Boletines/Lincoln

Decreto Nº292/16

Decreto Nº 292/16

Lincoln, 26/01/2016

ACEPTASE EL DESISTIMIENTO EFECTUADO POR EL DR. MALIO CESAR BUCETA.

Visto

Que, se presenta en la sede de este Municipio el Dr Cesar Malio Buceta, por su propio derecho y en carácter de profesional integrante del staff médico del hospital Municipal Ruben O. Miravalle.

Considerando

Que, suscribe una nota mediante la cual plantea formal recurso de revocatoria contra la resolución de fecha 1 de enero de 2016, la cual se acompaña en original a su presentación.

Que, la resolución mencionada es suscripta por el Dr Sergio Lorenzo en su calidad de Director del Hospital

Que, el presentante solicita se revoque la decisión mediante la cual se le comunico la desafectación de las funciones que como ginecologo venia cumpliendo en el nosocomio.

Que, manifiesta que esta actividad la realiza desde hace 30 años cumpliendo inclusive con guardias y demás tareas propias de actividad profesional .-

Que, refiere que mediante una escueta comunicación ha sido desafectado del hospital y trasladado al area de la Secretaria de Salud lo cual le ha implicado un alejamiento de sus pacientes y de su marco habitual de trabajo además de una notable merma  en sus ingresos debido a que no podría continuar realizando las guardias tal como lo venia haciendo.

Que, sostiene la ausencia de fundamentación para la modificación de la relación laboral existente.

Que, por ultimo solicita se revea la decisión adoptada elevándose las actuaciones al superior jerarquico para el tratamiento de la apelación.

Que, funda su decisión en derecho.

Que, a fs.  obra dictamen el Sr. Secretario de Legal y Técnica.

Que, se ha declarado doctrinaria y jurisprudencialmente en forma pacifica que la Administración está autorizada a modificar la funciones del empleado público según criterios discrecionales que no son susceptibles de revisión judicial, salvo si se violan los mínimos límites a que se encuentra sujeta la validez de su ejercicio (por ejemplo, irrazonabilidad, desviación de poder, etc.). En este sentido, es la ilegitimidad o la arbitrariedad que pudieren presentar los actos administrativos dictados en materia de empleo público lo que justifica su revisión, no siendo óbice para ello el hecho de que hayan sido dictados en ejercicio de facultades discrecionales, por cuanto la validez del acto depende de su razonabilidad, la que debe ser verificada si se la impugna en juicio.

Que, el Hospital Municipal de Lincoln ha sido por años un emblema en la prestación de salud a todos los habitantes del Distrito de Lincoln, concuerriendo además gran números de pacientes de distritos vecinos por la alta calidad de sus profesionales y equipamiento.

Que, la situación destacada ha sufrido cambios sustanciales en la última década en la faz de  recursos humanos,  administrativa y tecnológico.

Que, a principios del año 2015 renunció en pleno el equipo Médico del Sector Ginecología, encabezada otrora por el Dr. Alberto Juárez.

Que, en fecha 20/03/2015 por decreto Nº 1137/15 se designa en forma interina como jefe del servicio de ginecología al Dr. Buceta en el Hospital Municipal de Lincoln.

Que, en virtud del resultado electoral correspondiente al Distrito de Lincoln en fecha 25 de Octubre de 2015, se ha proclamado como Intendente de la Municipalidad de  Lincoln al Dr. Salvador Ignacio Serenal por el período 2015/2019, conforme acta expedida por la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires en fecha 04 de Diciembre de 2015.

Que, de acuerdo a lo normado por el art. 192 inc. 3 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, arts. 108 inc. 9, 178 y 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades -Decreto Ley 6769/58- el titular del Departamento Ejecutivo deberá designar a los funcionarios que tendrán a su cargo las distintas áreas de la administración municipal, seleccionando libremente a las personas en que recaerá su designación.

Que, cumplimentando tal exigencia administrativa, han sido designados a los distintos funcionarios que desempeñan sus funciones en las distintas áreas.

Que, en ese orden de ideas fue designado como Director del Hospital Municipal de Lincoln el Dr. Sergio LORENZO.

Que, volviendo estrictamente sobre el particular asunto examinado, considero oportuno reproducir el art.  47 de la ley 10.471 "Queda facultado el Poder Ejecutivo a cubrir en forma interina las vacantes de cargos y funciones del Plantel Permanente que se produzcan, hasta que se realice el pertinente concurso, con ajuste a la presente Ley. El interinato no podrá exceder el plazo de un (1) año".

Que, el desistimiento del recurso de revocatoria es un derecho que le asiste al Dr. Malio Cesar Buceta, debiendo ser aceptado por la Administración Comunal.

Que, de su ultima  presentación surge sin lugar a hesitaciones que el galeno recurrente ha obrado con cautela, meditación y manifestado por acto expreso su solicitud traslado.

Que, en consecuencia de lo expuesto, el señor  INTENDENTE MUNICIPAL DE LINCOLN EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

Decreta

ARTICULO 1°: ACEPTESE DEL DESISTIMIENTO DEL RECURSO DE REVOCATORIA interpuesto por el  Dr. Malio Cesar Buceta.

ARTICULO 2°: Refrenda el presente decreto el Señor Secretario de Gobierno.

ARTICULO 3° Notifíquese al interesado, al la Oficina de Personal, Liquidaciones y quien mas corresponda. Regístrese.