Boletines/Tres Lomas

Decreto Nº168

Decreto Nº 168

Tres Lomas, 24/04/2017

DECRETO Nº 168 

Visto

La Ley 26.075, mediante la cual se concreta la creación del Fondo Educativo desde el año 2013, y

Considerando

Que dicho fondo tiene por objeto atender necesidades educativas en el ámbito distrital;

Que a partir del año 2014 se creó en esta Comuna el Programa de Fondos Municipales para Instituciones Educativas (FO.MU.P.I.E.);

      Que son muchas y diferentes las instituciones educativas de Tres Lomas a saber:

+ Seis (6) servicios de nivel inicial.

+ Un (1) servicio agregado de A.T.D.I. de nivel de 45 días a tres años.

+ Tres (3) establecimientos de nivel secundario y un (1) anexo.

+ Ocho (8) establecimientos de nivel primario.

+ Un (1) establecimiento de nivel superior anexo.

+ Un (1) establecimiento de educación física.

+ Un (1) establecimiento de educación especial.

+ Un (1) establecimiento de psicología comunitaria.

+ Cinco (5) establecimientos de nivel adultos y formación profesional.

Que si bien existe el Fondo Educativo Compensador a cargo del Consejo Escolar del distrito, destinado a enfrentar obras mayores y estructurales,  cada una de las mencionadas instituciones se enfrenta día a día  con diferentes necesidades de carácter menor  en cuanto a lo edilicio y de infraestructura;

Que es intención de este Departamento Ejecutivo atender dichas necesidades, teniendo en cuenta las características de cada una de ellas, según su proyecto educativo y matrícula atendida;

Que en base a lo expuesto y en el marco de la administración de los fondos mencionados se emite el presente acto administrativo con la finalidad que las decisiones, la contratación de los trabajos y el pago de los mismos lo lleve a cabo cada institución a través de sus Cooperadoras

Que esta es una política implementada por la Nación, la Provincia y el Municipio, teniendo por objeto incentivar el trabajo de las cooperadoras que conocen las necesidades y carecen recursos necesarios de las instituciones,

Que es decisión de este D.E. dar continuidad al Programa mencionado en el ejercicio 2016;

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRES LOMAS

DECRETA

ARTICULO 1º: Asígnase al cumplimiento del PROGRAMA DE FONDOS MUNICIPALES PARA INSTITUCIONES EDUCATIVAS del distrito de Tres Lomas (FO.MU.P.I.E.), la suma de $ 500.000 del presupuesto correspondiente al Fondo Educativo para el presente Ejercicio.

ARTICULO 2º: Previo informe del Área correspondiente, se determinará el monto a otorgar a cada Institución, procediéndose a transferir  a la Cooperadora correspondiente con cargo de rendición de cuentas a este Departamento Ejecutivo.

ARTICULO 3º: En el caso de compartir edificio será obligación de las instituciones educativas involucradas, realizar reuniones, actas y adoptar las decisiones respectivas para establecer las prioridades anuales y hacer los trabajos correspondientes.

ARTICULO 4º: Determínase que los fondos del FO.MU.P.I.E., sólo podrán ser utilizados en el edificio donde funcione el Establecimiento y aplicados a los fines indicados en el Anexo I.

En caso de existir la necesidad de llevar a cabo otras intervenciones no contempladas en los rubros del Anexo, se procederá a solicitar por nota, la autorización correspondiente a la Municipalidad de Tres Lomas, para su evaluación y así disponer su realización o no.

ARTICULO 5º: La Municipalidad, a través de las Áreas de Obras Públicas, Juventud, Cultura, Educación y Deportes, estará expresamente facultada para supervisar y certificar los trabajos realizados con los fondos del FO.MU.P.I.E.

ARTICULO 6º: Forman parte del presente Decreto el Anexo 1 Instructivo de FOMUPIE, y Anexo 2 Planilla de rendición.

ARTICULO 7º: El presente Decreto será refrendado por la señora Secretaria de Hacienda de la Municipalidad de Tres Lomas.

ARTICULO 8º: Notifíquese, comuníquese, dese razón a contaduría, al Honorable Concejo Deliberante, insértese en el Registro Oficial y archívese.

Fdo. Roberto Alvarez, Intendente Municipal; Graciela Cavallero, Secretaria de Hacienda.-

Anexos

ANEXO I

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ANEXO II

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