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Decreto Nº63/16

Decreto Nº 63/16

Lincoln, 08/01/2016

OTORGANDO UN SUBSIDIO DE $ 670.-  A LA  SRA. ADRIANA CORNEJO DE LA CIUDAD DE LINCOLN

Visto

La solicitud de apoyo económico efectuada por la señora Adriana Cornejo con D.N.I:16.188.160 domiciliada en Avda. San Lorenzo 1990 referida a solventar gastos  por problemas de Salud ;

Considerando

Que  la Sra. Adriana luego de haber sido tratada en el Hospital “Dr. Rubén A. Miravalle” por el especialista en Reumatología , quien indica que debe realizar un tratamiento ininterrumpido con medicación que no se encuentra en el vademécum hospitalario;

Que la solicitud se funda en la necesidad de cubrir el costo de la medicación antes mencionada ;

Que la Sra. Adriana Cornejo  acude a la Secretaria de Acción Social  manifestando el problema grave de no poder contar con la medicación,  siendo atendida por el trabajador social Lorena Larrouserie quien deduce que  se trata de un mujer sola, que no cuenta con trabajo estable , que su único sustento es una pensión por discapacidad y  que si bien cuenta con cobertura social , la  misma no tiene contemplado en su vademécum esta medicación y que sus ingresos son insuficientes para poder cubrir el gasto que le demanda su problema de salud ;

Que en consecuencia y por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

Decreta

ARTICULO 1º: Otórgase un Subsidio de $670.- (pesos seiscientos setenta ), a la Sra. Adriana Cornejo  DNI Nº :16.188.160, domiciliada en Avda. San Lorenzo 1990, registrada en la Secretaría de Salud , destinado a solventar gastos  de compra de medicación  por problemas  de salud.-  

ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del Decreto se  imputará a la jurisdicción 1110107000 Secretaría de Acción Social, Programa 71.00.00, Partida 5. 1. 4 .0. fuente de financiamiento 110.

ARTICULO 3º: Refrenda el presente Decreto  los Secretarios de Gobierno y Gestión Pública, Secretaría de Salud y Secretaría de Acción Social.

ARTICULO 4º: Comuníquese al  interesado, Contaduría, Tesorería,  Secretaría de Acción Social y Secretaría de Salud. Publíquese en el Boletín  Informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-