Boletines/Lincoln
Decreto Nº 80/16
Lincoln, 11/01/2016
ACEPTANDO LA TRANSFERENCIA DE PARTE DE UN TERRENO MUNICIPAL UBICADO EN ESTA CIUDAD DE LINCOLN A FAVOR DEL SR. SANDRO JAVIER LUDUEÑA.-
Visto
El pedido formulado por el Sr. Sandro Javier Ludueña , para que se le autorice la transferencia de parte de un lote de terreno Municipal;
Considerando
Que los antecedentes catastrales citan al Sr. Enrique Omar Millare DNI: 12.575.123, como ocupante de un terreno municipal, y que la misma cede parte del mismo al Sr. Sandro Javier Ludueña DNI: 25.813.243, según Contrato de Cesión firmado con fecha 02 de Abril de 2014.
Quedando la totalidad de la Deuda por Tasas de Servicios Públicos existente sobre el inmueble, a cargo de Enrique Omar Millare;
Que de acuerdo a los estudios sociales practicados, se aconseja dar curso favorable a la solicitud efectuada, por el Sr. Sandro Javier Ludueña que reúne los requisitos necesarios para compartir la adjudicación del mencionado inmueble;
Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:
Decreta
ARTICULO 1º: Aceptase la transferencia de parte de un lote de terreno municipal (ver detalle adjunto), a favor del adjudicatario el Sr. Sandro Javier Ludueña DNI: 25.813.243, quedando la adjudicación a nombre del Sr. Enrique Omar Millare DNI: 12.575.123 y del Sr. Sandro Javier Ludueña DNI: 25.813.243
ARTICULO 2º: El lote de terreno a que se refiere el artículo anterior es propiedad de la Municipalidad de Lincoln y se identifica catastralmente como Circunscripción: I- Sección: D- Manzana: 365- Parcela: 5 C (PARTE).
ARTICULO 3º: La adjudicataria deberán respetar todos los requisitos y obligaciones determinados en las Ordenanzas que regulan estas adjudicaciones, el que no podrá ser transferido bajo ningún concepto sin la previa autorización de la Municipalidad.-
ARTICULO 4º: El valor del terreno será determinado en el momento de la escrituración, de acuerdo a las normas vigentes en ese momento, dejándose constancia que al día de la fecha el Sr. Enrique Oscar Millare , se hace cargo totalmente la deuda por tasas Municipales existentes a la fecha.-
ARTÍCULO 5º: Refrenda el presente decreto, el Sr. Secretario de Gobierno y Gestión Pública.-
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al interesado, Dirección de Viviendas, Catastro, Oficina de Tierras y a quien más corresponda. Publíquese en el Boletín Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.