Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 2036/19
General Pueyrredon, 02/08/2019
Visto
la presentación efectuada por la Sra. Carina Niglia mediante Nota Nº 1221/19 y,
Considerando
Que solicita la Declaración de Interés Cultural de su Espectáculo denominado “CARINA NIGLIA, ENTRE TANGOS Y BOLEROS”.
Que el mencionado se llevará a cabo el día 3 de agosto del corriente año a las 21:30 en el Teatro Colón de nuestra ciudad.
Que en el transcurso del concierto se observará un despliegue escénico con más de 10 artistas locales, entre músicos y bailarines, en un selectivo recorrido de géneros musicales, pasando por Tango, boleros y folclore.
Que la realización del evento en referencia contribuye al crecimiento cultural de Mar del Plata y significa un importante aporte a la cultura del Partido de General Pueyrredon.
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE CULTURA
RESUELVE
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural el Espectáculo denominado “CARINA NIGLIA, ENTRE TANGOS Y BOLEROS”, el cual se desarrollará el día 3 de agosto del corriente año en el Teatro Colón de nuestra ciudad.
ARTÍCULO 2º.- La declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución, en razón de la responsabilidad civil que surja de los artículos 118, 160, 200, 275, 278, 490, 833, 850, 852,1040, 1042, 1376, 1749, 1751, 1785, 1786, 1788 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación, incluyendo también gastos, honorarios y costas del demandante. La responsabilidad mencionada puede encontrar su causa en cualquier circunstancia que tenga que ver con la realización de la actividad mencionada, ya sea por hecho propio de La institución o bien de sus dependientes o de las cosas que se sirve o que están a su cuidado.
ARTICULO 4º.- Registrar por el Departamento de Legislación y Documentación y notificar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.
CR/slb.-
RABE