Boletines/Lobería
Decreto Nº 879-19
Lobería, 29/05/2019
AMPLÍASE
Visto
Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, la Nota Nº 42.840/19, el Expediente Nº 4066-75/16, los Decretos Nros. 213/19, 303/19 y 700/19; y
Considerando
QUE, por nota registrada con el Nº 42.840/19, expediente Nº 4066-75/16, la Directora Administrativa del Sistema Municipal de Salud de la Comuna, CDRA. AUGUSTA LAHORE, solicita se amplíe a partir del 1° de mayo de 2019, el monto a abonar al personal destajista designado por Decretos Nros. 213/19, 303/19 y 700/19, para prestar servicios a esa Dependencia;
POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:
D E C R E T O
ARTÍCULO 1.- AMPLÍASE, a partir del 1° de mayo de 2019, el monto a abonar por hora trabajada, al personal destajista designado por Decretos Nros. 303/19 y 700/19, de acuerdo al siguiente detalle:
APELLIDO Y NOMBRE MONTO IPS NETO
MONGE, LUCIANA $ 96,60 $ 11,59 $ 83,08
MARTÍNEZ, LAURA $ 96,60 $ 11,59 $ 83,08
DAUDAU, CARINA $ 93,78 $ 11,25 $ 80,65
DI LUCA, MARÍA JOSÉ $ 93,78 $ 11,25 $ 80,65
GROSSO, FRANCA $ 96,60 $ 11,59 $ 83,08
QUIROZ, MAGALÍ $ 96,60 $ 11,59 $ 83,08
ARTÍCULO 2.- AMPLÍASE, a partir del 1° de mayo de 2019, el monto a abonar al personal destajista designado por Decreto Nº 213/19 a la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CATORCE CENTAVOS ($ 43.758,14.-) por hora trabajada, resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS ($ 37.632) correspondiendo al Municipio, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 5.250,98. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.
ARTÍCULO 3.- El presente gasto se imputará a las Partidas: “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 23.01 Dirección Hospital - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” y “1110110000 Secretaría de Salud y Desarrollo Social – 35 Dirección Centro de Atención Primaria de la Salud – 02 Jefatura Centro de Salud San Manuel - 1.2.1.0. Retribuciones del Cargo” del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTÍCULO 4.- Tomen conocimiento, Oficina de Personal, Secretaría de Salud y Desarrollo Social, Contaduría Municipal y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.
MARIO ALBERTO TERUGGI JUAN JOSÉ FIORAMONTI
SECRETARIO DE GOBIERNO INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETO Nº 879/19