de julio de 2019, por motivos de una operación  que conlleva una recuperación de tiempo prolongado;

 

Que resulta necesario cubrir el cargo de Responsable de Sector Liquidación de Haberes, función R-08 (“Responsable de Sector”), Clase XX, a los fines de no resentir el normal funcionamiento del mismo;

 

Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias  Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;

 

Que el agente Graciela Magdalena COLANTUONO (CI Nº 431) Oficial Polifuncional Administrativo, reúne las condiciones de idoneidad suficiente para asumir el cargo antedicho de forma transitoria;

 

Por ello,  en uso de las atribuciones conferidas  por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132  del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

R E S U E L V E

 

 

ARTICULO 1º:   Autorizar  en   carácter   de   reemplazo   transitorio al  agente   Graciela -------------------Magdalena COLANTUONO (CI Nº 431) Oficial Polifuncional, en las tareas inherentes al cargo de Responsable del Sector Liquidación  de Haberes,  Función  R-08 (“Responsable de Sector”), Clase XX, desde el 02 de julio de 2019,  hasta la recuperación del agente Daniela GRAFFITTI (CI Nº 899), por los motivos expuestos en el exordio de la presente-----------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 2°:  No se abonará al reemplazante esta diferencia si este no cumpliera               --------------------efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo. Cuando estas circunstancias se produzcan en forma ininterrumpida por un término mayor de tres (3) meses, se pagará la diferencia aunque el agente reemplazante no cumpliere efectivamente el reemplazo por justificaciones, permisos o licencias de cualquier tipo.---------------------------------------------

 

ARTICULO 3º:  El  gasto  que demande el mencionado reemplazo será imputado al objeto -------------------del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.--------------------------------------------------

 

ARTICULO 4°:  Dése   al      Registro    de    Resoluciones   -    Comuníquese    a    quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.------------------------------------------------------------

RESOLUCION Nº 489-2019                                          FIRMADA

                                                                           ALEJANDRO  POZZOBON

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 30/07/2019

 

 

VISTO el recurso interpuesto por Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) contra la Resolución Nº 409/19; y

 

 

CONSIDERANDO

 

Que el recurso es formalmente admisible (art. 27, Régimen de Disciplina, Res. 974/13, Anexo II);

 

Que el trabajador solicita la reconsideración de la Resolución mencionada, reiterando los argumentos  expuestos al momento de ejercer  su defensa en el Sumario Administrativo que tramita ante Expte. 865-A-2018, los cuales fueron oportunamente valorados y desestimados;

 

Que no aportando el recurrente nuevos elementos que hagan variar la decisión adoptada corresponde rechazar el recurso interpuesto;

 

Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Resoluciones Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

 

EL DIRECTORIO DE

OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DEL ESTADO

RESUELVE

 

ARTÍCULO 1º: Rechazar el recurso interpuesto por Guillermo Marcelo SAMULAK (CI
------------------- 635)
contra la Resolución Nº 409/19. La sanción disciplinaria allí dispuesta se hará efectiva en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente.------------
 

ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.--------------------------------------------

RESOLUCION Nº 490-2019                             FIRMADA

                                                                ALEJANDRO  POZZOBON
 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

MAR DEL PLATA, 31/07/2019

 

                                                      Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 783-A-19 Alc.1 Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION REPUESTOS P/REPARACION BOMBA ALTERNATIVA RODER DEL EQ. VACTOR CENSO 127” y;

 

CONSIDERANDO

 

Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 65/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 01 (una) firma, a saber: OCME S.A  según consta en acta de Apertura de fecha 17/07/19 (fs.12);

 

                                                   Que a fs. 20 el Jefe del Área de Mantenimiento de Maquinas y Equipos Rodantes informa que habiendo analizado la propuesta presentada la firma oferente cumple con las especificaciones técnicas solicitadas;

 

                                                    Que la firma OCME S.A ha presentado la documentación requerida para la Reinscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, , constando a fs. 21  el pertinente Certificado;

 

                                                   Que si bien consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";

                                                   

   Que el Artículo mencionado en el considerando anterior  se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;

 

                                                     Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 65/19 “ADQUISICION REPUESTOS P/REPARACION BOMBA ALTERNATIVA RODER DEL EQ. VACTOR CENSO 127”  a la firma OCME S.A  por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS ONCE ($225.311,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta  conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $225.311,68;

 

                                                            Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;

 

EL DIRECTORIO  DE OBRAS SANITARIAS  MAR DEL PLATA

SOCIEDAD DE ESTADO

RESUELVE

 

ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes  en  el Expediente Nro. 783-A-19 Alc.1 Cpo.1                                      ------------------- referente a la: “ADQUISICION REPUESTOS P/REPARACION BOMBA ALTERNATIVA RODER DEL EQ. VACTOR CENSO 127”.-----------------------------------------

 

ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 65/19 “ADQUISICION REPUESTOS     ----------------- P/REPARACION BOMBA ALTERNATIVA RODER DEL EQ. VACTOR CENSO 127”  a la firma OCME S.A por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS ONCE ($225.311,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE,  cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.--------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 3°:   El plazo de entrega de los bienes objeto de la presente contratación será a los -------------------  05 (CINCO) días hábiles de recibida  la Orden de Compra por parte de la firma adjudicataria. ------------------------------------------------------------------------------------------

 

ARTICULO 4º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro                             ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------

 

ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente                                ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------

 

 ARTICULO 6º: Notificar  a las  firma  de  lo dispuesto  precedentemente.---------------------------

 

ARTICULO 7º: Dése al Registro de   Resoluciones  –  Pase  a  la  Oficina  de  Compras                     ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--

RESOLUCION Nº 491-2019                                  FIRMADA

                                                                      ALEJANDRO POZZOBON