Boletines/Pinamar

Decreto Nº1284/17

Decreto Nº 1284/17

Pinamar, 08/06/2017

Visto

El Expediente 4123-1265/17 que reglamenta la selección y entrega del premio al contribuyente al día con el pago de sus obligaciones tributarias, y,

Considerando

Que desde la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico de la Municipalidad de Pinamar se quiere premiar al contribuyente con adhesión al sistema de facturación electrónica que se encuentre a la vez al día en el pago de sus obligaciones tributarias, demostrando así conciencia ecológica sobre el medio ambiente en el que vive y moral tributaria de cumplimiento con sus obligaciones cancelando la deuda vencida de todos los conceptos de las tasas municipales que presente el cuenta corriente de la partida municipal;

Que el Departamento Ejecutivo llevará a cabo un sorteo mensual de una tablet con el objeto de premiar al contribuyente municipal que reúna las características descriptas en el párrafo anterior;

Que el sorteo del premio se realizará bajo la modalidad de la asignación aleatoria y variable por sistema electrónico mes a mes de un número de 4 dígitos a cada partida municipal, número con el que quedará asociado al que salga en la Lotería de la Provincia de Buenos Aires Nocturna de la última jugada del mes determinando así el ganador;

Que se hace necesario el acto administrativo de rigor para establecer las políticas, condiciones y procedimientos que regulen el “Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias”;

POR ELLO:

El Intendente de la Municipalidad de Pinamar, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica de las Municipalidades, DECRETA

Artículo 1: Créase un reglamento para el sorteo de premios a llevar a cabo desde la Municipalidad con el objeto de reconocer y premiar al contribuyente pinamarense con el pago al día de sus obligaciones tributarias que se encuentre adherido al sistema de factura electrónica municipal.

Artículo 2: Prémiese al contribuyente adherido al sistema de factura electrónica que se encuentre al día en el pago de las obligaciones tributarias derivadas de las tasas, derechos y tributos municipales. Entiéndase que se incluyen las adhesiones a planes de pago/moratorias efectivizadas hasta el 30 de Diciembre de 2016 al día con el pago de sus cuotas.

Artículo 3: Objetivo: El objetivo del presente reglamento es establecer las políticas, condiciones y procedimientos que regulen el proceso del “Sorteo de Premios para el

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Contribuyente adherido al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias”, desde la comunicación del mismo, el detalle de los premios, las reglas, bases y condiciones, y el desarrollo del sorteo hasta la entrega de premios.

Artículo 4: Definición: Se denomina “Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias” a los premios que se otorguen entre los contribuyentes de todo el Partido de Pinamar, incluyendo todas sus localidades (Pinamar, Mar de Ostende, Ostende, Valeria del Mar y Carilo) que hayan cancelado su deuda tributaria, o bien no presenten deuda vencida pendiente de pago de cualquier tipo.

El premio en reconocimiento a otorgarse se establece en una tablet por mes, no pudiendo repetir el destinatario beneficiario del sorteo durante el mismo ejercicio.

 

Artículo 5: Destinatarios del premio: Participarán del sorteo los contribuyentes adheridos al sistema de factura electrónica municipal en cumplimiento con el pago de sus obligaciones, es decir, que no presenten deuda hasta el último vencimiento de un mes antes al momento del sorteo, formando así parte de los contribuyentes en condiciones. Dicho beneficiario incluye a quienes hayan demostrado voluntad de pago regularizando su deuda mediante la adhesión a un plan de pagos/moratoria, encontrándose al día en la cancelación de las cuotas vencidas, sin embargo, ningún participante podrá ser ganador del premio más de una vez en el año, permitiendo que otros contribuyentes ejemplares sean acreedores del reconocimiento.

Cabe destacar que en el caso de los locatarios que asuman por cláusula contractual la cancelación de las tasas municipales, estos podrán participar del sorteo presentando copia certificada del contrato de locación en la Dirección de Recaudación, contrato que deberá contar con la certificación de firmas y el sellado correspondiente en cumplimiento con la Ley de Sellos.

 

Artículo 6: Proceso y Comisión del Sorteo: El proceso del Sorteo consistirá en la asignación aleatoria de un número de 4 dígitos desde el 0000 al 9999 a cada partida municipal mediante selección por sistema electrónico, asignación que desde su inicio hasta su culminación será desarrollado y ejecutado por personal del área municipal de Gobierno Abierto, variando mes a mes para cada partida y para cada sorteo. El ganador del sorteo será el número de 4 dígitos que salga en la Lotería de la Provincia de Buenos Aires Nocturna de la última jugada del mes, resultado que será certificado por una comisión conformada por miembros del Departamento Ejecutivo y del Honorable Concejo Deliberante, a determinar, sumando 4 miembros en total.

Tanto el personal a cargo del desarrollo y ejecución del sistema electrónico de designación de números para las partidas que participan del Sorteo como los integrantes de la comisión se encontrarán inhabilitados para participar del sorteo, gozando así de autonomía en el desarrollo del mismo.

 

 

 

 

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Artículo 7: Bases y Condiciones: Las Bases y Condiciones del “Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias” formarán parte del presente como Anexo Nº 1 adjunto y deberá ser puesto a conocimiento de todos los participantes publicándose en la página web oficial www.pinamar.gob.ar.

 

Artículo 8: Comunicación pre-sorteo: El sorteo de premios para contribuyente con adhesión al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias se notificará mediante envío de correo electrónico, publicación en la página web www.pinamar.gob.ar y avisos por los medios que la Comisión de Sorteo y la Dirección de Prensa considere pertinente, expresando como mínimo:

 

a) Fecha del sorteo

b) Comisión del Sorteo a cargo

c) Tipo y cantidad de premios a sortearse

d) Padrón de los contribuyentes a quienes va dirigido el sorteo

e) Bases y Condiciones

f) Lugar y fecha de entrega del premio

 

Artículo 9: Elaboración y actualización del padrón de contribuyentes al día con el pago de sus obligaciones tributarias: A través de la Dirección de Recaudación de la Secretaría de Hacienda y Desarrollo Económico se elaborará un padrón de los contribuyentes con adhesión al sistema de factura electrónica que no presente deuda vencida de sus obligaciones tributarias pendientes de pago hasta el día del último vencimiento del mes anterior a la fecha del sorteo.

Dicho padrón identificará a los contribuyentes adheridos a la factura electrónica cuyas partidas municipales no mantienen deuda tributaria vencida, es decir, quienes han cancelado el total de sus obligaciones generadas por los conceptos de tasas, derechos y otros tributos municipales hasta el día del último vencimiento del mes anterior a la fecha del sorteo, y deberá actualizarse cada mes.

Artículo 10: Publicación del Padrón de contribuyentes en condiciones de participar del sorteo: El Padrón de contribuyentes adheridos a la facturación electrónica que no registre deuda vencida pendiente de pago, será publicado cada mes en la página web oficial de la Municipalidad www.pinamar.gob.ar

Dicho padrón mostrará el número de la partida municipal y el número asociado de 4 dígitos que el sistema electrónico arroje aleatoriamente para cada partida en cada mes, y con el cual participarán del sorteo mensual, como se indicara en el Artículo 6.

 

Artículo 11: Certificación del resultado del sorteo: La Comisión del Sorteo designada procederá a certificar el resultado del mismo, es decir, número y ganador, resultado que deberá dar cumplimiento con las bases y condiciones detalladas del Anexo 1. Se recuerda, asimismo, que el número ganador será el que salga en la última jugada del mes de la Lotería de la Provincia de Bs. As. Nocturna.

 

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Artículo 12: Contribuyentes no autorizados a participar: En los sorteos que llevará a cabo la Municipalidad no participarán los contribuyentes que no estén adheridos al sistema de factura electrónica, ni los que lo estén después del 30 de Diciembre de 2016 como se indicara en el Artículo 2, tampoco podrán los que presenten deuda vencida sin cancelación en alguna de las tasas municipales, incumpliendo con los requisitos básicos establecidos.

 

Artículo 13: Ganadores: El ganador será verificado en el sistema de recaudación con la finalidad de certificar la condición de adhesión a la factura electrónica y de contribuyente al día con el pago de la deuda municipal vencida, conformidad otorgada por la Dirección de Recaudación y la Comisión del Sorteo. Asimismo, no debe haber sido ya ganador de un sorteo anterior durante el año en curso, como se indicara en los Artículos 4 y 5.

En caso de no dar conformidad a lo expuesto se procederá inmediatamente a tomar como ganador el primer número que haya salido en los premios de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires durante el mismo sorteo, y en caso de repetirse la situación de irregularidad se pasará a los siguientes números hasta que surja el ganador. Finalizado el procedimiento y definido el ganador su nombre con los 3 últimos números de su DNI será publicado en las carteleras oficiales de los edificios municipales y en la página web municipal.

Se destaca que será considerado ganador el contribuyente beneficiado del premio esté o no presente en el Partido de Pinamar.

Artículo 14: Entrega de premios: El lugar y fecha de la entrega del premio se informará por medio de correo electrónico enviado a la dirección que cada participante haya dejado como destino de las notificaciones municipales.

Para la entrega del premio de cada sorteo mensual, se requiere que, en el caso de personas naturales/físicas, el contribuyente ganador presente su documento de identidad y copia del mismo. En caso de representación de personas naturales/físicas, empresas, sucesiones indivisas y patrimonios autónomos, se requerirá DNI y copia del documento de identidad del Representante junto con original y copia del poder que lo nombra como tal.

La entrega se certificará mediante acta contemplada como Anexo Nº 2 del presente decreto, la cual estará suscrita por los miembros de la Comisión del Sorteo, el Intendente municipal o el representante designado y el Ganador o su representante.

Artículo 15: Reversión de los premios: Los premios que no se recojan en el plazo de 30 días hábiles contados a partir de la fecha del sorteo, serán revertidos a favor del “Gobierno Municipal” en forma automática sin lugar a reclamos posteriores, bastando sólo la comprobación del vencimiento del plazo mencionado.

Artículo 16: Impugnaciones y controversias: La impugnación del sorteo por quien se crea con legitimidad e interés para hacerlo debidamente acreditado será atendida por la Comisión del Sorteo, quien consignará el motivo de la impugnación en el acta a que se refiere el Anexo Nº 3 del presente acto administrativo.

 

 

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La impugnación presentada no evitará la realización del sorteo, sin embargo, la entrega del premio se suspenderá hasta el resultado de la impugnación que arroje la revisión de la Comisión del Sorteo, la Asesoría Legal y el Intendente municipal.

Artículo 17: Disposiciones Complementarias y Finales:

-Primera: Cualquier situación no contemplada en el presente Reglamento será resuelta por la Comisión del Sorteo, la Asesoría Legal y el Intendente municipal en instancia única y definitiva.

-Segunda: El Presente Reglamento regirá para el Sorteo de tablets que se llevará a cabo cada mes según sus Bases y Condiciones publicadas en la página web Municipal y los medios de difusión a seleccionar por la Comisión del Sorteo y la Dirección de Prensa.

-Tercera: Por la sola participación del contribuyente y como condición para la asignación de los premios, los ganadores autorizan y facultan al gobierno municipal expresamente a difundir su nombre, imágenes y voces, con fines publicitarios en los medios de comunicación y en las formas que el Gobierno municipal disponga, sin derecho a compensación alguna.

 

-Cuarta: Los premios no podrán ser transferidos ni cedidos a terceros antes de su asignación. Los ganadores no podrán pedir su sustitución, canje, ni reemplazo de los mismos.

Artículo 18º: Dese registro oficial municipal, publíquese y cumplido archívese.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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ANEXO 2

ACTA DE ENTREGA DE PREMIOS AL CONTRIBUYENTE AL DIA CON EL PAGO DE DEUDA VENCIDA DE SUS TASAS ADHERIDO A LA FACTURACIÓN ELECTRONICA

 

 

En el Partido de Pinamar, a los ........ días del mes de ........................... del año …........ y a las .......... horas, yo .........................................................., Intendente/Jefe de Gabinete/Secretario de………………………………………. de la Municipalidad de Pinamar, me constituí en el edificio de ……………………………………………….., sito en ….........................................., a efectos de hacer entrega del premio del “Sorteo de Premios para el Contribuyente adherido al sistema de factura electrónica al día en el pago de sus obligaciones tributarias”, aprobado por Ordenanza municipal Nº ……………., contando con la presencia de los miembros de la Comisión del Sorteo:

1-Nombre.........................................Cargo municipal…………………………………… DNI Nº.........................

2 -Nombre.....................................Cargo municipal…………………………………… DNI Nº………………………

3 -Nombre.....................................Cargo municipal…………………………………… DNI Nº.......................

4 -Nombre........................................Cargo municipal….………………………….……. DNI Nº........................

 

Efectuado el sorteo de la Lotería de la Provincia de Buenos Aires nocturna del día ………… del mes ……………………. del año ………………… resulta/ron ganador/es el/los siguiente/s contribuyente/s:

 

Número de partida municipal y número asignado para la participación del sorteo: …………………………………………………………………….…../………………………………………………….………….…...………

Nombre del titular beneficiario o su representante:

…………………………………………………………..…………………………………………………….……………………………………

Documento de identidad Nº …………………………………………………………………………………………………………..

Premio entregado:

……………………………………………………………………………………….………………………………………………………………

 

 

 

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

FIRMA Y ACLARACION DEL INTENDENTE/FUNCIONARIO MUNICIPAL PRESENTE Y DE LOS

MIEMBROS DE LA COMISIÓN DEL SORTEO PRESENTES

 

 

 

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

FIRMA, ACLARACION Y D.N.I DEL GANADOR O SU REPRESENTANTE

 

 

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ANEXO 3

IMPUGNACIONES

 

........................................................................................................................................................

 

Apellido/s y nombre/s del/os Impugnante/s:

....................................................................................................................................................

Dirección……….......................................................... DNI............................................................

Dirección……….......................................................... DNI............................................................

 

Motivo de la impugnación:

……………………………..........................................................………………………………………………………………

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

……………………………………………………………………………………………………………………………………………………….

 

Siendo las ............ horas del día ………………………… (NN/MM/AA) se redacta la presente acta y firmando en señal de conformidad los suscritos (firma, aclaración, DNI):

 

Impugnante/s:…………………………………………………………………………………………………………………………………

 

 

Secretario de/Director de/Jefe de Gabinete……………………………………………………...............................

 

 

Miembro de la Comisión…………………………………………………………………………………………………………………

 

 

Miembro de la Comisión…………………………………………………………………………………………………………………

 

 

Miembro de la Comisión…………………………………………………………………………………………………………………

 

Miembro de la Comisión…………………………………………………………………………………………………………………