Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1248
General Pueyrredon, 24/05/2019
Visto
VISTO el expediente 785/6 Año 2019 CPO 1, por intermedio del cual la entidad “AVF Florentino Ameghino”, se hizo cargo de trabajos fuera de su jurisdicción, y
Considerando
Que dicha entidad, ha realizado trabajos ante el riesgo sanitario y de seguridad, según Plan de trabajo, en zonas aledañas a su jurisdicción.
Que dichas tareas consistían en la realización de los siguientes servicios: mantenimiento de las siguientes plazas del barrio Virgen de Lujan delimitadas por las calles: Angelelli, Florisbelo Acosta, Fermin Errea y Rejon.
Que los mencionados trabajos resultaron necesarios para la comunidad dado que, los mismos no fueron cubiertos por los órganos municipales específicos durante el período comprendido entre los meses de enero a marzo.
Que la mencionada entidad tiene como objeto social, mejorar la calidad de vida de los vecinos; y cuenta con maquinaria municipal afectada a ello.
Que se trata de una Asociación Civil, que se encuentra Inscripta en el Registro de Entidades de Bien Público, con toda su documentación al día, tal como surge del Certificado de Vigencia.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda ha efectuado, a través de su área contable, la correspondiente reserva presupuestaria.
Por todo ello, y en uso de las atribuciones que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Convalídanse los servicios de limpieza, desmalezamiento y corte realizados por la Sociedad de Fomento Florentino Ameghino, con domicilio en la calle Nicaragua Nº 1456 de esta ciudad, en los meses de enero a marzo de 2019, por los motivos expresados en el exordio, y autorízase el pago de la suma de pesos cuarenta y ocho mil ($ 48.000-), destinado a la realización de dichos servicios.
ARTICULO 2º.- El egreso que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Institucional: 1110101000; Fuente de Financiamiento: 110; Finalidad/Función: 1-3-0; Categoría Programática 01.01.00; UER: 1; Importe: $48.000.-
ARTICULO 3º.- A través de la Secretaría de Economía y Hacienda se irán estableciendo las fechas y modalidades de pago.
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 5º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, publíquese, comuníquese y notifíquese a la Entidad. Cumplido, intervenga la Contaduría General.
MOURELLE ARROYO