Boletines/Lincoln
Decreto Nº 28/16
Lincoln, 07/01/2016
DISPONIENDO CUBRIR LOS GASTOS DE ESTADIA TRANSITORIA, EN PENSIONES U HOTELES, A PERSONAS INDIGENTES DEL DISTRITO DE LINCOLN
Visto
La necesidad de un techo transitorio, destinado a familias indigentes del distrito de Lincoln
Considerando
Que por distintas situaciones sociales, hay personas que han perdido sus hogares, esta situación provocó que muchas familias debieran recurrir a pensiones u hoteles económicos, en forma transitoria.
Que los más humildes se vieron en la necesidad de recurrir a la ayuda social para que, mediante subsidios u otras modalidades, puedan acceder a un techo transitorio;
Que este Municipio intentó buscar soluciones para los sectores más vulnerables, mediante la implementación de programas de asistencia que tienden a alojar a estas familias en hoteles comunes de gestión privada;
Decreta
ARTICULO 1º: Dispónese cubrir los gastos de estadía transitoria, en pensiones u hoteles, a personas indigentes del distrito de Lincoln.-
ARTICULO 2º: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto deberá imputarse a la Jurisdicción 1110107000 Secretaría de Acción Social, Programa y objeto correspondiente al presupuesto de gastos vigentes.
ARTICULO 3º: Refrenda el presente, el Secretario de Gobierno y la Secretaria de Acción Social.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a los interesados, Contaduría, Tesorería, Compras, Secretaría de Acción Social y a quién más corresponda. Publíquese en el Boletín informativo Municipal. Regístrese y Archívese.-