Boletines/Lincoln
Decreto Nº 193/16
Lincoln, 15/01/2016
DISPONIENDO ABONAR ADICIONAL POR PRODUCTIVIDAD A LA SEÑORA MONICA DANIELA RAMIREZ.
Visto
Que por Decreto Nº 6203/14, se ha promulgando la Ordenanza de Presupuesto Nº 2198/14 sancionada por el Concejo Deliberante;
Considerando
Que dicho ordenamiento legal autoriza al Departamento Ejecutivo a abonar al personal permanente y temporario, titulares de cargos electivos, Secretarios, Subsecretarios, Delegados Municipales, personal de bloques políticos del Departamento Deliberativo, Secretario y Prosecretario del Departamento Deliberativo, cuerpos de asesores, Secretarios Privados e Inspector General, al personal municipal incluido en otros regímenes, salvo en los aspectos que ellos no hubieren previsto y funcionarios municipales para cuyo nombramiento y/o remoción, las leyes fijen procedimientos determinados; las retribuciones, bonificaciones, compensaciones, subsidios e indemnizaciones, que expresamente establecen la Ley 11.757 y la Ley 10430 y/ o cualquier otra norma que en su reemplazo o complementación se dicten en el futuro, facultando, así mismo a establecer, para determinadas actividades y/o funciones, horarios normales de labor, con una extensión mayor o menor de 6 horas diarias, con la determinación del salario básico respectivo, según el agrupamiento y las categorías del personal, tanto para el incluido en planta permanente, como el de planta temporaria. Que es política de Gobierno destacar los progresos y méritos en cuanto a Recursos Humanos; |
Que la señora Mónica Daniela Ramírez cumple tareas como vacunadora y responsable del programa REMEDIAR, farmacia y pedido de medicamentos en el C.I. C. “San José”:
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
Decreta
ARTICULO 1º: Procédase a liquidarse en concepto de Adicional por Productividad a partir del enero hasta junio del corriente año, al Agente Municipal, que a continuación se detalla:
LEGAJO |
Apellido y Nombre |
D.N.I. |
Importe |
5085/1 |
RAMIREZ, Mónica Daniela |
30.613.667 |
$ 3.000.- |
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º: Comuníquese a la interesada, Dirección General de Personal, Departamento Liquidaciones de Sueldos y a quien más corresponda. Regístrese y Archívese.