Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 320/19
Publicado en versión extractada
General Pueyrredon, 03/06/2019
RESOLUCIONES OSSE 280-428 (DE FECHA 21/5AL 12/7/2019)
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la necesidad de realizar la distribución de las cuotas 3 y 4/2019 de las remesas 100 y 200, cuyos vencimientos operarán para la cuota 3/2019 de la remesa 100 el día 10 de junio el 1er. Vencimiento y el día 24 de junio el 2do. Vencimiento, para cuota 4 /2019 el 9 de agosto el 1er. Vencimiento y el día 23 de agosto el 2do. Vencimiento, y para la remesa 200 el 1er. Vencimiento de la cuota 3/2019 será el día 10 de julio de 2019 y el 2do.Vencimiento el día 24 de julio y para la cuota 4/2019 el 1er. Vencimiento será el día 10 de setiembre de 2019 y el 2do. Vencimiento el día 24 de setiembre de 2019; y
CONSIDERANDO:
Que Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. cuenta con personal para realizar la mencionada tarea;
Que la realización de esta tarea con personal propio ha contribuido a mantener los índices de recaudación y actualizar los datos catastrales de nuestros clientes;
Que los agentes han sido seleccionados de acuerdo a lo establecido por Resolución Nro. 504/13;
Que los agentes que optaron por repartir en la zona A y B recibirán 2 Lotes, y los que optaron por repartir en la zona C recibirán un lote, de acuerdo a lo reglamentado por Resolución Nro. 504/13;
Que el sistema de remuneración por esta tarea ya ha sido establecido en la resolución mencionada en el párrafo anterior;
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante,
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO Nº1: Autorizar a la Contaduría a abonar a los agentes detallados en el --------------------- Anexo 1 la suma de dos pesos ($ 2,00) por cuenta a los inscriptos para repartir en la zonas A y B, y dos pesos con 70/100 ($ 2,70) por cuenta a los inscriptos para repartir en la zona C . Estos importes son no remunerativos, no bonifican ningún concepto y sólo serán percibidos cuando se hayan cumplimentado las pautas establecidas por la Resolución 504/13 y los plazos definidos en el Anexo 2 de la presente.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO Nº2: El gasto que demande esta asignación será imputado a la ---------------------- partida 1.2.2.01.03.000, Franqueo.-----------------------------------------
ARTICULO Nº3: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes ----------------------- corresponda y cúmplase.---------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 280-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO 1: Agentes
NROCI |
NOMBRE |
|
NROCI |
NOMBRE |
725 |
FUNES, ROQUE ALFREDO |
|
1150 |
BLAZQUEZ, FRANCO MATIAS |
839 |
VOGLINO, JUAN ESTEBAN |
|
1161 |
ZUCCHI, NICOLAS EDUARDO |
851 |
GUERRERO, GUILLERMO ANDRES |
|
1165 |
BRACCIALE, RICARDO JOHABEN |
963 |
VIZCAYA, ANTONELA SOLEDAD |
|
1171 |
MONDINO, MARIANO JOSE |
986 |
PATINIOTIS, ANDREAS |
|
1176 |
ECHEVERRIA, MELISA CRISTINA |
1037 |
BARRIONUEVO, FABIANA ANDREA |
|
1190 |
ANTIFORA, LUCAS NAHUEL |
1043 |
MEDIAVILLA HERNANDEZ, VANESA |
|
1210 |
MAIDANA, CARLOS ARIEL |
1056 |
GARCIA, YANINA SOLEDAD |
|
1214 |
CARBAJO, MAURICIO NICOLAS |
1069 |
JACUE, NICOLAS JORGE |
|
1217 |
BLANCO, ILDA TERESA |
1073 |
BAGALINI, MARIANA LORENA |
|
1218 |
MALGOR, BRENDA |
1100 |
GIGENA, MARIA LEONOR |
|
1227 |
CORTES, CAMILA CELESTE |
1102 |
PORTILLO, IRIS DEBORA |
|
1240 |
FERNANDEZ, SEBASTIAN DARIO |
1111 |
PUCHE, LUCIANA PAULA |
|
1241 |
LOPEZ, DAMIAN HECTOR |
1113 |
LLORENS, TAMARA |
|
1244 |
CERVONE AZNAR, YAMILA |
1114 |
ZAMBELLI, DAIANA AYELEN |
|
1247 |
MARTINEZ CIFUENTES, MARCELO AN |
1116 |
LOPEZ, EVELYN ANDREA |
|
1261 |
CASTIGLIONI, MARIA BELEN |
1119 |
TORRES, CRISTIAN MAXIMILIANO |
|
1262 |
BARBIERI, ANDREA |
ANEXO 2: Plazos
El primer lote de la remesa 100 cuota 3/2019, será entregado para su distribución el día 16 de mayo de 8 a 15 hs. y la fecha límite para realizar las rendiciones de las Devoluciones y Partes de Novedades será el día 21 de mayo hasta las 15 hs.
El Lote 2 será entregado para su distribución a partir de la fecha en que se haya realizado la devolución del Lote 1 y la fecha límite para realizar las rendiciones de las Devoluciones y Partes de Novedades será el 3 de junio hasta las 15 hs.
El primer lote de la remesa 200, será entregado para su distribución el día 4 de junio de 8 a 15 hs. y la fecha límite para realizar las rendiciones de las Devoluciones y Partes de Novedades será el día 11 de junio hasta las 15 hs.
El Lote 2 será entregado para su distribución a partir de la fecha en que se haya realizado la devolución del Lote 1 y la fecha límite para realizar las rendiciones de las Devoluciones y Partes de Novedades será el 1 de julio hasta las 15 hs.
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la Ordenanza Nº 24.120 de fecha 09/05/2019, de la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon, aprobando el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos de Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado para el Ejercicio 2019; y
CONSIDERANDO
Que dicha Ordenanza fue promulgada mediante Decreto Nº 1094 de fecha 14/05/2019;
Que habiéndose aprobado el Cálculo de Recursos para el Ejercicio 2019, es necesario dar por finalizada la vigencia para el ejercicio 2019 de la prórroga del Cálculo de Recursos aprobado para el Ejercicio 2018, puesto en vigencia de acuerdo al artículo 1º de la Resolución Nº 738/2018;
Que habiéndose aprobado el Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019, es necesario dar por finalizada la vigencia para el ejercicio 2019 de la prórroga del Presupuesto de Gastos aprobado para el Ejercicio 2018, puesto en vigencia de acuerdo al artículo 2º de la Resolución Nº 738/2018;
Que corresponde la puesta en vigencia del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2019;
Que se hace necesario proceder a reimputar los compromisos asumidos y no devengados en el ejercicio 2018, en un todo de acuerdo a lo establecido en los artículos 42 y 43 del Decreto Provincial Nº 2980/00, reglamentario de la Ley Orgánica de las Municipalidades que aprueba las Disposiciones de Administración y puesta en vigencia del RAFAM, establece en su parte pertinente que “la Contaduría General Municipal y los organismos descentralizados serán responsables de imputar a los créditos del nuevo Presupuesto los gastos comprometidos y no devengados al cierre del ejercicio anterior” con afectación al nuevo Presupuesto y en caso de corresponder financiarlos con el excedente del ejercicio 2018;
Que se considera conveniente autorizar a la Contaduría a disponer de los bienes pertenecientes a OSSE que se encuentren en estado de obsolescencia o deterioro y su valor residual individual no exceda el valor de $ 5.000.- (Pesos Cinco mil), otorgándolos a entidades sin fines de lucro;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Dar por finalizado en el Ejercicio 2019 la vigencia de la prórroga ------------------ del Cálculo de Recursos aprobado para el Ejercicio 2018, de $ 1.733.529.208,70 (Pesos Mil setecientos treinta y tres millones quinientos veintinueve mil doscientos ocho con setenta centavos), puesto en vigencia de acuerdo al artículo 1º de la Resolución Nº 738/2018, con las modificaciones presupuestarias realizadas durante la vigencia de la prórroga entre los distintos rubros y que fueran ratificadas por Resolución Nº 221/19.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Poner en vigencia para el Ejercicio 2019 el Cálculo de Recursos ------------------ aprobado por la suma de $ 2.013.947.459,54 (Pesos Dos mil trece millones novecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y nueve con cincuenta y cuatro centavos), cuyo detalle obra en Anexos 1, 2 y 3 y forman parte de la presente, en un todo de acuerdo a lo requerido por el Artículo 13 del Anexo I del Decreto Provincial 2980/00.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dar por finalizado en el Ejercicio 2019 la vigencia de la prórroga ------------------ del Presupuesto de Gastos aprobado para el Ejercicio 2018, de $ 1.733.529.208,70 (Pesos Mil setecientos treinta y tres millones quinientos veintinueve mil doscientos ocho con setenta centavos) puesto en vigencia de acuerdo al artículo 2º de la Resolución Nº 738/2018, con las modificaciones presupuestarias realizadas durante la vigencia de la prórroga entre las distintas Categorías Programáticas y/u Objetos del Gasto y que fueran ratificadas por Resolución Nº 221/19 y Disposiciones de Contaduría Nº 22 – 23 – 24 – 25 – 26 – 28 – 29 – 30 – 31 y 32/19.----------------------------
ARTICULO 4º: Poner en vigencia para el Ejercicio 2019 el Presupuesto de Gastos ------------------- aprobado por la suma de $ 2.013.947.459,54 (Pesos Dos mil trece millones novecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cincuenta y nueve con cincuenta y cuatro centavos), cuyo detalle obra en Anexos 4, 5, 6, 7, 8 y 9 y forman parte de la presente, en un todo de acuerdo a lo requerido por el Artículo 13 del Anexo I del Decreto Provincial 2980/00.--------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes presupuestarios que se detallan en Anexo “A” y que forma parte de la presente, dando conformidad a los gastos autorizados y ejecutados durante la vigencia del Presupuesto de Gastos prorrogado 2018, desde el inicio del ejercicio 2019 y hasta la fecha.------------------------
ARTÍCULO 6º: Autorizar a la Tesorería a realizar los ajustes presupuestarios del Cálculo de Recursos que se detallan en Anexo “B” y que forma parte de la presente, dando conformidad a los recursos percibidos durante la vigencia del Cálculo de Recursos prorrogado 2018, desde el inicio del ejercicio 2019 y hasta la fecha.------------
ARTÍCULO 7º: Autorizar a la Contaduría a comprometer en el Ejercicio 2019 gastos ------------------ comprometidos y no devengados al cierre del ejercicio 2018, con afectación al Presupuesto de Gastos 2019. -------------------------------------------------------
ARTICULO 8º Autorizar a la Contaduría a disponer las ampliaciones y/o -------------------- modificaciones en el Cálculo de Recursos y en el Presupuesto de Gastos aprobados por la Ordenanza Nº 24.120, y a disponer creaciones, modificaciones o bajas en unidades ejecutoras y en las partidas de Presupuesto de Gastos con las condiciones establecidas en la mencionada Ordenanza. La Contaduría deberá trimestralmente elevar al Directorio las Disposiciones emitidas junto con los antecedentes que le dieron origen en virtud de lo establecido en el presente Artículo, quien ratificará o rectificará lo realizado.---------------------------------------------------------
ARTICULO 9º Autorizar a la Tesorería a disponer las modificaciones en el Cálculo de --------------------- Recursos aprobados por la Ordenanza Nº 24.120. La Tesorería deberá trimestralmente elevar al Directorio las Disposiciones emitidas junto con los antecedentes que le dieron origen en virtud de lo establecido en el presente Artículo, quien ratificará o rectificará lo realizado.---------------------------------------------------------
ARTICULO 10º: Autorizar a la Contaduría a disponer de los bienes pertenecientes a ------------------ OSSE que se encuentren en estado de obsolescencia o deterioro y su valor residual individual no exceda el valor de $ 5.000.- (Pesos Cinco mil), otorgándolos a entidades sin fines de lucro.-----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 11º: Desígnase en la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000 Directorio el Responsable del Programa detallado a continuación:
PROGRAMA |
RESPONSABLE |
78 – Construcciones sobre Inmueble Propio |
Área Intendencia a cargo del Jefe Suárez Jorge Oscar CI 268 |
ARTICULO 12º: Desígnase en la Jurisdicción 1.2.2.01.08.000 Gerencia de Calidad el Responsable del Programa detallado a continuación:
PROGRAMA |
RESPONSABLE |
53 – Mejoramiento Calidad Efluentes Estación Elevadora Escollera Sur
|
Gerencia de Calidad a cargo del Gerente de Calidad Lic. Comino Ana Paula CI 685 |
ARTICULO 13º: Desígnase en la Jurisdicción 1.2.2.01.16.000 Infraestructura y Redes -------------------- Domiciliarias las Gerencias y Áreas Responsables de los Programas detallados a continuación:
PROGRAMA |
RESPONSABLE |
58 – Nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales de Mar del Plata
Categoría Programática: 58.51.51 Nueva Estación Depuradora de Aguas Residuales de Mar del Plata 58.51.53 Planta de Tratamiento de Barros Cloacales 58.51.54 Muelle Metálico Emisario Submarino
|
Gerencia de Obras a cargo del Gerente de Obras Ing. Franco Flavio Fernando CI 342 |
75 – Infraestructura y Redes Domiciliarias |
Gerencia de Obras a cargo del Gerente de Obras Ing. Franco Flavio Fernando CI 342 |
76 – Explotación y Preservación Calidad del Acuífero
|
Gerencia de Recursos Hídricos a cargo del Gerente de Recursos Hídricos Ing. Mérida Luis Alberto CI 361 |
80 – Completamiento y Cierre de Mallas Menores |
Gerencia General de Grandes Consumidores a cargo del Gerente General de Grandes Consumidores Real Mario Alberto CI 399 |
82 - Asistencia p/Obras de Agua y Cloaca
Categoría Programática: 82.76.51 Colector Secundario y Red Colectoras Cloacales Barrio Hipódromo |
Gerencia de Obras a cargo del Gerente de Obras Ing. Franco Flavio Fernando CI 342
|
ARTICULO 14º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Contaduría y Tesorería a fin ------------------ de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Comuníquese a todos los Responsables detallados en los artículos 11º, 12ª y 13º. Cúmplase.-----------------------
RESOLUCION Nº 281-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 303-C-19 Cpo.1 referente al: “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES”” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 192/19 de fecha 29/03/2019 obrante a fs. 136 se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 23/19 “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS ($534.200,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.(Orden de Compra Nº 300/19 (fs.178/81));
Que a fs. 183 la Gerencia de Producción, mediante Solicitud Nº 3-200-87, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 300/2019 para el servicio de referencia por la suma de $89.900,00, equivalente al 16.82% del monto total de la contratación original;
Que a fs. 185 la Contaduría realizó la imputación preventiva correspondiente, no teniendo objeciones que realizar dado que el monto ampliado (16.82%) no supera el 20% estipulado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. del presente servicio;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 300/19 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA correspondiente al Concurso de Precios Nº 23/19 por la suma total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($89.900,00) equivalente al 16.82% del monto contratado originalmente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 300/19 perteneciente
------------------- a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LIMITADA correspondiente al Concurso de Precios Nº 23/19 por la suma total de PESOS OCHENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS ($89.900,00) equivalente al 16.82% del monto contratado originalmente.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------
ARTICULO 3°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCION Nº 282-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la Resolución 276/19; y
CONSIDERANDO:
Que en dicho acto administrativo se transcribió de forma errónea el importe del Adelabnto de Haberes en el Art. 1º;
Que a efectos de subsanar y evitar los equívocos que pudiera acarrear, resulta necesario modificar la situación antedicha mediante el dictado de una Resolución de carácter rectificatorio;
Que la Ordenanza General Nº 267 en su artículo 115º dice que “En cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos”;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Subsanar el error existente en la Resolución 279/19, quedando --------------------- el ARTICULO 1º redactado de la siguiente manera “Autorizar la firma del convenio de adelanto de los haberes del mes mayo del año 2019, con el agente Leticia ROSSI (CI Nº854) de PESOS TREINTA MIL ($30.000,00), en virtud de los motivos expuestos en el exordio de la presente”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones. - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda y cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 283-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la solicitud de Licencia Especial presentada por el agente Arq. POZZOBON, Alejandro Marcelo (CI 365), para cumplir las funciones inherentes al cargo de Presidente de Obras Sanitarias Sociedad de Estado Municipalidad del Ptdo. de Gral. Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se desempeña en la planta permanente de personal de este organismo como Gerente General de Grandes Consumidores;
Que por Ordenanza Municipal Nº24132 de fecha 17 de Mayo de 2019, el Arq. POZZOBON, Alejandro Marcelo (CI 365) ha sido designado para desempeñar el cargo arriba mencionado;
Que la licencia especial es otorgada durante el período comprendido entre el 17 de Mayo y hasta el 15 de Diciembre de 2019 inclusive, reteniendo el cargo P-07 Clase XXIII asignado por Resolución Nº666/15;
Que corresponde aplicar para el uso de la licencia solicitada el art.31 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que de acuerdo a lo estatuido por la legislación vigente, el beneficio en cuestión implica la suspensión de los principales efectos del vínculo laboral con la Empresa, dejando de percibir por tal concepto la remuneración mensual efectivizada por la misma, la que de acuerdo al Decreto Municipal de designación, Obras Sanitarias MdP S.E. adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondientes, el egreso que demande la designación del Arq. POZZOBON, Alejandro Marcelo en dicho organismo municipal;
Que a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia involucrada, corresponde la designación del agente REAL, Mario Alberto (CI 399) Función P-07 Clase XXI quien reúne los requisitos necesarios para asumir dicho cargo, extendiéndose el reemplazo por el término establecido en la Ordenanza detallada precedentemente;
Que se torna imprescindible para continuar con los procesos de mejora puestos en práctica en la Gerencia General de Grandes Consumidores que la Gerencia de Sistemas implemente y reporte a la Presidencia el estado de avance de los desarrollos de los módulos en los sistemas informáticos tales como certificados, oficina virtual, factura digital, tarifa social, inicio de apremios, convenios de obras, cobro telefónico, sistematización de los procesos vinculados a la Contribución por Mejoras integrando las distintas dependencias intervinientes en los registros de oposición, prorrateos, puesta al cobro y habilitación –los que se mencionan a título enunciativo y sin perjuicio de los que determine el Directorio- como así también se capacite a las distintas dependencias intervinientes sobre su funcionamiento y obligatoriedad de intervención;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Otorgar Licencia Especial en los términos del art. 31 del Convenio --------------------Colectivo de Trabajo Nº57/75, al Arq. POZZOBON, Alejandro Marcelo (CI 365) a cargo de la Gerencia General de Grandes Consumidores, durante el período comprendido entre el 17 de Mayo y hasta el 15 de Diciembre de 2019 inclusive.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Designar en carácter de reemplazo transitorio al Sub Gerente de la ---------------------Gerencia General de Grandes Consumidores REAL, Mario Alberto (CI 399) Función P-07 Clase XXI, en la atención y firma del despacho de la Gerencia General de Grandes Consumidores Función P-07 Clase XXIII por el período comprendido en el artículo anterior.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer que la Gerencia de Sistemas implemente y reporte a la ---------------------- Presidencia el estado de avance del desarrollo de los módulos de certificados, oficina virtual, factura digital, tarifa social, inicio de apremios, convenios de obras, cobro telefónico, sistematización de los procesos vinculados a la Contribución por Mejoras integrando las distintas dependencias intervinientes en los registros de oposición, prorrateos, puesta al cobro y habilitación –los que se mencionan a título enunciativo y sin perjuicio de los que determine el Directorio- como así también se capacite a las distintas dependencias intervinientes sobre su funcionamiento y obligatoriedad de intervención --------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4° Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.-------
RESOLUCION Nº 284-2019 FIRMADA
AJEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 24.119; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 24.119 en su artículo 93 establece que el Directorio de O.S.S.E. informará al Honorable Concejo Deliberante las tasas y los descuentos a aplicar en cada caso y en toda ocasión que se modifique en el ejercicio vigente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Junio de 2019 los siguientes intereses: ----------------------resarcitorio del 2.30 % (dos punto treinta por ciento), un interés Punitorio I del 3.45 % (tres con cuarenta y cinco por ciento) y un interés Punitorio II del 4.61 % (cuatro con sesenta y uno por ciento).-----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 3.09 % -------------------- (tres con cero nueve por ciento).-----------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre ---------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
50 % |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V, hasta 6º/2018).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De trece a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 285-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la solicitud de Licencia Especial presentada por el agente Lic. SCAGLIOLA, Marcelo Omar (CI 396), para cumplir las funciones inherentes al cargo de Vice Presidente de Obras Sanitarias Sociedad de Estado Municipalidad del Ptdo. de Gral. Pueyrredón; y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente se desempeña en la planta permanente de personal de este organismo como Gerente de Calidad;
Que por Ordenanza Municipal Nº24132 de fecha 17 de Mayo de 2019, el Lic. SCAGLIOLA, Marcelo Omar (CI 396) ha sido designado para desempeñar el cargo arriba mencionado;
Que la licencia especial es otorgada durante el período comprendido entre el 17 de Mayo y hasta el 15 de Diciembre de 2019 inclusive, reteniendo el cargo P-07 Clase XXIII asignado por Resolución Nº554/18;
Que corresponde aplicar para el uso de la licencia solicitada el art.31 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que de acuerdo a lo estatuido por la legislación vigente, el beneficio en cuestión implica la suspensión de los principales efectos del vínculo laboral con la Empresa, dejando de percibir por tal concepto la remuneración mensual efectivizada por la misma, la que de acuerdo al Decreto Municipal de designación, Obras Sanitarias MdP S.E. adoptará los recaudos pertinentes a fin de imputar a las partidas presupuestarias correspondientes, el egreso que demande la designación del Lic. SCAGLIOLA, Marcelo Omar en dicho organismo municipal;
Que a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia involucrada, corresponde la designación del agente COMINO, Ana Paula (CI 685) Función P-07 Clase XX quien reúne los requisitos necesarios para asumir dicho cargo, extendiéndose el reemplazo por el término establecido en la Ordenanza detallada precedentemente;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Otorgar Licencia Especial en los términos del art. 31 del Convenio --------------------Colectivo de Trabajo Nº57/75, al Lic. SCAGLIOLA, Marcelo Omar (CI 396) a cargo de la Gerencia de Calidad, durante el período comprendido entre el 17 de Mayo y hasta el 15 de Diciembre de 2019 inclusive.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: Designar en carácter de reemplazo transitorio a la Jefa de Control de --------------------Calidad, Planificación y Evaluación de Proyectos de la Gerencia de Calidad Lic. COMINO, Ana Paula (CI 685) Función P-07 Clase XX, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de Calidad Función P-07 Clase XXIII por el período comprendido en el artículo anterior.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 3° Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.---------
RESOLUCION Nº 286-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 224-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION CARTUCHOS - AÑO 2019”;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 232/19 de fecha 25/04/19 (fs. 102) se autorizó efectuar un llamado a MEJORA DE PRECIOS a la firma GRANET SA para los renglones Nº 19, 27, 28 y 29 en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 5.1.c) de las Cláusulas Generales del P.B. y C.;
Que según surge del Acta de Apertura de fecha 02/05/19 (fs. 114) la firma GRANET SA presenta nota detallando su Mejora para los siguientes renglones con sus respectivos precios unitarios: renglón 19: $9.555,00; renglón 27: $16.950,00; renglón 28: $6.567,00; RENGLÓN 29: $7.690,00;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de reunión obrante a fs 120 a 126, habiendo analizado la cotización que corre a fs 118, observan que la misma supera al Presupuesto Oficial. Atento a la imperiosa necesidad de contar con los elementos en cuestión en el menor tiempo posible, el Área técnica solicitante manifiesta lo siguiente: A fin de preservar la vida útil de los equipos es que se requieren Insumos Originales, considerando que se han adquirido e instalado 4 impresoras XEROX 5550 nuevas en el Área de Emisión, las que se encuentran en garantía, requiriendo este material para su correcto funcionamiento y mantener la garantía. Estos insumos son destinados en su mayoría a la Emisión General a iniciarse a la brevedad por lo que no se pueden disminuir cantidades ya que han sido estimados para esta tarea principalmente. Los insumos informáticos son 100% importados por lo que las fluctuaciones económicas en la cotización del dólar los afectan directamente, de allí el incremento evidenciado al respetar las pautas de la empresa en materia de adquisiciones, el valor en dólares de los mismos no tiene grandes fluctuaciones. En cuadro adjunto refleja el valor actual en el mercado de los insumos en cuestión, donde se aprecia que lo ofertado por el proveedor se encuentra por debajo de estos. Incluyen la comparativa de Precios según Orden de Compra del sistema Major correspondiente a la adquisición realizada en el mes de febrero para el ítem “Cartucho Toner p/ impresora Phaser 5550”donde se aprecia que el valor de adquisición para este producto es superior al actual. Finalmente, frente a la aprobación del presupuesto de OSSE, se iniciaría la impresión de la emisión general, NO disponiéndose de stock para poder completarla, razón por la cual resulta imperiosa la adquisición de cartuchos a la brevedad. Por lo expuesto la Comisión recomienda: ADJUDICAR a la firma GRANET SA los renglones 19,27,28 y 29 por la suma de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($1.372.945,00);
Que se ha verificado la adquisición correspondiente al Mes de Febrero de 2019 aludida por la Comisión tratándose de la Contratación Directa Nº 46/19 en la cual se adquirió a la firma GRANET SA 15 unidades de “Cartucho Toner p/ impresora Phaser 5550” a un valor Unitario de $9.060,00 siendo mayor al ofertado para la presente Licitación ($7.690,00) De lo expuesto se desprende que la diferencia de precios entre dicha Contratación y la presente se debe al descuento otorgado por la firma proveedora por compras mayoristas de los insumos objeto de la presente contratación;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR los renglones Nº 19, 27, 28 y 29 de la Licitación Privada Nº 03/18 Segundo Llamado – Mejora de Ofertas (Oferta básica con entregas parciales) a la firma GRANET SA por la suma total PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($1.372.945,00) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 103 obrantes en el --------------------Expediente N° 224-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION CARTUCHOS AÑO 2019”.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°:ADJUDICAR los renglones Nº 19, 27, 28 y 29 de la Licitación Privada Nº 03/18 ------------------Segundo Llamado – Mejora de Ofertas (Oferta básica con entregas parciales) a la firma GRANET SA por la suma total PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($1.372.945,00) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE----------------------------
ARTÍCULO 3º: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------------
ARTICULO 4º: El plazo de entrega será a partir de la notificación de la Orden de Compra a la firma
------------------ adjudicataria y de acuerdo al siguiente cronograma de entregas: para el Renglón Nº 19 a los 20 (veinte) días corridos y para los Renglones Nº 27, 28 y 29: 50% a los 20 (veinte) días corridos y el 50% restante a los 120 (ciento veinte) días corridos.-------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan a la -------------------- imputación preventiva para los renglones adjudicados.-----------------------------------
ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 8°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar
------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------------
RESOLUCION Nº 287-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 500-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS DE COMUNICACIÓN – AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 34/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo las firmas: MIATELLO OSCAR ALBERTO “LA CASA DE LAS ANTENAS”, FEDERICO BRUSCANTINI SRL, CASA BLANCO SA y AIZPUN ALBERTO RAUL según surge del Acta de Apertura de fecha 17/04/19 (fs. 23);
Que a fs. 62 la Gerencia de Sistemas informa que las propuestas presentadas por las firmas oferentes cumplen técnicamente con lo requerido a excepción del Renglón Nº 19 que quedo desierto;
Que en virtud de exceder el precio de algunos de los renglones cotizados el Presupuesto Oficial, se solicitó a algunas de las firmas oferentes una Mejora de Ofertas surgiendo, según Acta de fs. 71, lo siguiente: la firma AIZPUN ALBERTO presenta Nota informando que no le resulta posible mejorar su oferta; la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL ofrece un descuento del 4% para los renglones Nº 06,17,18,23 y 24 y la firma MIATELLO OSCAR ALBERTO presenta Nota cotizando para el Renglón Nº 03 la suma de $5054,05;
Que si bien para los renglones Nº 02, 03, 04, 05, 08, 14, 18 y 24 consta sólo una oferta válida, la Ley Orgánica de las Municipalidades en su Artículo 155 establece que: "Si en las licitaciones realizadas con las formalidades de esta ley se registrara una sola oferta y ésta fuera de evidente conveniencia, la autoridad administrativa podrá resolver su aceptación con autorización del Concejo. En circunstancias distintas, el segundo llamado será procedente y obligatorio";
Que el Artículo mencionado en el considerando anterior se refiere expresamente a las licitaciones y no a los Concursos de Precios;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 34/19 de la siguiente manera: a la firma CASA BLANCO SA los renglones Nº 11, 12, 13, 21 y 22 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 28/100 ($15.477,28) con impuestos incluidos; a la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL los renglones Nº 06, 16, 17, 18, 20, 23, 24 y 25 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 96/100 ($291.672,96) con impuestos incluidos; a la firma AIZPUN ALBERTO RAUL los renglones Nº 01 a 05 ambos inclusive; Nº 08, 10, 14 y 15 (Oferta Básica con entregas parciales) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS ($274.196,00) con impuestos incluidos y a la firma MIATELLO OSCAR ALBERTO los renglones Nº 07 y 09 (Oferta Básica con entregas parciales) por la suma total de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($5.955,00) ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS UNO CON 24/100 ($587.301,24) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $593.476,50 y DESISITR de la adquisición del Renglón Nº 19 “Cinta doble faz” renunciando a su adquisición bajo la presente modalidad de compra;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente N° 500-C-19 Cpo. 01 -------------------- referente a la “ADQUISICION REPUESTOS DE COMUNICACIÓN – AÑO 2019”.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 34/19 de la siguiente manera: a la firma -------------------- CASA BLANCO SA los renglones Nº 11, 12, 13, 21 y 22 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 28/100 ($15.477,28) con impuestos incluidos; a la firma FEDERICO BRUSCANTINI SRL los renglones Nº 06, 16, 17, 18, 20, 23, 24 y 25 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y DOS CON 96/100 ($291.672,96) con impuestos incluidos; a la firma AIZPUN ALBERTO RAUL los renglones Nº 01 a 05 ambos inclusive; Nº 08, 10, 14 y 15 (Oferta Básica con entregas parciales) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS ($274.196,00) con impuestos incluidos y a la firma MIATELLO OSCAR ALBERTO los renglones Nº 07 y 09 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($5.955,00) ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS UNO CON 24/100 ($587.301,24) con impuestos incluidos por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la Orden de ------------------Compra y de acuerdo al siguiente detalle: para la firmas CASA BLANCO SA, FEDERICO BRUSCANTINI SRL dentro de los 15 (quince) días corridos, para la firma MIATELLO OSCAR ALBERTO el 50% a los 15 (quince) días corridos y el 50% restante a los 120 (ciento veinte) días corridos y para la firma AIZPUN ALBERTO RAUL: los renglones Nº 01 a 03 y 15 :50% a los 15 (quince) días corridos y el 50% restante a los 120 (ciento veinte) días corridos; Renglón Nº 04: 4u a los 15 (quince) días y 2u a los 120 (ciento veinte) días corridos y Renglones Nº 05, 08, 10 y 14 a los 15 (quince) días corrido.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: La Oficina de Compras comunicará a la firmas FEDERICO BRUSCANTINI SRL ------------------- y AIZPUN ALBERTO RAUL que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Declarar DESIERTO el renglón 19 renunciando a su adquisición bajo la presente --------------------- modalidad de compra.-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Autorizar a la Gerencia de Sistemas a iniciar un nuevo trámite de compra por el -------------------- renglón indicado en el Art. 5º.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para los ------------------- renglones adjudicados indicados en el Art 2º en caso de ser necesario continuar con su adjudicación.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 8°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 9º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.---------------------------
ARTICULO 10º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------- efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------
RESOLUCION Nº 288-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la Resol. 189/19, y;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Gerente de Relaciones Institucionales Silvia Marta CERVERA (CI Nº 672) presentó un certificado médico por enfermedad de su hija que abarca los días 8, 9 y 10 de abril de 2019, inclusive, periodo en el que se encontraba de Licencia Ordinaria;
Que acorde lo establecido en el Art. 10º Inc. f) del CCT Nº57/75 se debe interrumpir la licencia ordinaria y extenderla por igual periodo;
Que en función a lo expuesto, corresponde extender el reemplazo transitorio en Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXII, para la atención y firma del despacho de la Gerencia de Relaciones Institucionales, al agente Karina Edith FERNANDEZ (CI Nº 967), quién venía cumpliendo con el mismo desde el 8 de marzo de 2019;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatoria Resolución 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio al agente Karina Edith --------------------FERNANDEZ (CI Nº 967), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVII, para la atención y firma del despacho de la Gerencia de Relaciones Institucionales, en la Función P-07 Clase XXII, prorrogando el periodo del reemplazo que ya venía realizando por Resol. 189/19, hasta el día 14 de mayo de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no -------------------- cumpliera efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3º El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.--------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes ---------------------corresponda - Cúmplase.---------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 289-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto la licencia otorgada al Ing. Pablo Alberto SENCI (CI Nº 455), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX; y,
CONSIDERANDO
Que el Sr. Jefe del Área Gestión Técnico Operativa dependiente del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales de la Gerencia de Producción se encontrará ausente por licencia desde el día 20 de mayo de 2019 al 31 de mayo de 2019, inclusive;
Que resulta necesario a los fines de no resentir el normal funcionamiento del servicio, designar a un agente que cubra el requerimiento dotacional de la jefatura del Área Gestión Técnico Operativa, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Alberto Miguel SUAREZ (CI Nº 1221), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Alberto -------------------Miguel SUAREZ (CI Nº 1221), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, en las tareas inherentes al cargo de Jefe del Área Gestión Técnico Operativa dependiente del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales de la Gerencia de Producción, Función P-07 (“Personal de Conducción”),Clase XIX, desde el día 20 de mayo de 2019 al 31 de mayo de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: La erogación que demande esta Resolución se imputará al objeto --------------------del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.-------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.-Cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 290-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
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MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de crear la Gerencia de Coordinación y Estrategia Operativa a los efectos de depurar y sistematizar procesos, reorganizar tareas y coordinar acciones entre las Gerencias de Producción, Servicios , Calidad y Obras;
Que la ubicación escalafonaria de la Gerencia se establece en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXIII cuya Misión y Funciones se describen a título enunciativo en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente;
Que se designa a cargo de la misma al Ing. NEGRI, Carlos Joaquin (CI 855) reteniendo el cargo de Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX asignado por Resolución Nº206/2016;
Que sin perjuicio de los cambios que se establezcan en el futuro para el cumplimiento de las funciones, se subsume en la Gerencia de Coordinación y Estrategia Operativa la Gerencia de Gestión Auditoría y Proyectos Especiales con el personal asignado a dicha unidad estructural Cdra. MASSARO, Natalia Alejandra (CI 409); Cdra. ALVAREZ, Claudia Marcela (CI 876); Lic. GELSUMINO, Estefanía (CI 1112), Cdr. GONZALEZ FREIJO, Ignacio (CI 1077) e Ing PALMISCIANO, German Hugo (CI 691), manteniendo sus situaciones escalafonarias;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Crear la Gerencia de Coordinación y Estrategia Operativa en la --------------------- Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXIII cuyas Misiones y Funciones se describen a título enunciativo en el Anexo I, el cual forma parte integrante de la presente con el objeto principal de depurar y sistematizar procesos, reorganizar tareas y coordinar acciones entre las Gerencias de Producción, Servicios y Obras.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Designar a cargo de la misma al Ing. NEGRI, Carlos Joaquin (CI ------------------- 855), reteniendo el cargo de Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX asignado por Resolución Nº206/2016.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Subsumir en la Gerencia de Coordinación y Estrategia Operativa la ---------------------- Gerencia de Gestión Auditoría y Proyectos Especiales con el personal asignado a dicha unidad estructural Cdra. MASSARO, Natalia Alejandra (CI 409); Cdra. ALVAREZ, Claudia Marcela (CI 876); Lic. GELSUMINO, Estefanía (CI 1112), Cdr. GONZALEZ FREIJO, Ignacio (CI 1077) e Ing PALMISCIANO, German Hugo (CI 691) manteniendo sus situaciones escalafonarias.-----------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.--------
RESOLUCION Nº 291-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
GERENCIA DE COORDINACION Y ESTRATEGIA OPERATIVA
MISION:
Monitoreo continuo de las necesidades internas y externas de la organización, propuestas de adecuación, y búsqueda de un crecimiento sustentable.
FUNCIONES:
MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto la Resolución Nº 274/19 referente a la aceptación de la renuncia presentada por el agente Mario Enrique Fernandez, CI 796, para acogerse a los beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que corresponde la liquidación de la Bonificación según lo establecido en el Artículo 76 del CCT 57/75, puesto que el agente cumple con las condiciones previstas en él;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al tiempo ----------------------de la baja, la Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º :Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese y Cúmplase.----
RESOLUCION Nº 292-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 292-C-2019 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION DE CAJAS PVC P/ MEDIDOR DE AGUA – AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 07/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que habiéndose invitado a 39 (treinta y nueve) Empresas del ramo, no se han presentado propuestas para el mencionado Llamado según Acta de Apertura de fecha 06 de Mayo de 2019 obrante a fs. 76, habiendo adquirido el Pliego de Bases y Condiciones las firmas LEMOCHETE S.A. y REDISAN SRL.;
Que la firma LEMOCHETE SA informa que por cuestiones de falta de tiempo atento que el apoderado de la firma se encontraba ausente no se han presentado a la presente licitación. En cuanto a la firma REDISAN SRL., la misma informa que no se presentan en esta oportunidad por falta de tiempo para presentar toda la documentación correctamente, quedando atentos a un Segundo Llamado;
Que vista la inexistencia de ofertas y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Jefatura de Compras aconseja se declare desierto el Primer Llamado y se proceda a realizar un Segundo Llamado a Licitación Privada N° 07/19, cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 29 del Expediente Nº 292-C--------------------2019 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION DE CAJAS PVC P/ MEDIDOR DE AGUA – AÑO 2019”.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar desierto el primer llamado y proceder a realizar un Segundo ------------------- Llamado a Licitación Privada N° 07/19, cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dar por comprado a las firmas LEMOCHETE SA y REDISAN SRL ---------------------- el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Privada N° 07/19 Segundo Llamado, entregándose un ejemplar sin cargo a través de la Oficina de Compras.------------------
ARTICULO 4°: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase al Área Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-----------------
RESOLUCION Nº 293-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 316-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES FERROSOS - AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;,
Que la Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo a fs. 48 y el Área Contaduría a fs. 49, habiendo tomado vista del citado Pliego, informan que no tienen objeciones que formular al mismo;
Que de acuerdo a lo solicitado por el Sr. Presidente a fs. 77 se procedió a modificar el art. 8 j) de las Cláusulas Particulares y el Anexo 6 aclarando que la cotización de la Oferta Básica es de carácter obligatorio a fin que en caso de ser cotizada la Oferta Alternativa, se verifique el descuento ofrecido;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Que por lo expuesto, la Oficina de Compras aconseja Llamar a Licitación Privada N° 08/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 78 a 89, ambas --------------------inclusive del citado Expediente. ---------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada N° 08/19 referente a la “ADQUISICION ------------------- MATERIALES FERROSOS- AÑO 2019” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la ------------------- Licitación Privada N° 08/19 integrada por: el Lic. Marcelo Caló, quien presidirá la misma como titular y el Sr. Guillermo Cecheto como suplente ambos por la Gerencia de Producción, el CP Walter Caballero como titular y el CP Ruben Sesto como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.--
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION Nº 294-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto la presentación efectuada por Pedro Carlos ARAOZ en fecha 20/05/07; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 128/18 del 20/03/2018 se dispuso por un lado instruir Sumario Administrativo a fin de deslindar las responsabilidades de índole laboral que eventualmente pudieren corresponderle a Pedro ARAOZ (CI 820) -quien había sido detenido por personal policial durante el desarrollo de su jornada de trabajo-; y por otro lado suspenderlo preventivamente (art. 11, Régimen de Disciplina -Resolución Nº 974/13, Anexo II-; art. 224, LCT);
Que mediante su presentación del 20/05/19 Pedro Carlos ARAOZ (CI 820) comunica que en fecha 15/11/18 la Dra. Rosa Frende, Jueza a cargo del Juzgado de Garantías Nº 3 de Mar del Plata, en Causa Nº 5116 (PP Nº 891-16) dispuso la morigeración de la medida de coerción que pesaba sobre su persona bajo la modalidad de arresto domiciliario, autorizando salidas diarias a fin de cumplir sus tareas en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado una vez que se reestableciera su situación laboral y se indique el lugar, los días y el horario en que desempeñará sus tareas. Asimismo impone la supervisión y control de la Sra. Alejandra Marcela Franco dentro del ámbito laboral de la Empresa;
Que no se presentan impedimentos legales que obsten a la reincorporación efectiva del trabajador a sus tareas habituales conforme lo ha solicitado;
Que en consecuencia procede dejar sin efecto la suspensión preventiva de Pedro ARAOZ (CI 820) dispuesta por Resolución 128/18, continuando la sustanciación del Sumario Administrativo allí mismo ordenado;
Que corresponde comunicar al Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial Mar del Plata interviniente que el trabajador se desempeñará en sus tareas habituales para el Área Desagües Pluviales, a parir del día hábil siguiente a quedar definitivamente habilitado por parte del órgano jurisdiccional, tomando servicios en Base Szpyrnal (French 6737 Mar del Plata) y desempeñándose en la vía pública del Municipio de General Pueyrredón; de lunes a viernes de 07:00 a 14:00 sin perjuicio de eventuales horas extraordinarias y/o licencias de origen legal o convencional (vg. vacaciones; por enfermedad; por atención a familiar enfermo, etc);
Que asimismo se considera propicio aclarar en las actuaciones judiciales que Alejandra Marcela FRANCO (CI 372) no se desempeña como Jefa de Personal sino como Jefa del Área Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción, no habiendo intervenido en aquellas en carácter oficial ni incumbiendo a sus funciones laborales ningún control distinto al del correcto desempeño laboral de los trabajadores a su cargo, sin perjuicio de la responsabilidad que personalmente hubiere asumido ante autoridades judiciales;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Dejar sin efecto la suspensión preventiva de Pedro ARAOZ (CI 820)
--------------------- dispuesta por Resolución 128/18, continuando la sustanciación del Sumario Administrativo allí mismo ordenado.---------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: Comunicar al Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial
--------------------- Mar del Plata interviniente en Causa Penal Nº 5116 (PP Nº 891-16) que el trabajador se desempeñará en sus tareas habituales para el Área Desagües Pluviales, a parir del día hábil siguiente a quedar definitivamente habilitado por parte del órgano jurisdiccional, tomando servicios en Base Szpyrnal (French 6737 Mar del Plata) y desempeñándose en la vía pública del Municipio de General Pueyrredón; de lunes a viernes de 07:00 a 14:00 sin perjuicio de eventuales horas extraordinarias y/o licencias de origen legal o convencional (vg. vacaciones; por enfermedad; por atención a familiar enfermo, etc); y asimismo que Alejandra Marcela FRANCO (CI 372) no se desempeña como Jefa de Personal sino como Jefa del Área Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción, no habiendo intervenido en aquellas actuaciones en carácter oficial ni incumbiendo a sus funciones laborales ningún control distinto al del correcto desempeño laboral de los trabajadores a su cargo, sin perjuicio de la responsabilidad que personalmente hubiere asumido ante autoridades judiciales.-----------------------------
ARTÍCULO 3°: Regístrese, notifíquese y cúmplase.--------------------------------------------
RESOLUCION Nº 295-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 23/05/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 132-C-2018
AMPLIACIÓN RED DE AGUA CALLE PEREDA (VI) E/ LELOIR Y BATAN, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra AMPLIACIÓN RED DE AGUA CALLE PEREDA (VI) E/ LELOIR Y BATAN.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ AMPLIACIÓN RED DE AGUA CALLE PEREDA (VI) E/ LELOIR Y BATAN realizado por la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 81 y 82/2019, obrante a fj. 164 y 165 respectivamente del presente expediente.--------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 296-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 24/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1370-C-18 Cpo. 1 referente a la “ADQUISICION GRUPOS ELECTROGENOS MONOFASICOS” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo Llamado a Concurso de Precios Nº 28/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia;
Que han presentado sobres 03 (tres) firmas: GRUPOS ELECTROGENOS DEL ATLANTICO S.R.L., BRAMUGLIA GUSTAVO ADOLFO y MAQUINARIAS S.R.L., según Acta de Apertura de Sobres de fecha 22/04/19 obrante a fs. 54;
Que a fs. 82 la Gerencia de Producción informa que visto las ofertas todas cumplen con lo requerido en las especificaciones técnicas;
Que habiéndose intimado a los tres (tres) oferentes mediante Cédulas de Notificación a fs. 83, 84 y 85 para que presenten la documentación requerida para la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, al día de la fecha sólo han concluido dicho trámite las firmas BRAMUGLIA GUSTAVO ADOLFO y GRUPOS ELECTROGENOS DEL ATLANTICO S.R.L. constando a fs. 87 y 88, mientras que la firma MAQUINARIAS S.R.L. manifiesta a fs. 86 no estar en condiciones de cumplir con la presentación de la documentación requerida, por lo cual su propuesta no puede ser tenida en cuenta.;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 28/19 a la firma BRAMUGLIA GUSTAVO ADOLFO por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($347.200,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial de $600.000;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones correspondientes al Concurso de Precios ------------------ Nº 28/19 a partir de fs. 30 obrantes en el Expediente Nº 1370-C-18 Cpo.01 referente a la “ADQUISICION GRUPOS ELECTROGENOS MONOFASICOS”.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 28/19 a la firma BRAMUGLIA -----------------------GUSTAVO ADOLFO por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS ($347.200,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial.---------------------------
ARTICULO 3°: El Plazo de entrega será de 10 (diez) días hábiles de notificada la
------------------ Orden de Compra.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------
ARTICULO 7º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras -------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 297-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 274/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 232-C-19 Cpos. 01 y 02 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – ABRIL A OCTUBRE DE 2019”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 237/19 de fecha 29/04/19 se aautorizó a la Oficina de Compras a efectuar un llamado a MEJORA DE PRECIOS para el renglón Nº 04 (pick Up) de la Licitación Pública Nº 02/19 2º llamado para el oferente VINITZKY CLAUDIO;
Que según surge del Acta de Apertura de fecha 03/05/19 (fs. 379) el oferente VINITZKY CLAUDIO presenta nota mejorando el valor cotizado para el renglón Nº 04, quedando el precio definitivo para dicho renglón en $360,00 la hora;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Actas de reunión obrante a fs 388 y 391 solicita análisis a la Gerencia de recursos Hídricos respecto a la necesidad de contratar la unidad a fin de evaluar la necesidad operativa versus conveniencia económica. Dicha gerencia manifiesta que la contratación de 1 vehículo de los dos solicitados para el presupuesto de este año, se requiere para cumplir con el plan de monitoreo del acuífero en la zona urbana y rural de los partidos de Gral Pueyrredon, Balcarce, y Mar Chiquita en cumplimento con lo establecido en la resolución OPDS 3463/16 de la Declaración de Impacto Ambiental, y resolución ADA 734/17, ambas para el Sistema Acueducto Oeste, como los compromisos que OSSE ha cumplimentado ante el BID y el Enohsa. Agregan algunos puntos que consideran relevantes que son de interés para analizar la cuestión:1)El mismo se encuentra incluido en las tareas relacionadas al SAO que está dentro de las obras del Fondo de Infraestructura; 2) Debido a la falta de personal en Recursos Hídricos, es necesario una persona que además de conducir quede en el vehículo a fin de evitar cuestiones y problemas de seguridad. En este momento está saliendo el personal en forma unitaria; 3) La obligación de monitorear, en virtud del cumplimiento de las Resoluciones de los organismos provinciales se ha incrementado fuertemente; 4) Aumento de la problemática en los campos que ralentiza los ingresos a los establecimientos; 5) En la zona urbana se ha complejizado las cuestiones de seguridad, no siendo viable dejar el vehículo con el equipamiento solo a nivel de vereda mientras se baja a realizar las tareas de monitoreo del acuífero; 6) Aumento de los km realizados, principalmente por el área de cobertura para el monitoreo extendido del SAO; 7) Riesgos en cámaras de pozo profunda requieren una persona en espera, ante posibles accidentes del personal propio; 8) Es necesario tener un vehículo con la prestación necesaria para poder salir del barro o sacar a otras unidades de OSSE del mismo, con carga frenada de más de 1 tn y: 9) Arrastrar la casilla de la gerencia. De lo expuesto se evidencia la necesidad operativa del área de contar con el vehiculo, sin perjuicio de ello la comisión recomienda solicitar una NUEVA MEJORA DE PRECIOS del Renglón 4 (pick up) al oferente VINITZKY, CLAUDIO quien cotiza $360,00 la hora, por estar su oferta un 28,57% por encima del presupuesto oficial;
Que por Resolución Nº 180/19 de fecha 28/03/19 se resolvió adjudicar entre otros al oferente UZQUIANO JUAN CARLOS el renglón Nº 01 de la Licitación Pública Nº 02/19 “SERVICIO TRANSPORTE Y CARGA – ABRIL A OCTUBRE DE 2019” de Lunes a Viernes de 08 a 14hs (Destino Area Control de Flota – Con prioridad Gerencia General de Grandes Consumidores) por la suma total de $163.548,00 (Valor Unitario $177,00) emitiéndose la Orden de Compra Nº 269/19;
Que el transportista UZQUIANO JUAN CARLOS con fecha 07/05/19 presenta nota comunicando que según su oferta de la Licitación fue de $177.90 por hora observando un faltante de 90/100 centavos en la Orden de Compra notificada;
Que debido a un error involuntario se adjudicó la Licitación de referencia y se emitió la Orden de Compra Nº 269/19 al transportista UZQUIANO JUAN CARLOS por un Valor Unitario de $177,00 siendo el monto cotizado por dicho transportista de $177,90 por hora según surge de Planilla de Cotización obrante a fs 87 (Anexo Nº 02 Exp Nº 232-C-2019). Por lo que resulta necesario subsanar dicha diferencia a fin adecuar la adjudicación al Valor cotizado por el transportista;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja: 1) solicitar una NUEVA MEJORA DE PRECIOS al oferente VINITZKY CLAUDIO para el Renglón Nº 04 (Pick Up) cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras y; 2) MODIFICAR el Art Nº 02 de la Resolución de Directorio Nº 180/19 de fecha 28/03/19 (fs 259/60) donde se adjudica al transportista UZQUIANO JUAN CARLOS a un Valor Unitario de $177,00 deberá decir $177,90, autorizando a la Oficina de Compras a emitir una nueva Orden de Compra al transportista UZQUIANO JUAN CARLOS por la suma total de $831,60 equivalente a la diferencia entre el monto cotizado por el oferente ($177,90) y el adjudicado por Resolución Nº 180/19 (177,00) (924hs x 0,90 centavos c/u);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 344 obrantes en el -------------------- Expediente Nº 232-C-2019 Cpos. 01 y 02 referente al “SERVICIO DE TRANSPORTE Y CARGA – ABRIL A OCTUBRE DE 2019”.----------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Oficina de Compras a efectuar un nuevo llamado a MEJORA -------------------- DE PRECIOS para el renglón Nº 04 (pick Up) de la Licitación Pública Nº 02/19 2º llamado para el oferente VINITZKY CLAUDIO cuya apertura se llevará a cabo a los 2 (dos) días hábiles de firmada la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras, ------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3 MODIFICAR el Art Nº 02 de la Resolución de Directorio Nº 180/19 de fecha ----------------- 28/03/19 (fs 259/60) donde se adjudica al transportista UZQUIANO JUAN CARLOS a un Valor Unitario de $177,00 deberá decir $177,90.---------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Oficina de Compras a emitir una nueva Orden de Compra al ---------------------transportista UZQUIANO JUAN CARLOS por la suma total de $831,60 equivalente a la diferencia entre el monto cotizado por el oferente ($177,90) y el adjudicado por Resolución Nº 180/19 (177,00) (924hs x 0,90 centavos c/u).--------------------------------------------
ARTÍCULO 5º: La oficina de Compras comunicará a transportista UZQUIANO JUAN CARLOS -------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar al oferente de lo dispuesto en la presente Resolución.---------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de ------------------ dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------
RESOLUCION Nº 298-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 27/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1095-C-17 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 14/19: “RED DE AGUA CALLE CHILE 1316 (VI/ PARCIAL) E/ 9 DE JULIO Y 3 DE FEBRERO”; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 99, la Gerencia General de Grandes Consumidores, envía al Area Contaduría para realizar la Imputación correspondiente de la Obra denominada “RED DE AGUA CALLE CHILE 1316 (VI/ PARCIAL) E/ 9 DE JULIO Y 3 DE FEBRERO” para que la misma sea tramitada a través de procedimiento para OBRAS DE MENOR ENVERGADURA encontrándose la Obra de referencia abonada en un 100%;
Que por Resolución de Directorio Nº 606/18 de fecha 02 de Noviembre de 2018 y Resolución de Directorio Nº 678/18 de fecha 30 de Noviembre de 2018, se aprueban las modificaciones presentadas en las Planillas de Items detallados para el Inc 7.3 y 8 y la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 107/19 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por 04 (CUATRO) Cooperativas y 01 (UNA) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO A TRABAJAR LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA y la firma BRUNA OSCAR OSVALDO;
Que en virtud de no contar por diversas cuestiones con disponibilidad, a la fecha, de las Cooperativas y Pymes que cotizaron oportunamente, se solicitó a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. cotizar Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red de Cloaca y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red Agua para realizar este tipo de Obras, atento a tener disponibilidad y antecedentes en las tareas encomendadas en la presente;
Que la firma mencionada en el considerando anterior ha dado cumplimiento con todo lo requerido en el Registro de Proveedores para Obras de Menor Envergadura de las Cooperativas y PYMES extendiéndose el Certificados de Inscripción en OSSE, presenta Planilla de Precios de Mano de Obra de acuerdo a los precios aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, Planilla de Cotización de Precios, Plano, Pliego y Planillas de Ítems Detallados de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura;
Que la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 14/19: “RED DE AGUA CALLE CHILE 1316 (VI/ PARCIAL) E/ 9 DE JULIO Y 3 DE FEBRERO” en la suma de en la suma de PESOS SETENTA Y SIETE MIL OCHENTA CON 55/100 ($77.080,55), a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A dado que cumplen con todo lo requerido;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1095-C-17 Cpo. 01 referente a la -------------------Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 14/19: “RED DE AGUA CALLE CHILE 1316 (VI/ PARCIAL) E/ 9 DE JULIO Y 3 DE FEBRERO”.---------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 14/19 a la firma NASARA -------------------CONSTRUCTORA S.A. los precios unitarios cotizados vigentes de Mano de Obra de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, dado que la misma cumple con todo lo requerido.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Plazo previsto para la finalización de los trabajos será de 20 (VEINTE) días -------------------corridos de suscripta el acta de inicio. El Acta de inicio será suscripta como máximo a los 5 (cinco) días hábiles de finalizada la obra que se encuentre en ejecución o a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Orden de Compra. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar la Obra de --------------------Menor Envergadura mencionada y a emitir las Ordenes de Compra, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar que las Ordenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido ---------------------en el articulo anterior se les aplicará lo establecido en el Articulo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”.----------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia General de ---------------------Grandes Consumidores, Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, a la Gerencia de Obras y a quienes más corresponda. Cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 299-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 27/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1936-I-17 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 13/19: “RED DE CLOACA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA”; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 115 y 123, la Gerencia General de Grandes Consumidores, envía al Area Contaduría para realizar la Imputación correspondiente de la Obra denominada “RED DE CLOACA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA” para que la misma sea tramitada a través de procedimiento para OBRAS DE MENOR ENVERGADURA encontrándose la Obra de referencia abonada en un 76.08%;
Que por Resolución de Directorio Nº 606/18 de fecha 02 de Noviembre de 2018 y Resolución de Directorio Nº 678/18 de fecha 30 de Noviembre de 2018, se aprueban las modificaciones presentadas en las Planillas de Items detallados para el Inc 7.3 y 8 y la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 107/19 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por 04 (CUATRO) Cooperativas y 01 (UNA) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO A TRABAJAR LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA y la firma BRUNA OSCAR OSVALDO;
Que en virtud de no contar por diversas cuestiones con disponibilidad, a la fecha, de las Cooperativas y Pymes que cotizaron oportunamente, se solicitó a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. cotizar Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red de Cloaca y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red Agua para realizar este tipo de Obras, atento a tener disponibilidad y antecedentes en las tareas encomendadas en la presente;
Que la firma mencionada en el considerando anterior ha dado cumplimiento con todo lo requerido en el Registro de Proveedores para Obras de Menor Envergadura de las Cooperativas y PYMES extendiéndose el Certificados de Inscripción en OSSE, presenta Planilla de Precios de Mano de Obra de acuerdo a los precios aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, Planilla de Cotización de Precios, Plano, Pliego y Planillas de Ítems Detallados de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura;
Que la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 13/19: “RED DE CLOACA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA”, en la suma de en la suma de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTO OCHENTA Y NUEVE CON 35/100 ($289.289,35), a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A., dado que cumplen con todo lo requerido;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1936-I-17 Cpo. 01 referente a la --------------------Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 13/19: “RED DE CLOACA CALLE SOLER 2300 (AV) E/ VERNET Y SAAVEDRA”.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 13/19 a la firma NASARA -------------------CONSTRUCTORA S.A. los precios unitarios cotizados vigentes de Mano de Obra de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, dado que la misma cumple con todo lo requerido.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Plazo previsto para la finalización de los trabajos será de 57 (cincuenta y siete) días -------------------corridos de suscripta el acta de inicio. El Acta de inicio será suscripta como máximo a los 5 (cinco) días hábiles de finalizada la obra que se encuentre en ejecución o a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Orden de Compra. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar la Obra de --------------------Menor Envergadura mencionada y a emitir las Ordenes de Compra, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar que las Ordenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido ---------------------en el articulo anterior se les aplicará lo establecido en el Articulo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”.----------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia General de ---------------------Grandes Consumidores, Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, a la Gerencia de Obras y a quienes más corresponda. Cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 300-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 27/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 770-C-18 Cpo. 01 referente a la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 15/19: “RED DE AGUA CALLE HERNANDARIAS 7751- JM LANDA”; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 71 y 76, la Gerencia General de Grandes Consumidores, envía al Area Contaduría para realizar la Imputación correspondiente de la Obra denominada “RED DE AGUA CALLE HERNANDARIAS 7751- JM LANDA” para que la misma sea tramitada a través de procedimiento para OBRAS DE MENOR ENVERGADURA encontrándose la Obra de referencia abonada en un 100%;
Que por Resolución de Directorio Nº 606/18 de fecha 02 de Noviembre de 2018 y Resolución de Directorio Nº 678/18 de fecha 30 de Noviembre de 2018, se aprueban las modificaciones presentadas en las Planillas de Items detallados para el Inc 7.3 y 8 y la actualización del presupuesto de mano de obra para Obras de Menor Envergadura;
Que por Resolución de Directorio Nº 107/19 se adjudicaron los precios unitarios cotizados por 04 (CUATRO) Cooperativas y 01 (UNA) PYMES a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA; COOPERATIVA DE TRABAJO A TRABAJAR LTDA, COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA y la firma BRUNA OSCAR OSVALDO;
Que en virtud de no contar por diversas cuestiones con disponibilidad, a la fecha, de las Cooperativas y Pymes que cotizaron oportunamente, se solicitó a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. cotizar Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red de Cloaca y Planilla de Precios de Mano de Obra para Obras de Menor Envergadura de Red Agua para realizar este tipo de Obras, atento a tener disponibilidad y antecedentes en las tareas encomendadas en la presente;
Que la firma mencionada en el considerando anterior ha dado cumplimiento con todo lo requerido en el Registro de Proveedores para Obras de Menor Envergadura de las Cooperativas y PYMES extendiéndose el Certificados de Inscripción en OSSE, presenta Planilla de Precios de Mano de Obra de acuerdo a los precios aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, Planilla de Cotización de Precios, Plano, Pliego y Planillas de Ítems Detallados de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura;
Que la Gerencia de Compras y Suministros aconseja adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 15/19: “RED DE AGUA CALLE HERNANDARIAS 7751- JM LANDA” a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. en la suma de en la suma de PESOS CIENTO CUATRO MIL SETECIENTOS TRECE CON 11/100 ($104.713,1), dado que cumplen con todo lo requerido;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 770-C-18 Cpo. 01 referente a la -------------------Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 15/19: “RED DE AGUA CALLE HERNANDARIAS 7751- JM LANDA”.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Adjudicar la Contratación Directa de Obra Art. 133 LOM Nº 15/19 a la firma NASARA -------------------CONSTRUCTORA S.A. los precios unitarios cotizados vigentes de Mano de Obra de Agua y Cloaca para Obras de Menor Envergadura aprobados por Resolución de Directorio Nº 107/19, dado que la misma cumple con todo lo requerido.-------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Plazo previsto para la finalización de los trabajos será de 21 (VEINTIUN) días -------------------corridos de suscripta el acta de inicio. El Acta de inicio será suscripta como máximo a los 5 (cinco) días hábiles de finalizada la obra que se encuentre en ejecución o a los 5 (cinco) días hábiles de notificada la Orden de Compra. -------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a asignar la Obra de --------------------Menor Envergadura mencionada y a emitir las Ordenes de Compra, de acuerdo a los precios unitarios cotizados y adjudicados.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar que las Ordenes de Compras emitidas de acuerdo a lo establecido ---------------------en el articulo anterior se les aplicará lo establecido en el Articulo 15 del Anexo I “Procedimiento para tramitación de cada Obra de Menor Envergadura en particular”.----------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a la Gerencia General de ---------------------Grandes Consumidores, Area Proyectos Institucionales de Agua y Cloaca, a la Gerencia de Obras y a quienes más corresponda. Cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 301-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 27/05/2019
Visto la exigencia de Constituir el Depósito de Garantía de Ejecución de Contrato, como así también el Depósito en concepto de Fondo de Reparo en los Pliegos de Bases y Condiciones por contrataciones que OSSE lleva adelante; y
CONSIDERANDO
Que los procesos de devolución de las Garantía enunciadas son llevados a cabo una vez que los Bienes y/o Servicios son recepcionados conforme la Orden de Compra emitida/el contrato y en el caso de la ejecución de Obras los trámites de Devolución se inician una vez que· los mismos cuentan con Recepción Provisoria para el coso de Fondo de Reparo y de Recepción Definitiva en el caso de la Garantía de Ejecución, Actas que son emitidas por los responsables de la ejecución del Contrato;
Que con el fin de agilizar teniendo en cuenta lo establecido en el considerando anterior se plantea la necesidad de delegar la firma de los actos administrativos en la persona del Sr. Vicepresidente de la Empresa Lic. Marcelo Scagliola;
Que la Ley Orgánica de las Municipalidades establece en sus artículos 181 y ccdtes que el Intendente está facultado a delegar los actos administrativos, enunciando las limitaciones no encontrándose este acto entre ellas;
Que la Tesorería consultó al Honorable Tribunal de Cuentas en el Marco de lo establecido en el artículo 21 de la Reglamentación de la Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas, sobre la posibilidad de delegar en forma transitoria "... las firmas de Ordenes de pago, cheques, transferencias de fondos, ordenes de devolución de garantías y declaraciones juradas de impuestos en la persona del Vicepresidente del ENTE ... ";
Que en la Respuesta emitida por el HTC se manifiesta que " ... la presidencia del ente puede hacer uso de las facultades que le otorgan al titular del Departamento Ejecutivo los artículos 181 y ccdtes de la LOM. con lo cual las resoluciones adoptadas por la dirección del organismo en su gestión gozan de igual validez jurídica que los actos administrativos ejecutados por la administración municipal, siendo factibles las delegaciones propuestas... "No obstante lo señalado en los párrafos anteriores se considera necesario aclarar a las autoridades consultantes que en función de la jurisprudencia obrante en este Organismo, el titular del ente, mas allá de la normativa vigente, asume una responsabilidad solidaria con el vicepresidente ... "
Que la Ordenanza Nº 7.446, en su Inc. f) Artículo 11 establece la facultad de delegar firmas;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Resoluciones 7.446 y 24132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DEL ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Delegar la función de Aprobar la Devolución de Depósitos en Garantía de -------------------adjudicación, Depósitos de Fondo de Reparo y de Ejecución de Contrato, al Vicepresidente Lic. Marcelo Scagliola, a través del dictado de la Resoluciones respectivas por los motivos expuestos, a partir de la firma de la presente. ---------------------
ARTICULO 2º: Regístrese, notiftquese y cúmplase.-------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 302-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 28/05/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Norte de la Gerencia de Producción, Ing. Carlos Joaquín NEGRI (CI 855) Función P-07, Clase XX, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encuentra ausente durante el periodo comprendido entre el día 27 de marzo de 2019 hasta el 17 de abril de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Roberto Carlos ROCHET (CI 737), Función P-07, Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Norte reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N °7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio al agente Roberto -------------------Carlos ROCHET (CI 737), Función P-07, Clase XIX, en la Función P-07, Clase XX, con atención y firma de la Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Norte de la Gerencia de Producción durante el periodo comprendido desde el día 27 de marzo de 2019 hasta el 17 de abril de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION Nº 303-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 28/05/2019
Visto la Licencia otorgada a la Sra. Gerente de Sistemas, Patricia Fabiana RODRIGUEZ (CI Nº546), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXII; y
CONSIDERANDO
Que la Sra. Gerente, Patricia Fabiana RODRIGUEZ (CI Nº546), se ausentará por el periodo comprendido desde el día 10 de junio de 2019 hasta el 26 de julio de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia antedicha;
Que el agente César Gabriel ZALAZAR (CI Nº561), Sub Gerente de Sistemas, Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXI, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio al agente César Gabriel -------------------ZALAZAR, Sub Gerente de Sistemas, (CI Nº561), Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXI, en la firma y atención de la Gerencia de Sistemas, Función P-07 (“Personal de conducción”), Clase XXII, durante el período comprendido desde el día 10 de junio de 2019 hasta el 26 de julio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al ---------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.----------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------- corresponda. - Cúmplase.-----------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 304-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 28/05/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, agente Diego Fernando LINES (CI 545) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 03 de junio de 2019 hasta el 14 de junio de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Miguel Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, Sub Jefe Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N °7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Miguel -------------------Ángel MAFFIA (CI 379), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XIX, en la atención y firma de la Jefatura de Agua y Cloaca Norte y Sur con asiento en Base Sur de la Gerencia de Producción, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, durante el periodo comprendido desde el día 03 de junio de 2019 hasta el 14 de junio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------
ARTICULO 2º: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION Nº 305-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA,
Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la Sra. Gerente de Gestión, Auditoría y Proyectos Especiales CP Natalia Alejandra MASSARO (CI Nº 409), y;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Gerente de Gestión, Auditoría y Proyectos Especiales se ausenta por el período comprendido desde el día 29 de abril de 2019 hasta el día 21 de mayo de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia antedicha;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que si bien en Acta de Directorio Nº 1220, de fecha 25/04 se decidió que al reemplazo lo realizara la Sra. Gerente de Sistemas Lic. Patricia Rodriguez, la decisión no fue comunicada, por lo que en la práctica el mismo fue realizado por la CP Claudia Marcela ALVAREZ (CI 876);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio a cargo de la Gerencia de -------------------Gestión, Auditoría y Proyectos Especiales, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXII, CP Claudia Marcela ALVAREZ (CI 876), Función P-07 Clase XX, Jefe de Auditoría de Gestión, en la atención y firma del despacho de la Gerencia de referencia, desde el día 29 de abril de 2019 hasta el día 21 de mayo de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no cumpliera --------------------efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: La erogación que demande el mencionado reemplazo será imputado -------------------- al objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese al Tribunal de ---------------------Cuentas y a quienes corresponda en la organización de Obras Sanitarias. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------
MAR DEL PLATA, 28/05/2019
Visto el Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que se considera conveniente designar una nueva conformación de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de trabajo interviniente en el Expte. 23.003/96 de trámite por ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación en representación de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E.;
Que la misma estará constituida por Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI 17.659.335; Lic. Walter Rubén DERBIZ (DNI 23.223.879); el Ing. Walter Darío VUILLERMOZ (DNI 17.036.036); la Sra. Patricia Mara ALGAMIZ (DNI 22.313.169); y el Ing. Luis Alberto MERIDA (DNI 13.616.282) como miembros titulares; y por los Dres. Alfredo Alejandro JOVTIS (DNI 8.104.137) y Pablo Sergio SZPYRNAL (DNI 21.909.557) como Asesores Letrados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar la nueva conformación de la Comisión Negociadora del
--------------------- Convenio Colectivo de trabajo interviniente en el Expte. 23.003/96 de trámite por ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación en representación de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E, quedando la misma constituida por el Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI 17.659.335; Lic. Walter Rubén DERBIZ (DNI 23.223.879); el Ing. Walter Darío VUILLERMOZ (DNI 17.036.036); la Sra. Patricia Mara ALGAMIZ (DNI 22.313.169); y el Ing. Luis Alberto MERIDA (DNI 13.616.282) como miembros titulares; y por los Dres. Alfredo Alejandro JOVTIS (DNI 8.104.137) y Pablo Sergio SZPYRNAL (DNI 21.909.557), encomendándose a estos últimos la comunicación de la presente en el Expte. Administrativo referido.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes
---------------------- corresponda.- Cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 307-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 29/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 655-C-19 Cpo.1 referente a los: “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES” y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Concurso de Precios Nº 43/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia habiendo presentado ofertas 2 (dos) firmas a saber: COOPERATIVA DE TRABAJO DEL PARQUE LTDA y NASARA CONSTRUCTORA S.A.;
Que a fs 58 la Gerencia de Producción informa que las propuestas cumplen con lo requerido en las Especificaciones Técnicas y agregan que el Concurso de referencia debe ser adjudicado a un único proveedor;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Concurso de Precios Nº 43/19 “SERVICIO AUXILIARES PARA CONEXIONES” a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($531.975,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $600.000,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 655-C-19 Cpo.1 ------------------ referente a los “SERVICIOS AUXILIARES PARA CONEXIONES”-------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 43/19 “SERVICIOS AUXILIARES -------------------- PARA CONEXIONES” a la firma NASARA CONSTRUCTORA S.A. por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO ($531.975,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial. -------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: El plazo previsto para la finalización de los trabajos será aproximadamente de ---------------------- DOS (02) meses corridos desde el día de suscripta el Acta de Inicio de Servicio, el que será prorrogado en caso que OSSE encomiende un plan de avance menor al previsto.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro ------------------- de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------
ARTICULO 5º: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los ------------------ cinco (05) días hábiles de notificada deberá dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 14 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-----------------
ARTÍCULO 6º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para los ------------------- renglones adjudicados indicados en el Art 2º en caso de ser necesario continuar con su adjudicación.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.--------------------------
ARTICULO 9º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras ------------------- a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.--
RESOLUCION Nº 308-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 29/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 181 -C-18 Cpos. 01 y 02 referente a la “ADQUISICION DE MATERIALES P/ SUMINISTRO ELECTRICO DEL CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N 605/18 de fecha 02 de Noviembre de 2018 se adjudicó la Licitación Privada Nº 05/18 Tercer Llamado de la siguiente manera: a la firma FOHAMA ELECTROMECANICA SRL. Renglón Nº 01 “Transformador Trifásico Encapsulado 13.2/0.4KV 1000kva” y Nº 02 “Transformador Trifásico Encapsulado 13,2/0.4KV 160KVA” en su oferta Bienes Nacionales por la suma total de PESOS NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS VENTIDOS CON 80/100 ($987.322,80) con impuestos incluidos y a la firma O.A.C.I. SA el renglón Nº 05 “Kit de terminal (3pts x kit) 15 Kv- 1x25 A 1x70” en su oferta Bienes Nacionales por la suma total de PESOS VENTIDOS MIL CINCUENTA Y DOS ($22.052,00) con impuestos incluidos haciendo un total de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 80/100 ($1.000.374,80), por cumplir con lo requerido en el pliego y ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE, Ordenes de Compra 666/18 y 665/18 respectivamente;
Que a fs. 349 la Gerencia de Servicios informa que las firmas FOHAMA ELECTROMECANICA SRL. y O.A.C.I. SA., han dado cumplimiento con todo lo requerido por dicha Gerencia según Ordenes de Compra Nº 666/18 y Nº 665/18;
Que a fs. 350 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra 666/18 y 665/18, pertenecientes a las firmas FOHAMA ELECTROMECANICA SRL y O.A.C.I. SA. se encuentran totalmente canceladas;
Que la firma OACI S.A. se encuentra exceptuada de efectuar el Depósito de Garantía de Adjudicación en virtud de lo establecido en el Articulo 14 de las Cláusulas Particulares del P.B. y C.;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 211 (fs. 339) de fecha 14 de Noviembre de 2018 perteneciente la FOHAMA ELECTROMECANICA SRL.
Que Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas FOHAMA ELECTROMECANICA -------------------- SRL. y O.A.C.I. SA. la Licitación Privada Nº 05/18.------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a a Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de --------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 211 (fs. 339) de fecha 14 de Noviembre de 2018 perteneciente la FOHAMA ELECTROMECANICA SRL; ------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Contaduría a los efectos de dar --------------------Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 309-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 29/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1261-C-2014 Cpos. 01 y 02 referente a la “ADQUISICIÓN DE MATERIALES P/MICROMEDICION A DISTANCIA S/ART. 140 ORD. Nº20654” y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 506/15 de fecha 08 de Junio de 2015 se resolvió Adjudicar el Nuevo Llamado de la Licitación Pública Nº 15/14 de la siguiente manera: a la firma O.A.C.I. S.A. los Renglones 2, 9, 16, 18, 19, 20, , 22, 28, 29, 30 y 31, en su oferta bienes nacionales y los Renglones 3, 4, 5, 6, 7 y 8, en su oferta básica bienes importados por la suma total de PESOS SETECIENTOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CON 60/100 ($700.858,60); a la firma CASA BLANCO S.A. los Renglones 1, 12, 17, 21, 23, 24, 25, 26, 27 y 32, en su oferta básica bienes nacionales, el Renglón 10 en su oferta alternativa bienes nacionales y el Renglon 11 en su oferta bienes importados por la suma total de PESOS DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE ($229.159,00); y a la firma TECNOELECTRICA S.A. los Renglones 13, 14 y 15 en su oferta bienes importados por la suma total de QUINCE MIL SETECIENTOS ($15.700,00) haciendo un total de PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON 60/100 ($945.717,60) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse las mismas por debajo del Presupuesto Oficia, Orden de Compra Ordenes de Compra 693/15, 692/15 y 714/15, respectivamente;
Que a fs. 457 la Gerencia de Servicios informa que las firmas O.A.C.I. S.A., CASA BLANCO S.A..y TECNOELECTRICA S.A, Orden de Compra Nº 693/15, 692/15 y 714/15 ha cumplido con todo lo requerido por esta Gerencia;
Que a fs. 458 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 693/15, 692/15 y 714/15 pertenecientes a las firmas CASA BLANCO S.A. y O.A.C.I. S.A respectivamente, se encuentran totalmente canceladas;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 249 (fs. 419) de fecha 12 de Junio de 2015, perteneciente a la firma CASA BLANCO S.A y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 258 (fs. 425) de fecha 16 de Junio 2015 perteneciente a la firma O.A.C.I. S.A ;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas CASA BLANCO S.A , O.A.C.I. -----------------------S.A y TECNOELECTRICA S.A,; el Nuevo Llamado de la Licitación Pública Nº 15/14---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito ---------------------- de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 249 (fs. 419) de fecha 12 de Junio de 2015, perteneciente Ala firma CASA BLANCO S.A y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 258 (fs. 425) perteneciente a la firma O.A.C.I. S.A;------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos ------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 310-2019 FIRMADA MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 29/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 561-C-18 Cpos. 1 y 2 referente a la “ADQUISICION DE CAJAS PVC P/MEDIDOR DE AGUA – AÑO 2018”, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 447/18 de fecha 24 de Agosto del 2018 (fs. 242) se resolvió Adjudicar la Licitación Privada Nº 10/18 Segundo llamado a la firma LEMOCHETE SA. por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA MIL CIENTO CINCUENTA Y CUATRO CON 56/100 ($870.154,56) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE Orden de Compra 520/18;
Que a fs. 252 la Gerencia de Producción informa que la firma LEMOCHETE SA. Orden de Compra Nº 520/18 ha cumplido con todo lo requerido por esta Gerencia;
Que a fs. 253 el Area Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 520/18 perteneciente a LEMOCHETE SA. se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósitos de Garantía de Adjudicación a la firma LEMOCHETE SA. según el siguiente detalle: Recibo Oficial Nº 156 (fs. 233);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma LEMOCHETE SA la Licitación --------------------Privada Nº 10/18 (Segundo Llamado).-----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito
-------------------- de Garantía de Adjudicación a la firma LEMOCHETE S.A. según el siguiente detalle: Recibo Oficial Nº 156 (fs. 233) de fecha 31/08/18--------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ---------------------efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 311-2019 FIRMADA
MARCELA SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto la Ordenanza Nº 24.119, articulo 20, implementación de Sorteos Semestrales para los usuarios que adhirieron a la Factura Digital;
CONSIDERANDO
Que a partir del 1ro. de febrero del año 2015 se implemento en el Sistema de Gestión Comercial de OSSE el módulo que permite realizar las adhesiones al envío de las facturas en forma digital;
Que es necesario fijar las fechas de realización de los sorteos;
Que es necesario continuar con la difusión del plan de adhesión y de los dos sorteos que se realizarán para premiar a los usuarios que se adhieran a la factura digital;
Que el Departamento de Informática deberá realizar los procesos que permitan seleccionar las cuentas para el sorteo;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar las fechas límites de adhesión para cada sorteo y la fecha de los -------------------- sorteos, las cuales se detallan a continuación:
Sorteos |
Fecha límite de adhesión |
Fecha del Sorteo |
Sorteo 1 |
30/06/2019 |
26/07/2018 |
Sorteo 2 |
31/12/2019 |
24/01/2020 |
ARTÍCULO 2º: Encomendar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la difusión del -------------------- plan de adhesión y lo referente a los sorteos que se realizarán.
ARTÍCULO 3º: Encomendar al Departamento de Informática la realización de los ------------------- procesos que permitan seleccionar las cuentas para el sorteo.
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes -------------------- correspondan y cúmplase.-----------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 312-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 960-C-2018 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION DE ELECTROBOMBAS P/POZO Nº307 Y 229” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 629/18 de fecha 13 de Noviembre se adjudicó el Concurso de Precios Nº 61/18 a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A. en su Oferta de Bienes Nacionales por la suma total de PESOS DOSCIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 52/100 ($211.487,52), con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el Pliego. Orden de Compra Nº 686/18
Que a fs. 101 La Gerencia de Servicios informa que la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A. , ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 686/18.
Que a fs.102 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 686/18 perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A., se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 220 (fs.93) de fecha 29 de Noviembre de 2018 perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Da por cumplimentado a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A.-------------------- el Concurso Nº 61/18.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de --------------------Garantía de de Adjudicación Recibo Oficial Nº 220 (fs.93) de fecha 29 de Noviembre de 2018 perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A.--------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos --------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 313-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 936-C-2018 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION DE ELECTROBOMBAS P/POZO Nº66, Nº67, Bº SANTA ROSA DEL MAR, Bº BOSQUE PERALTA RAMOS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 269/18 de fecha 01 de Junio de 2018 obrante a fs. 51 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 60/18 de la siguiente manera: el renglón 2 a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP S.A. en su Oferta de Bienes Nacionales por la suma total de PESOS CIENTO CINCO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CON 76/100 ($105.743,76), con impuestos incluidos y los renglones 1, 3 y 4 a la firma MOTORARG S.A.I.C.F.I.A. en su Oferta de Bienes Nacionales por la suma total de PESOS NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO ($94.865,00) con impuestos incluidos, haciendo un total de PESOS DOSCIENTOS MIL SEISCIENTOS OCHO CON 76/100 ($ 200.608,76) con impuestos incluidos, por ser sus ofertas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el Pliego.Ordenes de Compra Nº 680/18 Y 678/18 respectivamente
Que a fs. 80 la Gerencia de Apoyo Administrativo dependiente de la Gerencia de Producción, informa que la firma REDISAN S.R.L., ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 341/18;
Que a fs. 82 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 341/18 perteneciente a la firma REDISAN S.R.L se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 111 (fs. 65) de fecha 12 de Junio de 2018, perteneciente a la firma REDISAN S.R.L.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 22.962 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma REDISAN S.R.L el Concurso de --------------------Precios Nª 27/18.-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de --------------------Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 111 (fs. 65) de fecha 12 de Junio de 2018, perteneciente a la firma REDISAN S.R.L..---------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos ------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 314-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 211-C-18 Cpos. 01 referente al “SERVICIO REPARACION SISTEMA DE ELASTICOS AÑO 2018” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 150/18 de fecha 27 de Marzo de 2018 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 08/18 a la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L. por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS ($144.300,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra Nº 163/18;
Que a fs. 151 el Área Mant. de Equipos y Maquinarias Rodantes informa que la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L. ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 163/18;
Que a fs.152 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 163/18 perteneciente a la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L. se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 56 (fs.47) de fecha 11 de Abril de 2018 perteneciente a la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L ---------------------.el Concurso Precios Nº 08/18.-------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de --------------------Garantía de Adjudicación: Recibo Oficial Nº 56 (fs.47) de fecha 11 de Abril de 2018 perteneciente a la firma ELASTICOS MONTOYA S.R.L ---------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos --------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 315-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1530-C-17 Cpo. 01 referente al “SERVICIO TRASLADO DE CAUDALES: RETIRO DE FONDOS CON PROVISION DE CAMBIO”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 514/17 de fecha 02 de Octubre de 2017 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 39/17 a la firma TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A. por la suma total de PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL CUATROCIENTOS NUEVE ($418.409,00), con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE y ser igual al Presupuesto Oficial, Orden de Compra 607/17;
Que a fs. 154 el Área Tesorería informa que la firma TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A, ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 607/17;
Que a fs. 155 el Area Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 607/17 perteneciente a la firma TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 256 (fs. 133) de fecha 04 de Diciembre de 2017 perteneciente a la firma TRANSPORTADORA DE CAUDALES JUNCADELLA S.A;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma TRANSPORTADORA DE -------------------CAUDALES JUNCADELLA S.A la Orden de Compra 607/17 ------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito de ------------------- Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 256 (fs. 133) de fecha 04 de Diciembre de 2017 perteneciente a la firma JUNCADELLA S.A.-------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los -------------------- efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.-----------------------------------------
RESOLUCION Nº 316-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
VISTO la Resolución Nro. 734-18, y
CONSIDERANDO
Que en su Artículo 2º, fija en la suma de Pesos diez mil ($10.000) el monto destinado a Tesorería para ser utilizado para “Cambio de Cajeros”;
Que la Tesorería de OSSE solicita autorizar el incremento de dicho monto en la suma de Pesos diez mil ($ 10.000) manifestando que esto implicaría disponer de un total de Pesos de Pesos veinte mil ($20.000) para ser utilizado como fondo de cambio por los cajeros;
Que dicho monto fue establecido en el año 2012, y teniendo en cuenta el proceso inflacionario registrado en los últimos tiempos, la entrada en circulación de billetes de mayor denominación, y el volumen de operaciones que se cobran en efectivo, se hace necesario adecuar el valor del mencionado concepto;
Que la Contaduría informa que no existe observaciones que formular a dar curso a lo solicitado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7446, y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Modifíquese a partir de la fecha el monto indicado a - - - - - - - - - - -continuación que podrá tener en caja la Tesoreria de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E., para ser aplicado al “Cambio de Cajeros” que a continuación se detalla:
Concepto |
|
Importe Actual |
Ampliación/ Disminución tramitada |
Importe final |
Cambio de Cajeros |
$ |
10.000 |
10.000 |
20.000 |
Totales |
|
10.000 |
10,000 |
20,000 |
ARTICULO 2º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes - - - - - - - - - - - corresponda y cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 317-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 30/05/2019
Visto el Expediente Administrativo Nº 681-A-2019 Cuerpo I, caratulado "PAGO SENTENCIA BRAVO ELSA ELENA C/OSSE", y
CONSIDERANDO
Que en los autos caratulados "BRAVO ELSA ELENA C/OSSE-OBRAS SANITARIAS SOC DEL ESTADO MP Y OTRO S/DAÑOS Y PERJUICIOS" , Expte. Nº 3143-09, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 de este Depto. Judicial, la Sra. Elsa Elena Bravo entabló demanda contra OSSE por la suma de $ 82.000.- en concepto de daños y perjuicios a causa de haber sufrido una caída el día 20/02/2007 aproximadamente a las 11.30 horas, al trastabillar con un escalón ubicado en la escalera de acceso a las instalaciones de la Agencia Comercial de OSSE en la Plaza del Agua.-
Que el monto de demanda comprendía los perjuicios invocados por los rubros daño emergente (involucrando gastos terapéuticos, por traslado y por atención médica), lucro cesante,incapacidad sobreviniente, pérdida de chance laboral, daño moral y daño psicológico, con más lo que pudiere corresponder en concepto de intereses y costas.
Asimismo, el fundamento de atribución de responsabilidad invocado por la actora radicó básicamente en dos cuestiones, a saber: la atribución de la calidad de cosa riesgosa del peldaño o escalón que diera lugar a la caída productora de los perjuicios reclamados (responsabilidad objetiva por el riesgo de la cosa, en el caso, el escalón de acceso a la Agencia de OSSE); y en segundo lugar, que por resultar la actora "usuaria" al ocurrir el hecho en ocasión de pretender ingresar a las oficinas comerciales de OSSE, pesa sobre esta última el "deber de seguridad" emergente de la Ley 24.240 de la Ley de Defensa del Consumidor.
Que OSSE contestó la demanda y ofreció prueba, desconociendo las circunstancias de hecho alegadas y consecuentemente la existencia de los presupuestos de responsabilidad, como asimismo la presencia de los daños invocados y la cuantía de los mismos.-
Producida la prueba y certificado el término probatorio, el 14 de diciembre de 2016 el Juez de Primera Instancia dictó sentencia rechazando la demanda, entendiendo no haber acreditado la actora la intervención activa del escalón en cuestión, como cosa riesgosa, como tampoco su condición de usuaria del servicio sanitario al momento del hecho.-
Que apelado el fallo por la actora, la Sala 3 de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Departamental dictó sentencia revocando el mismo. Dicha sentencia hizo lugar a la demanda por entender aplicable al caso el régimen de defensa del consumidor teniendo por acreditada la condición de usuaria de la Sra. Bravo en la situación de hecho que diera lugar al accidente, señalando que rige una presunción en favor de la actora respecto de la acreditación de las circunstancias de hecho (el accidente) y los perjuicios sufridos, todo ello por aplicación del régimen protectorio consumeril; condenando consecuentemente a OSSE a abonar a la actora la suma de $ 99.500.-
En virtud de ello, la actora practicó liquidación el 24/04/2019 conforme los parámetros establecidos en la sentencia de segunda instancia, arribando la misma a la suma de Pesos Ciento Noventa y Seis Mil Ciento Veintisiete con treinta y tres centavos ($ 196.127,33.-) liquidación que ha sido aprobada en la audiencia simplificadora convocada por el Juez y realizada el día 15 de mayo de 2019.-
En lo que respecta a las costas judiciales, las de Primera Instancia han sido reguladas por el Juez interviniente en la audiencia simplificadora referenciada. En tal sentido, los honorarios regulados al abogado de la actora - a excepción de los correspondientes a la incidencia de fs 399/400- y los fijados para el perito médico Dr Mario Osmar Cardoso, han sido apelados, por lo que aún no se encuentran firmes;
En relación a los honorarios regulados a la Perito Psicóloga Lic. Norma Martínez Castrillón, los mismos han sido regulados en la suma de Pesos Cuatro Mil Setecientos Ochenta y siete con 17/100 ( $ 4.787,17.-) con más los aportes de ley ($ 478,71.-) ascendiendo a un total de $ 5.266.-
Finalmente, en relación a las costas judiciales, las regulaciones de honorarios por la actuación en Segunda Instancia de los abogados intervinientes se encuentran pendientes, las que serán diferidas al momento de su regulación por la Excma. Cámara Departamental.-
A tenor de lo expuesto, OSSE debe abonar la suma de Pesos Ciento Noventa y Seis Mil Ciento Veintisiete con treinta y tres centavos ($ 196.127,33.-) en concepto de liquidación aprobada en autos y en los plazos consignados en la audiencia simplificadora realizada por el Juez Dr. Benvenuto Vignola en fecha 15/05/2019 (dentro de los treinta días a partir de dicha fecha).-
Asimismo, y en el mismo plazo, deberán depositarse los siguente importes: 1).-Pesos Un Mil ( $1.000.-) por concepto de regulación incidencia fs. 399/400 en favor de Dr. Julio Cesar Martín, con más aportes previsionales e IVA (atento su condición de responsable inscripto); 2).-Pesos Cuatro Mil Setecientos Ochenta y Siete con 17/100 ( $ 4.787,17) correspondiente a honorarios profesionales regulados a la perito psicóloga Lic. Norma Martínez Castrillón. con más aportes previsionales (10%). 3).-Pesos $ 4.315 .- en concepto de tasa de justicia, y $ 431,50 en concepto de sobretasa de justicia.-
El pago deberá efectivizarse mediante depósito a la cuenta judicial que se encuentra abierta en el Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales de la ciudad de Mar del Plata a nombre de los autos caratulados "BRAVO ELSA ELENA C/OSSE-OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MP S/DAÑOS Y PERJUICIOS", Expte. Nº 3143-09, de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº3 del Departamento Judicial de Mar del Plata.-
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar el pago, mediante depósito a la cuenta judicial Nº 849950/5 en -------------------Pesos, CBU 01404238-2761028499505/2 abierta, a la orden de los autos caratulados "BRAVO ELSA ELENA C/OSSE-OBRAS SANITARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO MP Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJUICIOS" Expte. Nº 3143-09, ante el Juzgado de Promera instancia en lo Civil y Comercial Nº3 del Departamento Judicial de Mar del Plata; de la suma de PESOS CIENTO NOVENTA Y SEIS MIL CIENTO VEINTISIETE CON TREINTA Y TRES CVOS $ 196.127,33 en concepto de liquidación aprobada el 15/05/2019.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar el depósito a la cuenta judicial indicada en el artículo anterior, --------------------de los siguientes conceptos: 1).-Pesos Un Mil ( $1.000.-) por concepto de regulación incidencia fs. 399/400 en favor de Dr. Julio Cesar Martín, con más aportes
previsionales e IVA 21% (atento su condición de responsable inscripto); 2).-Pesos Cuatro Mil Setecientos Ochenta y Siete con 17/100 ( $ 4.787,17) correspondiente a honorarios profesionales regulados a la perito psicóloga Lic. Norma Martínez Castrillón, con más aportes previsionales (10%). 3).-Pesos $ 4.315 en concepto de tasa de justicia, y $ 431,50
en concepto de sobretasa de justicia.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Imputar los pagos indicados en los artículos precedentes al objeto del -------------------gasto 3.8.4. Multas, Recargos y gastos Judiciales, de la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000, Categoría programática 01.00.09 Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, bien 033.752.001.010 Servicio de gastos y sentencias judiciales.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes corresponda y cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 318-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 31/05/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 232-C-19 Cpos. 01 y 02 referente al “SERVICIO TRANSPORTE Y CARGA – ABRIL A OCTUBRE DE 2019”;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 298/19 de fecha 27/05/19 se autorizó, entre otro, a la Oficina de Compras a efectuar un nuevo llamado a MEJORA DE PRECIOS para el renglón Nº 04 (pick Up) de la Licitación Pública Nº 02/19 2º llamado para el oferente VINITZKY CLAUDIO;
Que según surge del Acta de Apertura de fecha 28/05/19 (fs. 397) el oferente VINITZKY CLAUDIO presenta nota mejorando el valor cotizado para el renglón Nº 4, quedando el precio definitivo para dicho renglón en $336,00 la hora;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Acta de reunión obrante a fs 401 indica que, teniendo en cuenta lo informado por la Gerencia de Recursos Hídricos a fs 390 y a la mejora realizada por el oferente aconseja ADJUDICAR el renglón Nº 4 de Lunes a Viernes Turno mañana al oferente VINITZKY CLAUDIO con el vehículo TOYOTA HILUX 4X4 DOBLE CABINA MODELO 2011 PATENTE JTZ 471 a un valor unitario de $336 la hora;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras, en un todo de acuerdo a lo aconsejado por la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación, recomienda ADJUDICAR el renglón Nº 04 (pick Up) de la Licitación Pública Nº 02/19 2º llamado al oferente VINITZKY CLAUDIO con el vehículo TOYOTA HILUX 4X4 DOBLE CABINA MODELO 2011 PATENTE JTZ 471 a un valor unitario de $336 la hora por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 395 obrantes en el --------------------Expediente N° 232-C-19 Cpos 01 y 02 referente al “SERVICIO TRANSPORTE Y CARGA – ABRIL A OCTUBRE DE 2019” -----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: ADJUDICAR el renglón Nº 04 (pick Up) de la Licitación Pública Nº 02/19 ---------------- 2º llamado al oferente VINITZKY CLAUDIO con el vehículo TOYOTA HILUX 4X4 DOBLE CABINA MODELO 2011 PATENTE JTZ 471 a un valor unitario de $336 la hora.----------------
ARTICULO 3°: Autorizar al Área Contaduría a modificar la fuente de financiamiento de la ------------------presente adjudicación de Fondos Propios (1.2.0) a Origen Municipal (1.3.1).-------------
ARTÍCULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------------------------
ARTICULO 5º: La Oficina de Compras comunicará al adjudicatario que dentro de ----------------- los cinco (5) días hábiles de notificado deberá presentar la documentación requerida en el Art. 13 de las Cláusulas Particulares. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: El plazo de prestación del servicio comenzará a partir de la notificación -------------------- de la Orden de Compra al adjudicatario y finalizará en el mes de OCTUBRE de 2019 o hasta agotar las horas contratadas de servicio efectivo del vehículo, pudiendo OSSE hacer uso de la Opción prevista en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del PByC.------------------------------------------
ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste de la imputación ------------------- preventiva en virtud de exceder la oferta adjudicada el Presupuesto Oficial.--------------
ARTICULO 9°: Notificar a los oferentes de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------
ARTICULO 10°: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a la Oficina de Compras a ------------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------
RESOLUCION Nº 319-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 03/06/2019
Visto la Ordenanza Nro. 23.918, a través de la cual la Municipalidad del Partido de General Pueyrredon y Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. adhieren al Decreto Provincial Nº 367/17E y su reglamentación, como normativa aplicable para el Régimen de Redeterminación de Precios a observar en los Contratos de Obra Pública regidos por la Ley Provincial Nº 6021; y
CONSIDERANDO
Que el citado Decreto establece la derogación del decreto 2113 y sus modificaciones y aprueba una nueva metodología de Redeterminación de Precios de contratos de Obra Pública pudiendo ser aplicado a su vez a los contratos vigentes;
Que en virtud de lo expuesto corresponde modificar los artículos del Pliego de Bases y Condiciones cláusulas particulares para las licitaciones por venir que establecen la aplicación de esta metodología, así como también elaborar el procedimiento a seguir para el caso de obras en curso;
Que se designó una comisión bajo el número de Resolución de Directorio 114-2019 para la redacción de los nuevos artículos en consonancia con la nueva metodología;
Que la comisión designada remitió las conclusiones del tema al Directorio con fecha 08 de Abril;
Que en las conclusiones la comisión indicó que respecto a la elaboración del proceso de automatización de las redeterminaciones encomendado, la Gerencia de Sistemas está trabajando en la elaboración de un software, que se han realizado relevamientos en las distintas Gerencias respecto de la metodología actual y se continúa con la etapa de análisis de los nuevos criterios y el diseño correspondiente, para luego llevar adelante el desarrollo e implementación;
Que el Directorio a foja 26 del expediente 287/C/2019, toma conocimiento y solicita se continúe con la tramitación;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1 º: Aprobar el Anexo I de la presente en el que se detalla la nueva ----------------------Redacción de los artículos de Redeterminación del Pliego de Bases y Condiciones cláusulas particulares de Obra Pública----------------------------------------------
ARTICULO 2º : Aprobar el Anexo II de la presente en la que se detalla el ----------------------Procedimiento para la implementación de la Metodología de Redeterminación en un todo de acuerdo a lo consignado en el Decreto Provincial número 367 -2017. --------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º : Autorizar a la Gerencia de Compras y Suministros a adecuar el ------------------- Procedimiento para la implementación de la Metodología de Redeterminación del Anexo II de la presente Resolución con los cambios que surjan luego de la implementación del mismo. Por disposición de la Gerencia de Compras y Suministros se comunicará al Sr. Presidente de Obras Sanitarias las modificaciones que surjan efectuar, las que deberán contar con la autorización del Directorio para su implementación. -----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º : Encomendar a la Gerencia de Sistemas que desarrolle un software que ------------------- sistematice la aplicación de la nueva normativa, en un plazo de 6 (seis) meses a partir de la firma de la presente. ------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º : Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a la Contaduría, -------------------- Gerencia de Compras y Suministros, Gcia de Asuntos Judiciales Administrativos y Contencioso Administrativo, Gcia de Planeamiento y Obras, Gcia Gral de Coordinación y Contralor y Gcia de Sistemas. Cúmplase.-------------------------------------
RESOLUCION Nº 320-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
Será de aplicación el Decreto Nº 367/17 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza 23918, la Resolución 235-E-2017 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, las demás Resoluciones correspondientes que al respecto dicte dicho organismo y toda otra legislación vigente que lo reglamente. Todo ello se considera integrante del Pliego, así como toda aquella normativa que en el futuro la reemplace.
Los precios del contrato, correspondientes a la obra faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados cuando los costos de los factores principales que los componen, reflejen una variación promedio ponderada de precios superior en un cinco por ciento (5 %) a los del contrato, o al surgido de la última redeterminación, según corresponda. Para su cálculo, en la Revisión Inicial, la variación será obtenida por diferencia entre el mes de la fecha de apertura de propuestas del SOBRE 1 y el mes donde se supere el cinco por ciento (5 %). En el caso de las revisiones posteriores, deberán contrastarse el mes de variación de la revisión previa contra aquel mes que supere dicho porcentaje.
Las redeterminaciones de precios se tramitarán mediante la Solicitud correspondiente, acreditando fehacientemente la incidencia (variación de precios) de los mayores precios de los insumos de obra, acompañando toda la documentación que acredite tal circunstancia, según se establece en el presente Pliego.
La Contratista podrá solicitar la Adecuación Provisoria de precios según se estipula en el presente Pliego y en el Decreto 367-17 y Resoluciones correspondientes del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, manifestando su adhesión a dicho régimen mediante la presentación de la nota según el modelo respectivo que consta en el Anexo II de la Resolución 235-E-2017 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos.
A los efectos de la confección de Adecuaciones Provisorias, se tomará la siguiente estructura de ponderación de insumos principales:
ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN DE INSUMOS PRINCIPALES: |
||
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INSUMO |
FUENTE |
Desagües Cloacales |
Mano de Obra |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC a) |
% |
Caños de PVC |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC h) |
% |
Equipo - amortización de equipo |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC j) |
% |
Aceros - Hierro aletado |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC m) |
% |
Costo Financiero |
TNA ACTIVA BNA |
% |
Gastos Generales |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC p) |
% |
Hormigón elaborado |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC s) |
% |
Electrobomba trifásica 7,5 HP |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC v) |
% |
Membrana imp. Polietileno |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC w) |
% |
TOTAL |
|
100.00% |
El cálculo de revisión de precios y los montos por abonar deberán ser efectuados utilizando a modo ilustrativo el cuadro que a continuación se detalla:
CUADRO PARA EL ANALISIS DE LA VARIACION PORCENTUAL: |
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A |
B |
C |
D |
E |
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Mes Base |
Mes Actual |
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INSUMO |
FUENTE |
Desagües Cloacales |
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|
Coef. |
Variación |
Mano de Obra |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC a) |
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#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Caños de PVC |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC h) |
|
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|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Equipo - amortización de equipo |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC j) |
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|
|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Aceros - Hierro aletado |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC m) |
|
|
|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Costo Financiero |
TNA ACTIVA BNA |
|
|
|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Gastos Generales |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC p) |
|
|
|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Hormigón elaborado |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC s) |
|
|
|
#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Electrobomba trifásica 7,5 HP |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC v) |
|
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#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
Membrana imp. Polietileno |
Art.15 DECRETO 1295/2002 INC w) |
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#¡DIV/0! |
#¡DIV/0! |
TOTAL |
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0.00% |
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VARIACIÓN DE REFERENCIA |
#¡DIV/0! |
Donde:
A = Porcentaje de incidencia del tipo de ítem dentro de la presente categoría de obra.
B = Base mes de apertura del SOBRE 1 de ofertas, de acuerdo a los índices publicados en el INDEC (en el caso de la Revisión de Precios Inicial). En revisiones posteriores, corresponderá al mes de la Revisión última en el cual se superara el 5%.
C = Mes en el que se produce la variación superior al 5%, de acuerdo a los índices publicados en el INDEC.
D = Resultado de efectuar la división de C/B.
E = Resultado de aplicar D multiplicado por A, el cual dará el porcentaje de variación total.
Las Adecuaciones Provisorias serán equivalentes al 80% de la Variación de Referencia.
Aprobada la Adecuación Provisoria, se celebrará el Acta de Adecuación Provisoria de Precios, y cumplidos los requisitos formales, la Contratista presentará el certificado de cada uno de los meses afectados por dicha adecuación y la factura correspondiente. A partir de esta presentación, OSSE dispondrá de 20 días hábiles administrativos para hacer efectivo el pago.
En el caso de que la Contratista haya optado por la Redeterminacion definitiva sin adherir al régimen de adecuación provisoria la Contratista deberá presentar ante OSSE la nota de solicitud según el modelo respectivo que consta en el Anexo III de la Resolución 235-E-2017 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos con el cálculo correspondiente a la Redeterminación de Precios definitiva. La solicitud deberá ser ingresada hasta 90 días posteriores a la fecha de firma del Acta de Recepción Provisoria de la Obra.
Los Análisis de Precios que deben presentar los Oferentes como parte de su propuesta, deberán adecuarse al modelo del Anexo IV (Planillas de I a V) del Pliego de Bases y Condiciones. Los valores de referencia (VR) o código INDEC que deben incluirse en la Planilla V del Anexo IV, serán los indicados en el Anexo B (Valores de Referencia) del Decreto Nº 367/17 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, que se anexa.
Se dejan sin efecto los Anexos I, II y III del Pliego de Bases y Condiciones Generales.
Cuando los análisis de precios a elaborar por los Oferentes deban incluir insumos no listados en el Anexo B (Valores de Referencia) del Decreto Nº 367/17, deberán solicitar a OSSE dentro del plazo previsto para efectuar consultas, la determinación del valor de referencia que se adoptará acompañando una propuesta que asimile el insumo a incluir a otro/s que se encuentren listados. En el mismo sentido, cuando deban incluir insumos que requieran VR compuestos que no hayan sido determinados por OSSE en el presente artículo, deberán solicitar su determinación en idéntico plazo que el mencionado precedentemente, acompañando su propuesta.
Regirán los siguientes VR compuestos:
VR Hº Elab. = 0,50 (VR 31) + 0,15 (VR 9) + 0,30 (VR 3) + 0,03 (VR 79) + 0,02 (VR 78)
VR Hº Pobre = 0,45 (VR 31) + 0,20 (VR 9) + 0,30 (VR 3) + 0,03 (VR 79) + 0,02 (VR 78)
VR M.D.C. = 0,40 (VR 31) + 0,30 (VR 9) + 0,05 (VR 63) + 0,10 (VR 80) + 0,15 (VR 78)
Los Oferentes no tienen libertad para proponer V.R. o V.R.C. representativos para los insumos de obra. Únicamente podrán proponerlos cuando se trate de insumos de obra respecto de los cuales no hubieren sido previstos en la reglamentación o en el Pliego V.R. o V.R.C. representativos, pero en cualquier caso éstos requerirán la previa aprobación de OSSE, debiendo solicitarse la misma en el plazo indicado anteriormente. Si fueren incluidas en las ofertas V.R. o V.R.C. representativos no aprobados, prevalecerán los especificados en la reglamentación o en el Pliego. Si no hubieren sido especificados, los determinará OSSE de oficio en su oportunidad, emplazando a la Contratista a que los acepte por escrito bajo apercibimiento de considerarse desistido el pedido de Redeterminación Definitiva de precios.
Celebrada el Acta de Redeterminación de Precios Definitiva, y cumplidos los requisitos formales en relación a la aprobación de la redeterminación, cuando corresponda aplicar los precios redeterminados según las condiciones establecidas en este artículo, la Contratista presentará los certificados de obra con los nuevos valores según Acta y la factura correspondiente. A partir de esta presentación, OSSE dispondrá de 20 días hábiles administrativos para hacer efectivo el pago.
Cuando la diferencia entre el porcentaje de avance de obra acumulado previsto en el Plan de Trabajos e Inversiones Vigente y el porcentaje de avance de obra acumulado sea superior al diez por ciento (10 %), por causas imputables a la Contratista, se rechazará sin más trámite la solicitud de Adecuación Provisoria o Redeterminación Definitiva presentada, liquidándose a los valores de contrato establecidos en la última Adecuación Provisoria o Redeterminación Definitiva aprobada, sin perjuicio de las penalidades que pudieren corresponder.
ANEXO II
Procedimiento para la implementación de la Metodología de Redeterminación según Resolución de la Pcia 367/17, Resolución 235/17, Ordenanza 23918 Gral. Pueyrredon. |
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1) La presente Metodología se aplicará a los Contratos de Obras Públicas regidos por la ley 6021 a aquellas ofertas presentadas con posterioridad a la entrada en vigencia del decreto 367/2017 ( entrada en vigencia s/ ordenanza 01/2019) (anexo I art1 decreto 367). |
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2) Los precios de los contratos, correspondientes a la Obra faltante a ejecutar podrán ser redeterminados A SOLICITUD DE LA CONTRATISTA, cuando EL COSTO DE LOS FACTORES PRINCIPALES ( Materiales, M.O., Amort. Equipos, otros) refleje una variación promedio ponderada superior al 5%. (anexo I art. 2/4 Decreto 367/art.1 de Resolucion Pcia 235/17). |
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3) El precio de los contratos se ajustará a partir del mes en que los costos hayan tenido una variación (anexo I art5 decreto 367). |
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4) Los índices a utilizar serán los informados por el INDEC o los aprobados por el comitente en caso de que no estén relevados por el INDEC. |
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5) Deberá incluirse en el Pliego de Bases y Condiciones por parte de OSSE (Gcia. de Obras , Área Computo Presupuesto) LA ESTRUCTURA DE PONDERACIÓN DE LOS FACTORES PRINCIPALES Y LA FUENTE DE INFORMACIÓN DE LOS ÍNDICES O PRECIOS CORRESPONDIENTES. (anexo I art. 7 decreto 367). |
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6) El acopio de materiales o el anticipo financiero no estará sujeta a la Redeterminación a partir de su efectivo pago (anexo I art. 14 decreto 367). |
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CONTRATISTA |
GERENCIA DE OBRAS |
CONTADURÍA |
GERENCIA DE ASUNTOS JUDIC. y ADM. |
DIRECTORIO |
GCIA DE COMPRAS Y SUMINISTROS |
Readecuación Provisoria: Res 235/17 capitulo III- Plazo para el procedimiento: 30 días desde el inicio hasta la aceptación o denegación. ( art. 16 res 235). |
|||||
La Contratista podrá optar por las readecuaciones provisorias sucesivas. En este caso la Redeterminacion definitiva se realizará al finalizar el contrato (res 235 anexo I art 1). En el caso de que la contratista solicite un período distinto y este sea aprobado podrá darse lugar a una periodicidad distinta. |
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NOTA, modelo Anexo II, manifestando la adhesión a la metodología de adecuación provisoria.(Res235 cap III art 19) |
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Solicitud de la readecuación de precios.(A) |
Recepción de (A) |
Evaluación de (A) |
REDACCIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN |
FIRMA DE RESOLUCIÓN Y ACTA |
Antes de la firma de Resolución la Gcia de Compras y Suministros notificará a la Contratista los valores o % determinados para que esta de conformidad. SOLICITUD A LA CONTRATISTA PARA QUE INTEGRE LAS GARANTÍA POR ESE MAYOR VALOR Y EMISIÓN ORDEN DE COMPRA |
CONTRATISTA |
GERENCIA DE OBRAS |
CONTADURÍA |
GERENCIA DE ASUNTOS JUDIC. y ADM. |
DIRECTORIO |
GCIA DE COMPRAS Y SUMINISTROS |
LÍMITE PARA PODER PRESENTAR Las solicitudes de adecuación provisoria podrán ser presentadas hasta 30 días CORRIDOS A LA FECHA DE TERMINACIÓN DE CONTRATO. VENCIDO DICHO PLAZO NINGUNA SOLICITUD SERÁ APROBADA (Res235 cap III art15). |
Evaluación: a- Que la contratista no se encuentre atrasada. Deberá remitir a Contaduría un informe al respecto. b- Que (A) se haya presentado dentro del plazo correspondiente |
Se verificará: a- la procedencia de (A) b- que la ponderación de precios presentada este de acuerdo al pliego o en caso de que no este en el pliego a la ponderación aprobada. c- Los índices utilizados s/ pliego. d- que la variación sea superior al 5%. e- fecha desde cuando se reconocerán mayores costos. f- % de variación que deberá aprobarse.
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GENERACIÓN DE INFORME |
REDACCIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN : 1-Acta : a-se declarará que se han dado todos los requisitos legales, b- se determinará la variación a aplicar sobre obra faltante a ejecutar. c-Fecha desde cuando se aplicará. |
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Cuando la Solicitud resulte improcedente por no cumplir con la normativa aplicable se rechazará la petición debiendo emitirse acto administrativo pertinente. (Orden de Servicio) |
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REDETERMINACION DEFINITIVA : Res 235/17 capítulo IV- La solicitud deberá ser ingresada hasta 90 días corridos desde la fecha del Acta de recepción provisoria de la Obra. ( art 24 2º párrafo) |
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Solicitud de la readecuación de precios Definitiva.(B) sin adherir a la readecuación provisoria (A) presentar nota según modelo anexo III y la documentación en soporte magnético |
Recepción de (B) |
Evaluación de B) |
REDACCIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN |
FIRMA DE RESOLUCIÓN Y ACTA |
Antes de la firma de Resolución la Gcia de Compras y Suministros notificará a la Contratista los valores o % determinados para que esta de conformidad. EMISIÓN ORDEN DE COMPRA Y SOLICITUD A LA CONTRATISTA PARA QUE INTEGRE LAS GARANTÍA POR ESE MAYOR VALOR |
CONTRATISTA |
GERENCIA DE OBRAS |
CONTADURÍA |
GERENCIA DE ASUNTOS JUDIC. y ADM. |
DIRECTORIO |
GCIA DE COMPRAS Y SUMINISTROS |
La solicitud deberá ser ingresada hasta 90 días CORRIDOS DESDE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN PROVISORIA DE LA OBRA. ( art 24 2º párrafo) |
Evaluación: a- Que la contratista no se encuentre atrasada. Deberá remitir a Contaduría un informe al respecto. b- Que (B) se haya presentado dentro del plazo correspondiente. |
Se verificará: a- la procedencia de (B) b- que el detalle de precios unitarios sea igual al presentado por la contratista en la oferta original. c- Los índices utilizados s/ pliego. d- que la variación sea superior al 5%. e- fecha desde cuando se reconocerán mayores costos. f- los nuevos precios de contrato. Emitirá Informe realizando los cálculos para la verificación de la Redeterminacion definitiva. |
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GENERACIÓN DE INFORME |
REDACCIÓN DE PROYECTO DE RESOLUCIÓN : 1-Acta : a-se declarara que se han dado todos los requisitos legales, b- se determinará LOS PRECIOS UNITARIOS aplicar. c-Fecha desde cuando se aplicara. |
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Cuando la Solicitud resulte improcedente por no cumplir con la normativa aplicable se rechazará la petición debiendo emitirse acto administrativo pertinente. (Orden de Servicio) |
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MAR DEL PLATA, 03/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1696-C-16 Cpos. 01 a 04 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO – AÑO 2017/18”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 249/17 obrante a fs. 240/1 se adjudicó la Licitación Pública Nº 10/16 con reducción de cantidades del 7.87% (en un todo de acuerdo al Art 3 de las Cláusulas Particulares del PBYC) a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 32/100 ($3.347.488,32), con impuestos incluidos, (1766 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 157,96) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 252/17 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 10 de Mayo de 2017, y por Resolución de Directorio Nº 210/18, de fecha 23/04/2018 (fs.519) se autorizó la prorroga por 12 meses más, con vigencias hasta el 10/05/2019 (OC Nº 230/18 de fecha 09/05/2018);
Que por Resolución de Directorio Nº 651/18 de fecha 21/11/18 se autorizó a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la renegociación de la contratación por los meses de Febrero 2018 a Mayo de 2019 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2017-18", correspondiente a la Licitación Pública Nº 10/16 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $1,327,610.08 (PESOS UN MILLON TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS DIEZ CON 08/100), quedando el nuevo valor hora para los meses de Febrero 2018 a Junio 2018 ambos inclusive en $187.62 (PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE CON 62/100), para el mes de Julio 2018 a Agosto 2018 en $204.09 (PESOS DOSCIENTOS CUATRO CON 09/100), para el mes de Septiembre 2018 en $212.32 (PESOS DOSCIENTOS DOCE CON 32/100) y a partir de Octubre, en $220.54 (PESOS DOSCIENTOS VEINTE CON 54/100) (Orden de Compra Nº 700/18);
Que con fecha 03 de Abril de 2019 (fs 682/83), la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. adjunta nueva solicitud de renegociación de la contratación, en un todo de acuerdo a lo establecido en el artículo 11.5 de las Cláusulas Particulares del P.B. y C.;
Que se ha cumplido los requisitos exigidos en el Pliego de Bases y Condiciones para que proceda el nuevo pedido de renegociación, a saber: 1) Han transcurrido un plazo de 90 días corridos de la firma del Acta acuerdo por la primera Renegociación (21/11/18); 2) Ha solicitado la contratista por escrito la renegociación fundada en la modificación de la ecuación económica y ha adjuntado el nuevo análisis de precios; 3) La adjudicataria ha dado cumplimiento a fs. 684 a 708 con la presentación de Actas acuerdo y homologación de actualización de escala salarial del Convenio Colectivo de empleados de Maestranza; 4)- La Adjudicataria ha presentado fotocopias simples de los recibos de salarios que acreditan haber abonado los aumentos ya otorgados desde Diciembre de 2018 a Febrero de 2019, según consta a fs 1226 a 1240; 1279 a 1293 y 1351 a 1364 respectivamente del Expediente 1696-C-2016 Alcance 4 cuerpos 6 y 7 encontrándose pendiente la presentación de los recibos de haberes correspondiente al mes de Abril de 2019 cuyas copias serán presentadas por la prestataria con la documentación mensual para la certificación de dicho periodo; 5) Según el art. 11.5 de las Cláusulas Particulares la alteración de la ecuación económica debe superar el 15% del valor hora cotizado a contar de la fecha de adjudicación. En el presente cálculo, la ecuación económica ha variado en 17.83% según surge del análisis en hoja de cálculo obrante a fs.717 cumpliéndose el requisito enunciado a partir del mes de Abril/19;
Que se realizaron los cálculos pertinentes (hoja de cálculo fs 717) obteniéndose un nuevo valor hora aplicable a partir de Abril de 2019 de $259.87 reconociéndose un aumento que representa un incremento del 17.83%; respecto al valor del último Acta Acuerdo de Renegociación de precios ($220.54);
Que de la documentación presentada por la firma surge que cumple con los presupuestos precedentes, por lo que el nuevo valor hora a aplicar para los meses de Abril 2019 al 10 de Mayo de 2019 inclusive, asciende a $259.87 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 87/100) siendo el monto a reconocer de $90.301,68 (PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS UNO CON 68/100 correspondiente a 1766 horas para el mes de Abril 2019 y 530 hs hasta el día 10/05/19, ambos inclusive por $39.33, detallado en cuadro de fs 717;
Que se dio intervención al Área Contaduría, Gerencia de Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativo según surge de sus dictámenes agregados a fs 724 y 725 respectivamente y al Directorio, aprobando el nuevo valor hora según consta a fs 726;
Que a fs. 728 obra nota de la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., en la cual manifiesta la aceptación de los valores detallados precedentemente;
Que el incremento de la Orden de Compra correspondiente a la presente renegociación de contrato asciende a $90.301,68 (PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS UNO CON 68/100), correspondiente a 1766 horas para el mes de Abril 2019 y 530 hs hasta el día 10/05/19, ambos inclusive por $39.33, detallado en cuadro de Análisis de Costos de fs 707;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE
OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º Autorizar la celebración del Acta de Renegociación de Contrato que obra en Anexo ------------------- I.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º Autorizar a la Oficina de Compras a confeccionar la orden de compra por la nueva ------------------- renegociación de la contratación por los meses de Abril 2019 a 10/05/19 del "SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2017-18", correspondiente a la Licitación Pública Nº 10/16 con la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., por la suma total de $90.301,68 (NOVENTA MIL TRESCIENTOS UNO CON 68/100), quedando el nuevo valor hora en $ 259.87, (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 87/100).---------------------------------------
ARTICULO 3°: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro de los 5 ---------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la renegociación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. ---------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Autorizar a la Contaduría a realizar la Transferencia Presupuestaria de $90.301,68 de -------------------- la Juridicción 1.2.2.01.01.000 (Directorio), Categoría Programática 01.00.05 (Intendencia), Objeto del Gasto 3.3.1 Mantenimiento y Reparación de Edificios y Locales, Financiamiento 1.2.0 Recursos Propios a la Juridicción 1.2.2.01.01.000 (Directorio), Categoría Programática 01.00.05 (Intendencia), Objeto del Gasto 3.3.7 Limpieza Aseo y Fumigación, 1.2.0 Recursos Propios.-----------------
ARTÍCULO 5º: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la ------------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase al Área Compras a fin de dar cumplimiento -------------------- a lo dispuesto en la presente Resolución.----------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 321-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
ACTA DE REDETERMINACIÓN DE PRECIOS
EXPEDIENTE AÑO 2016 – Nº 1696 – LETRA C
LICITACIÓN PÚBLICA Nº 10/16 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO AÑO 2017-18”
Entre OBRAS SANITARIAS MAR DE PLATA S.E., representada en este acto por el Señor Presidente del Directorio Arquitecto ALEJANDRO POZZOBON DNI 17.659.335, por una parte, y por la otra, la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A, representada en este acto por el Señor BUSETTO ADRIAN RAÚL, DNI Nº 23.939.797, en el carácter de Presidente, acuerdan celebrar la presente ACTA DE RENEGOCIACION DE CONTRATOS con sujeción a las cláusulas y condiciones que siguen:
PRIMERA: La firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. ha resultado adjudicataria en la contratación “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO - AÑO 2017-18", de trámite en Expte. Año 2016 – Nº 1696 – Letra C, Licitación Pública Nº 10/16, Adjudicada por Resolución de Directorio Nº 249/17 del 5 de Mayo de 2017, a partir del 10 de Mayo de 2017 y hasta el 10/05/2018, y ampliada por 12 meses más, por Resolución de Directorio Nº 210/18, de fecha 23/04/2018.
SEGUNDA: La firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. ha solicitado la Renegociación de Contrato, según lo previsto por el artículo 11.5 del Pliego de Cláusulas Particulares que rige la citada Licitación, el cual establece un mecanismo de renegociación de un nuevo valor de contrato, previa acreditación fehaciente de la incidencia de los mayores salarios abonados a sus dependientes, con el consecuente desequilibrio de la ecuación económico- financiera del contrato original.-
TERCERA: La firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., renuncia de modo expreso a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, pretendidamente motivados por cambios registrados en la economía a la fecha de aplicación de la renegociación de contrato, salvo los resultantes del acuerdo a que se arriba a través de la presente.-
CUARTA: Por aplicación de la metodología de renegociación de contrato y acuerdo arribado por las partes, éstas convienen que el valor de hora acordado será el que seguidamente se detalla:
DESCRIPCIÓN |
valor hora acordado |
Meses de Abril 2019 a 10 de Mayo 2019 |
$ 259,87.- |
Dichos valores serán aplicables al período Abril 2019 al 10 de Mayo 2019 inclusive y es de carácter definitivo, no estando sujetos a ningún reclamo y/o revisión. OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. emitirá una Orden de Compra a favor de la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. por la presente renegociación por un importe de $90.301,68 (PESOS NOVENTA MIL TRESCIENTOS UNO CON 68/100), y que O.S.S.E. abonará previa presentación de la respectiva factura y de los recibos de haberes que acrediten haber otorgado el aumento de las escalas correspondientes a dichos meses constituyendo la única, exclusiva y definitiva suma que percibirá la contratista por este concepto, renunciando ésta de modo expreso al cobro de intereses y/o accesorios, como así también a todo reclamo y/o revisión por eventuales diferencias o discrepancias con la metodología de aplicación del régimen de renegociación de contrato.-
QUINTA: A todos los efectos legales del presente, las partes mantienen los domicilios constituidos en el contrato oportunamente celebrado, donde serán válidas todas las notificaciones así como también las jurisdicciones aceptadas.-
En la ciudad de Mar del Plata, a los ... días del mes de Junio del año 2019, previa lectura, en prueba de conformidad las partes firman dos ejemplares de un mismo tenor y efecto.-
MAR DEL PLATA, 04/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Tesorería al agente BELMONTE, Anahí Silvia Raquel (CI 868) Función Encargado Oficial Polifuncional, manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar al equipo de trabajo de la Tesorería al agente --------------------BELMONTE, Anahí Silvia Raquel (CI 868) Función Encargado Oficial Polifuncional, manteniendo su actual situación escalafonaria, a partir del primer día hábil posterior a la firma de la presente.----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------
RESOLUCION Nº 322-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 04/06/2019
VISTO la formación de Marisol IGLESIAS (CI 1237); y,
CONSIDERANDO
Que no resulta procedente el pago del adicional “Práctica de Nivel de Formación” "C" (11%) a Marisol IGLESIAS (CI 1237) atento que la Empresa no ha determinado en forma expresa y concreta que las tareas que desarrolla requieran poner en práctica el título de Técnico Superior en Salud (conf. Acta 4/14 Res. 348/08 Ap. “C” Inc. 2. y Res. 407/08 Anexo III);
Que en cambio sí le corresponde percibir el adicional “Práctica de Nivel de Formación” "B" (10%) ya que por el contrario se verifica ese requisito en relación al título de Auxiliar Técnico para Laboratorio Químico (Res. 407/08 Anexo III), reconociéndosele asimismo una garantía salarial equivalente a la diferencia entre ambos adicionales a efectos de no disminuir la remuneración de la trabajadora; suma que será absorbida hasta su concurrencia por eventuales aumentos salariales cualquiera fuere su causa (cambio de antigüedad o categoría, modificación de jornada, etc), excepto los que revistan el carácter general para todos los trabajadores de la empresa;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Reconocer a Marisol IGLESIAS (CI 1237) el adicional “Práctica de Nivel de Formación” "B" (10%) en sustitución del el adicional “Práctica de Nivel de Formación” "C" (11%) sin disminución de remuneración conforme lo expuesto en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Dése al Registro de Resoluciones. Notifíquese. Comuníquese.------------
RESOLUCION Nº 323-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 04/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Obras al agente SUAREZ, Alberto Miguel (CI 1221) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Obras al agente --------------------- SUAREZ, Alberto Miguel (CI 1221) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XV, manteniendo su actual situación escalafonaria, a partir del primer día hábil posterior a la firma de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------------
RESOLUCION Nº 324-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 04/06/2019
Visto la renuncia presentada por el agente Juan Lorenzo AVALOS CI 255, para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;
Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Juan Lorenzo AVALOS -------------------CI 255, DNI 11.350.334, Función Oficial Polifuncional, para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01 de Julio de 2019.----------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION; Categoría Programática 17.01.01 DESAGÜES CLOACALES y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------
ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------
RESOLUCION Nº 325-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 05/06/2019
Visto la resolución 70/19, donde se integra al agente Viglietti José M. (CI - 428) a la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO
Que los agentes dependientes de la Gerencia General de Grandes Consumidores utilizan vehículo propio para realizar relevamientos;
Que por Resolución 341/12 y su modificatoria 295/18, se establece el procedimiento de otorgamiento y aplicación de la Compensación por Uso de Vehículo Particular;
Que Obras Sanitarias Mar del Plata reconoce sobre los agentes dependiente del Área Catastro de la Gerencia de Grandes Consumidores la necesidad de Compensar el uso de Vehículo Particular;
Que existe la necesidad de agregar al agente Viglietti José M. (CI - 428) quien cumple tareas de inspección y relevamiento;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar al Agente Viglietti José M. (CI - 428) quien cumple tareas de ------------------ relevamientos al listado de agentes con compensación de uso de vehículo particular enunciados en la Resolución 295/18, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Regístrese, Dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a quienes ------------------- corresponda y cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 326-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 05/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1085–C-2018 Cpos. 01 y 02 referente a la “ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 626/18 (fs. 252) de fecha 08 de Noviembre de 2018, se adjudicó la Licitación Privada Nº 12/18 Segundo Llamado a la firma INDU QUIMICA S.A. por la suma total de PESOS DOS MILLONES SESENTA Y CINCO MIL OCHO CON 05/100 ($2.065.008,05) equivalente a 216.685 lts, por ser la oferta económica mas conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el P.B.yC. Orden de Compra Nº 651/18 de fecha 09/11/2018 (fs. 262 a 265);
Que a fs. 279 se informa que, de la Orden de Compra Nº 651/18 reimputada como 20180651/2019 correspondiente a la adjudicación precedentemente mencionada, queda pendiente de entrega a la fecha 09 de Mayo de 2019, 43.665 lts. y, contando con el stock actual de Suministros, no alcanzaría para 80 días, motivo por el cual a fs. 278 adjunta solicitud Nº 3-200-94, correspondiente a la ampliación de la Orden de Compra 651/18 por la cantidad de 108.340 lts. de Hipoclorito de sodio al 100%, representando dicha ampliación el 50% de la contratación original, que cubriría la demanda una vez consumida la totalidad de la OC Nº 651/18, según las estimaciones realizadas por la Gerencia de Producción, hasta el mes de Octubre;
Que a fs. 281 la Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada, no presentando objeción ya que el monto de ampliación no supera al 50% del monto contratado originalmente según Orden de Compra Nº 651/18, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P.B.yC.;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un cincuenta (50%) del monto adjudicado. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. …”;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ampliar la Orden de Compra Nº651/18 perteneciente a la firma INDU QUIMICA S.A. correspondiente a la de la Licitación Privada Nº 12/18 Segundo Llamado “ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%” por la suma de total de PESOS UN MILLON TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 20/100 ($1.032.480,20), equivalente al 49,99% del monto contratado originalmente no excediendo el 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 1085–C-2018
--------------------- Cpo. 01 y 02 a partir de fs.278 referente a la “ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%”.--------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº651/18
-------------------- perteneciente la firma INDU QUIMICA S.A. correspondiente a la Licitación Privada Nº 12/18 Segundo Llamado “ADQUISICION DE HIPOCLORITO DE SODIO AL 100%” por la suma de total de PESOS UN MILLON TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 20/100 ($1.032.480,20), equivalente al 49,99% del monto contratado originalmente no excediendo el 50% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.-------------------------
ARTICULO 3º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que --------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. De Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.---------------------------------------
ARTICULO 4°: La adjudicataria realizará entregas parciales a granel, de un mínimo --------------------- de 14.000 lts (aproximado) cada una, a requerimiento de OSSE, desde la notificación de la Orden de Compra, por un período de 4 (CUATRO) meses o hasta agotar stock, para el área Operaciones de la Gerencia de Producción y/o área que OSSE disponga en el futuro, en un todo de acuerdo a lo establecido en las Cláusulas de Especificaciones Técnicas. El plazo para entregar la partida del elemento adquirido será de setenta y dos (72) horas corridas desde el momento en que lo solicite la Jefatura del área Operaciones de la Gerencia de Producción, para lo cual se tendrá como válido el uso de fax o correo electrónico, debiendo cumplimentar obligatoriamente la totalidad de la cantidad requerida. Si cumplido dicho plazo, el proveedor no hubiera efectuado la entrega solicitada, OSSE considerará que el Proveedor está incumpliendo las obligaciones contraídas y aplicará una multa del 5% diario, sobre el pedido efectuado. El contratista, con la partida a descargar, deberá presentarse previamente por el Laboratorio de OSSE, sito en la calle Brandsen Nº 6650 de Mar del Plata o en la dirección a designar, donde entregará protocolo de análisis, se tomarán las muestras en el horario de 08.00 a 12.00 hs. y se realizarán los análisis pertinentes, informando si cumple o no con lo solicitado en el P.B.yC.-------------------
ARTICULO 5º: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------- Area Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 327-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 06/06/2019
VISTO las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 788-O-2013 Cpos. 1 a 22 y Alc. 26 Cpo. 1 referente a la Obra: “PMIS – CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de de Directorio Nº 60/15 de fecha 23/01/15 se adjudicó la Licitación de referencia a la firma COARCO S.A. en su Oferta Opción 1 con descuento con financiamiento del 40 % del Certificado a partir del Certificado Nro. 13 - Alternativa con Tasa Badlar + 6 puntos, en la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 50/100 ($192.939.338,50) con impuestos incluidos por ser su propuesta la mas conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos del Pliego de Bases y Condiciones. (Orden de Compra Nº 101/15). El plazo de ejecución de obra previsto es de 1080 (Mil Ochenta) días corridos a partir de la firma del Acta de Inicio de obra;
Que la firma Contratista COARCO SA presenta nota en OSSE de fecha 18/09/18 registrada en OSSE bajo el Nº 1802 en la cual solicita la ampliación del plazo de obra en 180 días y la adecuación del plan de trabajo atento a las posibilidades financierias del comitente y de entrega de las provisiones por parte de los proveedores que se han visto afectadas por causas ajenas a las partes. Con fecha 12/12/18, registrada en OSSE bajo el Nº 2334, la firma COARCO SA amplia la información vertida en Nota Nº 1802 expresando que el avance de la obra de referencia ha sufrido en los últimos 12 meses dos afecciones principales imposibles de prever y ajenas a las partes: A) las tareas de excavación en piedra en el sector C y obras externas en Av. Edisón fueron fuertemente afectadas por las condiciones desfavorables de: 1) dureza extrema de la piedra; 2) sobreexcavación necesaria para lograr cota de proyecto debido al tamaño de los mantos; 3) Aparición de napas; 4) Ausencia de frente de apertura, dureza de piedra y mantos de 2 m de espesor en ejecución de pozo de bombeo; 5) el porte de equipos necesarios para realizar la excavación no permitieron comenzar las tareas de estructura resistente hasta tanto se terminaran los trabajos que generaban vibraciones; 6) Imposibilidad de extender horarios de trabajo por la afectación a los vecinos y 7) Obras externas afectadas por la complejidad de las excavaciones en piedra. B) El fuerte impacto de la sucesiva devaluación de la moneda argentina frente al dólar y su impacto en la variación de los costos que ha quebrado el equilibrio de la ecuación económica-financiera originaria del contrato original;
Que respecto a la tarea de excavación en piedra, de fs 57 a 62 obra dictamen técnico del Área Inspección de Obra donde detalla las circunstancias acontecidas en la Obra de referencia como así también el impacto de la devaluación sobre ésta concluyendo que las tareas de excavación se retrasaron 102 días laborales. Indican que la fecha actual de terminación de la obra es el día 02/02/19 y que si se otorgasen los días de retaso se correría dicha fecha al 10/06/19. A fs 66 la Gerencia de Obras, con motivos de la Nota Nº 2334 presentada por la firma COARCO SA y teniendo en cuenta el informe detallado del análisis de las circunstancias planteadas realizado por el Área Inspección de Obra, elabora un nuevo Plan de Trabajo (fs 63 a 65) en función de los retrasos en el ítem Movimiento de suelos, influenciado fundamentalmente por las dificultades planteadas al momento de la excavación del manto rocoso y demás circunstancias analizadas.
Que a fs 67 a 69 La Gerencia de Obras realiza un análisis de las actuaciones y, en virtud de los descripto en los distintos informes de la Inspección de Obras, recomienda analizar el otorgamiento de plazos y adecuación del plan de trabajo en el marco de la Ley Nº 14.812 dado que en la realidad si bien el resultado se manifiesta en un atraso significativo en una tarea crítica que arrastra a las demás, se percibe como que pudieron existir factores ajenos a las partes que incidieron sobre ello. Atento a lo expuesto y en razón de que como se ha expresado en distintas oportunidades respecto a la importancia estratégica que tiene esta obra para el servicio de abastecimiento de agua de la ciudad de Mar del Plata, y si no hay objeciones que formular, dar como válido el análisis desarrollado por el Área Inspección de Obras limitando la Resolución de OSSE al otorgamiento de 102 días laborales (127 días corridos) y a la aprobación del Plan de Trabajo adjunto a fs 63. Señalan que debe tenerse en cuenta también las siguientes dos consideraciones: 1) Aún otorgando el plazo propuesto, el CAT terminaría antes que el Sistema Acueducto Oeste, que es una obra complementaria, es decir la que entregará una cantidad adicional de agua para el buen funcionamiento de todo el sistema; 2) Los empalmes externos, las pruebas de funcionamiento, la puesta en marcha, etc no pueden realizarse en temporada estival tanto por la veda vial como por las razones del servicio de abastecimiento de agua.
Que en relación al impacto de la devaluación sobre la Obra la Jefatura de Compras corrobora lo manifestado por la firma contratista respecto a las fluctuaciones económicas acontecidas durante el año 2018. La negativa por parte de los proveedores a fijar precios en moneda de curso legal, la inestabilidad de la divisa extranjera sumada a la devaluación de nuestra moneda y el constante incremento de la inflación incidió notablemente en las contrataciones de Bienes y Servicios dilatando los tiempos normales de adquisición. Por lo que, teniendo en cuenta lo dictaminado por la Gerencia de Obras, dicha Jefatura considera conveniente y viable otorgar el plazo de 102 días laborales (128 días corridos) propuesto por dicha Gerencia todo ello en el marco de la Ley Nº 14.812 EMERGENCIA EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA, HÁBITAT, VIVIENDA Y SERVICIOS PÚBLICOS en la cual adhirió la MGP mediante Ordenanza Nº 22761/16 siendo prorrogada por la Ley Nº 15022.
Que el Área Contaduría a fs 71 informa que la Ley 14.812 se encuentra vigente en la Jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires no así en el Partido de General Pueyrredon siendo necesario que se dicte la Ordenanza adhiriendo en forma expresa a la Ley Nº 15.022 que establece la prorroga anteriormente mencionada. Consideran que, si bien en principio la prorroga solicitada podría haber sido analizada en el marco del Art 10.4 del PByC Generales, es la contratista quien no advirtió en tiempo y forma para poder habilitar su aplicación. Destacan lo manifestado por el Inspector de Obra (fs 59) por cuanto OSSE a través de la OS verificó en Diciembre de 2017 el atraso solicitando se adopten las medidas necesarias para adecuarse a lo establecido en el Plan de Trabajo, igual situación el 06/03/18 de donde surge respuesta de la contratista el 14/03/18. Por lo expuesto consideran que el marco de la 14.812 podría dar la posibilidad de analizar el otorgamiento del plazo analizado por la Inspección;
Que a fs 72 la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa respecto de la aplicación del régimen de emergencia en materia de obra pública Ley 14812 que a efectos de hacer aplicación de dicho régimen resulta necesario que la MGP adhiera a la Ley Provincial Nº 15022 a través de la cual la Provincia de Buenos Aires prorrogó el régimen de emergencia inicialmente sancionado en Ley 14812 y luego continuado por Decretos de la Gobernación. Agregan, en concordancia con dictaminado por el Área Contaduría, que “se considera que el marco de la Ley 14812 una vez que el Municipio adhiera a su prorroga Ley 15022, podría dar la posibilidad de analizar el otorgamiento del plazo analizado por la Inspección”;
Que mediante Ordenanza Nº 24081 de fecha 11/04/19 la Municipalidad de General Pueyrredón y Obras Sanitarias adhieren al artículo 1º de la Ley 15.022 que prorroga la Ley Nº 14.812 declarando la emergencia en materia de infraestructura, hábitat, vivienda y servicios públicos en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires;
Que la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos a fs 84/85 confecciona anteproyecto de Acta contemplando los aspectos correspondientes a ampliación de plazo y la consecuente aprobación del nuevo plan de trabajo. Con fecha 08/05/19 se notifica a la firma COARCO SA el contenido completo del proyecto de Acta Acuerdo por lo que con fecha 14/05/19 mediante nota registrada en OSSE bajo el Nº 789/19 la contratista solicita la evaluación de los siguientes ajustes: 1) en el punto PRIMERO – La ampliación de plazo de obra por los días de lluvia y sus consecuencias por el periodo comprendido entre agosto 2018 y marzo 2019 a los efectos del cálculo de la nueva fecha de finalización. Solicitando que, dentro de un plazo de 10 días corridos de la firma del Acta Acuerdo, se adecue el PLAN DE TRABAJOS que corre agregado a fs. 63 del expediente 788/O/2013.; 2) Un nuevo punto que prevea – La posibilidad de adoptar a los fines de cálculo de las redeterminaciones, desde el mes de enero 2019 hasta la finalización de la obra, el reemplazo de los VR por los índices publicados por el INDEC, conforme la tabla de equivalencias del ANEXO B del decreto 367/17, conforme a la normativa vigente; 3) a los fines de recomponer el capital de trabajo necesario para la finalización de la obra y atento a la declaración de LA CONTRATISTA en el punto SEGUNDO del proyecto de ACTA ACUERDO, se solicita incorporar mediante un nuevo punto – La posibilidad de adoptar el método de pago contado para la cancelación del saldo de las diferencias por redeterminaciones para los certificados comprendidos entre enero 2018 (Certificado N° 34) y marzo 2019 (Certificado N° 49) tras la aprobación de las solicitudes de redeterminación de precios N° 13 – N° 14 – N° 15 – N° 16 y N°17, abonando las diferencias a los quince días de la presentación de los certificados redeterminados por parte de la CONTRATISTA.
Que a fs 90 a 112 la Gerencia de Obras informa respecto al punto PRIMERO que se considera viable incorporar la ampliación de plazo de obra por un periodo de 52 días hábiles por los días de lluvia y consecuencias acaecidas durante los meses de Agosto, Septiembre, Octubre, Noviembre, Diciembre 2018 y Enero a Marzo 2019, según indica el pliego de bases y condiciones en el art. 10.4.- Manifiestan que la fecha prevista de finalización actual es el día 02/02/2019 y Fecha de ampliación por días de lluvia: 14/08/19. A fs 114 el Área Contaduría informa lo siguiente: Respecto al Punto 1) no encuentra observaciones a incorporar el plazo manifestado por la Gcia de Planeamiento y Obras según informe que corre fs. 112. Respecto al Punto 2) en virtud que el Municipio de General Pueyrredon y OSSE ha adherido al decreto 367/17 a través de la Ordenanza Nro. 23.918 no existe inconveniente para dar curso a lo requerido a partir de Enero 2019 debiendo cumplir la contratista con lo establecido en el Capítulo V de las cláusulas transitorias. Todas las presentaciones a partir de ese Mes de Redeterminacion de Precios deberán ser DEFINITIVAS en el marco del citado decreto 367/17. Respecto al Punto 3) En relación a la posibilidad “…de adoptar el método de pago contado para la cancelación del saldo de diferencias por redeterminaciones para los certificados comprendidos entre enero 2018 (certificado Nº34) y Marzo 2019(certificado Nº49), tras la aprobación de las solicitudes de redeterminación de Precios Nº13- Nº14- Nº15- Nº16 y Nº 17 abonando las diferencias a los quince días de la presentación de los certificados redeterminados por parte de la CONTRATISTA…” informa en primer lugar que el Certificado Nro. 34 se corresponde con el del Mes de Diciembre 2017, por lo tanto se considera lo requerido desde ese certificado. En relación a lo solicitado dicha Area mantiene el criterio aplicado en actas anteriores por lo tanto considera que se podrá abonar de contado las diferencias que pudieran surgir por la aplicación del Régimen de Redeterminación de Precios desde el Certificado del Mes de Diciembre/2017 al Certificado del Mes de Abril/2018. Para abonar de Contado la diferencia por Redeterminación de Precios de los Certificados a partir del mes de Mayo 2018 la Contratista deberá realizar la presentación en un todo de acuerdo a lo establecido en el Pliego de Condiciones Particulares Artículo 9 Forma de Pago último párrafo dice “…A requerimiento de la contratista o de oficio, OSSE evaluará la posibilidad de cancelar anticipadamente el importe diferido mencionado en a) si ello fuere financieramente viable, descontando los intereses compensatorios a la tasa adjudicada por el plazo de anticipación. En el primer caso la solicitud de cancelación anticipada deberá formularse por escrito, con indicación del descuento adicional ofrecido por el contratista….”Sobre el plazo de pago 15 días informa que los mismos son considerados hábiles;
Que la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos informa que no encuentra objeciones que formular al anteproyecto de Acta Acuerdo considerando que están previstas todas las cuestiones abordadas oportunamente. Agregan nueva Acta Acuerdo contemplando los artículos con la sugerencias de COARCO SA;
Que luego de reunión mantenida con el Directorio y con el acuerdo del mismo, se notificó a la firma COARCO SA el nuevo contenido completo del proyecto de ACTA ACUERDO de la obra de referencia contemplando lo sugerido por ellos en nota registrada en OSSE bajo el Nº 789/19; ésta informa en nota Nº 941/19 obrante a fs 121 que prestan conformidad con el contenido y redacción del proyecto de Acta Acuerdo de la obra PMIS – CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente N° 788-O-2013 -------------------- Alc. 26 Cpo. 1 referente a la Obra: “PMIS – CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN”.-----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar la celebración del Acta Acuerdo correspondiente a la Obra “PMIS ------------------ CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN” en la que se establece el nuevo Plan de Trabajo y ampliación de plazos, siendo el mismo parte integrante de la presente Resolución.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Notificar a la Firma de lo dispuesto en la presente Resolución.--------------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de ------------------- dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución.------------------------------
RESOLUCION Nº 328-2019 FIRMADO
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 06/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 497-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION REPUESTOS DE COMPUTACIÓN Y AFINES – AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Segundo Llamado a Concurso de Precios Nº 33/19 para los renglones Nº 01, 02, 04, 05, 10, 11, 13, 14, 15, 20, 21 y 23, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo únicamente la firma FEDERICO BRUSCANTINI S.R.L., según surge del Acta de Apertura de fecha 23/05/19 (fs. 52);
Que a fs. 54 la Gerencia de Sistemas informa que la propuesta presentada por la firma FEDERICO BRUSCANTINI S.R.L. cumple técnicamente con lo requerido. Asimismo, la Gerencia solicita autorizar a realizar una compra directa por los renglones que han quedado desiertos;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Adjudicar el Segundo Llamado a Concurso de Precios Nº 33/19 a la firma FEDERICO BRUSCANTINI S.R.L por la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO ($38.578,00) con impuestos incluidos, en su oferta alternativa con descuento con entrega total, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial de $48.861,11;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes a partir de fs. 32 en el Expediente N°497-C- ----------------- 19 Cpo. 01 referente a la ADQUISICION REPUESTOS DE COMPUTACIÓN Y AFINES – AÑO 2019”.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR los renglones Nº 01, 02, 04, 05, 10, 11, 12, 13, 14, 20 y 21 del --------------------- Concurso de Precios Nº 33/19 Segundo Llamado a la firma FEDERICO BRUSCANTINI S.R.L por la suma total de PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS SETENTA Y OCHO ($38.578,00) con impuestos incluidos, en su oferta alternativa con descuento con entrega total, por ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el pliego y encontrarse la misma por debajo del presupuesto oficial.
ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 15 (QUINCE) días corridos de notificada ------------------- la Orden de Compra a la firma adjudicada. -------------------------------------------
ARTICULO 4°: Declarar DESIERTOS los renglones Nº 15 y 23 renunciando a su adquisición --------------------- bajo la presente modalidad de compra.-----------------------------------------------
ARTICULO 5°: Autorizar a la Gerencia de Sistemas a iniciar un nuevo trámite de compra por -------------------- los renglones indicados en el Art. 4º.---------------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para los ------------------- renglones adjudicados indicados en el Art 2º en caso de ser necesario continuar con su adjudicación.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 8º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.---------------------------
ARTICULO 9º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------- efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------
RESOLUCION Nº 329-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 06/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 356–C-2018 Cpo. 01referente al: “SERVICIO SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 180/18 (fs. 41) de fecha 10 de Abril de 2018, se adjudicó a Concurso de Precios Nº 20/18 a la firma M.O.S.T. S.A. por la suma total de PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS ($159.600,00) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSE, cumplir con los requerimientos solicitados y ser la misma igual al Presupuesto Oficial. Orden de Compra Nº 173/18 de fecha 20/04/2018 (fs. 47 a 49);
Que a fs. 190 la Gerencia de Sistemas, mediante Solicitud Nº 3-602-25 de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 173/18 según Artículo 3 del Pliego de Bases y Condiciones correspondiente al Concurso de Precios de referencia;
Que a fs. 192 la Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada, no presentando objeción ya que el monto de ampliación no supera al 20% del monto contratado originalmente según Orden de Compra Nº 173/18, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P.B.yC.;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte (20%) del monto adjudicado. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. …”;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ampliar la Orden de Compra Nº173/18 perteneciente a la firma M.O.S.T. S.A. correspondiente al Concurso de Precios Nº 20/18 “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX” por la suma de total de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), equivalente al 8.33% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 356–C-2018
--------------------- Cpo. 01 a partir de fs. 190 referente a la “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”.----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 173/18
-------------------- perteneciente la firma firma M.O.S.T. S.A. correspondiente al Concurso de Precios Nº 20/18 “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX” por la suma de total de PESOS TRECE MIL TRESCIENTOS ($13.300,00), equivalente al 8.33% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. ---------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: La presente contratación se efectuará desde la notificación de la Orden -------------------- de Compra. El servicio se realizará todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos, feriados nacionales, no laborables y asuetos administrativos y hasta agotar los ítems contratados, estimándose el período de ejecución del servicio por el término de 1 (UN) mes (Junio). --------------------------------
ARTICULO 4º: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------
ARTICULO 5º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.----------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------- Area Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 330-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
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MAR DEL PLATA,07/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1696-C-16 Alcance 06 referente al: “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS CON EQUIPAMIENTO AÑO 2017/18” y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 249/17 obrante a fs. 240/1 del Expediente 1696-C-16 Cuerpos 1 a 4 se adjudicó la Licitación Pública Nº 10/16 con reducción de cantidades del 7.87% (en un todo de acuerdo al Art 3 de las Cláusulas Particulares del PBYC) a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 32/100 ($3.347.488,32), con impuestos incluidos, (1766 horas mensuales a un valor hora de HORA $ 157,96) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego – Orden de Compra Nº 252/17 (fs. 365/369) con fecha de inicio del servicio el 10 de Mayo de 2017, y por Resolución de Directorio Nº 210/18, de fecha 23/04/2018 (fs.519) se autorizó la prorroga por 12 meses más, con vigencias hasta el 10/05/2019 (OC Nº 230/18 de fecha 09/05/2018);
Que por Resolución de Directorio Nº 254/19 de fecha 09/05/19 se resolvió ADJUDICAR la Contratación Directa Art 156 LOM 27/2019 a la firma mencionada en el considerando anterior por la suma total PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 08/100 ($479.257,08) con impuestos incluidos por el período 10/05/19 a 10/06/19 hasta las 06 hs inclusive. (1766 horas por un Valor Hora de $271.38);
Que visto que se encuentra en trámite la Licitación Pública Nº 03/19 “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS AÑO 2019-20” que tramita por Expediente N° 299-C-19 Cpo. 01, cuya fecha de apertura fue el 25/04/19, atento a la necesidad de contar con el servicio y teniendo en cuenta lo establecido en el Art 156 Inc 8) de la LOM en lo referido a: “contrataciones de servicios para mantenimiento de bienes para funcionamiento de las dependencias del Municipio” se considera conveniente encuadrar la presente bajo la modalidad Contratación Directa Art 156 LOM;
Que a fs. 22/23, el Área Intendencia confecciona la Solicitud de Pedido Nº 3-151-37, por PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 59/100 ($159.592,59) por un total de 10 días corridos en el marco de una Contratación Directa con la firma HIPOLITO INTEGRAL SA como nueva prórroga de la Licitación de referencia en virtud que la finalización de la actual contratación (Art 156 LOM Nº 27/19) por parte de dicha firma finaliza el día 10/06/19 a las 06 hs (Valor Hora $271.38);
Que dicho Valor Hora de $271,38 surge del Análisis de Precio confeccionado por esta Gerencia a fs 3 el cual ha sido calculado teniendo en cuenta el valor hora redeterminado en la 2º Renegociación de precios de la Licitación Pública 10/16 a Mayo 2019 aprobada por Resolución de Directorio Nº 321/19 de fecha 03/06/19 El valor hora renegociado propuesto es de $259.87, el que en un todo de acuerdo a lo establecido en el PByC no contempla variación en algunos ítems, los que para la renegociación permanecen inalterables desde mayo 2017, por lo que el presente análisis se ajustaron tomando una variación mínima respecto al índice inflacionario mayo 2017 a mayo 2019;
Que a fs 25 el Área Contaduría procede a la imputación de dicha Solicitud de Pedido encuadrando la presente contratación en el marco mencionado precedentemente (Contratación Directa art 156 Inc 8 LOM);
Que a fs 26 obra pedido de cotización por la Contratación Directa de referencia correspondiente a la firma HIPÓLITO INTEGRAL S.A. por la suma total de $159.592,59 con impuestos incluidos, equivalente a 588 horas aproximadamente por un valor unitario de $271.38;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR la Contratación Directa Art 156 LOM 34/2019 a la firma HIPOLITO INTEGRAL SA por la suma total PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 59/100 ($159.592,59) con impuestos incluidos por el periodo 10/06/19 a 20/06/19 hasta las 06 hs inclusive. (588 horas aproximadamente por un Valor Hora de $271.38);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446, y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 9 del Expediente N° 1696-C- -------------------- 2016 Alc. 6 Cpo. 1 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS”.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2°: ADJUDICAR la Contratación Directa Art 156 LOM 34/2019 a la firma ---------------------- HIPOLITO INTEGRAL SA por la suma total PESOS CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 59/100 ($159.592,59) con impuestos incluidos por el período 10/06/19 a 20/06/19 hasta las 06 hs inclusive. (588 horas aproximadamente por un Valor Hora de $271.38)----------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro ------------------ de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. -----------------
ARTICULO 4°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Notificar a la firma oferente lo dispuesto en la presente Resolución.---------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de ------------------- dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------
RESOLUCION Nº 331-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 11/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 433-C- 2019 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION JUNTAS AMPLIA TOLERANCIA - AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Licitación Privada N° 10/19, autorizado por Resolución de Directorio Nº 238/19 (fs. 22), según surge de las actuaciones agregadas al Expediente de referencia, habiéndose realizado la apertura de Sobres “Único” según acta de fecha 24/05/19, obrante a fs. 98;
Que han presentado sobre 02 (dos) firmas: ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. y LEMOCHETE S.A.;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación informa en acta de reunión obrante a fs. 101 lo siguiente: Respecto al ANALISIS DE DOCUMENTACION PRESENTADA Y OFERTAS: la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. adjunta la totalidad de la documentación exigida en el art. 8 de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza en la Oferta Básica con entregas parciales la suma total $1.040.400,00 (PESOS UN MILLON CUARENTA MIL CUATROCIENTOS) y en la Oferta Alternativa con descuento con entrega total la suma total de $988.380,00 (PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS OCHENTA), surgiendo una bonificación del 5%. Con respecto a la firma LEMOCHETE S.A., se agrega de oficio, informe de Deuda por Servicios Sanitarios y de esta forma queda completa la presentación de la documentación requerida por el art. 8 de las Cláusulas Legales Particulares del Pliego de Bases y Condiciones. Cotiza en la Oferta Básica con entregas parciales la suma total $915.600,00 (PESOS NOVECIENTOS QUINCE MIL SEISCIENTOS) y en la Oferta Alternativa con descuento con entrega total la suma total de $869.820,00 (PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE), surgiendo una bonificación del 5%. Respecto a los ASPECTOS TECNICOS, informan que los elementos propuestos por ambas firmas oferentes, cumplen con las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones. En virtud de lo expuesto, aconseja ADJUDICAR a la firma LEMOCHETE S.A., en su oferta alternativa con descuento con entrega total por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($869.820,00) por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y estar por debajo del Presupuesto Oficial ($1.053.137,20);
Que el área Tesorería, habiendo analizado las ofertas básica y alternativa de la firma LEMOCHETE S.A., manifiesta que ésta última es financieramente conveniente a los intereses de OSSE. Asimismo, agrega que, luego de autorizada la adjudicación, se incluirá el gasto en la planificación financiera del presupuesto que realiza Tesorería en los términos del art. 91 del Decreto 2980/00;
Que la Jefatura de Compras, en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación aconseja: ADJUDICAR a la firma LEMOCHETE S.A. en su oferta alternativa con descuento con entrega total por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($869.820,00) por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $1.053.137,20;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 23 del Expediente ------------------- Nº 433-C-2019 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION JUNTAS AMPLIA TOLERANCIA - AÑO 2019. ----------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: ADJUDICAR la Licitación Privada Nº 10/19 a la firma ------------------- LEMOCHETE S.A. en su oferta alternativa con descuento con entrega total por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE ($869.820,00) por cumplir con lo requerido en el pliego y ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse por debajo del Presupuesto Oficial de $1.053.137,20. ---------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: La oficina de Compras comunicará a la firma LEMOCHETE S.A. que ------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: El plazo de entrega será dentro de los 10 (DIEZ) días corridos a partir ------------------de la notificación de la Orden de Compra a la firma adjudicataria. -------
ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de ------------------- Mantenimiento de Oferta a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., según Recibo Nº 103 de fecha 21/05/19 (fs. 66) y, respecto a la firma LEMOCHETE S.A., según Recibo Nº 111 de fecha 24/05/19 (fs. 67) una vez que la misma efectúe el Depósito de Garantía de Adjudicación. --------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto en la presente Resolución.------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras ---------------------- Área Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 332-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 11/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N°245-C-19 Cuerpo 01 referente a la “ADQUISICION DE ELEMENTOS Y CALZADO DE SEGURIDAD– AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del llamado a Mejora de Ofertas y Segundo Llamado de la Licitación Privada N° 04/19 según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia, habiéndose realizado las aperturas de Sobres según actas de fecha 14/05/19 (fs. 240) y 23/05/19 (fs 263) respectivamente;
Que la Comisión de Estudio de Oferta y Adjudicación en Actas de reunión obrante a fs. 314/18 y fs 319 informa los siguiente en relación al SEGUNDO LLAMADO: Análisis de Documentación: BORCAL SA presenta la totalidad de la documentación exigida y FOOTWEAR SRL no presenta los datos del oferente (Anexo 1) certificados por ante Escribano Público (Art 8 inc b) y presenta el resto de la documentación requerida. Respecto al análisis de muestras en cuadro adjunto “Análisis Técnico de las muestras presentadas” surge que los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 ambos inclusive correspondiente a la firma BORCAL SA cumplen con las Especificaciones Técnicas solicitadas por OSSE Respecto a la firma FOOTWEAR SA los renglones Nº 43 a 47 ambos inclusive cumplen con las Especificaciones Técnicas requeridas; para el caso de los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32 y 34 la firma no presento muestras (por nota que corre agregada a fs 272 el oferente manifiesta que no presentará dichas muestras) y respecto a los Renglones Nº 36, 38, 40, 41 y 42 NO CUMPLEN con las especificaciones técnicas solicitadas, por las razones que se indican en cuadro adjunto (fs 315). Informan respecto a los Renglones Nº 31 y 39 que ninguna de las firmas oferentes ha cotizados estos renglones. Respecto a la MEJORA DE OFERTAS del Primer Llamado solicitadas para el Renglón Nº 27, la Comisión, ha analizado los valores cotizados por las firmas ABETE Y CIA y URK SA. Por lo expuesto aconseja lo siguiente: 1) DECLARAR ADMISIBLES los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 ambos inclusive correspondiente a la firma BORCAL SA y los renglones Nº 43 a 47 ambos inclusive correspondientes a la firma FOOTWEAR SA; 2) RECHAZAR los renglones 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34 36, 38, 40, 41 y 42 correspondientes a la firma FOOTWEAR 3) ADJUDICAR, según cuadro comparativo obrante a fs 316/18, a la firma BORCAL SA los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 por la suma de $801.538,65 y a la firma URK SA el Renglón Nº 27 por la suma total de $13.950,00 y; 4) DECLARAR FRACASADOS los Renglones Nº 31 y 39 por inexistencia de Ofertas;
Que la Jefatura de Compras en un todo de acuerdo a lo recomendado por la Comisión, aconseja lo siguiente: DECLARAR ADMISIBLES los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 ambos inclusive correspondiente a la firma BORCAL SA y los renglones Nº 43 a 47 ambos inclusive correspondientes a la firma FOOTWEAR SA por lo expuesto precedentemente 2) RECHAZAR los renglones 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34 36, 38, 40, 41 y 42 correspondientes a la firma FOOTWEAR SA 3) ADJUDICAR, a la firma BORCAL SA los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 (en su oferta con descuento del 1% por adjudicación total) por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 65/100 ($801.538,65) con impuestos incluidos y a la firma URK SA el Renglón Nº 27 por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($13.950,00) con impuestos incluidos ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta a PESOS OCHOCIENTOS QUINCE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 65/100 ($815.488,65) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE, cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la sumatoria total de la misma un 8,39% por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ($889.200,00) y; 4) DECLARAR DESIERTOS los Renglones Nº 31 y 39 por inexistencia de Ofertas, desistiendo de su adquisición bajo la presente modalidad de compra;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 180 obrantes en ------------------- el Expediente N°245-C-19 Cuerpos 01 y 02 referente a la “ADQUISICION DE ELEMENTOS Y CALZADO DE SEGURIDAD– AÑO 2019” ---------------------------------------------
ARTICULO 2°: RECHAZAR los renglones 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34 36, 38, 40, 41 y -------------------- 42 correspondientes a la firma FOOTWEAR SA por lo motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: ADJUDICAR la Licitación Privada Nº 04/19 Segundo Llamado y Mejora de ------------------- Ofertas del Primer llamado de la siguiente manera: a la firma BORCAL SA los renglones Nº 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34, 36, 38 y 40 a 47 (en su oferta con descuento del 1% por adjudicación total) por la suma total de PESOS OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 65/100 ($801.538,65) con impuestos incluidos y a la firma URK SA el Renglón Nº 27 por la suma total de PESOS TRECE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($13.950,00) con impuestos incluidos por ser sus ofertas las mas convenientes a los intereses de OSSE cumplir con lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones y encontrarse la sumatoria total de la misma un 8,39% por debajo del Presupuesto Oficial para dichos renglones ------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a las firma Adjudicataria BORCAL SA que -------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificadas deberán efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. Para la firma URK SA dado que el monto a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($173.641,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 13 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la -------------------Orden de Compra a las firmas adjudicatarias tomando días corridos y de acuerdo al siguiente cronograma de entrega: para la firma BORCAL S.A los renglones 01, 05, 09, 13, 17, 20, 23, 26, 29, 32, 34 el 50 %: a los 60 días corridos y el 50% restante a los 90 días corridos y renglones Nº 36, 38 y 40 a 47 ambos inclusive el 50 %: a los 30 días corridos y el 50% restante a los 60 días corridos, y para la firma URK SA el renglón Nº 27 el 50 %: a los 30 días corridos y el 50% restante a los 60 días corridos-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Declarar DESIERTO los Renglones Nº 31 y 39 renunciando a la adquisición de --------------------- los mismos bajo la presente modalidad de compra según los motivos expuestos en el exordio de la presente--------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7°: Autorizar al Área Contaduría a devolver el Depósito de Garantía de ------------------------ Mantenimiento de Oferta a las firmas: MACROFER PÀSEO FERRETERO S.A. según recibo de depósito N°56 (fs.133); a la firma MAINCAL S.A. según recibo de depósito N°59 (fs. 135); a la firma ABETE Y CIA SA. según recibo de depósito N°60 (fs. 136), a la firma URK SA según recibo de depósito N°61 (fs. 137); a la firma FOOTWEAR SA según recibo de depósito Nº 108 (fs 256) y a la firma BORCAL S.A.I.C. según recibo de depósito N°58 (fs. 134), una vez que las misma efectúe el Depósito de Garantía de Adjudicación.----------------------------------------
ARTICULO 8º: Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste correspondiente de los renglones
-------------------- adjudicados indicados en el Art. 3º y a desafectar los renglones indicados en el Art. 6º.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Autorizar a la Gerencia de Recursos Humanos a iniciar, en caso de corresponder, --------------------- un nuevo trámite de compra por los renglones indicados en el Art. 8º.---------------
ARTICULO 10°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 11°: Notificar a las firmas de lo dispuesto en la presente Resolución. ----------------
ARTICULO 12°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a ---------------- fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------
.RESOLUCION Nº 333-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 11/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 177-C-2018 Cpo. 1 referente a la: “ADQUISICION DE GABINETES DE ACERO INOXIDABLE” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 199/18 de fecha 18 de Abril del 2018 (fs. 39) se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 06/18 a la firma METALURGICA DOMÍNGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ) en la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL ($299.000,00) con impuestos incluidos, , Orden de Compra Nº 206/18.
Que a fs. 56 la Gerencia de Servicios informa que la firma METALURGICA DOMÍNGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ) Orden de Compra Nº 206/18 ha cumplido con todo lo requerido por esa Gerencia;
Que a fs. 57 el Area Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 206/18 perteneciente a METALURGICA DOMÍNGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ). se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación a la firma METALURGICA DOMÍNGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ). Recibo Oficial Nº 70 (fs. 43);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º : Dar por cumplimentado a la firma METALURGICA -------------------- ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ) el Concurso de Precios 06/18 .----------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito
-------------------- de Garantía de Adjudicación a la firma METALURGICA DOMÍNGUEZ ROSENDE JOSE Y DOMÍNGUEZ ARZONDO ALEJANDRO SH (METALURGICA DOMINGUEZ) Recibo Oficial Nº 70 (fs. 43) de fecha 26/04/18---------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ---------------------efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.----------------------------------------
RESOLUCION Nº 334-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 11/06/2019
Visto la necesidad de continuar con el desarrollo de los trabajos que se vienen llevando a cabo en las distintas dependencias; y
CONSIDERANDO
Que para cumplir eficazmente las necesidades del servicio resulta procedente reforzar la dotación del personal para llevar adelante dichas tareas –sin perjuicio de las que pudieren asignarse en el futuro-;
Que este Directorio tiene amplias facultades para dirigir, administrar y organizar económica y técnicamente la sociedad, correspondiéndoles - entre otras atribuciones - la de establecer la organización del trabajo y la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la misma;
Que los Sres. Braian Alan KREN (DNI 39.102.430), Eduardo Miguel MORAN (DNI 30.296.484) y Lourdes Antonella OLIVERA VIVAS (DNI 41.149.240) reúnen las características personales apropiadas para el desempeño de las tareas en la Gerencia de Producción -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudieran producirse en un futuro- ;
Que la modalidad del vínculo laboral será de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE, ubicándose a los postulantes en la Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, o en guardia rotativa en horario de mañana y/o tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en planta permanente a partir del 06/06/2019 – sin perjuicio de --------------------los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro- a los Sres. Braian Alan KREN (DNI 39.102.430) CI 1280 y Eduardo Miguel MORAN (DNI 30.296.484) CI 1281 en la Gerencia de Producción, Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/1975 ambos con régimen de guardia rotativa de dos (2) turnos en las condiciones establecidas para el resto de los agentes que desempeñan sus tareas en la modalidad apuntada (Resol Nº196/19); y a la Srta. Lourdes Antonella OLIVERA VIVAS (DNI 41.149.240) CI 1279, en la Gerencia de Producción en la Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/1975, en jornada laboral de 35 hs. semanales turno fijo en horario de mañana o de tarde. La jornada laboral, remuneración y demás condiciones de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, de acuerdo con lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Las personas nombradas en el art 1º deberán desempeñar las --------------------tareas propias de la ubicación escalafonaria asignada por medio de la presente, quedando incorporada en forma definitiva en la planta permanente de personal, en la Gerencia de Producción -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-.---------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande la presente contratación será imputado a las --------------------partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .-------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 335-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la solicitud presentada por el agente Fernando Darío DUARTE (CI Nº636) referente al otorgamiento de un adelanto de haberes, y;
CONSIDERANDO
Que el trabajador manifiesta que el motivo del pedido es para poder afrontar los gastos para terminar la construcción del hogar familiar;
Que solicita como excepción un adelanto de haberes del mes de junio del año 2019, de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00), cuya devolución se compromete a efectivizarla en SIETE (7) cuotas consecutivas: CINCO (5) cuotas de PESOS SEIS MIL ($6.000,00) que serán retenidas de los haberes de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, y DOS (2) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), las cuales serán retenidas de los haberes de los meses de junio y diciembre, todas correspondientes al cte. año;
Que la garantía del adelanto está constituida por las sumas devengadas a la fecha a favor del peticionante, por el sueldo anual complementario – proporcional al tiempo trabajado- indemnización equivalente a las vacaciones no gozadas y demás beneficios que le correspondan liquidar, en el supuesto de la extinción del vínculo laboral;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar la firma del convenio de adelanto de los haberes------------------- del mes junio del año 2019, con el agente Fernando Darío DUARTE (CI Nº636) de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000,00), en virtud de los motivos expuestos en el exordio de la presente.-------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: El agente reintegrará la totalidad del adelanto en SIETE (7) --------------------cuotas consecutivas: CINCO (5) cuotas de PESOS SEIS MIL ($6.000,00) que serán retenidas de los haberes de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, y DOS (2) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), las cuales serán retenidas de los haberes de los meses de junio y diciembre, todas correspondientes al cte. año.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El adelanto de sueldo deberá imputarse a la Cuenta --------------------patrimonial 1.1.3.4.9.01 - “Anticipo al Personal”.-------------------------
ARTICULO 4: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la --------------------Gerencia de Recursos Humanos para su conocimiento y notificación a quienes corresponda.- Pase a Liquidación de Haberes - Cúmplase.------------------------
RESOLUCION Nº 336-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
CONVENIO ADELANTO HABERES
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante “OBRAS SANITARIAS”, representada para este acto por el Sr. Presidente del Directorio, Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON, DNI Nº 17.659.335, por una parte, y por la otra el Sr. Fernando Darío DUARTE, DNI 23.260.915, domiciliado en calle Agustín RODRIGUEZ Nro. 826 de la ciudad de Mar del Plata, en adelante el “BENEFICIARIO”, suscriben el presente Convenio de adelanto de Sueldo en los términos del artículo 130 de la Ley de Contrato de Trabajo.-
PRIMERO: ”OBRAS SANITARIAS” entrega la suma de PESOS CINCUENTA ---------------MIL ($50.000,00) en concepto de Adelanto de Sueldo del mes de junio del año 2019, al Sr. Fernando Darío DUARTE, DNI 23.260.915 quien se desempeña en forma ininterrumpida en OBRAS SANITARIAS desde el 08/04/1996.--------------------
SEGUNDO: El adelanto se le descontará en SIETE (7) cuotas consecutivas: CINCO (5) ----------------cuotas de PESOS SEIS MIL ($6.000,00) que serán retenidas de los haberes de los meses de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, y DOS (2) cuotas de PESOS DIEZ MIL ($10.000,00), las cuales serán retenidas de los haberes de los meses de junio y diciembre, todas correspondientes al cte. año.--------------------------------------
En prueba de conformidad se redactan y firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor, uno para cada parte, en la ciudad de Mar del Plata a los …………días del mes de ………………… del año 2019.---------------------------------------------------------------------
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
VISTO el requerimiento presentado por la Contaduría; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la reorganización operada en la dependencia, se evaluó la oportunidad y conveniencia de incorporar a los agentes GRAFFITI, Daniela (CI 899); MINGIONI, Hernan Manuel (CI 1199); BIANCHINI, Mariano Luis (CI 1200); CHICA, Daiana Belen (CI 1106); RABANAL, Maria Isabel (CI 310) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de --------------------la presente a los agentes GRAFFITI, Daniela (CI 899); MINGIONI, Hernán Manuel (CI 1199); BIANCHINI, Mariano Luis (CI 1200); CHICA, Daiana Belén (CI 1106) y RABANAL, Maria Isabel (CI 310) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;-------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 337-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la necesidad de reforzar el servicio que brinda la Contaduría; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al agente SAMMARONE, Sebastian (CI 607) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVI a la Contaduría;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Trasladar a partir de la firma de la presente al agente SAMMARONE, -------------------- Sebastian (CI 607) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVI a la Contaduría.--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias
------------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de Resoluciones.- Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 338-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
VISTO el requerimiento presentado por la Tesorería; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la reorganización operada en la dependencia, se evaluó la oportunidad y conveniencia de incorporar a los agentes LANZAGORTA, Natalia (CI 1063) y RUBINI, Daniela Elizabeth (CI 1027) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de --------------------la presente a los agentes LANZAGORTA, Natalia (CI 1063) y RUBINI, Daniela Elizabeth (CI 1027) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;----------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 339-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la necesidad de reforzar el servicio que brinda la Secretaría del Directorio; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar a la Lic. en Servicio Social FERRARI, Rosa Alejandra (CI 1041) Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI a la Secretaría de Directorio, manteniendo su situación escalafornaria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Trasladar a partir de la firma de la presente a la Lic en Servicio Social ------------------- FERRARI, Rosa Alejandra (CI 1041) Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI a la Secretaría de Directorio, manteniendo su situación escalafonaria.-----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias
------------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de Resoluciones.- Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 340-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto los Dictámenes emitidos por la Dirección de Medicina Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires y el Departamento de Control Médico del Instituto de Previsión Social acerca del estado de salud del agente CASTILLO, Mario Javier, CI 530; y
CONSIDERANDO
Que la Junta Médica realizada el día 29 de Abril de 2019 por la Dirección de Medicina Ocupacional de la Provincia de Buenos Aires le asignó un 70% de Invalidez Jubilatoria, la que fue ratificada el 02 de Mayo de 2019 por el Dpto. Control Médico del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires quien dictamina una incapacidad laboral total y permanente;
Que esta situación se encuentra legislada en el artículo 212 4º párrafo de la ley de Contrato de Trabajo;
Que el cese del agente se encuentra alcanzado por los términos del artículo 30 de la Ley Provincial 9650;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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RESUELVE
ARTICULO 1º: Extinguir la relación laboral con el agente CASTILLO, Mario
--------------------Javier, CI 530, DNI 18.346.233, Función Oficial Polifuncional a partir del 05 de Junio de 2019, a los fines de acceder al Beneficio Jubilatorio por Invalidez determinado por la Junta Médica de la Dirección de Reconocimientos Médicos de la Provincia de Buenos Aires y ratificado por el Departamento Control Médico del Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires. -------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría - Liquidación de Haberes a liquidar la ------------------ Licencia No Gozada correspondiente, la Indemnización del artículo 212 párrafo 4º de la Ley 20744 y la bonificación del artículo 76 del CCT 57/75.---------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande se imputará a los objetos del gasto: 1.1.4 SAC ----------------- y 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL correspondiente a la jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION, categoría programática 02.00.02 APOYO PRODUCCION.----------------------------------------------------------------8
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Contaduría-Liquidación ------------------ de Haberes. Comuníquese a quienes corresponda y cúmplase.------------
RESOLUCION Nº 341-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la licencia ordinaria otorgada al agente Claudia Haydee CAAMAÑO (CI Nº 415), Subgerente de Irregularidades en el Servicio, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, y;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Sub Gerente se ausenta por el período comprendido desde el día 03 de junio de 2019 hasta el 28 de junio de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento y organización de la Gerencia;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Nicolás Aníbal RAGONESE (CI Nº 879), ubicado escalafonariamente en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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RESUELVE
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Nicolás Aníbal --------------------RAGONESE (CI Nº 879), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII, en la atención y firma del despacho de la Subgerencia de Irregularidades en el Servicio, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XXI, desde el día 03 de de junio de 2019 hasta el 28 de junio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3: La erogación que demande el mencionado reemplazo será --------------------imputado al objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.---------------------------
ARTICULO 4: Dése al Registro de Resoluciones Comuníquese a quienes corresponda. -------------------Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 342-2019 FIRMADA ALEJANDRO POZZOBON
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MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto las tareas encomendadas a la Gerencia de Calidad asociadas al tratamiento de los barros cloacales –compostaje-; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la necesidad de resolver las demandas originadas en razón del servicio, asi como en el mantenimiento de las calles internas de la Nueva EDAR –sin perjuicio de las tareas que se asignen en el futuro- la Gerencia de Calidad ha requerido la reubicación escalafonaria de los agentes LEDESMA SANHUEZA. Néstor Emmanuel (CI 1177) y CECCHETTO, Guido (CI 1179) en la Función Oficial Polifuncional;
Que los agentes referidos deberán –como condición esencial del servicio- mantener actualizados los respectivos registros profesionales habilitantes para las categorías C y D, siendo este un requisito adicional que deberán cumplimentar y que es fundamento de la reubicación propuesta, debiendo informar a la Gerencia de Recursos Humanos, Seguridad y Salud Laboral cualquier novedad relativa a su extravío por ejemplo;
Que como manifestación de las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio el Directorio tiene las más amplias atribuciones para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Reubicar a los agentes LEDESMA SANHUEZA. Néstor Emmanuel (CI --------------------- 1177) y CECCHETTO, Guido (CI 1179) en la Función Oficial Polifuncional a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente.---
ARTICULO 2°: Establecer que deberán mantener actualizados los respectivos registros -------------------- de conducción profesionales habilitantes para las categorías C y D ----
ARTICULO 3°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.------
RESOLUCION Nº 343-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto el “Proyecto de Mejoramiento Operativo 2019 para el recambio de conexiones y órganos accesorios del sistema de distribución y reducción integral de fugas de agua potable”; y
CONSIDERANDO
Que el Area Compras ha manifestado la necesidad de conformar un equipo de trabajo “ad hoc” por el plazo de 30 (treinta) días o hasta la finalización de las gestiones administrativas tendientes a la puesta en marcha de las licitaciones –lo que ocurra primero-;
Que si bien las tareas se corresponden con las que se llevan adelante en la Oficina de Compras, atento la prioridad asignada al Proyecto de Mejoramiento Operativo se justifica la constitución del equipo con personal de otras dependencias de la organización, para cumplir eficazmente con las necesidades del servicio;
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de convocar el agente LOYACONE, Romina Soledad (CI 735) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII –quien posee los conocimientos y la experiencia necesarias y se encuentra altamente calificada para llevar adelante las distintas actividades que se requieren en esta especial circunstancia- para que bajo la dependencia de la Jefatura de Compras lidere el proceso administrativo;
Que para colaborar con el equipo y capacitarse en distintas funciones se propuso al agente TARELA, María Luz (CI 1151) Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI;
Que el Directorio posee facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio;
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Constituir un equipo de trabajo “ad hoc” por el plazo de 30 (treinta) -------------------- días o hasta que finalicen las tramitaciones administrativas bajo la dirección de la Jefatura de Compras tendiente a llevar adelante las gestiones administrativas del “Proyecto de Mejoramiento Operativo 2019 para el recambio de conexiones y órganos accesorios del sistema de distribución y reducción integral de fugas de agua potable”.-----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Incorporar al equipo al agente LOYACONE, Romina Soledad (CI 735) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVIII para liderar el proceso en virtud de su experiencia, conocimientos y capacidad, y al agente TARELA, María Luz (CI 1151) Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI a los efectos de colaborar con la gestión y recibir capacitación específica que redundará en su desempeño futuro .---------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 344-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la necesidad de reforzar el servicio que brindan las oficinas de atención al cliente; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al agente FERNANDEZ, Estefanía (CI 1243) a la Oficina Comercial Puerto dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Trasladar a partir de la firma de la presente al agente FERNANDEZ, -------------------Estefanía (CI 1243) a la Oficina Comercial Puerto dependiente de la Gerencia General de Grandes Consumidores.---------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias
------------------que pudieren corresponder.----------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de Resoluciones.- Comuníquese a quienes --------------------corresponda.- Cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 345-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Sistemas al agente MARTINEZ, Ario Eitel Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI, manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Sistemas al agente --------------------- MARTINEZ, Ario Eitel Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI manteniendo su actual situación escalafonaria, a partir del primer día hábil posterior a la firma de la presente.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 346-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo del Area Compras al agente CASTRO, Romina (CI 881) Función Encargado Oficial Polifuncional, manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar al equipo de trabajo del Area Compras al agente --------------------- CASTRO, Romina (CI 881) Función Encargado Oficial Polifuncional, manteniendo su actual situación escalafonaria, a partir del primer día hábil posterior a la firma de la presente.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 347-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la enfermedad que actualmente se encuentra atravesando el agente Daniela GRAFFITTI (CI N°899); y
CONSIDERANDO
Que se le ha diagnosticado una delicada afección que requiere de intervención quirúrgica de alta complejidad a realizarse en el Departamento de neurocirugía de la institución médica F.L.E.N.I. de Buenos Aires;
Que dado el grado de dificultad de dicha intervención, los gastos extraordinarios que debe afrontar de traslado y la prolongada estadía en otra ciudad, sumado al proceso posterior que lleva su recuperación, el agente Daniela GRAFFITTI (CI N°899) solicita se considere la excepción del pago de “Adicional por Presentismo” y “Adicional por Asistencia Perfecta” previstos por Resolución Nº 657/14;
Que la Gerencia de Recursos Humanos y el servicio médico de la Empresa como contralor se expiden favorablemente, atento a la verificación efectuada de la dolencia con las constancias médicas aportadas por el agente;
Que esta excepción no origina un precedente a tener en cuenta en otros casos que se planteen, ya que el presente constituye un caso de particulares características, siendo a su vez una facultad de estas autoridades admitir la excepcionalidad a la norma;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
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R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Hacer efectivo con carácter de excepción, a la agente Daniela -------------------GRAFFITTI (CI N°899), a partir del mes de julio de 2019, inclusive, el pago del cien por ciento (100%) del premio “Adicional por Presentismo” y “Adicional por Asistencia Perfecta” reglado por Resolución N°657/14, cuando incurra en inasistencias por enfermedad referidas a la situación delicada que atraviesa,, debiendo presentar los certificados que avalen las ausencias correspondientes, todo ello por los motivos expuestos en el exordio de la presente que “brevitatis causae” no se transcriben.-------------------------
ARTICULO 2º: Reconocer el pago del premio “Adicional por Presentismo”, así como ------------------ también el “Adicional Asistencia Perfecta” cuando correspondiere, por un plazo de 6 (seis) meses luego del cual se evaluará su continuidad.-------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia ---------------------de Recursos Humanos para su conocimiento y notificación a quienes corresponda.- Pase a Liquidación de Haberes - Cúmplase.-------------------------------------
RESOLUCION Nº 348-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
VISTO el requerimiento presentado por la Sra. Jefa de Compras; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la reorganización operada en la dependencia, se evaluó la oportunidad y conveniencia de incorporar a los agentes PAURA, María Florencia (CI 849) y SUAREZ, Roberto Emiliano (CI 1096) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Que asimismo, corresponde recategorizar a los agentes ALLEY, Fernanda Gisele (CI 1019) en la Función Oficial Polifuncional; LOPEZ CACERES, Micaela Lucía (CI 1194) en la Función Medio Oficial Polifuncional y SUAREZ, Roberto Emiliano (CI 1096) en la Función Oficial Polifuncional;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar a partir del primer día hábil del próximo mes de la firma --------------------de la presente a los agentes PAURA, María Florencia (CI 849) y SUAREZ, Roberto Emiliano (CI 1096) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Recategorizar a los agentes ALLEY, Fernanda Gisele (CI 1019) en la --------------------Función Oficial Polifuncional; LOPEZ CACERES, Micaela Lucía (CI 1194) en la Función Medio Oficial Polifuncional y SUAREZ, Roberto Emiliano (CI 1096) en la Función Oficial Polifuncional.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 349-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
VISTO el requerimiento presentado por la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de satisfacer demandas de los Clientes, vinculadas a la gestión de los Certificados de Servicios y de las Conexiones, se evaluó la oportunidad y conveniencia de incorporar a los agentes GARCIA, Yanina Soledad (CI 1056), GAMBINI, Georgina (CI 1159), MOSTAJO LENCE, Camila Sofia (CI 1232) GIORGETTI, Estefania (CI 1224) y PATINIOTIS ROJAS, Andreas Alejandro (CI 986) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma --------------------de la presente a los agentes GARCIA, Yanina Soledad (CI 1056), GAMBINI, Georgina (CI 1159), MOSTAJO LENCE, Camila Sofía (CI 1232) GIORGETTI, Estefania (CI 1224); PATINIOTIS ROJAS, Andreas Alejandro (CI 986) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 350-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la necesidad de promover proyectos y gestiones vinculadas al desarrollo sustentable y energías renovables, así como los de adaptación y mitigación ante el Cambio Climático, disminución de emisiones de gases de efecto invernadero y eficiencia energética; y
CONSIDERANDO
Que se torna necesario crear un órgano encargado de planificar, organizar, dirigir y ejecutar proyectos que propendan a la eficiencia energética y asesorar a las distintas Gerencias para coordinar acciones medio ambientales;
Que es necesario implementar estrategias tendientes a alcanzar los objetivos establecidos en los ODS de Naciones Unidas relacionados con los temas planteados, como el cumplimiento de las leyes nacionales y provinciales de energías renovables, generación distribuida, y autogeneración;
Que se han firmado convenios con instituciones y empresas dedicadas a las energías renovables, eficiencia energética y cambio climático;
Que en tal sentido el Directorio ha evaluado la oportunidad y conveniencia de crear la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos en la ubicación escalafonaria P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXIII del CCT 57/75, asignándose a cargo de la misma al Ing. MERIDA Luis Alberto (CI 361);
Que corresponde subsumir en el órgano aludido la Gerencia de Planificación y Administración de Recursos Hídricos, con la totalidad del personal, creándose la Subgerencia de Recursos Hídricos en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXI, designándose a cargo de la misma al Cartógrafo REDIN, Ruben Ignacio (CI 369);
Que dentro de las funciones de la SubGerencia se encuentran específicamente las de Geoinformación y los estudios y modelación hidrogeológica;
Que con dependencia Jerárquica de la SubGerencia se encuentran los Sectores de Protección del Acuifero a cargo del Ing. MOREA José Luis (CI 522) y Monitoreo del Acuifero a cargo del Técnico Superior en Procedimientos y Tecnologías Ambientales SAIZ, Juan Carlos (CI 227);
Que a los efectos de reforzar la dotación de la Gerencia de Gestión del Acuifero y Energías Renovables se considera oportuno incorporar al abogado COSSO, Juan Matias (CI 1039) quien posee condiciones para desempeñar las funciones que se le asignarán;
Que la Ordenanza Nº7446, expresa que el Directorio tendrá amplias facultades para organizar, dirigir y administrar la sociedad, correspondiéndole según el inc. d) Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad y e) Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 22962 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Crear a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la --------------------- presente la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos en la ubicación escalafonaria P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XXIII del CCT 57/75, subsumiéndose la Gerencia de Planificación y Administración de Recursos Hídricos y designar a cargo de la misma al Ing MÉRIDA, Luis Alberto (CI 361).---------
ARTÍCULO 2º: Crear la Subgerencia de Recursos Hídricos en la Función P-07 -------------------- (“Personal de Conducción”) Clase XXI y designar a cargo de la misma al Cartógrafo REDIN, Ruben Ignacio (CI 369) a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la presente.----------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: Establecer con dependencia Jerárquica de la SubGerencia de Recursos --------------------- Hídricos los Sectores de Protección del Acuifero que estará cargo del Ing. MOREA José Luis (CI 522) y Monitoreo del Acuifero que estará a cargo del Técnico Superior en Procedimientos y Tecnologías Ambientales SAIZ, Juan Carlos (CI 227).----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Incorporar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de ---------------------- la presente al equipo de trabajo de la Gerencia de Energías Renovables y Recursos Hídricos al abogado COSSO, Juan Matias (CI 1039).-------------
ARTÍCULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes -------------------- correspondan y cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 351-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la renuncia presentada por el agente Mario Raúl MEDINA CI 340, para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;
Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios;
Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Mario Raúl MEDINA, -------------------- CI 340, DNI 12.346.388, Función P-07 Clase XVI para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01 de Junio del 2019.-------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al ------------------- tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------mensual de Pesos CUARENTA Y UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y CINCO ($ 41.645,00).------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes ------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.03.000 GERENCIA GENERAL DE GRANDES CONSUMIDORES; Categoría Programática 03.00.06 APOYO GRANDES CONSUMIDORES y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------
RESOLUCION Nº 352-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la renuncia del agente Mario Enrique FERNANDEZ CI 796 para acogerse a los beneficios jubilatorios; y,
CONSIDERANDO
Que se encuentra vacante el cargo de “Encargado de Operación del Emisario Submarino” otorgado por Resol 864/14 con guardia de tres turnos de conformidad con la Resolución 430/15 con el objeto de cubrir las 24 hs de servicio los 365 días del año ;
Que resulta necesario a los fines de no resentir el normal funcionamiento del servicio, designar a un agente que cubra el requerimiento dotacional y la responsabilidad que todo ello implica, hasta tanto se llame a Concurso o la correspondiente o la designación definitiva, según corresponda;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Jorge Ricardo ROTH (CI 801), Función OFPF (“Oficial Polifuncional”) reúne las condiciones de idoneidad para asumir de forma transitoria la vacante;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del cargo “Encargado --------------------de Operación del Emisario Submarino” en guardia de tres turnos al agente Jorge Ricardo ROTH (CI 801), Función OFPF (“Oficial Polifuncional”), desde el 10 de mayo de 2019, hasta tanto se realice el llamado a concurso correspondiente o la designación definitiva, según corresponda, por los motivos expuestos en el exordio de la presente que “brevitatis causae” no se transcriben.------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante esta diferencia si este no cumpliera ---------------------efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo. Cuando estas circunstancias se produzcan en forma ininterrumpida por un término mayor de tres (3) meses, se pagará la diferencia aunque el agente reemplazante no cumpliere efectivamente el reemplazo por justificaciones, permisos o licencias de cualquier tipo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: La erogación que demande esta Resolución se imputará al objeto --------------------del gasto 1. 1. 5. 02. “Bonificación por Reemplazos”.-------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.-Cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 353-2019 FIRMADA ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto que la Gerencia de Recursos Humanos se encuentra impulsando diversos proyectos que promueven prácticas encaminadas a convertir la organización en una “Empresa Saludable” de conformidad con los lineamientos de la Organización Internacional del Trabajo; y
CONSIDERANDO
Que las llamadas “empresas saludables” se caracterizan por el diseño sistemático de programas que mejoren la salud del trabajador, su entorno y de la organización, la creación de una cultura de la salud que satisfaga las necesidades tanto de la empresa como del trabajador, una gestión de la salud que se integre en el plan estratégico de la empresa, una metodología que ayude a las personas a conseguir una salud óptima en todas sus vertientes (emocional, física, social, espiritual e intelectual) y una metodología que utilice diversas estrategias para mejorar el conocimiento que tienen los trabajadores sobre la salud y poner a su disposición un entorno de trabajo que facilite y refuerce las elecciones saludables;
Que una empresa saludable implica conjugar las tareas de prevención, la responsabilidad social y los recursos humanos, promoviendo ideas nuevas, alineando las tareas con las directrices de los actores involucrados, generando cohesión grupal y anticiparse al riesgo para brindar el servicio con eficiencia;
Que el Departamento Médico de la Gerencia de Recursos Humanos tendrá la responsabilidad de vehiculizar las actividades que deriven del enfoque estratégico en Promoción de la Salud en todos los ámbitos de la organización a través de su titular el Dr. ROJAS, Hugo Abelardo (CI 810) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVII;
Que como consecuencia de la mayor prestación se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de asignar un adicional mensual no remunerativo a los efectos provisionales de pesos diez mil ($10.000) mientras se encuentre vinculado a dichas actividades y sin perjuicio de la facultad de la empresa de dejar el otorgamiento sin efecto en cualquier momento;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Establecer que el Dr. ROJAS, Hugo Abelardo (CI 810) percibirá a --------------------partir del mes de Julio del corriente año, un adicional mensual no remunerativo a los efectos provisionales de pesos diez mil ($10.000) por los motivos expuestos en los considerados de la presente que “brevitatis causae” no se transcriben.-
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias --------------------- que pudieren corresponder.---------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.-
RESOLUCION Nº 354-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que atento el traslado del agente COSSO, Juan Matías (CI 1039) Función Encargado Oficial Polifuncional se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar al agente IRIGOYENBORDE, Lucas Manuel (CI 991) en la Función Encargado Oficial Polifuncional (EOPF) y la incorporación del mismo junto con el agente LUIS BARBOZA, Cristian Damián (CI 1051) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Reubicar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de la ---------------------presente al agente IRIGOYENBORDE, Lucas Manuel (CI 991) en la Función Encargado Oficial Polifuncional (EOPF) incorporándose junto con el agente LUIS BARBOZA, Cristian Damián (CI 1051) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;-----------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 355-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto que el agente Rubén Andrés MUÑOZ (CI 381), ha iniciado los trámites para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que dicho agente cumple funciones como Ingeniero Civil en la Gerencia de Obras;
Que resulta indispensable reforzar la dotación de personal de la Gerencia, incorporando un graduado universitario con el título de Ingeniero Civil;
Que se efectuó una convocatoria de profesionales a través del Colegio de Ingenieros de la Provincia de Buenos Aires;
Que habiéndose analizado pormenorizadamente las postulaciones, los Gerentes de Obras y de Recursos Humanos consideran que el Ing. Felipe GARCIA GENTA (DNI 37.010.959) reúne las características personales apropiadas para el desempeño de los trabajos;
Que el Servicio Médico de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que los mismos se encuentran físicamente aptos para el trabajo;
Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90,93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE ubicándose a la en la Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI;
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;
Que por lo expuesto a fin de no resentir la operatoria de OSSE se hace necesario que, en cumplimiento de lo establecido en los arts. 10 y 11 de la Ordenanza 7446, la Vicepresidente a cargo de la Presidencia del Directorio, suscriba la presente Resolución;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por las Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante,
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Contratar a plazo fijo para prestar servicios en la Gerencia de --------------------Obras, al Ing. Felipe GARCIA GENTA (DNI 37.010.959) en la Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI, por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a de la presente, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013, pudiendo desempeñarse de mañana o de tarde de conformidad con las necesidades del servicio.-------
ARTÍCULO 2º: Aprobar el modelo de Contrato a Plazo Fijo a suscribir con el --------------------trabajador contratado, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande la presente contratación será imputado a las --------------------partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .-------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.----
RESOLUCION Nº 356-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON-
ANEXO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por la Sra. Vice Presidente del Directorio, Ing. Viviana Edith BOLGERI DNI Nº 23.296.130, por una parte y el Sr. Felipe GARCIA GENTA (DNI 37.010.959), con domicilio real en Calle Caupolicán y Los Quilmas (s/n) – Bo. Bosque de Peralta Ramos-, en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº /19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en Función A-14 (“Ayudante Técnico”) Clase XI del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75, para cumplir tareas en la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos -sin perjuicio del cambio de ubicación que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.---
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 21/06/2018 hasta el día ---------------20/09/2018, inclusive.---------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 20 de septiembre de 2019.--------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …… días del mes de …………………….. del año 2019.-
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto el pedido de licencia ordinaria solicitado por el agente Alejandra Marcela Franco (CI Nº372), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Jefe del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción se ausenta por el período comprendido desde el día 03 de junio de 2019 al 14 de junio de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento del Área enunciada;
Que el Ing. Pablo Alberto SENCI (CI N°455), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, reúne las condiciones para realizar el reemplazo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al Ing. Pablo Alberto SENCI (CI n°455), el manejo de la Caja Chica del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción, asignada por Resolución nº 734/18, durante el período arriba indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar en carácter de reemplazo transitorio al Ing. Pablo --------------------Alberto SENCI (CI N°455), Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, la atención y firma del despacho del Área Ejecución y Mantenimiento de Desagües Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX, por el período comprendido desde el día 03 de junio de 2019 al 14 de junio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 3°: Encomendar el manejo de la Caja Chica del Área Ejecución y --------------------Mantenimiento de Desagües Pluviales dependiente de la Gerencia de Producción por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.-------
ARTICULO 4º: La erogación que demande esta Resolución se imputará al --------------------objeto del gasto 1. 1. 5. 02. “Reemplazos”.--------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.-Cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 357-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Señor Gerente General de Grandes Consumidores, Mario Alberto REAL (CI Nº 399) Función P-07 Clase XXIII, y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Gerente solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre los días 13 de Junio del 2019 y el 05 de Julio del 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Gerencia mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente MORENO, Diego Alejandro (CI 507) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que resulta necesario transferir el manejo de la Caja Chica de la Gerencia General de Grandes Consumidores al agente reemplazante;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente MORENO, ------------------- Diego Alejandro (CI 507) Función P-07, Clase XX, durante el periodo comprendido entre los días 13 de Junio del 2019 y el 05 de Julio del 2019, inclusive, para la atención y firma del despacho de la Gerencia General de Grandes Consumidores, Función P-07 Clase XXIII, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no --------------------cumpliera efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.------------------------------
ARTICULO 3º El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.--------------------
ARTÍCULO 4°: Encomendar el manejo de la Caja Chica de la Gerencia General de ------------------Grandes Consumidores al agente designado por el período enunciado en el artículo primero.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes ---------------------corresponda - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 358-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON-
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto la Res 291/2019 y;
CONSIDERANDO
Que en virtud del aludido acto administrativo, se designó al Ing. NEGRI Joaquin (CI 855) Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX a cargo de la Gerencia de Coordinación y Estrategia Operativa;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Jefatura del Área a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatoria Resolución 371/08;
Que el agente ROCHET, Roberto Carlos (CI 737) Sub Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;
Que la Gerencia de Producción ha solicitado se cubra la vacante de la Sub Jefatura, atendiendo a las crecientes demandas operativas, proponiendo para ello al agente CECHETTO, Guillermo Nestor (CI 495);
Que por lo expuesto a fin de no resentir la operatoria de OSSE se considera oportuno cubrir las vacantes;
Que los agentes deberán cumplir con las Misiones y Funciones que a titulo enunciativo se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, pudiendo, el incumplimiento de las mismas, producir la revocatoria del reemplazo –sin perjuicio de las sanciones correctivas que pudieren corresponder-;
Que la jornada laboral de los agentes que se desempeñan como Jefes y Subjefes de agua y cloaca Norte y Sur -régimen de 45 hs semanales de conformidad con el módulo “D” de Acta Paritaria 3/2015 de Reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo en el Expte de Negociación Paritaria Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad de la Nación.- de conformidad con las actuales necesidades operativas -y en virtud de que el servicio se presta durante los 365 días del año- requieren que además de prestación de lunes a viernes lleven adelante una guardia durante los fines de semana y feriados que facilite la toma de decisiones y la resolución de las contingencias, que se dificulta en función de la rigidez del aludido módulo horario;
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de “flexibilizar” la prestación durante los fines de semana y feriados de los cuatro (4) agentes que se desempeñan como Jefes y Subjefes de Agua y Cloaca Norte y Sur y sus respectivos reemplazantes, autorizando a confeccionar una guardia operativa no presencial mientras se encuentren vinculados a dichas actividades y sin perjuicio de la facultad de la empresa de dejar el otorgamiento sin efecto en cualquier momento compensando esta prestación en guardia en el cumplimiento semanal de 45 hs efectuando el seguimiento a través de Internet, con asistencia al lugar de trabajo fuera de la empresa etc;
Que a los efectos del control del cumplimiento, la Gerencia de Producción deberá confeccionar y comunicar previo al inicio del fin de semana o feriados al Directorio, a la Gerencia de Recursos Humanos, a la Gerencia de Servicios, a la Gerencia de Sistemas -Call Center- un cronograma con los nombres de los trabajadores que permanecerán en la aludida guardia no presencial, con el objeto de que puedan ser contactados en caso de suscitarse una contingencia que requiera su intervención;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N °7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar a partir del 27 de mayo del corriente en carácter de reemplazo --------------------- transitorio del agente NEGRI Joaquin (CI 855) al agente ROCHET, Roberto Carlos (CI 737) como Jefe de Agua y Cloaca Norte y Sur en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XX y al agente CECHETTO, Guillermo Nestor (CI 495) en la Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, como Jefe de Agua y Cloaca Norte por los motivos expuestos en el exordio de la presente y en tanto subsista la vacante en razón de la Res. 291/2019, debiendo cumplir con las Misiones y Funciones que a titulo enunciativo se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente, pudiendo el incumplimiento de las mismas producir la revocatoria del reemplazo –sin perjuicio de las sanciones correctivas que pudieren corresponder-.-----------------------------
ARTICULO 2º Flexibilizar la modalidad de prestación durante los fines de semana y feriados de los cuatro (4) agentes que se desempeñan como Jefes y Subjefes de Agua y Cloaca Norte y Sur y sus respectivos reemplazantes, de conformidad con lo expuesto en los considerandos que “brevitatis causae” no se transcriben mientras se encuentren vinculados a dichas actividades y sin perjuicio de la facultad de la empresa de dejar el otorgamiento sin efecto en cualquier momento.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3º: No se abonará los reemplazantes ninguna diferencia si éste ---------------------- no cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------
ARTICULO 5º: Encomendar el manejo de la Caja Chica del Área Intendencia
-------------------- al agente reemplazante, por el periodo enunciado en el artículo primero.-
ARTICULO 6º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION Nº 359-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MISIÓN DEL JEFE DE AGUA Y CLOACA NORTE Y SUR[1]
INSTRUMENTAR Y COORDINAR LAS ACCIONES PARA EL CORRECTO MANTENIMIENTO Y OPERACIÓN DEL SISTEMA DE DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y DESAGÜES CLOACALES
FUNCIONES DE LA JEFATURA DE AGUA Y CLOACA NORTE Y SUR
MAR DEL PLATA, 12/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 682-D-2019; y
CONSIDERANDO
Que a fs. 3 del mencionado expediente la Sra. Jefa del Área Secretaría de Directorio en el cual detalla la situación encontrada en el Sector Archivo General, en el que detalla el funcionamiento del mismo y que se encuentran sin guardar la cantidad de 3000 expedientes de acuerdo a lo manifestado por la Responsable del Sector, además del extravío (de acuerdo a lo informado en ese momento) de 6 expedientes de rentas;
Que tomado conocimiento de la situación se resolvió realizar la organización necesaria para poder continuar con la tarea, enviando a tres agentes dos horas por día para realizar la tarea, concluyendo la misma en el término de 14 días;
Que la tarea de guardado de los expedientes se realizó a través de personal de la Mesa de Entradas entre los días 06 y el 27/05/19, realizándose a la par del aguardado un ordenamiento y control de los expedientes en las cajas correspondientes, detectándose las siguientes irregularidades: 139 expedientes duplicados; 4 expedientes duplicados y unidos sin respetar el procedimiento administrativo respectivo; expedientes guardados en cajas incorrectas, cajas con expedientes desordenados, cajas con excesos de volumen llegando a triplicar su capacidad, cajas de la misma numeración duplicadas; expedientes sin censar, y una demora en el guardado de expedientes excesiva (desde Septiembre de 2018);
Que asimismo se detectó que algunos expedientes habían sido removidos desde las pilas en que se encontraban cuando se efectuó el relevamiento del 25/04/19 y ocultados, colocándolos en pequeñas pilas (de 10 exp. de rentas cada una aprox.) entre cajas en diversos lugares del archivo, varias con cartel con indicación de “no tocar”;
Que resulta menester instruir Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1: Instruir sumario administrativo a fin de deslindar responsabilidades por ---------------------irregularidades administrativas detectadas en el Sector Archivo General conforme lo expuesto en el exordio.--------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2: Designar al agente Jonás Martín (C.I. 872) como Instructor del mismo.-------------
ARTÍCULO 3: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 360-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 13/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 280-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION DE MATERIALES DE BRONCE –AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 36/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo las firmas: I.P.L.I. S.R.L., ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A., MEGUINASSO RICARDO y SINARPLAST S.R.L. según surge del Acta de Apertura de fecha 24/05/19 (fs. 63), las cuales cumplen con todo lo requerido en el P.B.yC.;
Que en virtud de exceder el precio de algunos de los renglones cotizados el Presupuesto Oficial, se solicitó a algunas de las firmas oferentes una Mejora de Ofertas surgiendo, según Acta de fs. 113, lo siguiente: la firma MEGUINASSO RICARDO presenta Nota cotizando: para el Renglón Nº 02: precio unitario $91.47 haciendo un total de $44.090,22 y, para el Renglón Nº 03: precio unitario $250.03 haciendo un total de $81.260,74, ascendiendo ambos a la suma total de $125.350,96. Por otro lado, la firma SINARPLAST informa no poder realizar una mejora de precios;
Que la Gerencia de Producción, la Gerencia de Irregularidades del Servicio y la Gerencia de Servicios, informan que las ofertas propuestas cumplen técnicamente con lo requerido según consta a fs. 106, 119 y 120;
Que si bien el total general de las ofertas cotizadas, aún luego de la Mejora de Ofertas superan el Presupuesto Oficial en un 61.03%, se verifica que con respecto a los Renglones Nº 02, 04 y 05 fueron confeccionados, con precios surgidos de las O.C. 367/18, O.C. 375/18 y 733/18 de fecha 25/06/2018, 27/06/2018 y 28/12/2018 respectivamente, por lo que se debe tener en cuenta la importante devaluación que ha sufrido nuestra moneda de curso legal y la aceleración de la inflación; por ende resultaría financieramente conveniente adquirirlo en esta instancia;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 36/19 de la siguiente manera: a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. el renglón Nº 4 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($388.280,00) con impuestos incluidos; a la firma MEGHINASSO RICARDO los renglones Nº 02 y 03 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 29/00 ($125.348,29) con impuestos incluidos y a la firma SINARPLAST S.R.L. los renglones Nº 01 y 05 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de CIENTO ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 60/100 ($111.774,60), ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS DOS CON 89/100 ($625.402,89) por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente N° 280-C-19 Cpo. 01 -------------------- referente a la “ADQUISICION DE MATERIALES DE BRONCE – AÑO 2019”.------
ARTÍCULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 36/19 de la siguiente manera: a la firma
------------------- ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. el renglón Nº 4 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($388.280,00) con impuestos incluidos; a la firma MEGHINASSO RICARDO los renglones Nº 02 y 03 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 29/00 ($125.348,29) con impuestos incluidos y a la firma SINARPLAST S.R.L. los renglones Nº 01 y 05 (Oferta Alternativa con descuento con entrega total) por la suma total de CIENTO ONCE MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 60/100 ($111.774,60), ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta la suma de PESOS SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS DOS CON 89/100 ($625.402,89) por ser sus propuestas convenientes a los intereses de OSSE y cumplir con los requerimientos solicitados. --------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será en todos los casos a partir de la notificación de la Orden de ------------------ Compra y para todas las firmas dentro de los 30 (treinta) días corridos-----------------------
ARTICULO 4°: La Oficina de Compras comunicará a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. ------------------- que dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE. Para las firmas MEGHINASSO RICARDO y SINARPLAST S.R.L., dado que los montos a adjudicar se encuentra por debajo del Tope establecido a la fecha por la L.O.M. para las Contrataciones Directas ($173.641,00), en cumplimiento a lo establecido en el Art. 8.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales no se le requerirá la constitución del Depósito de Garantía de Adjudicación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar los ajustes que correspondan para los ------------------- renglones adjudicados indicados en el Art 2º en caso de ser necesario continuar con su adjudicación.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 7º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------------------
ARTICULO 8º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------- efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------------------
RESOLUCION Nº 361-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 13/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 434-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION TUNELERA NEUMATICA Y MOTOCOMPRESOR P/ TUNELERA”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución nº 227/19 (fs. 20) se aprobó el Llamado a Licitación Privada N° 12/19 referente a la “ADQUISICION MOTOCOMPRESOR P/ TUNELERA NEUMATICA”;
Que a fs. 22 la Vicepresidente a cargo del Directorio indica con relación a la Solicitud de Pedido nº3-200-54 correspondiente a la “ADQUISICION TUNELERAS” tramitada por Licitación Privada Nº 11/19 y a la Solicitud de Pedido nº3-200-53 correspondiente a la “ADQUISICION MOTOCOMPRESOR P/ TUNELERA” tramitada por Licitación Privada Nº 12/19, en virtud de tratarse de elementos provistos por las mismas firmas, se solicita la unificación de ambos solicitudes a fin de gestionar una única contratación;
Que en función de lo expuesto se ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;
Que de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 151 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Privada;
Que por lo expuesto, la Oficina de Compras aconseja Llamar a Licitación Privada N° 11/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Dejar sin efecto la Resolución nº 227/19 que aprobó el Llamado a Licitación Privada N° 12/19 referente a la “ADQUISICION MOTOCOMPRESOR P/ TUNELERA NEUMATICA” por los motivos expuestos en el exordio de la presente. ------------------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Privada N° 11/19 referente a la “ADQUISICION --------------------- TUNELERA NEUMATICA Y MOTOCOMPRESOR P/ TUNELERA” cuya fecha de apertura de sobres será a los 10 (diez) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.--------------------------------------
ARTICULO 3º: Invitar a participar a las firmas del ramo.---------------------------------------------
ARTICULO 4°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la ------------------- Licitación Privada N° 11/19 integrada por: el Lic. Marcelo Caló y el Sr. Guillermo Cechetto , quienes presidirán la misma como titular y el Ing Walter Vuillermoz como suplente todos por la Gerencia de Producción; el CP Mariano Bianchini como titular y la Lic Daiana Chica como suplente ambos por el Área Contaduría; y la Dra Fabiana Suter como titular y la Dra Graciela Leone como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------ cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------
RESOLUCION Nº 362-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 13/06/2019
Visto las bajas de bienes tramitadas en el Expediente Nro. 749-C-19 Cpo.1 referente a: “BAJA DE BIENES PATRIMONIADOS – EJERCICIO 2019” y;
CONSIDERANDO
Que la COMISARIA DISTRITAL SEXTA de la POLICIA de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES ha solicitado mediante Nota Nº 896/2019 COLABORACIÓN CON MOBILIARIO EN DESUSO;
Que la Ordenanza del HCD Nº 24.120 que aprueba el PRESUPUESTO DE GASTOS Y CALCULO DE RECURSOSO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. para el ejercicio 2019, en su art. 16º, autoriza al Directorio de OSSE a dar bienes que se encuentren obsoletos o deteriorados y su valor residual no supere $ 5.000,00 (Pesos Cinco Mil)
Que el Area Intendencia ha seleccionado 1 (una) Mesa de Computación y 2 (dos) Sillas giratorias, con ruedas, tapizadas en cuerina negra, muy deterioradas y fuera de uso en nuestra Empresa;
Que el área Patrimonio ha identificado y verificado el estado de uso y conservación de esos bienes;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 749- C-19 Cpo.1 ------------------ referente a: “BAJA DE BIENES PATRIMONIADOS – EJERCICIO 2019”.--
ARTICULO 2º: Dar de baja los bienes consignados en el Anexo que integra la presente por ------------------ encontrarse en estado de deterioro y fuera de uso y entregar los mismos a la COMISARIA DISTRITAL SEXTA de la POLICIA de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduria a realizar las registraciones contables ------------------- pertinentes.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a Contaduria a los efectos de dar ------------------ cumplimiento a la presente. Cúmplase------------------------------------------
RESOLUCION Nº 363-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO
N° Patrim |
Bienes |
Valor Residual |
4309 |
MESA P/COMPUTADORA, MARRON-BEIGE, 1.04X0.69X0.74, BAND.P/TECLADO FIJA |
0 |
412 |
SILLA DE CUERO NEGRA, GIRATORIA CON 5 RUEDAS |
0 |
418
|
SILLA DE CUERO NEGRA, GIRATORIA CON 5 RUEDAS |
0 |
|
Total Bienes: 3 (tres) |
|
MAR DEL PLATA, 13/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 656–G-2018 Cpos. 01 y 02 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 538/18 (fs. 204 y 205) de fecha 08 de Octubre de 2018, se adjudicó la Licitación Pública Nº 09/18 Segundo Llamado a la firma INTER-POST S.A. por la suma total de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($6.450.840,00) con impuestos incluidos por cumplir con lo requerido en el P.B. y C. y tratarse su oferta conveniente a los intereses de OSSE;
Que a fs. 313 la Gcia. Gral. de Grandes Consumidores solicita hacer uso de la opción de ampliación de hasta un 20% para completar la prestación de referencia conforme a las exigencias actuales durante el periodo comprendido entre Junio y el 30 de Septiembre del 2019. Agregan que dicha ampliación se solicita a fin de poder cumplir con las intimaciones previstas de acuerdo al detalle adjunto a fs. 314;
Que a fs. 323 el área Contaduría procede a imputar preventivamente la ampliación solicitada, no presentando objeción ya que el monto de ampliación no supera al 20% del monto contratado originalmente según Ordenes de Compra Nº 596/18 y Nº 597/18, de acuerdo a lo establecido en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P.B.yC.;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones establece que: “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte (20%) del monto adjudicado. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. …”;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ampliar las Ordenes de Compra Nº 596/18 y Nº 597/18 pertenecientes a la firma INTER-POST S.A. correspondiente a la Licitación Pública Nº 09/18 Segundo Llamado: “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION” por la suma de total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO OCHO CON 40/100 ($1.290.108,40), equivalente al 19,99% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 656–C-2018 Cpo. 01 y
------------------- 02 a partir de fs.312 referente al “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION” -----------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la ampliación de las Ordenes de Compra Nº 596/18 y -------------------- Nº 597/18 pertenecientes a la firma INTER-POST S.A. correspondiente a la de la Licitación Pública Nº 09/18 Segundo Llamado: “SERVICIO DE DISTRIBUCION DE CARTA FACTURAS Y AVISO DE CORTE Y RESTRICCION” por la suma de total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA MIL CIENTO OCHO CON 40/100 ($1.290.108,40), equivalente al 19,99% del monto contratado originalmente no excediendo el 20% fijado como límite en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del Pliego de Bases y Condiciones.---------------
ARTICULO 3º: La Oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria dentro de los 5 --------------------- (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. De Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------
ARTICULO 4°: El plazo de la presente contratación será a partir de la notificación de la Orden ------------------- de Compra y dentro del periodo comprendido entre Junio y 30 de Septiembre del 2019. -------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------- Area Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 364-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 14/06/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 1812-I-2014
RED DE CLOACA CALLE PESCADORES (VI) E/ROSALES Y BOUCHARD, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra AMPLIACIÓN RED DE CLOACA CALLE PESCADORES (VI) E/ROSALES Y BOUCHARD.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ AMPLIACIÓN RED DE CLOACA CALLE PESCADORES (VI) E/ROSALES Y BOUCHARD realizado por la Cooperativa de Trabajo A TRABAJAR LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 3/2019 y 42/2019, obrante a fjs. 214 y 300 respectivamente del presente expediente.--------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 365-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 18/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 299-C-19 Cpo. 01 y 02 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Licitación Pública N° 03/19 autorizado por Resolución de Directorio Nº 198/19 (fs.62), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que han presentado sobres tres (3) oferentes: KYAN SALUD SRL, HIPOLITO INTEGRAL S.A. y CAPPI FRANCISCO ROBERTO según consta en Acta de apertura de fs. 154;
Que la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación en Actas de Reunión obrante a fs. 170/1, 266/7 y 288 ha solicitado se intime a las firmas a adjuntar documentación y concluye que habiendo analizado la documentación acompañada por KYAN SALUD S.R.L., HIPOLITO INTEGRAL S.A y CAPPI FRANCISCO ROBERTO, la firma KYAN SALUD SRL, intimada por cédula de fs 269 con respecto a lo requerido en el art 8 inc.15) (certificación expedida por Contador Público) presenta nota (fs 271) ratificando la documentación presentada en cumplimiento del art 8 inc 15). La firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. notificada por cédula que corre agregada a fs 268, cumplió con la presentación de la totalidad de la documentación solicitada y la firma CAPPI FRANCISCO ROBERTO, intimada por cédula que corre agregada a fs 270, se le solicitó dar cumplimiento al art 8 incisos .11, 12, 15 , 17 y 18 y si bien adjuntó documentación (fs 273 a fs 283) a fin de dar cumplimiento a lo requerido, analizada la misma, concluyen que resulta insuficiente por lo tanto NO CUMPLE con las exigencias previstas en el Pliego a los efectos de declarar ADMISIBLE su oferta. Por todo lo expuesto, la Comisión RECOMIENDA: 1) DECLARAR ADMISIBLES las ofertas presentadas por las firmas HIPOLITO INTEGRAL S.A. y KYAN SALUD SRL; 2) RECHAZAR la oferta de CAPPI FRANCISCO ROBERTO por las razones expuestas líneas arriba. Informan que el valor hora considerado para el Presupuesto Oficial, data de Noviembre del año 2018, por lo cual no se toma como base para compararlo con las ofertas económicas, ya que estas últimas se confeccionaron de acuerdo a la documentación presentada por los oferentes con la escala salarial correspondiente a Abril de 2019. Agrega que analizando la situación económica de las ofertas cuya admisibilidad se recomienda, en comparación con el presupuesto Oficial Actualizado al mes de Abril 2019, se verifica que la Oferta económica de HIPOLITO INTEGRAL S.A. es la más conveniente a los intereses de Obras Sanitarias y se encuentra por debajo del mismo. Recomendando ADJUDICAR la presente licitación a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. por la suma de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos en su Oferta Alternativa con Insumos.
Que la Oficina de Compras advierte que la firma KYAN SALUD SRL no cumple con la presentación del Artículo 8 de las Cláusulas Particulares del P. B.y C. el Inc.1) Certificación ante Escribano Público de los Datos del Proponente, según lo dispuesto en el Anexo 1, por lo que NO CUMPLE con las exigencias previstas en el Pliego a los efectos de declarar ADMISIBLE su oferta, RECHAZÁNDOSE la oferta de la firma KYAN SALUD SRL. Por tal motivo y visto la necesidad de no resentir la operatoria del servicio de limpieza el cual iniciará el día 20/06/2019 y siendo que el valor cotizado por la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. según lo recomendado por la comisión es conveniente a los intereses de OSSE es que se recomienda adjudicar el presente servicio bajo la modalidad de Contratación Directa, conforme lo dispuesto en el art 156 inc 8 de la LOM, por tratarse de un servicio periódico de limpieza, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de $ 281,599757 valor promedio entre valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego, todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs. 63 obrantes en el -------------------- Expediente N° 299-C-19 Cpo. 01 y 02 referente al “SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA DE EDIFICIOS, CON EQUIPAMIENTO- AÑO 2019/20”-------
ARTICULO 2º: RECHAZAR las ofertas de la firmas CAPPI FRANCISCO ROBERTO -------------------- y KYAN SALUD SRL por las razones expuestas en el exordio de la presente.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: Dar por concluida la Licitación Pública Nº 3, dándole encuadre bajo la -------------------modalidad de Contratación Directa art 156 inc 8 por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4°: Adjudicar el presente servicio bajo la modalidad de Contratación -------------------Directa, conforme lo dispuesto en el art 156 inc 8 de la LOM, por tratarse de un servicio periódico de limpieza, a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A. en su Oferta Alternativa con Insumos en la suma total de PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y UN MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 75/100 ($6.531.210,75), con impuestos incluidos, (1932.77 horas mensuales a un valor hora de $ 281,599757 valor promedio entre valor hora Jornada Completa y Media Jornada) por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir lo requerido en el pliego, todo ello en el marco de los términos del PByC de la Licitación Pública Nº 03/19-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 5°: El plazo de prestación del servicio de referencia será de 12 ------------------- (doce) meses contados a partir de las 06 hs del día 20/06/2019, en un todo de acuerdo a lo establecido en los Artículos 10.1 y 10.3 de las Cláusulas Particulares del Pliego.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro ------------------- de los CINCO (05) días hábiles de notificado deberá dar cumplimiento con lo establecido en los Artículos: 22 de las Cláusulas Particulares y 5.3 de las Cláusulas Generales del Pliego de Bases y Condiciones.--------------------------------------
ARTICULO 7°: La Oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro ------------------- dentro de los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, las mismas deberán ponerse en contacto con la Oficina de Compras, a fin de informar las Cías. De Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 8°: Encomendar a la Oficina de Compras notificar a la firma ------------------- adjudicataria que deberá presentar constancia extendida por el Ministerio de Trabajo en relación al art 8 inc.19), inscripción en el registro de la Ley 13880. -------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 9°: Autorizar a la Contaduría a devolver el Depósito de ----------------- Garantía de Mantenimiento de Oferta constituidos para el primer llamado a Licitación Pública N° 03/19, a la firma KYAN SALUD SRL., según recibo N° 84 (fs.152), a la firma CAPPI ROBERTO, según recibo N° 85 (fs.153) y a la firma HIPOLITO INTEGRAL S.A., según recibo N° 75 (fs. 135) una vez que la misma constituya el Depósito de Garantía de Adjudicación.-------------------------------------------
ARTICULO 10º: Autorizar a la Contaduría a realizar el ajuste correspondiente de -------------------- los renglones adjudicados indicados en el Art. 2º -------------------------
ARTICULO 11°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.---------------------------------------------------
ARTICULO 12°: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.-------------
ARTICULO 13°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de --------------------- Compras a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.-------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 366-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 18/06/2019
Visto el Acta Nº 02/2019 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 10 de junio de 2019, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que conforme surge de dicha acta, en el marco de la negociación paritaria que se desarrolla en el citado expediente, en el ejercicio de la autonomía colectiva, se acordó para el personal de la empresa comprendido en el art. 6to de la Ordenanza 7445/89, sin perjuicio del aumento pactado en Acta 1/19 Punto 1, los siguientes aumentos remunerativos, no acumulativos, calculados cada uno de ellos sobre el Sueldo Conformado devengado por cada agente conforme su respectiva categoría profesional y jornada de trabajo correspondiente al mes de diciembre de 2018: a) Seis por ciento (6%) a partir del mes de abril de 2019; b) Seis por ciento (6%) a partir del mes de mayo de 2019; y c) Cuatro por ciento (4%) a partir del mes de julio de 2019; conviniéndose que el pago retroactivo resultante del aumento pactado para los meses de abril y mayo de 2019 se abonará con los haberes correspondientes al mes de junio de 2019; y que la Garantía establecida en el punto 3 del Capítulo 1ro del acta 04/2014 no será afectada por el incremento pactado para el corriente año;
Que asimismo se acordó que con los haberes del mes de agosto de 2019 se efectuará la distribución entre el personal de la Empresa de los montos derivados de la retención de lo percibido hasta el mes de julio de 2019 en concepto de Contribución para la Gestión Sustentable del Ambiente Natural y Urbano "GIRSU". Ello de conformidad con lo previsto en el Punto 7 del Acta 2/17 correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva No 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que corresponde implementar el acuerdo alcanzado;
Que atento a que constituye premisa ineludible y constante en la administración de O.S.S.E. mantener un estricto equilibrio presupuestario la Contaduría deberá proponer al Directorio los respectivos ahorros a fines de financiar el gasto que demande el presente acto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Implementar el acuerdo salarial celebrado en el marco de la
--------------------- Negociación Colectiva que tramita en Expte. Nº 01-041-23003/96 ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, instrumentado mediante Acta de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo Nº 02/2019, de fecha 10 de junio de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Apruébese formando parte integrante de la presente: el Anexo I con -------------------- reproducción del Acta Nº 02/2019 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo; y Anexo II con el detalle de los Sueldos Conformados que resultan de la aplicación del acuerdo antedicho a partir del meses de abril; mayo y julio de 2019 para los diferentes módulos horarios.-----------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: Solicitar a la Contaduría el calculo de la incidencia presupuestaria de la
-------------------- presente resolución con el fin de definir los ahorros que deberán ejecutarse en el Presupuesto de Gastos 2019 para lograr su financiamiento.-----------------
-
ARTICULO 4º: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese a todas las Gerencias y
------------------- Jefaturas dependientes del Directorio, al Departamento de Recursos Humanos y al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-----------------
RESOLUCION Nº 367-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 18/06/2019
Visto el Acta Nº 02/2019 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 10 de junio de 2019, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que conforme surge del Punto 5 de dicha acta, en el marco de la negociación paritaria que se desarrolla en el citado expediente, en el ejercicio de la autonomía colectiva, se aclaró y dejó establecido que el adicional previsto en el capítulo cuarto del Acta Nº 04/2014 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 26 de septiembre de 2014, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva No 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Cód. 92.7), equivale al veintidós por ciento (22%) del sueldo conformado del trabajador;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aclarar y dejar establecido que el adicional previsto en el capítulo
------------------- cuarto del Acta Nº 04/2014 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 26 de septiembre de 2014, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva No 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación (Cód. 92.7), equivale al veintidós por ciento (22%) del sueldo conformado del trabajador. ------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese a todas las Gerencias y
------------------- Jefaturas dependientes del Directorio, al Departamento de Recursos Humanos y al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-----------------
RESOLUCION Nº 368-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 18/06/2019
Visto el Acta Nº 02/2019 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 10 de junio de 2019, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación; y
CONSIDERANDO
Que conforme surge del Punto 4 de dicha acta, en el marco de la negociación paritaria que se desarrolla en el citado expediente, en el ejercicio de la autonomía colectiva, se acordó que el adicional “Falla de Caja” (Cod. 54.1) previsto en el Punto 3 del Acta 3/2017 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 11 de abril de 2017 correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva No 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a partir del mes de junio del corriente año equilvadrá al nueve con 40/100 por ciento (9,4%) del Sueldo Conformado establecido para la categoría Peón P3 Clase 1 de la CCT 57/75 en jornada de 35 horas semanales, cualquiera sea la jornada de labor del trabajador que devengue el adicional;
Que corresponde implementar el acuerdo alcanzado;
Que atento a que constituye premisa ineludible y constante en la administración de O.S.S.E. mantener un estricto equilibrio presupuestario la Contaduría deberá proponer al Directorio los respectivos ahorros a fines de financiar el gasto que demande el presente acto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Establecer que el adicional “Falla de Caja” (Cod. 54.1) previsto en el
------------------- Punto 3 del Acta 3/2017 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo, de fecha 11 de abril de 2017 correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva No 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, a partir del mes de junio del corriente año equilvadrá al nueve con 40/100 por ciento (9,4%) del Sueldo Conformado establecido para la categoría Peón P3 Clase 1 de la CCT 57/75 en jornada de 35 horas semanales, cualquiera sea la jornada de labor del trabajador que devengue el adicional
ARTICULO 2º: Solicitar a la Contaduría el calculo de la incidencia presupuestaria de la
-------------------- presente resolución con el fin de definir los ahorros que deberán ejecutarse en el Presupuesto de Gastos 2019 para lograr su financiamiento.-----------------
-
ARTICULO 3º: Dese al registro de Resoluciones, comuníquese a todas las Gerencias y
------------------- Jefaturas dependientes del Directorio, al Departamento de Recursos Humanos y al Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires.-----------------
RESOLUCION Nº 369-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 19/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 733-C-19 Cpo. 01 referente al “SERVICIO MANTENIMIENTO SISTEMA ADMINISTRATIVO CONTABLE MAJOR” y;
CONSIDERANDO
Que mediante Solicitud de Pedido Nº 3-602-24 (fs. 1/2) la Gerencia de Sistemas solicita el servicio de mantenimiento del Sistema Administrativo Contable MAJOR;
Que a fs. 5 se informa que el mencionado sistema fue desarrollado por la firma COMPUBECCAR S.A. y se encuentra en funcionamiento desde el año 1999, desde entonces periódicamente se realizan mejoras y actualizaciones conforme a cambios en las legislaciones Impositivas vigentes y sus modificaciones al sistema que redundan en beneficios operativos en la gestión cotidiana y mejora la calidad de la información para la toma de decisiones;
Que las contrataciones de mantenimiento se vienen realizando en forma directa con la firma COMPUBECCAR S.A. desde el año 2000, por ser quienes han desarrollado el sistema y lo conocen con el grado de detalle necesario para la realización de cualquier modificación, lo que les otorga el carácter de proveedora única de los servicios de mantenimiento y actualización del software;
Que a fs. 7 la Contaduría informa que la presente contratación se encuentra dentro de las previsiones del inciso 1 del Art. 156 de la L.O.M. “cuando se trate de artículos de venta exclusiva”. Por lo que procede a imputar preventivamente la Solicitud de Pedido Nº 3-602-24;
Que de fs. 9 a 11 la firma COMPUBECCAR S.A. presenta cotización según lo detallado en pedido de área, surgiendo que el precio cotizado ($534.000,00) resulta ser igual al Presupuesto Oficial fijado;
Que a fs. 12 la Gerencia de Sistemas informa que la firma COMPUBECCAR S.A. cumple técnicamente con lo requerido;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja adjudicar la Contratación Directa Nº 35/19 (Art. 156 Inc. 1 LOM) “SERVICIO MANTENIMIENTO SISTEMA ADMINISTRATIVO CONTABLE MAJOR” a la firma COMPUBECCAR S.A. por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($534.000,00) con impuestos incluidos, por cumplir con los requisitos técnicos solicitados, ser conveniente a los intereses de OSSE y resulta ser igual al Presupuesto Oficial;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 733-C-19
------------------ Cpo. 01 referente al “SERVICIO MANTENIMIENTO SISTEMA ADMINISTRATIVO CONTABLE MAJOR”.----------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar la Contratación Directa Nº 35/19 (Art. 156 Inc. 1 LOM)
------------------- “SERVICIO MANTENIMIENTO SISTEMA ADMINISTRATIVO CONTABLE MAJOR” a la firma COMPUBECCAR S.A. por la suma total de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL ($534.000,00) con impuestos incluidos, por cumplir con los requisitos técnicos solicitados, ser conveniente a los intereses de OSSE y resulta ser igual al Presupuesto Oficial.---------------------------------
ARTICULO 3º: El plazo de ejecución de la presente contratación será de doce meses a ------------------- partir del 01 de Julio de 2019.---------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras ------------------ a los efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase----------------
RESOLUCION Nº 370-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/06/2019
Visto el Expte. nº 382-C-2014 Cpo. 1, referente a la obra: “AMPLIACION RED DE AGUA Y CLOACA en Avenida Mario Bravo y Av. Edison”; y
CONSIDERANDO
Que la obra de referencia fue ejecutada en un todo de acuerdo a las Condiciones estipuladas en la Disposición de esta Gerencia de Planeamiento y Obras nº 042/2016 de fecha 12 de Agosto de 2016 a fs. 123;
Que se ha cumplido el plazo de conservación exigido en las disposiciones legales vigentes;
Que con fecha 03 de Abril de 2019, se procedió a la firma del Acta de Recepción Definitiva;
Que corresponde la Devolución del Depósito de Garantía constituido por la Empresa PASALTO MATERIALES S.R.L.;
Que por Resolución nro. 302/19 se delega la función de Aprobar la Devolución de Depósitos de Garantía de Adjudicación, Depósitos de Fondo de Reparo y de Ejecución de Contrato al Vicepresidente Lic. Marcelo Scagliola;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra -------------------- antes mencionada, la que fuera ejecutada por la Empresa PASALTO MATERIALES S.R.L , por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------
ARTICULO 2º: Autorizar la devolución del Depósito de Garantía Recibo Oficial --------------------- Nº 321 de fecha 08/08/16 según consta a fs. 118------------------------------
ARTICULO 3º: Dese al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría- ----------------------- Tesorería a fin de cumplimentar lo dispuesto en la presente Resolución - Cumplido a la Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido a la Gerencia de Planeamiento y Obras para su archivo.-----------------------------
RESOLUCION Nº 371-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 21/06/2019
Visto lo actuado en el Expediente nº 2217-P-2014 Cpo. nº 3, y Cpo. nº 6 correspondiente a la obra: “P.M.I.S. – CAÑERIA ALTERNATIVA CAMINO SAN FRANCISCO”, cuya ejecución estuvo a cargo de la firma VIALSA S.A.; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 27 de Julio de 2017 se aprobó la Recepción Provisoria de la obra por Resolución nº 390/2017;
Que con fecha 03 de Abril de 2019, se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de Oficio de la obra;
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Que por Resolución nro. 302/19 se delega la función de Aprobar la Devolución de Depósitos de Garantía de Adjudicación, Depósitos de Fondo de Reparo y de Ejecución de Contrato al Vicepresidente Lic. Marcelo Scagliola;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva de Oficio correspondiente a la -------------------- obra: “P.M.I.S. – CAÑERIA ALTERNATIVA CAMINO SAN FRANCISCO”, realizado por la Empresa VIALSA S.A.., por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a la devolución de los montos retenidos en --------------------- concepto de Fondos de Reparo.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría la devolución de los Depósitos de ---------------------- Garantía Ejecución de Contrato – Recibo nº 386 de fecha 19/08/2015.-
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría-Tesorería a fin --------------------- de cumplimentar lo dispuesto en la presente Resolución - Cumplido a la Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido a la Gerencia de Planeamiento y Obras para su archivo.-----------------------------------------------
RESOLUCION Nº 372-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 24/06/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 297-C-2018
RED DE CLOACA CALLE LARREA (VP) AL 1664 E/ SARMIENTO Y LAS HERAS, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE LARREA AL 1664 (VP) E/ SARMIENTO Y LAS HERAS.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE LARREA (VP) AL 1664 E/ SARMIENTO Y LAS HERAS, ejecutada por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Orden de Pago 828/19 obrante a fj. 95 y Recibo Nº 102/19 obrante a fj. 143 del presente expediente.------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 373-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 24/06/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 889-C-2013
RED DE CLOACA CALLE LARREA AL 1800 (VP) E/ ARENALES Y LAMADRID, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE LARREA AL 1800 (VP) E/ ARENALES Y LAMADRID.
Que a fj.314 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 51.794,44 respecto de la Orden de Compra Nº 736/2018.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE LARREA (VP) AL 1800 E/ ARENALES Y LAMADRID, ejecutada por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Nº 74/19 obrante a fj.323 del presente expediente.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------
------------------- de la Orden de Compra Nº 736/2018 por un monto de $ 51.794,44 perteneciente a la Cooperativa de trabajo DEL PARQUE LTDA. por lo expuesto en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 374-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 24/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 316-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES FERROSOS – AÑO 2019”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del 1° llamado a Licitación Privada N° 08/19 autorizado por Resolución de Directorio Nº 294/19 de fecha 24/05/19 (fs. 91), según surge de las actuaciones agregadas al expediente de referencia;
Que habiéndose invitado a 30 (treinta) empresas del ramo, según listado de fs. 93, sólo constituyó el Depósito de Garantía de Mantenimiento de Oferta y presentó sobre la firma XARE HOLDING S.A., según consta en Acta de Apertura de fecha 14/06/19 obrante a fs. 130;
Que ante la existencia de una única oferta y de acuerdo a lo establecido por el Artículo 155 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Jefatura de Compras aconseja proceder a realizar un Segundo Llamado para la Licitación de referencia cuya fecha de apertura de sobres será a los 7 (siete) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones que corren a partir de fs 93 obrantes en el -------------------- Expediente N° 316-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQUISICION MATERIALES FERROSOS – AÑO 2019”.--------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Declarar fracasado el presente llamado y proceder a realizar Segundo Llamado ----------------- a Licitación Privada N°08/19 cuya fecha de apertura de sobres será a los 7 (siete) días hábiles de suscripta la presente, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dar por comprado a la firma XARE HOLDING S.A. el Pliego Bases y -------------------- Condiciones de la Licitación Privada N°08/19, entregándose un ejemplar sin cargo a través de la Oficina de Compras.------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Dar por constituida la Garantía de Mantenimiento de Oferta Recibo Oficial -------------------- Nº133 de fecha 14/06/19 (fs. 129) a la firma XARE HOLDING S.A. para la Licitación Privada N°08/19.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente e Invitar participar ------------------ a las firmas del ramo.----------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras Área -------------------- Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 375-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 25/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 535-C-19 Cpo. 01 referente a la “ADQ. CABLE MULTIPAR MALLADO P/ SIST DE TELEMETRIA”; y
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Nuevo Llamado a Concurso de Precios Nº 35/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia, habiéndose presentado para el mismo 3 (TRES) firmas: O.A.C.I. S.A., CASA BLANCO S.A. y AIZPUN ALBERTO RAUL según surge del Acta de Apertura de fecha 05/06/19 (fs. 12), las cuales cumplen con todo lo requerido en el P.B. y C.;
Que a fs. 49 la Gerencia de Servicios informa que todos los oferentes cumplen con lo solicitado por dicha Gerencia;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 35/19 Nuevo Llamado a la firma CASA BLANCO S.A. por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL ($174.000,00) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $221.600;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 535-C-19 Cpo. 01 ------------------- referente a la “ADQUISICION CABLE MULTIPAR MALLADO P/ SIST DE TELEMTRIA.”------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 35/19 Nuevo Llamado a la firma ------------------- CASA BLANCO S.A. en su Oferta de Bienes Nacionales por la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y CUATRO MIL ($174.000,00) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial. ----------------------------------------------
ARTÍCULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 30 (TREINTA) días corridos contados a ------------------- partir de la notificación de la Orden de Compra.-------------------------------------
ARTICULO 4°: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contraen, el que deberá formalizarse en la Tesorería de OSSE. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6º: Notificar a las firmas de lo dispuesto precedentemente.----------------------------
ARTICULO 7º: Dese al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------- efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------
RESOLUCION Nº 376-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 21/05/2019
Visto el artículo 93 de la Ordenanza Nº 24.119; y
CONSIDERANDO
Que la Ordenanza Nº 24.119 en su artículo 93 establece que el Directorio de O.S.S.E. informará al Honorable Concejo Deliberante las tasas y los descuentos a aplicar en cada caso y en toda ocasión que se modifique en el ejercicio vigente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza N° 7.446 y 24132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Fijar para el mes de Junio de 2019 los siguientes intereses: ----------------------resarcitorio del 2.30 % (dos punto treinta por ciento), un interés Punitorio I del 3.45 % (tres con cuarenta y cinco por ciento) y un interés Punitorio II del 4.61 % (cuatro con sesenta y uno por ciento).-----------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Fijar para el sistema permanente de financiación un interés del 3.09 % -------------------- (tres con cero nueve por ciento).-----------------------------------------------
ARTICULO 3°: Establecer planes de facilidades de pago con la quita sobre ---------------------- actualizaciones, intereses y recargos según la modalidad de pago conforme el siguiente esquema:
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
50 % |
De dos a seis cuotas. |
30% |
De siete a doce cuotas. |
10% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago (Zonas III, IV y V, hasta 6º/2018).
Modalidad de pago |
% de descuento |
Contado. |
60 % |
De dos a seis cuotas. |
40% |
De siete a doce cuotas. |
20% |
Escasos Recursos hasta treinta y seis cuotas. |
80% |
De trece a veinticuatro cuotas |
0 % |
Planes de Facilidades de Pago en cuentas de Gestión Judicial.
Modalidad de pago |
% de descuento |
De trece a veinticuatro cuotas - Juridico |
0 % |
ARTÍCULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 377-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 25/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Irregularidades en el Servicio al agente MOGIATTI, María Cecilia (CI 1264) manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir de la firma de la presente al equipo de trabajo de -------------------- la Gerencia de Irregularidades en el Servicio al agente MOGIATTI, María Cecilia (CI 1264) manteniendo su actual situación escalafonaria.----------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ----------------------que pudieren corresponder.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 378-2019 FIRMADA
ALEJANDRA POZZOBON
MAR DEL PLATA, 25/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Irregularidades en el Servicio al agente MOGIATTI, María Cecilia (CI 1264) manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir de la firma de la presente al equipo de trabajo de -------------------- la Gerencia de Irregularidades en el Servicio al agente MOGIATTI, María Cecilia (CI 1264) manteniendo su actual situación escalafonaria.----------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ----------------------que pudieren corresponder.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 379-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 25/06/2019
Visto la renuncia presentada por el agente Ruben Andres MUÑOZ CI 381, para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;
Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Ruben Andres MUÑOZ --------------------CI 381, DNI 7.703.960, Función P-7 Clase XX para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01 de Julio de 2019.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.04.000 GERENCIA DE OBRAS; Categoría Programática 04.00.02 APOYO TECNICO OPERATIVO DE OBRAS y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------
RESOLUCION Nº 380-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 487-C-18 Cpo.1 referente al: “SERVICIO DE CONTROL MEDICO CAPITADO AÑO 2018/19” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 293/18 de fecha 13/06/18 obrante a fs. 74/5 se adjudicó el Concurso de Precios Nº 26/18 Nuevo llamado a la firma DIENST CONSULTING SA en su oferta alternativa por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA MIL CON 27/100 ($190.000,27) con impuestos incluidos, por cumplir con lo requerido en el pliego, ser su oferta la más conveniente a los intereses de OSSE y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $203.280– Orden de Compra Nº 373/18 (fs. 80 a 82);
Que a fs. 161 la Gerencia de Recursos Humanos, mediante Solicitud Nº 3-603-15, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 373/18 en virtud de mantener la continuidad del servicio por los meses de julio y agosto de 2019 para la cobertura de 770 agentes, según especificaciones del Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios de referencia;
Que a fs. 163 la Contaduría realizó la imputación preventiva correspondiente, no teniendo objeciones que realizar ya que el importe de ampliación no supera el 20% establecido en el Art. 6.4 del P. B. y C. Generales, ello concomitante a lo determinado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares y el Art. 6.4 del P. B. y C. Generales establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que en consecuencia la Jefatura de Compras aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 373/18 perteneciente a la firma DIENST CONSULTING SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 26/18 Nuevo llamado por la suma total de PESOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 71/100 ($31.666,71), equivalente al 16.66% del monto contratado originalmente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 373/18 perteneciente a la
------------------- firma DIENST CONSULTING SA correspondiente al Concurso de Precios Nº 26/18 Nuevo llamado por la suma total de PESOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 71/100 ($31.666,71), equivalente al 16.66% del monto contratado originalmente.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------
ARTICULO 3°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras – Área ------------------- Grandes Contrataciones a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 381-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Area Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc.14 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que por Resolución Nº571/18 de fecha 18 de Octubre de 2018 (fs. 78/79 del Expediente Nº 144-C-18 Alc.5 Cpo. 1) se autoriza la renovación a la firma Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal para el retiro de Repuestos Varios en Cuenta Corriente, por la suma total de $10.000,00 por un período máximo de 03 meses desde su notificación o hasta agotar el monto adjudicado;
Que a fs. 6 el Jefe del Area Automotores informa que la cuenta corriente contratada con el proveedor Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal se comenzó a utilizar a partir del día 23 de enero de 2018, según Resolución Nº 40/18, renovándose con fecha 18/10/2018, bajo Resolución Nº 571/18 y hasta el día 18/01/2019, fecha de caducidad de la misma, detallando en dicho informe cuadro sobre cada vehículo (censos), nº de vale y monto utilizado para cada uno de ellos;
Que a fs. 1 el Area Automotores solicita la renovación de la Cuenta Corriente con el proveedor Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal;
Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la adjudicación a la firma Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal por la
------------------- suma total de $45.000,00 para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente.----------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”
------------------- acordado con la firma Gralifer Importados de Miguel Angel Vidal, el cual forma parte de la presente.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los efectos de dar
------------------- Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 382-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Area Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc. 12 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que por Resolución Nº576/18 de fecha 18 de Octubre de 2018 (fs. 44/45 del Expediente Nº 144-C-18 Alc. 14 Cpo. 1) se autoriza la renovación a la firma COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTDA para el retiro de Repuestos Varios en Cuenta Corriente, por la suma total de $10.000,00 por un período máximo de 3 meses desde su notificación o hasta agotar el monto adjudicado;
Que a fs. 6 el Jefe del Area Automotores informa que la cuenta corriente contratada con el proveedor COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTDA se comenzó a utilizar a partir del día 6 de abril de 2018, según Resolución Nº 167/18, renovándose con fecha 18/10/2018, bajo Resolución Nº 576/18 y hasta el día 18/01/2019, fecha de caducidad de la misma, detallando en dicho informe cuadro sobre cada vehículo (censos), nº de vale y monto utilizado para cada uno de ellos;
Que a fs. 1 el Area Automotores solicita la renovación de la Cuenta Corriente con el proveedor COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTDA.;
Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTDA por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la adjudicación a la firma COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX
------------------- SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTD por la suma total de $45.000,00 para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”
------------------- acordado con la firma COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES DEL ATLANTICO SUR LTDA, el cual forma parte de la presente.------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los efectos de dar
------------------- Cumplimiento a la presente. Cúmplase.-----------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 383-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
Anexo B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los …… Días del mes de ……… de 2019 se acuerda entre el Arq. Alejandro Marcelo Pozzobon en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 17.659.335 y el Sr. Carlos Seip con D.N.I. N° 16.386.637 en carácter de Secretario de la firma COOP. TRAB. Y CRED. ISLAS MALVINAS DE EX SOLDADOS COMBATIENTES .DEL ATLANTICO SUR LTD para la PROVISION de REPUESTOS VARIOS por el período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle.
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
ANEXO B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los … Días del mes de …………… de 2019 se acuerda entre el Arq. Alejandro Marcelo Pozzobon en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 17.659.335 y el Sr. Miguel Angel Vidal en carácter de titular de la firma GRALIFER IMPORTADOS (prov. 5780) con D.N.I. N° 24.699.308 la prestación del servicio de PROVISION de REPUESTOS VARIOS por un período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle.
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Area Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc. 2 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que por Resolución Nª575/18 de fecha 18 de Octubre de 2018 (fs. 47/48 del Expediente Nº 144-C-18 Alc. 15 Cpo. 1) se autoriza la renovación a la firma BARTHAG S.R.L. para el retiro de Repuestos Varios en Cuenta Corriente, por la suma total de $10.000,00 por un período máximo de 03 meses desde su notificación o hasta agotar el monto adjudicado;
Que a fs. 6 el Jefe del Area Automotores informa que la cuenta corriente contratada con el proveedor BARTHAG S.R.L. se comenzó a utilizar a partir del día 6 de abril de 2018, según Resolución Nº 168/18, renovándose con fecha 18/10/2018, bajo Resolución Nº 575/18 y hasta el día 18/01/2019, fecha de caducidad de la misma, detallando en dicho informe cuadro sobre cada vehículo (censos), nº de vale y monto utilizado para cada uno de ellos;
Que a fs. 1 el Area Automotores solicita la renovación de la Cuenta Corriente con el proveedor BARTHAG S.R.L.;
Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma BARTHAG S.R.L por la suma de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000,00) para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la adjudicación a la firma BARTHAG S.R.L por la suma de $45.000,00
------------------ para el retiro de repuestos varios en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente” -------------------- acordado con la firma BARTHAG S.R.L., el cual forma parte de la presente.-------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------ efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------------
RESOLUCION Nº 384-2019 FIRMADA ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los ……Días del mes de ………….. de 2019 se acuerda el Arq. Alejandro Marcelo Pozzobon en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 17.659.335 y la Sra. María Victoria Barbaresi en carácter apoderada de la firma BARHTAG S.R.L con DNI Nº21.506.935 la prestación del servicio de PROVISION de REPUESTOS VARIOS por un período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle.
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto la necesidad de agilizar el circuito de compra de repuestos para el Area Automotores y disminuir los consumos a realizar por el sistema de Caja Chica, se ha dispuesto la implementación del sistema de Cuentas Corrientes (Expediente Nº 98-C-19 Alc. 1 Cpo. 1) y;
CONSIDERANDO
Que con fecha 6 de Enero de 2012 mediante Resolución N° 06/12 se autorizó la implementación del sistema de Cuentas Corrientes, aprobándose los Anexos A “Procedimiento de Compra de Repuestos con comprobante de Cuenta Corriente”, B “Acta Acuerdo Repuestos Entregados por comprobante de Retiro en Cuenta Corriente” y C “Comprobante de Retiro de Repuestos de Cta. Cte.”;
Que por Resoluciones Nº 51/12 (fs. 53/4), Nº 119/12 (fs.55/6), Nº 231/12 (fs. 59/60) se efectuaron modificaciones al Anexo A, siendo el último aprobado el de fs. 60. Y por Resoluciones Nº 497/18 (fs. 66/7), Nº 724/18 (fs. 71/2), Nº 239/19 (fs. 75/6) se efectuaron modificaciones al Anexo B, siendo el último aprobado el de fs. 76, pasando a denominarse “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente”;
Que a fs. 1 el Area Automotores solicita la incorporación al Sistema de Cuentas Corrientes al proveedor RULEPA S.R.L. para la adquisición de repuestos bajo las mismas condiciones de plazo y monto que el resto de los proveedores, informando a fs. 6 que el mismo será utilizado para adquisición de repuestos de frenos para vehículos de la flota de OSSE y que se trata de un proveedor nuevo, por lo cual no se ha utilizado con anterioridad;
Que por lo expuesto, la Jefatura de Compras considera conveniente efectuar la adjudicación a la firma RULEPA S.R.L. por la suma total de PESOS CUARENTA Y CINCO MIL ($45.000,00), para la adquisición de repuestos con Comprobante en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar la adjudicación a la firma RULEPA S.R.L. por la suma ------------------ total de $45.000, para la adquisición de repuestos con Comprobante en Cuenta Corriente por un período máximo de 12 meses desde la notificación de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, de acuerdo a lo establecido en el Anexo B que forma parte de la presente.--------
ARTICULO 2º: Aprobar el Anexo B “Condiciones de Entrega de Repuestos en Cuenta Corriente” -------------------- acordado con la firma RULEPA S.R.L, el cual forma parte de la presente.----------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a los ------------------ efectos de dar Cumplimiento a la presente. Cúmplase.------------------------------------
RESOLUCION Nº 385-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO B
CONDICIONES DE ENTREGA DE REPUESTOS EN CUENTA CORRIENTE
En la ciudad de Mar del Plata, a los …… Días del mes de …….. de 2019 se acuerda entre el Arq. Alejandro Marcelo Pozzobon en carácter de Presidente del Directorio de Obras Sanitarias Mar del Plata S.E. con D.N.I N° 17.659.335 y el Sr Castañer Ruben Daniel con D.N.I. Nº 10.506.196 en carácter de socio gerente y el Sr. Christian Cesar Castañer con DNI Nº 26.049.571de la firma RULEPA S.R.L. la prestación del servicio de PROVISION de REPUESTOS VARIOS por un período de 12 meses desde la firma de la presente o hasta agotar el monto adjudicado, en un todo de acuerdo al siguiente detalle..
Detalle del PROCEDIMIENTO a utilizar en las contrataciones:
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 680-C-2019 Cpo. 1 referente al: “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE / LINUX AÑO 2019/20”, y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 45/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia; habiéndose presentado para el mismo 1(UNA) firma: M.O.S.T. S.A. según surge del Acta de Apertura de fecha 11/06/19 (fs. 21);
Que a fs. 30 la Gerencia de Sistemas informa que la propuesta cumple técnicamente con lo solicitado;
Que habiéndose intimado al oferente mediante Cédula de fs. 31 para que presente la documentación requerida para la Inscripción en el Registro de Proveedores de OSSE, al día de la fecha fue concluido dicho trámite, constando a fs.33 el pertinente Certificado;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 45/19 a la firma M.O.S.T. S.A. por la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($252.000,00) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $264.000,00;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 680-C-2019 Cpo. 1 ------------------ referente al: “SERVICIO DE SOPORTE A LA ADM. REMOTA ORACLE/LINUX”---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 45/19 a la firma M.O.S.T S.A en la suma
------------------- total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL ($252.000,00) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial ----------
ARTICULO 3°: La presente contratación se efectuará desde la notificación de la Orden ------------------ de Compra a la firma adjudicataria. El servicio comenzará a partir del 01 de Julio del 2019 y se realizará todos los días de la semana, incluyendo sábados, domingos, feriados nacionales, no laborables y asuetos administrativos y hasta agotar los ítems contratados, estimándose el período de ejecución del servicio por el término de doce (12) meses más las ampliaciones que correspondieran según pliego a requerimiento de OSSE.----------------
ARTÍCULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de ------------------- los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------
ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a ------------------fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION Nº 386 -2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 26/06/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar al equipo de trabajo de la Gerencia de Producción al agente MARTINEZ, Estela Ines (CI 671) manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir de la firma de la presente al equipo de trabajo de -------------------- la Gerencia de Producción al agente MARTINEZ, Estela Ines (CI 671) manteniendo su actual situación escalafonaria.-----------------------------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ----------------------que pudieren corresponder.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 387-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 28/06/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 1716-S-2014 Alcance 06 Cuerpo 01 referente a la Obra “OBRA CIVIL E.E.C PUNTA MOGOTES – PRIMERA FASE”; y
CONSIDERANDO
Que ha sido confeccionado el Pliego de Bases y Condiciones;
Que de acuerdo a lo determinado por el Artículo N° 133 de la Ley Orgánica de las Municipalidades corresponde llamar a Licitación Pública;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1°: Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones obrante de fs. 152 a 172 y ------------------ de fs. 11 a 147 ambas inclusive del citado Expediente. ---------------------
ARTICULO 2°: Llamar a Licitación Pública N° 04/19 referente a ------------------- la Obra “OBRA CIVIL E.E.C PUNTA MOGOTES – Primera Fase” cuya fecha de apertura de sobres se llevará a cabo a los 15 (quince) días hábiles de efectuada las publicaciones en alguno de los diarios locales, en el Edificio sito en calle French 6737 1° Piso – Oficina de Compras.-----------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Efectuar las publicaciones por dos (2) días en el BOLETÍN OFICIAL ------------------- DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y por un (1) día en los diarios locales LA CAPITAL y EL ATLANTICO.----------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Invitar a participar a las firmas del ramo.----------------------------------
ARTICULO 5°: Crear la Comisión de Estudio de Ofertas y Adjudicación para la ------------------ Licitación Pública N° 04/19 integrada por el Ing. Jose Antonio Gonzalez quien presidirá la misma como titular y el Ing. Javier Degregori como suplente, ambos por la Gerencia De Servicios, el CP Ruben Sesto como titular y la CP Laura Tauber como suplente ambos por el Área Contaduría y la Dra. Graciela Leone como titular y la Dra. Fabiana Suter como suplente, ambas por la Gerencia de Asuntos Judiciales y Administrativos.------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras ------------------ a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----------------------------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 388-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 01/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 1347-C-18 Cpo.1 referente a la: “ADQUISICION EQUIPOS AIRE ACONDICIONADO P/OFICINAS NUEVA EDAR” y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 154/19 de fecha 15 de Marzo del 2019 (fs. 60) se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 77/18 Segundo Llamado a la firma FRANCISCO SALAS “Ingsa Clima” por la suma total de PESOS CIENTO SESENTA Y UN MIL ($161.000,00) con impuestos incluidos Orden de Compra Nº 259/19;
Que consultada a fs. 95 la Gerencia de Obras, esta da pase a sus efectos a la Gerencia de Servicio y a fs. 96 el Área Planta de Efluentes Cloacales informa que la firma SALAS FRANCISCO Orden de Compra Nº 259/19 ha cumplido con todo lo requerido por vuestra Área;
Que a fs. 97 el Área Contaduría informa que las Orden de Compra Nº 259/19 perteneciente a SALAS FRANCISCO. se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 68 (fs.86) de fecha 29 de marzo de 2019 perteneciente a la firma SALAS FRANCISCO;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a la firma SALAS FRANCISCO el Concurso ---------------------de Precios Nº 77/18 (Segundo Llamado).-------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito
-------------------- de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 68 (fs.86) de fecha 29 de marzo de 2019 perteneciente a la firma SALAS FRANCISCO --------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los ---------------------efectos de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.----------------------------------------
RESOLUCION Nº 389-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 01/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 641-C-18 Cpo. 01 y 2, referente a la “ADQUISICION DE ELECTROBOMBAS SUMERGIBLES Y MOTORES VERTICALES”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 446/18 del 24 de Agosto de 2018 se resolvió Adjudicar la Licitación Pública Nº 07/18 de la siguiente manera: a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA el renglón Nº 04 (en su oferta de Bienes Nacionales) en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHENTA Y CINCO ($253.085,00) con impuestos incluidos, a la firma XYLEM WATER SOLUTIONS ARGENTINA S.R.L. el renglón Nº 02 (en su oferta de Bienes Nacionales) en la suma total de PESOS TRESCIENTOS VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 15/100 ($324.483,15) con impuestos incluidos y a la firma KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A. los renglones Nº 01, 03 y 05 a 10, ambos inclusive (en su oferta de Bienes Importados con una cotización del Dolar Tipo Vendedor del BNA de $28,40 del día 03/07/18) en la suma total de PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($868.455,00) con impuestos incluidos, haciendo un total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL VEINTITRES CON 15/100 ($1.446.023,15) con impuestos incluidos, Ordenes de Compra Nº 504/18, 505/18, y 502/18 respectivamente;
Que a fs. 252, la Gerencia de Servicios, informa que las firmas INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA. y KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A (Ordenes de Compra Nº 504/18 y Nº 502/18), han dado cumplimiento con todo lo requerido;
Que a fs.253 el Área Contaduría informa que la Orden de Compra Nº 504/18 de INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA, y Orden de Compra Nº 502/18 de KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A, se encuentran totalmente canceladas;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 158 (fs. 203) de fecha 31 de Agosto de 2018, perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159 (fs. 204) perteneciente a la firma KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas INDUSTRIAS ROTOR --------------------PUMP SA y KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A la Licitación Pública Nº 07/18---------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito ---------------------- de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 158 (fs. 203) de fecha 31 de Agosto de 2018, perteneciente a la firma INDUSTRIAS ROTOR PUMP SA y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 159 (fs. 204) perteneciente a la firma KSB CIA. SUDAMERICANA DE BOMBAS S.A,------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos ------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 390-2019 FIRMADA MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 01/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 181 -C-18 Cpos. 01 y 02 referente a la “ADQUISICION DE MATERIALES P/ SUMINISTRO ELECTRICO DEL CENTRO DE ABASTECIMIENTO TUCUMAN”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N 281/18 de fecha 11 de Junio de 2018 se adjudicó el renglón 3 de la Licitación Privada N° 05/18 a la firma ORMAZABAL ARGENTINA S.A. por la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO ($266.235,00) con impuestos incluidos, Orden de compra Nº 369/18;
Que a fs. 354 la Gerencia de Obras y a fs. 358 la Gerencia de Servicios informan que la firma ORMAZABAL ARGENTINA S.A., ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Orden de Compra Nº 369/18;
Que a fs. 359 el Área Contaduría informa que las Orden de Compra 369/18, perteneciente a la firma ORMAZABAL ARGENTINA S.A, se encuentra totalmente cancelada;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 118 (fs. 159) de fecha 22 de Junio de 2018 perteneciente la ORMAZABAL ARGENTINA S.A.;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firma ORMAZABAL ARGENTINA --------------------S.A; la Licitación Privada Nº 05/18.----------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a Contaduría a proceder a la devolución del ------------------ Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 118 (fs. 159) de fecha 22 de Junio de 2018 perteneciente la ORMAZABAL ARGENTINA S.A.-----
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a Contaduría a los efectos --------------------de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 391 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 01/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 558-C-18 Cuerpo 01 y 02 referente a la “ADQUISICION DE JUNTAS, ABRAZADERAS, CAJAS BRASEROS, ADAPTADORES VALVULAS HºFº - AÑO 2018”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 473/18 del 29 de Agosto del 2018 (fs 222) se adjudicó Licitación Pública Nº 04/18 Primer Llamado de la siguiente manera, los renglones 2, 5, 9, 10, 11 y 15 de la Licitación Pública Nº 04/18 Primer Llamado a la firma XARE HOLDING S.A. por la suma total de PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y DOS ($141.482,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra Nº 528 (fs. 258/9);
Que por Resolución de Directorio Nº 524/18 de fecha 28 de Setiembre de 2018 (fs 344), se adjudicó la Licitación Pública Nº 04/18 Segundo Llamado de la siguiente manera: a la firma XARE HOLDING SA los renglones Nº 04, 07, 13 y 19 por la suma total de PESOS CIENTO NOVENTA MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 60/100 ($190.966,60) ; Orden de Compra 585 (fs. 352/4);
Que por Resolución de Directorio Nº 566/18 de fecha 16 de Octubre de 2018 (fs 371), se adjudicó la Licitación Pública Nº 04/18 Segundo Llamado – Mejora de Ofertas de la siguiente manera: a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA los renglones 1, 6, 8, 17, 18, 20 a 31 ambos inclusive (todos en su oferta con Mejora por adjudicación total) por la suma total de PESOS TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 29/100 ($3.429.785,29) con impuestos incluidos; y a la firma XARE HOLDING S.A. los renglones 3, 12 y 16 (todos en su oferta mejorada) por la suma total de PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 25/100 ($210.999,25) con impuestos incluidos, ascendiendo el monto total de la adjudicación propuesta en PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 54/100 ($3.640.784,54),Ordenes de compras 617/18 (fs 386/392) y 618/18 (fs 394/397) respectivamente;
Que a fs. 432, la Gerencia de Producción informa que las firmas ELEMENTOS Y PROYECTOS SA., (Orden de Compra Nº 617/18), XARE HOLDING S.A.,(Ordenes de Compra Nº 528/18, 585/18, y 618/18), han dado cumplimiento con todo lo requerido;
Que a fs.436 y 438 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 617/18 perteneciente ELEMENTOS Y PROYECTOS SA y Nº 528/18, 585/18, y Nº 618/18, perteneciente a la firma XARE HOLDING S.A, se encuentran totalmente canceladas;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 166 (fs 296) de fecha 11 de Setiembre de 2018, Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 201 (fs. 401) de fecha 30 de Octubre de 2018 y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 202 (fs.402) de fecha 30 de Octubre de 2018 pertenecientes a la firma XARE HOLDING S.A y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 4 (fs.437) de fecha 24 de Enero de 2019, perteneciente a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS ;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas XARE HOLDING S.A y ---------------------ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. la Licitación Publica Nº 04/18----------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito ----------------------de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 166 (fs 296) de fecha 11 de Setiembre de 2018, Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 201 (fs. 401) de fecha 30 de Octubre de 2018 y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 202 (fs.402) de fecha 30 de Octubre de 2018 pertenecientes a la firma XARE HOLDING S.A y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 4 (fs.437) de fecha 24 de Enero de 2019, perteneciente a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS. ------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos ------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION 392-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 01/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente N° 563-C-18 Cpos. 01, 02 y 03 referente a la “ADQUISICION MATERIALES PVC - AÑO 2018”; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio Nº 490/18 de fecha 6 de Setiembre de 2018 (fs.280) se resolvió Adjudicar los renglones 17, 18, 21, 33, 51 y 52 de la Licitación Pública Nº 05/18, primer Llamado de la siguiente manera: los renglones 17, 18, 21 y 33 a la firma XARE HOLDING S.A. por la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUATRO ($304,00) con impuestos incluidos, y los renglones 51 y 52 a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS S.A. por la suma total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CIENTO DIECISEIS CON 40/100 ($273.116,40) con impuestos incluidos, haciendo un total de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 40/100 ($ 273.420,40) con impuestos incluidos, Ordenes de Compra Nº 552 y Nº 553/18, respectivamente;
Que por Resolución de Directorio Nº 531/18 de fecha 05 de Octubre de 2018 (fs.393) se resolvió Adjudicar de la Licitación Pública Nº 05/18 Segundo Llamado a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA los renglones 1, 5, 9 (con reducción de cantidad final a adquirir de 200 mts), 13 (con reducción de cantidad final a adquirir de 16 mts), 24 (con reducción de cantidad final a adquirir de 6 unid), 29, 30 (con reducción de cantidad final a adquirir de 3500 unid), 31 (con reducción de cantidad final a adquirir de 10 unid), 32, 37 (con reducción de cantidad final a adquirir de 1 unid), 38, 43, 44, 45 (con reducción de cantidad final a adquirir de 70 unid), 46, 48 (con reducción de cantidad final a adquirir de 200 unid), 49, 57, 60 a 66 ambos inclusive, 67 (con reducción de cantidad final a adquirir de 5 unid), 69 (con reducción de cantidad final a adquirir de 10 unid), 70 (con reducción de cantidad final a adquirir de 10 unid), 71 (con reducción de cantidad final a adquirir de 6 unid), 72 (con reducción de cantidad final a adquirir de 6 unid) y 75 por la suma total de PESOS QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA ($511.280,00) con impuestos incluidos, Orden de Compra Nº 598/18;
Que por Resolución de Directorio Nº 592/18 de fecha 23 de Octubre del 2018 (fs 432) se ADJUDICÓ la Licitación Pública Nº 05/18 Segundo Llamado – Mejora de Ofertas de la siguente manera: a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA los renglones 3, 6, 7, 8 (con reducción de cantidad final a adquirir de 3.000 mts), 12, 14, 16 y 55 (todos en su oferta con Mejora del 2% adicional a la mejora del 2% de lo cotizado por entrega total y pago total dentro de los 30 días corridos de recibida por Compras la factura conformada por el Area solicitante) por la suma total de PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO DIECISEIS CON 80/100 ($953.116,80) con impuestos incluidos, Orden de Compra Nª 633/18;
Que el Área Proyectos Institucionales a fs 464, la Gerencia de Servicios a fs. 467/470, y la Gerencia de Producción a fs 470, informan que la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA, ha dado cumplimiento con todo lo requerido según Ordenes de Compra Nº 598/18,633/18 y 553/18;
Que a fs. 471 el Área Contaduría informa que las Ordenes de Compra Nº 598/18, 633/18 y 553/18, pertenecientes a las firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA respectivamente, se encuentran totalmente canceladas;
Que en consecuencia corresponde proceder a la devolución del Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 172 (fs. 357) de fecha 18 de Setiembre de 2018, Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 195 (fs. 406) de fecha 16 de Octubre 2018 ctubre de 2018
201 y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 205 (fs. 451) de fecha 05 de Noviembre de 2018, perteneciente a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Dar por cumplimentado a las firmas XARE HOLDING S.A., y --------------------- ELEMENTOS Y PROYECTOS SA., la Licitación Pública Nº 05/18.--------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la devolución del Depósito ----------------------- de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 172 (fs. 357) de fecha 18 de Setiembre de 2018, Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 195 (fs. 406) de fecha 16 de Octubre de 2018 y Depósito de Garantía de Adjudicación Recibo Oficial Nº 205 (fs. 451) de fecha 05 de Noviembre de 2018 pertenecientes a la firma ELEMENTOS Y PROYECTOS SA;-------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Contaduría a los efectos ------------------- de dar Cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2º. Cumplido pase a la Oficina de Compras. Cúmplase.---------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 393-2019 FIRMADA
ALEJANDRA POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al agente BERAMENDI Laura Andrea (CI Nº 552), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV y;
CONSIDERANDO
Que la agente BERAMENDI Laura Andrea (CI Nº522), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, se ausentará por el período comprendido desde el día 19 de julio de 2019 hasta el día 02 de agosto de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo durante la ausencia del agente mencionado, a fin de no resentir el normal funcionamiento y organización del Área;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que la agente MEDIAVILLA HERNANDEZ Vanesa (CI Nº 1043), Función Medio Oficial Polifuncional, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Vanesa --------------------Mediavilla Hernandez (CI Nº1043), Función Medio Oficial Polifuncional, en la atención y firma del cargo Jefe de Archivo General, Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, por el período comprendido desde el día 19 de Julio de 2019 hasta el día 02 de Agosto de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes --------------------corresponda - Cúmplase.----------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 394-2019 FIRMADA ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la necesidad de continuar con el desarrollo de los trabajos de la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos; y
CONSIDERANDO
Que para cumplir eficazmente las necesidades del servicio resulta procedente reforzar la dotación del personal para llevar adelante dichas tareas –sin perjuicio de las que pudieren asignarse en el futuro-;
Que la Srta. Camila Manón TEDRÓS VACCAREZZA (DNI 41.306.557) CI 1273, reúne las características personales apropiadas para el desempeño de las mismas;
Que este Directorio tiene amplias facultades para dirigir, administrar y organizar económica y técnicamente la sociedad, correspondiéndoles - entre otras atribuciones - la de establecer la organización del trabajo y la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la misma;
Que la modalidad del vínculo laboral será de conformidad a lo establecido para el personal de OSSE, ubicándose a la Srta. Camila Manón TEDRÓS VACCAREZZA (DNI 41.306.557) CI 1273, en la Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que la jornada laboral, remuneración y demás condiciones de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el trabajador contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en planta permanente para prestar servicios en la Gerencia -------------------de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos -sin perjuicio de los cambios de ubicación a distintas Gerencias o Sectores de la empresa que pudiera producirse en un futuro- a la Srta. Camila Manón TEDRÓS VACCAREZZA (DNI 41.306.557) CI 1273, en la Función A-01 (“Administrativo”) Clase VI del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/1975 a partir del día 12/07/2019. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: La persona nombrada en el art 1º deberá desempeñar las tareas -------------------propias de la ubicación escalafonaria asignada por medio de la presente, quedando incorporada en forma definitiva en la planta permanente de personal, en la Gerencia de Relaciones Institucionales y Prestadores Externos -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-.-------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande la presente será imputado a las partidas --------------------correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 395-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la renuncia presentada por el agente Miguel TOTARO CI 206, para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;
Que es necesario formalizar la aceptación con la cual iniciará el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios;
Que deberá establecerse el monto a abonar en concepto de Anticipo Jubilatorio;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Miguel TOTARO, CI 206
------------------DNI 12.782.341, Función Encargado Oficial Polifuncional para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 01 de Julio de 2019.---------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al ------------------- tiempo de la baja, la Liquidación Final que correspondiere de acuerdo a las reglamentaciones vigentes para los agentes de OSSE.------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a celebrar el Contrato de Anticipo Jubilatorio por un importe --------------------mensual de Pesos CUARENTA Y DOS MIL ($ 40.624,00).-----------------
ARTICULO 4º: Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes ------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 5º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 ----------------- GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCION; Categoría Programática 18.01.01 OPERACIONES y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------
ARTICULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase. --------------
RESOLUCION Nº 396-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Ing. Andrés Alejandro VRABIESCU (CI Nª 550), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, y;
CONSIDERANDO
Que el Ing. Andrés Alejandro VRABIESCU (CI Nº 550), se ausentará por el período comprendido entre el día 27 de junio de 2019 al 12 de julio de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la jefatura;
Que el agente Juan Daniel ESTEBAN (CI Nº 500), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVII, Coordinador de los Encargados de Operación del Emisario Submarino, es quien reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución nº 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y sus modificatorias las Resoluciones 151/05 y 371/08;
Que asimismo corresponde encomendar al agente Juan Daniel ESTEBAN (CI Nº 500), el manejo de la Caja Chica otorgada por Resolución nº 734/18, por el período arriba indicado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio del Ing. Andrés Alejandro --------------------VRABIESCU (CI Nª 550), en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, al agente Juan Daniel ESTEBAN (CI Nº 500), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVII, por el período comprendido entre el día 27 de junio de 2019 al 12 de julio de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará ninguna diferencia si no se cumpliera efectivamente ------------------- el ejercicio del cargo, por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes se efectuará tomando en cuenta el tiempo de cumplimiento del mismo.-------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Encomendar el manejo de la Caja Chica otorgada por --------------------- Resolución nº 734/18, por el período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
--------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.---------------------------------------------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese a quienes corresponda. --------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 397-2019 FIRMADA
ALEJANDRA VRABIESCU
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la Sra. Jefe del Área Catastro de la Gerencia General de Grandes Consumidores, agente Mabel Noemí LEON (CI 309) Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, y;
CONSIDERANDO;
Que el agente Mabel Noemí LEON (CI 309) se ausentará durante el periodo comprendido entre los días 22 de julio de 2019 al 31 de julio del 2019, inclusive.
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento del área antedicha;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatorias Resoluciones 151/05 y 371/08;
Que el agente Gustavo Alberto PICCOLINI (CI 386), ubicado escalafonariamente como P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Consejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente --------------------Gustavo Alberto PICCOLINI (CI 386), P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XVII, en la atención y firma del despacho de la Jefatura del Área Catastro Comercial de la Gerencia General de Grandes Consumidores, Función P-07 (“Personal de Conducción”) Clase XIX, durante el periodo comprendido entre los días 22 de julio de 2019 al 31 de julio del 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no --------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al --------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Reemplazos”.-----------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes --------------------corresponda.--------------------------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 398-2019 FIRMADA ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que la Gerencia de Planeamiento y Obras se encuentra trabajando en numerosos proyectos de Obras de alta complejidad que requieren de personal calificado para continuar los estudios, proyectos, tramitaciones y administración los máximos esfuerzos en los próximos años;
Que con el objetivo de fortalecer la Gerencia, para el cumplimiento de los objetivos se han incorporado profesionales;
Que en ese sentido, se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de incorporar a la Gerencia de Planeamiento y Obras agente MOLINA, Walter Fernando (CI 385) manteniendo su actual situación escalafonaria;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Incorporar a partir de la firma de la presente al equipo de trabajo de -------------------- la Gerencia de Planeamiento y Obras al agente MOLINA, Walter Fernando (CI 385) manteniendo su actual situación escalafonaria.------------------------------
ARTICULO 2°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ----------------------que pudieren corresponder.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 399-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la solicitud de Licencia sin Goce de Haberes presentada por el agente Natalia Verónica PUSHONG (CI Nº 1265); y
CONSIDERANDO
Que el mencionado agente peticiona el uso de licencia sin goce de haberes por cuestiones de índole estrictamente personal, a partir del día 15 de Julio del año 2019 hasta el día 15 de julio del año 2020, inclusive;
Que el agente en cuestión ingresó en planta permanente en Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado el día 5/06/2018, desempeñándose actualmente en la Gerencia de Relaciones Institucionales;
Que de acuerdo a lo informado por su Gerente, no existen objeciones que formular para acceder con lo solicitado por el término arriba mencionado;
Que en el presente caso se ha cumplido con los recaudos exigidos por el art.37 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/1975, que reglamenta dicha licencia;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Conceder Licencia sin Goce de Haberes al agente Natalia Verónica -------------------- PUSHONG (CI Nº 1265) dependiente de la Gerencia de Relaciones Institucionales, desde el día 15 de Julio del año 2019 hasta el día 15 de julio del año 2020, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------
ARTICULO 2°: Notificar al interesado que, a partir de la fecha de la notificación de ------------------- la presente y en virtud del carácter que reviste el beneficio otorgado, queda en suspenso durante el término de dicha licencia los aportes previsionales y los correspondientes a la asistencia médico farmacéutica y seguros de vida, debiendo tramitar ante las prestadoras de dichos servicios su continuidad o en su caso la baja conforme lo considera pertinente.----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3°: Dése al registro de resoluciones, comuníquese y cúmplase.-------------------
RESOLUCION Nº 400-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al Jefe de Área Operaciones de la Gerencia de Producción, agente Mario Daniel TOLABA (CI 448) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, y;
CONSIDERANDO
Que el agente se encontrará ausente durante el periodo comprendido entre el día 29 de julio de 2019 hasta el 30 de agosto de 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo de la Jefatura a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la misma;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente Jorge Gabriel ARANGO (CI 489), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N °7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Jorge -------------------Gabriel ARANGO (CI 489), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XVIII, en la Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, durante el periodo comprendido desde el día 29 de julio de 2019 hasta el 30 de agosto de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------
ARTICULO 2º: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no -------------------cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencia o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.---------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande el mencionado reemplazo se imputará al objeto
------------------- del gasto 1. 1. 5. 02 “Reemplazos”.-----------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Notifíquese al interesado --------------------y a quienes corresponda.- Pase a Contaduría a sus efectos - Cúmplase.------
RESOLUCION Nº 401-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada al agente Darío Gustavo VENTURELLI (CI 494), Jefe del Área Automotores, y;
CONSIDERANDO
Que el Sr. Jefe del Área Automotores, Darío Gustavo VENTURELLI (CI 494), Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XX, se ausentará por el período comprendido entre el día 22 de julio de 2019 hasta el día 16 de agosto de 2019, inclusive;
Que por lo expuesto resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Jefatura antedicha;
Que en esta oportunidad se propone para cubrir la vacante transitoria al agente Sergio Daniel LUTI (CI 364) Función P-07 ("Personal de Conducción") Clase XXI, Sub-Gerente de Mantenimiento Mecánico;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazos Transitorios y su modificatorias Resoluciones 151/05 y 371/08;
Que es menester encomendar el manejo de la Caja Chica asignada por Resolución Nº 734/18, al agente reemplazante durante el periodo enunciado;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente Sergio Daniel --------------------LUTI (CI 364), Sub-Gerente de Mantenimiento Mecánico, en la atención y firma de la Jefatura del Área Automotores, desde el día 22 de julio de 2019 hasta el día 16 de agosto de 2019, inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------
ARTICULO 2°: Encomendar el manejo de la Caja Chica del Área Automotores por el --------------------período enunciado en el artículo primero, al agente reemplazante.----------
ARTICULO 5º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes corresponda---------------------Cúmplase.-----------------------------------------------------------------------------
RESOLUCIÓN Nº 402/19 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la Licencia Ordinaria otorgada a la Jefa de Oficinas Comerciales Señora ROMERO, Sandra V (CI 280) Función P-07 Clase XIX, y;
CONSIDERANDO
Que la Sra. Jefa solicita licencia ordinaria por el período comprendido entre el 04 y el 26 de Julio del 2019, inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento del área mencionada;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución Nº 799/03 del Procedimiento de Reemplazos transitorios y sus modificatorias Resoluciones Nº 151/05 y 371/08;
Que el agente ROMERO, Marcia (CI 413) Función P-07 (“Personal de Conducción”), Clase XV, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo de forma transitoria;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente ROMERO, ------------------- Marcia (CI 413) Función P-07, Clase XV, durante el periodo comprendido entre el 04 y el 26 de Julio del 2019, inclusive, para la atención y firma del despacho de las Oficinas Comerciales, Función P-07 Clase XIX, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2°: No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si este no --------------------cumpliera efectivamente con el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.------------------------------
ARTICULO 3º El gasto que demande el mencionado reemplazo será imputado al
-------------------objeto del gasto 1.1.5.02 “Bonificación por Reemplazo”.--------------------
ARTICULO 4°: Dése al Registro de Resoluciones – Comuníquese a quienes ---------------------corresponda - Cúmplase.----------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 403-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON-
. MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la licencia ordinaria otorgada al Jefe de Control de Efluentes Industriales Área Puerto Marítimo, GAYOSO, Gustavo Daniel (CI Nº 492), Función P-07, (“Personal de Conducción”) Clase XX y;
CONSIDERANDO
Que el Jefe de Control de Efluentes Industriales Área Puerto Marítimo, GAYOSO, Gustavo Daniel (CI Nº 492), Función P-07, (“Personal de Conducción”) Clase XX se ausentará por el período comprendido desde el día 22 de julio de 2019 hasta el día 02 de agosto de 2019 inclusive;
Que resulta necesario cubrir el cargo a los fines de no resentir el normal funcionamiento de la Jefatura antedicha;
Que tal supuesto se encuentra previsto en la Resolución 799/03 de Procedimiento de Reemplazo Transitorio y su modificatoria Resolución Nº 371/08;
Que el agente CASTELLAN PAPE, Carlos Fabián (CI Nº 350) Función P-07, (“Personal de Conducción”) Clase XVII designado a cargo de la Jefatura Control de Instalaciones y Operación Escollera Sur de la Gerencia de Calidad, reúne las condiciones de idoneidad para asumir el cargo;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º : Designar en carácter de reemplazo transitorio al agente ------------------- CASTELLAN PAPE, Carlos Fabián (CI 350), Jefe Control de Instalaciones y Operación Escollera Sur en la Función P-07, (“Personal de Conducción”) Clase XVII, desde el día 22 de julio de 2019 y hasta el día 02 de agosto de 2019 inclusive, por los motivos expuestos en el exordio de la presente.-----
ARTICULO 2º : No se abonará al reemplazante ninguna diferencia si éste no ------------------- cumpliera efectivamente el reemplazo por suspensión, ausencias o licencias de cualquier tipo. La liquidación de los haberes del reemplazante se efectuará tomando en cuenta el tiempo efectivo en que realizó el reemplazo.-------------
ARTICULO 3º: La erogación que demande esta Resolución se imputará al ------------------- objeto del gasto 1.1.5.02. ¨Reemplazos¨.-----------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones-Comuníquese a quienes -------------------- corresponda. Cúmplase.------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 404-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto la necesidad de continuar con el desarrollo de los trabajos en la Gerencia de Servicios; y
CONSIDERANDO
Que para cumplir eficazmente las necesidades del servicio resulta procedente reforzar la dotación del personal para llevar adelante dichas tareas –sin perjuicio de las que pudieren asignarse en el futuro-;
Que el Sr. Matías Nahuel Lucas BIANCULLI (DNI 40.794.408), ha venido realizando tareas en la empresa, y siendo evaluado en los sectores en los cuales se desempeñó, se ha tomado la decisión de destinarlo a la Gerencia de Servicios – Mantenimiento de Estaciones Elevadoras y Taller-, como última oportunidad de demostrar responsabilidad y eficiencia en los trabajos que se le asignen;
Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90,93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE ubicándolo en la Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/75;
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descanso. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Prorrogar la contratación a plazo fijo para prestar servicios en la --------------------Gerencia de Servicios – Mantenimiento de Estaciones Elevadoras y Taller - al Sr. Matías Nahuel Lucas BIANCULLI (DNI 40.794.408), en la Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº57/1975, desde el 28/06/2019 y hasta el 30/09/2019, inclusive. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013.------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Aprobar el modelo de Contrato a Plazo Fijo a suscribir con el -------------------- trabajador contratado, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande la presente contratación será imputado a las --------------------partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .-------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 405-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por el Sr. Presidente del Directorio, Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON, DNI Nº 17.659.335, por una parte, y el Sr. Matías Nahuel Lucas BIANCULLI (DNI 40.794.408) con domicilio real en calle Pasaje 209 BIS nº9176 – Bo. Etchepare, en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº /19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en Función P-03 (“Peón”) Clase I del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 57/75, para cumplir tareas en la Gerencia de Servicios – Mantenimiento de Estaciones Elevadoras y Taller-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-------------------------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 28/06/2019 hasta el día ---------------30/09/2019, inclusive.--------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, ------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos.--------------------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la --------- empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 30 de septiembre de 2019.-------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …….. días del mes de …………………….. del año 2019-
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto el Expediente Administrativo Nº 783-A-2016 Cuerpo I, caratulado "BRUN NOELIA VERONICA C/O. SANITARIAS S/PAGO DE SENTENCIA" ; y
CONSIDERANDO
Que en los autos caratulados "BRUN NOELIA VERONICA C/OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E. S/PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA", Expte. Nº 11061, de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 de este Depto. Judicial, oportunamente OSSE efectuó depósito del monto de la liquidación aprobada en dichos autos, según fuere dispuesta por Resolución de Directorio Nro. 151/17 habiendo asimismo depositado la suma de $ 23.800 en concepto de garantía de pago de las costas judiciales a su cargo;
Que a la fecha del dictado de la citada Resolución y de efectuado el depósito judicial, no estaba determinado el monto de las costas judiciales, por lo que debieron ser estimados a efectos de cumplir con lo establecido en el art. 21 de la ley 6716, quedando supeditado a los montos definitivos que surjan de las regulaciones de honorarios al adquirir firmeza.
Que con fecha 13/06/2019 la Cámara Contenciosa Administrativa Deptal. resolvió los recursos de apelación sobre las regulaciones de honorarios y reguló los devengados en la Segunda Instancia, quedando con ello, firmes los montos que corresponden a las costas judiciales a cargo de OSSE.
Que con fecha 21/06/2019 le fue notificada a OSSE de las referidas resoluciones, quedando intimada a abonar dentro de los 10 días de recibida la cédula, los honorarios regulados a la Dra. Silvana Fantasía por su actuación ante la Alzada en la suma de $ 3415,00 con más sus aportes de ley.
Que la suma depositada oportunamente en caución no resulta suficiente para cancelar el monto definitivo de las costas devengadas en el proceso, debiéndose integrar la suma de $ 3402.68 para dar cumplimiento con las obligaciones a cargo de OSSE.
Que asimismo OSSE debe abonar la Tasa y Sobretasa de Justicia que integran las costas judiciales y que no fueron comprendidas en la liquidación aprobada, ascendiendo a $ 1391.05 y $ 139,10 respectivamente.
A tenor de lo expuesto, OSSE deberá efectuar depósito de las sumas de: Pesos TRES MIL CUATROCIENTOS DOS CON SESENTA Y OCHO CTVOS. ($ 3402,68) en concepto de integración de saldo por honorarios y aportes de la Dra. Silvana Fantasía; y Pesos UN MIL QUINIENTOS TREINTA CON QUINCE CTVOS. ($ 1530,15) en concepto de Tasa y Sobretasa de Justicia.
El pago deberá efectivizarse mediante depósito a la cuenta judicial Nº 825887/3 - CBU: 01404238-2761028258873/3 del Banco de la Provincia de Buenos Aires Sucursal Tribunales de la ciudad de Mar del Plata a nombre de los autos caratulados "BRUN NOELIA VERONICA C/OBRAS SANITARIAS S.E. S/PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA", Expte. Nº 11061, de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata.-
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7446 y 24132 del Honorable Concejo Deliberante:
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Autorizar el pago, mediante depósito a la cuenta judicial -------------------------------- Nº 825887/3 - CBU: 01404238-2761028258873/3 a la orden de los autos caratulados "BRUN NOELIA VERONICA C/OBRAS SANITARIAS S.E. S/PRETENSIÓN INDEMNIZATORIA", Expte. Nº 11061 ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 1 del Departamento Judicial de Mar del Plata; de la suma de Pesos TRES MIL CUATROCIENTOS DOS CON SESENTA Y OCHO CTVOS. ($ 3402,68) en concepto de integración de saldo por honorarios y aportes de la Dra. Silvana Fantasía.------------------
ARTICULO 2º: Autorizar el pago de la suma de Pesos UN MIL QUINIENTOS ---------------------- TREINTA CON QUINCE CTVOS. ($ 1530,15) en concepto de Tasa y Sobretasa de Justicia.---------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Imputar los pagos indicados en los artículos precedentes al objeto -------------------- del gasto 3.8.4. Multas, Recargos y gastos Judiciales, de la Jurisdicción 1.2.2.01.01.000, Categoría programática 01.00.09 Asuntos Judiciales, Administrativos y Contencioso Administrativos, bien 033.752.001.010 Servicio de gastos y sentencias judiciales.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Comuníquese a quienes ---------------------------------- corresponda y cúmplase.--------------------------------------------------------
RESOLUCION Nº 406-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
VISTO el Expte. Nº 397, Letra “A”, Año 2017, caratulado "Obra de Cloaca faro Norte"; y
CONSIDERANDO
Que ante la facturación del concepto Contribución por Mejoras a vecinos pertenecientes al Sector 3B del Barrio Faro Norte por una obra que no se había ejecutado, por Resolución Nº 111/17 del 24/02/17 se dispuso instruir Sumario Administrativo a fin de deslindar responsabilidades;
Que en fecha 07/08/17 se formuló cargo de responsabilidad a Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386 en su carácter de Jefe de Sector Catastro Físico y Contribución por Mejoras dependiente del Área Catastro Comercial de la Gerencia General de Grandes Consumidores, incumplimiento al deber de eficiencia, o negligencia en el cumplimiento de sus funciones (Art. 84 LCT), en la asignación; supervisión y/o control de tareas del personal subordinado, siendo obligación de los trabajadores "responder por la eficiencia y el rendimiento del personal a su cargo" (Art. 1º inc. "d" Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II); por la deficiencia incurrida desde la oficina a su cargo en la gestión de la definición de parámetros previos; control; y carga de datos en sistema para la posterior facturación del concepto Contribución por Mejoras correspondiente a la obra de ampliación de red cloacal del Barrio Faro Norte Sector 3A -delimitado por calles Los Chañares (Vereda Impar), Darragueira (Vereda Par), Oneglia (Ambas Veredas) y De la Maza (Ambas veredas)- de trámite por Alcance 8 del Expte. 1811-O-13; incluyéndose en dicha tarea un total de 174 cuentas no beneficiadas por la obra atento encontrarse ubicadas fuera de dicho límite, a las que posteriormente se les facturara aquel concepto como consecuencia del error descripto;
Que en fecha 20/02/2018 el Sr. Presidente de Directorio, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 20º del Régimen Disciplinario aprobado por Resolución Nº 974/13 ordenó ampliar la investigación en relación a la responsabilidad que le pudiera haber cabido en los hecho acontecidos, a los superiores jerárquicos del imputados y de los restantes sectores de la Gerencia de Grandes Consumidores u otras Gerencia que hubieran intervenido;
Que en fecha 15/08/2018 se imputó a la Sra. en Jefa del Área Catastro Comercial, Mabel Noemí LEON CI 309, infracción al deber de eficiencia, o negligencia en el cumplimiento de sus funciones (Art. 84 LCT; Art. 1º inc. "a" Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II) por haber omitió implementar recaudos organizativos y/o mecanismos de control concretos y efectivos tendientes a la detección oportuna del error que diera origen al sumario-, los cuales hubieren evitado tanto la distribución a los clientes de las boletas de pago defectuosas, como la percepción indebida de fondos; considerándose ello inherente a su función de dirección de Área y conducción de personal (ello sin perjuicio de similar responsabilidad anteriormente atribuida al Sr. Gustavo PICCOLINI). Asimismo se imputó a Alejandro Marcelo POZZOBON CI 365 infracción al deber de eficiencia, o negligencia en el cumplimiento de sus funciones (Art. 84 LCT; Art. 1º inc. "a" Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II) ya que encontrándose en conocimiento de la problemática desde el 04/08/16, y siendo la máxima autoridad de la Gerencia General de Grandes Consumidores a cuyo cargo se encuentran las tareas en las que se produjo el error mencionado, incurrió en las siguientes omisiones: a) Omitió dar aviso de ello al Directorio, siendo ello su deber de conformidad con lo establecido en el Art. 2º inc. "i" del Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II; y b) Omitió ordenar a las áreas y trabajadores bajo su subordinación, la adopción de las medidas necesarias a efectos de: 1) el inmediato cese de percepción del concepto indebidamente incluido en la facturación, permaneciendo al 20/01/17 la facturación sin ser corregida y percibiendo por lo tanto pagos en concepto de contribución por mejoras por parte de vecinos no beneficiados por la obra; 2) la resolución de los reclamos recibidos en un tiempo razonable a través de las áreas bajo su conducción (vg. Catastro Comercial; Atención al Cliente);
Que cada uno de los trabajadores ejerció su derecho de defensa, prestando Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386 declaración en lo términos del Art. 19 (R.D) a fs. 17; presentando en cambio descargos por escrito Mabel Noemí LEON CI 309 y Alejandro Marcelo POZZOBON CI 365 a fs. 98/99 y 101 respectivamente.
Que Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386 si bien reconoce que se incurrió desde el área a su cargo en el error señalado, niega que el mismo constituya incumplimiento del deber de eficiencia, argumentando que concurrieron en el caso múltiples circunstancias que determinaron la falla, a saber: el incremento de tareas asignadas al área en los últimos 4 años (verificación técnica de los planos de telemetría y micromedición; la confección de presupuestos de obras de menor envergadura; el desarrollo y la puesta al cobro de contribución por mejoras para obras de pluviales) con un pico provocado por la puesta al cobro de 7 contribuciones por mejoras (cada obra tiene un promedio de entre 700 y 900 cuentas; las obras de pluviales alcanzaron casi 20.000 cuentas para ser trabajadas) amén de la tarea del resto del año; un alto grado de ausentismo en el personal a su cargo; la vertiginosidad o urgencia para realizar las labores sin información clara y suficiente y escaso tiempo de trabajo; y la complejidad de la tarea y confusión provocada por las modificaciones en los proyectos. Señaló que se produjo la circunstancia extraordinaria de generarse muy pocos reclamos y de no detectarse el error en la intervención de otras áreas o gerencias lo que hubiera permitido efectuar corrección; y destacó la actitud asumida ante la detección del problema -informándolo al Directorio y proponiendo soluciones- y asimismo la falta de perjuicios a los vecinos o a la Empresa;
Que Mabel Noemí LEON CI 309 brinda su versión de los hechos, manifestando -en lo que resulta conducente- que la obra en cuestión fue habilitada el 22/09/2016 y que a partir de ello, conforme los procesos habituales, se tomó conocimiento de la diferencia existente entre las cuentas incorporadas al servicio y las afectadas a la Contribución por Mejoras; en concordancia con los requerimientos que se recibieron, destacando que en la GGGC se recibieron formalmente consultas de los vecinos respecto de la facturación de la obra a partir de septiembre de 2016. Niega la imputada los hechos en que se fundan la imputación: sostiene que "se llevaron a cabo los mecanismos de control habituales utilizados y de rigor para estos casos" especulando "que los mismos se subsanarían con la puesta en vigencia del procedimiento propuesto para la gestión de las Obras por contribución por Mejoras, con la Gerencia de Planeamiento y Obras con el objetivo de que todos los procesos desde el proyecto, sector involucrado, archivo de base de prorrateo, registro de oposición y análisis financiero se conformen como única información digital". Por otro lado alega que el error se vio favorecido por el cúmulo y magnitud de las tareas en el Área, nivel de ausentismo de personal, incorporación de nuevas tareas al área -sin la correspondiente incorporación de personal- y presión permanente para el cumplimiento en tiempo y forma de las mismas;
Que Alejandro Marcelo Pozzobon CI 365 por su parte se limitó a ofrecer prueba, consistente en los testimonios de Raquel Pioletti y Mónica Zapaterra y como prueba documental la impresión de supuestos correos electrónicos enviados al Sr. Presidente de OSSE (fs. 102). Asimismo dejó planteada la nulidad del procedimiento atento su supuesto cargo de vocal titular de la Asociación de Profesionales y Personal Jerárquico de OSSE y la falta e exclusión de la tutela sindical;
Que la prueba ofrecida por los imputados fue oportunamente producida, declarando a fs. 18; 19; 107; 109 y 111 respectivamente los testigos: Mabel Noemí León –ofrecida por Piccolini-; Pablo Nicolás Alonso –ofrecido por León y Piccolini-; Raquel Leonarda Pioletti y Mónica Zappaterra–ofrecidas por Pozzobon-;
Que han dictaminado el Instructor Sumarial (fs. 22/23 y 112/118) y la Junta de Disciplina (fs. 124 y 125);
Que tales dictámenes carecen de efectos vinculantes, siendo potestad del Directorio de la empresa calificar las pruebas y los hechos, caracterizar la falta cometida y determinar la sanción adecuada, ello como manifestación de la potestad disciplinaria que se le reconoce tanto a la Administración Pública, como a todo empleador (art. 10, inc. “e”, ordenanza 7.446; art. 67, LCT);
Que se deja constancia que las decisiones instrumentadas por medio del presente han sido adoptadas por el Directorio de OSSE el 11/04/2019, en esa fecha integrado por Viviana E. Bolgeri y José D. Diaz, conforme surge de Acta de Directorio Nº 1219;
Que está acreditado: a) Que la facturación de la Contribución por Mejoras nº 243 (Obra de cloacas Faro Norte Sector 3 A), pagadera a partir de mayo de 2015, se ejecutó en forma defectuosa, incluyéndose en la etapa de ampliación unas 174 cuentas no beneficiadas por la obra, 77 de las cuales habían abonado, al 20/01/17, al menos uno de las cuotas emitidas. Las mismas se ubican en el sector delimitado por las calles Las Margaritas; Los Chañares; Ciudad de Oneglia y Darregueyra. Así surge en forma expresa del informe de fecha 20/01/17 elaborado por la Gerencia General de Grandes Consumidores (en adelante GGGC) cuya copia obra fs. 3; y del informe de la misma Gerencia de fs. 9/12 fechado 21/04/17. Según informe de GGGC del 25/04/2018 (fs. 68) el monto total facturado de la obra fue de $10.835.208,62 y se distribuyó entre 1253 cuentas, encontrándose a esa fecha cancelados $4.838.358,60. Ciento setenta y cuatro de ellas (13,71% del total de cuentas), a las que en total se les facturaron $1.563.273,99 (14,43% del total facturado), no fueron beneficiadas por la ejecución de la obra; habiendo cancelado $424.785,76 (8,78% del total de la obra); b) Que dicha facturación y percepción indebida, no implica que se haya facturado montos inferiores a cargo de las cuentas efectivamente beneficiadas por la ejecución de la obra, no ocasionándose perjuicio económico a la Empresa. De acuerdo al informe de la GGGC de fs. 68 vta Pto. 8, a las cuentas efectivamente beneficiadas por la ejecución de la obra se les facturó el concepto contribución por mejoras aplicando valores unitarios calculados considerando la correcta cantidad de cuentas afectadas, es decir 1079. En otras palabras, el prorrateo del costo de la obra se efectuó correctamente considerando solamente las cuentas beneficiadas (1079) , incurriéndose en error al momento de la "puesta al cobro", etapa en la que se incluyó indebidamente a 174 cuentas no beneficiadas, a las que se les facturó el concepto aplicando los mismos valores unitarios; c) Que la carga de datos en sistema para la posterior facturación de "Contribución por Mejoras”, se efectúa desde el “Sector Catastro Físico y Contribución por Mejoras” a cargo de Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386, dependiente del Área Catastro Comercial, siendo "injerencia de los Jefes del Área Catastro el control de los trabajos realizados". Así surge expresamente del informe de la GGGC del 15/03/18 (fs. 66); d) Que Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386 omitió implementar recaudos organizativos y/o mecanismos de control concretos y efectivos tendientes a la detección oportuna del error, que hubieren evitado tanto la distribución a los clientes de las boletas de pago defectuosas, así como la percepción indebida de fondos; considerándose ello inherente a su función de dirección de Área y conducción de personal. A dicha conclusión se arriba en primer lugar por la verificación del error en la facturación en cuestión aún encontrándose el Sector debidamente notificado del área de afectación de la obra, de lo que se desprende que los supuestos mecanismos organizativos y/o de controles no brindaban el grado de eficacia deseado. En efecto, conforme surge del Expte. Nº 1811 Letra “O” Año 2013 Alcance 8 Cuerpo 1 referente a “Ampliación Obra Redes Cloacales Faro Norte Sector 3A” (fs. 7) recibido como prueba documental, el radio de afectación definitiva de la obra en cuestión se encontraba claramente definido y fue "enviado" al Área Catastro; de lo que se desprende que contaba con los elementos e información necesaria para verificar la adecuación entre la facturación proyectada y la obra ejecutada o a ejecutarse. Asimismo el conocimiento de la correcta área de afectación de la obra por parte del Sector se refuerza apreciando que la misma se consideró efectivamente a efectos de la determinación de los valores unitarios (fs. 68 vta. Pto. 8);
Que Gustavo Alberto PICCOLINI CI 386 incurrió de esa manera en incumplimiento al deber de eficiencia en la asignación; supervisión y/o control de tareas del personal subordinado, siendo obligación de los trabajadores "responder por la eficiencia y el rendimiento del personal a su cargo" (Art. 1º inc. "d" Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II) configurando ello una negligencia leve en el cumplimiento de sus funciones -considerando las especiales circunstancias alegadas por el imputado así como la falta de perjuicio económico-, en virtud de lo cual procede la aplicación de sanción de apercibimiento (Art. 5º inc. “c” RD);
Que por otro lado corresponde disponer la absolución de Mabel Noemí LEON CI 309 y Alejandro Marcelo POZZOBON CI 365 en virtud de las defensas por ellos ejercidas;
Que OSSE está sujeta a la fiscalización externa del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires (Acuerdo HTC de fecha 05/05/1988, dictado en el expediente letra "T" número 2968 interno /84, iniciado por la división Municipalidades "B"). En consecuencia, encontrándose dicho órgano facultado a iniciar sumario administrativo de responsabilidad patrimonial los trabajadores no quedarán exentos de responsabilidad por daños hasta tanto no se pronuncie concreta y definitivamente al respecto;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aplicar sanción de apercibimiento a Gustavo Alberto PICCOLINI (CI
-------------------386) en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.--------------------
ARTÍCULO 2º: Absolver a Mabel Noemí LEON (CI 309) y Alejandro Marcelo
-------------------- POZZOBON (CI 365) en virtud de lo expuesto en el exordio del presente.------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º: Los trabajadores no quedarán exentos de responsabilidad por daños
------------------- hasta tanto el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires no se pronuncie concreta y definitivamente al respecto.-----------------------
ARTÍCULO 4º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.--------------------------------------------
RESOLUCION Nº 407-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto lo actuado en Expediente Nº 279, Letra “A”, Año 2019 caratulado "Carabajal Jorge Arnaldo s/ Sumario Administrativo"; y
CONSIDERANDO
Que por Resolución Nº 94/19 (fs. 3) se dispuso la instrucción de Sumario Administrativo atento haberse informado que Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 541), quien no prestaba tareas desde el día 27/06/2018 en virtud de enfermedad inculpable conforme a certificados médicos oportunamente presentados, en fecha 30/01/19 en horario vespertino y nocturno, durante los festejos por el 76º aniversario de la Torre Tanque fue hallado desempeñando actividad comercial por cuenta propia o de terceros consistente en la venta de alimentos y bebidas en vía pública en "puesto ambulante" que se emplazó en la intersección de las calles Paunero y Falucho. De ese modo las ausencias del trabajador se encontrarían injustificadas, pudiendo configurar el incumplimiento falta grave que no consintiera la prosecución del vínculo;
Que a fs. 34 se formuló cargo de responsabilidad a Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 541) imputándole incumplimiento al deber de prestación personal del servicio y asistencia regular (Art. 84 LCT; Arts. 1º Régimen de Aistsencia y Puntualidad y; Art. 1º Régimen de Disciplina, ambos aprobados por Res. 974/13 Anexos I y II), encontrándose las ausencias del trabajador injustificadas de conformidad con lo dispuesto en el Art. 14º del Régimen de Asistencia y Puntualidad aprobado por Resolución Nº 974/13 Anexos I ("...las licencias previstas en los artículos 9º a 12º del presente RÉGIMEN son incompatibles con el desempeño de cualquier otra actividad o empleo, fuere público o privado. En caso de verificarse incumplimiento de lo aquí dispuesto las inasistencias no serán justificadas y podrá ser sancionada de acuerdo al presente RÉGIMEN, o más severamente de conformidad al RÉGIMEN DE DISCIPLINA cuando en virtud de las circunstancias se configure falta de mayor gravedad"); y asimismo incumplimiento al deber de buena fe (Art. 63 LCT) ya que importa una deslealtad impropia de un buen trabajador el desempeño de otra actividad lucrativa cuando gozaba de una licencia por enfermedad inculpable, ya sea por inexistencia de la pretendida imposibilidad de laborar o incluso por violación de la indicación de reposo, máxime encontrándose ello vedado de modo expreso (art. 24, CCT 57/75; art. 14, Rég. de Asistencia y Puntualidad -Anexo I, Res. Nº 974/13);
Que Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 541) en fecha 08/03/19 fue debidamente notificado de ello, como así también de la citación a declarar en los términos del art. 19 del RD, de la vista de las actuaciones y del plazo para presentar descargo y ofrecer prueba (fs. 35/35 vta.). En fecha 15/03/2019 (fs. 36) Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 541) compareció a la audiencia fijada y en su defensa rechazó la imputación, negando los hechos descriptos. Alegó que su hijo es titular de habilitación de un Food Truck; que en ocasión del aniversario de la Torre Tanque, es decir el 30-01-19, sus hijos concurrieron con el puesto a cubrir ese evento; que él se encontraba paseando en la zona de Varese y decidió concurrir a Torre Tanque a apreciar el show y a acompañar a sus hijos; que no pudo acceder al predio porque estaba la capacidad superada, permaneciendo en las afueras disfrutando el espectáculo. Negó expresamente encontrarse trabajando, y sostuvo que en algún momento accedió al carro o Food Truck -pero no a trabajar porque es de su hijo-, y que cocino para su consumo personal una hamburguesa. De tal modo surge reconocido no sólo el goce de licencia por enfermedad inculpable desde el 27-06-18 por parte Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 541); sino asimismo su presencia en inmediaciones de Torre Tanque en ocasión de los festejos por el aniversario de dichas instalaciones, incluso dentro del Food Truck realizando cocción de productos. Por el contrario resulta controvertido la realización por parte del trabajador de "actividad comercial por cuenta propia o de terceros consistente en la venta de alimentos y/o bebidas en vía pública en puesto ambulante que se emplazó en la intersección de las calles Paunero y Falucho";
Que el imputado acompañó copia de certificado de habilitación emitido por Dirección General de Inspección Gral a nombre de Franco Matías Carabajal DNI 37240152 (fs. 37) y ofreció como testigo a Gustavo Daniel Sosa quien declaró a fs. 39. Allí éste manifestó que en la ocasión en cuestión, alrededor de las 20:50 o 21:00, se dirigió a Torre Tanque con motivo del show del grupo musical "la Bersuit" y en calles Mendoza y Paunero- se encontró casualmente con Jorge Carabajal quien estaba acompañado por su esposa y quien le refirió que venía de pasear y que sus hijos tenían un "carrito", permaneciendo ambos allí, en la puerta del carro, durante todo el show -como hasta las 22:00-, conversando. Precisó que en el puesto se desempeñaban los hijos de Jorge Carabajal; quien consumió fuera del puesto un producto cocinado por sus hijos. Consultado si Jorge Carabajal ayudaba a sus hijos mencionó que no sabía, que subió en un momento al carro pero desconocía con que finalidad;
Que han dictaminado el Instructor Sumarial (fs. 41/46) y la Junta de Disciplina (fs. 47);
Que tales dictámenes carecen de efectos vinculantes, siendo potestad del Directorio de la empresa calificar las pruebas y los hechos, caracterizar la falta cometida y determinar la sanción adecuada, ello como manifestación de la potestad disciplinaria que se le reconoce tanto a la Administración Pública, como a todo empleador (art. 10, inc. “e”, ordenanza 7.446; art. 67, LCT);
Que está acreditado: a) Que Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 341) se ausentó con motivo de enfermedad inculpable desde el día 27/06/2018, habiendo presentado ante Gerencia de Recursos Humanos certificados médicos emitidos en fechas 27/06/18; 27/06/18; 21/08/2018; 20/09/2018; 18/10/18; 22/11/18; 20/12/18; 21/01/19 y 20/02/19 por el Dr. Ricardo ROJAS (MP 112.625) , donde se indica en cada caso "licencia laboral por el término de 30 días". Sin perjuicio de encontrarse reconocido ello surge del informe de la Gerencia de Recuros Humanos de fs. 12/27; b) Que en fecha 30/01/19 en horario vespertino y nocturno, durante los festejos por el 76º aniversario de la Torre Tanque, Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI 341) realizó actividad comercial por cuenta propia o de terceros consistente en la venta de alimentos y/o bebidas en vía pública en puesto ambulante que se emplazó en la intersección de las calles Paunero y Falucho. Sin perjuicio de encontrarse reconocida por el imputado su presencia en Torre Tanque en la fecha en cuestión ello se desprende asimismo de los testimonios de Jorge O. Suarez (fs. 32) y Julian H. Piruzanto (fs. 33) y de la filmación registrada por cámara de seguridad aportada a fs. 30/31. Por otro lado la realización por parte de Carabajal de actividad comercial consistente en la venta de alimentos y/o bebidas en vía pública en puesto ambulante que emplazó en la intersección de las calles Paunero y Falucho surge sin hesitación de la apreciación de la conducta o comportamiento del imputado descriptas por los testigos, acorde a la explotación del puesto comercial (independientemente de su titularidad) y no a una asistencia como espectador al show que se realizaría en el lugar o una presencia casual. En este sentido los testigos Jorge O. Suarez y Julian H. Piruzanto fueron categóricos al aseverar que Jorge Carabajal era quien realizaba la colocación del Food Truck en inmediaciones de Torre Tanque; resultando asimismo la gestión intentada por el imputado (solicitando autorización para estacionar el vehículo en un lugar específico) una tarea accesoria. Asimismo la consideración de los horarios en juego refuerzan dicha conclusión, ya que la presencia del imputado en el lugar desde la instalación del Food Truck -antes de las 17:00 según Piruzanto cuando el espectáculo comenzaba a las 20:30- no se condice con la finalidad expresada de asistir al mismo como espectador; y sí en cambio con la de desempeñarse en el Food Truck. Por otro lado el propio imputado reconoció su desempeño en el interior del Food Truck aunque pretendió justificarlo en el consumo personal del producto. Se aclara que se desestima el testimonio del Sr. Sosa (fs. 39/40), advirtiendo en el mismo ciertas contradicciones con la declaración el imputado (refiere que Carabajal consumió producto cocinado por los hijos de éste) lo que, junto a la relación de amistad con el imputado, lo tornan inverosímil;
Que de tal manera el imputado incurrió en la incompatibilidad prevista en el Art. 14º del Régimen de Asistencia y Puntualidad aprobado por Resolución Nº 974/13 Anexos I el cual prevé que "...las licencias previstas en los artículos 9º a 12º del presente RÉGIMEN son incompatibles con el desempeño de cualquier otra actividad o empleo, fuere público o privado. En caso de verificarse incumplimiento de lo aquí dispuesto las inasistencias no serán justificadas y podrá ser sancionada de acuerdo al presente RÉGIMEN, o más severamente de conformidad al RÉGIMEN DE DISCIPLINA cuando en virtud de las circunstancias se configure falta de mayor gravedad", el cual importa incumplimiento al deber de asistencia regular (art. 84, LCT; Arts. 1 y 1 inc. "a" Régimenes de Asistencia y Puntualida y de Disciplina, Res. 974/13 Anexos I y II), y torna a sus inasistencias en injustificadas;
Que asimismo la conducta descripta implica un incumplimiento al deber de buena fe (Art. 63 LCT) ya que resulta una deslealtad impropia de un buen trabajador el desempeño de otra actividad lucrativa cuando gozaba de una licencia por enfermedad inculpable, ya sea por inexistencia de la pretendida imposibilidad de laborar o incluso por violación de la indicación de reposo, máxime encontrándose ello vedado de modo expreso (art. 24, CCT 57/75; art. 14, Rég. de Asistencia y Puntualidad -Anexo I, Res. Nº 974/13). El deber de obrar de buena fe –que supone una posición de honestidad y honradez y lleva implícita la conciencia de no engañar ni dañar (Carlos A. Etala, LLOnLine, art. 63, LCT) ha sido definido por la jurisprudencia como deber de cumplimiento honesto y escrupuloso de las obligaciones contractuales (SCBA, L 46110 S 11-12-1990, "Tacchella, Esteban Pedro c/ Loma Negra C.I.A.S.A. s/ Indemnización por despido, etc."; SCBA, L 85616 S 30-8-2006, "Rocha, Roberto L. c/ Telefónica de Argentina S.A. s/ Rubros adeudados")– que debe primar en la relación (art. 63, LCT). Su incumplimiento, por ende, resulta grave y reviste entidad suficiente que admite la aplicación de sanción severa, ya sea de suspensión (Art. 6º Incs. "a" y "f") o incluso despido por configurarse la causal objetiva de pérdida de confianza, siendo por todo ello susceptible de ser considerado injuria grave que torne imposible la prosecución del vínculo laboral (art. 242, LCT; art. 7, 8 y ccdtes., Rég. de Disciplina -Anexo II, Res. Nº 974/13-). Ha dicho la jurisprudencia: “…el desempeño de tareas remuneradas para un tercero durante el período de licencia paga por enfermedad… constituye un hecho injuriante objetivo, habilitante del distracto justificado del contrato de trabajo (art. 242 LCT) La realización de trabajo remunerado para un tercero –o por cuenta propia–, durante la licencia por enfermedad inculpable, importa una violación a la exigencia de buena fe, que a ambas partes del contrato de trabajo impone el art. 63 de la LCT. El claro principio asistencial y de solidaridad que impone a los empleadores la obligación de pagar salarios por enfermedad inculpable durante un período determinado de tiempo aparece desnaturalizado si el trabajador pudiera, durante dicho lapso, incrementar sus ingresos prestando tareas para terceros –o por cuenta propia–...” (CA Circ. Jud. Noreste del Chubut, sala B, 25-11-2002, “Toranzo, Walter Leonardo c/ Supercanal SA s/ Dif. de haberes e indem. de ley”, sent. def. 47/2002). En igual orientación, se ha expresado que la justa causa del distracto patronal, cimentado en ausencias reiteradas e injustificadas del trabajador, se encuentra plenamente probada, si está demostrado que en el lapso en que pretendía acceder a licencia por enfermedad inculpable trabajaba para otro empleador –o por cuenta propia–, pues sus ausencias eran no sólo injustificadas, sino que también, maliciosamente, se pretendían justificar, fabulándose una dolencia inexistente en orden a impedir el desempeño, lo que torna plenamente aplicable el art. 242 de la LCT (Causa 301 3886, 4/10/1995, sent. CTrab. Paraná, Sala I “Bustamante, María Cristina c Centro Médico Clínica Integral y otros s cobro de pesos” Pcia. Entre Ríos, El Dial - AT11F8). Es que la enfermedad que halla su protección en las normas legales y que acarrea como consecuencia la suspensión de la prestación de servicios, debe ser de tal entidad que impida la realización de las tareas, pero no se compadece en absoluto el hecho de que el trabajador, gozando de licencia por enfermedad inculpable, desarrolle actividades profesionales por cuenta propia, porque ello está demostrando que el grado de su dolencia no llega al extremo tal de no permitirle realizar sus tareas, presentándose así una situación altamente abusiva de parte del obrero, que implica pérdida de confianza y constituye una injuria que en los términos del art. 242 de la LCT autoriza el distracto con justa causa (Causa 245, 5/12/1995, CConcepción del Uruguay, sala del Trabajo, “Tonetti, Jorge c/ Pedro Rivas SA y otra s/ Ind. por enfermedad accidente, diferencias salariales, etc.”, Pcia. Entre Ríos El Dial ATA37). Desde otra perspectiva, el eventual perjuicio a la salud que pudiere resultar de la violación de la prescripción médica de “reposo laboral” no afecta exclusivamente al propio trabajador, que es quien sufriría menoscabo en su salud, sino también a su empleador: “La circunstancia de que el empleado que estaba en uso de licencia por enfermedad se encontrara trabajando en otro lugar, pese al reposo prescrito por el médico, es un hecho que puede perjudicar a la empleadora, pues el esfuerzo en el trabajo bien puede demorar el tiempo de curación, con la consiguiente prolongación de la licencia por enfermedad, además de constituir una burla a la buena fe, que debe regir las relaciones de trabajo y cuyo cumplimiento impone el art. 63 de la ley 20.744” (Cámara de Apelaciones del Trabajo de Tucumán, 27/02/1981, “Caballero, José R. c. Empresa Argentina de Servicios, S. R. L. y otro”);
Que sin perjuicio de la suma gravedad de la falta, habilitando la misma incluso el despido con causa (Art. 7º incs. “f” y/o “g” RD. Res. 974/13 Anexo II), en esta oportunidad se considera procedente la aplicación de sanción de treinta (30) días de suspensión, advirtiendo al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada;
Que siendo la medida susceptible de recurso, en este oportunidad se considera conveniente que, de interponerse el mismo, quede suspendido el cumplimiento de la sanción disciplinaria sujeto a lo que se resuelva en definitiva (arts. 27 y 30, RD);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aplicar treinta (30) días de suspensión a Jorge Arnaldo CARABAJAL (CI ------------------- 541) y advertir al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada, incluso con despido. La suspensión se hará efectiva en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente. Sin embargo, de interponerse recurso quedará suspendida, sujeto a lo que se resuelva en definitiva.---------
ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.----------------------------------------------
RESOLUCION Nº 408-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 02/07/2019
Visto lo actuado en Expediente Nº 865, Letra “A”, Año 2018 caratulado "Boca de Acceso Cta. 22507/000 s/ Sumario Administrativo"; y
CONSIDERANDO
Que ante la detección de acceso cloacal no autorizado en vereda sobre conexión oficial, utilizando materiales de OSSE, en el inmueble sito en calle Edison Nº 780 (Cta. 220507/000) -Solicitud de Intervención Nº 69839-2018 y Acta de Constatación Nº 526357-, y posterior declaración de los titulares de la cuenta manifestando que dicha boca de acceso había sido realizada con la participación de personal de OSSE contra el pago de una suma de dinero, por Resolución Nº 369/18 (fs. 13) se dispuso instruir sumario administrativo a efectos de deslindar responsabilidades;
Que a fs. 61/62 se formuló cargo de responsabilidad a Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) imputándole violación del deber de buena fe, previsto en el Art. 63 de la LCT que impone a las partes "obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador, tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo" (Art. 63 LCT) siendo que constituye especialmente incumplimiento de las obligaciones del personal de OSSE "Ejecutar o colaborar en trabajos clandestinos vinculados al servicio público que presta la EMPRESA u omitir la denuncia de los que tome conocimiento" y/o "Ejecutar, por acción u omisión, actividades que de algún modo, impliquen colisión entre los intereses personales y los de la EMPRESA" (Art. 2º Incs. "d" y "f" régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II); e incumplimiento del deber de "Cuidar los bienes de la EMPRESA, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su utilización o custodia, como así también responder por la eficiencia y el rendimiento del personal a su cargo" (Art. 1º Inc. "d", Régimen Disciplinario Resolución Nº 974/13 Anexo II) siendo que se encuentra expresamente prohibido "Utilizar con fines particulares los elementos de transporte y útiles de trabajo propiedad de la EMPRESA, como así como también los servicios del personal" (Art. 2º Inc. "h" régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II). Ello por cuanto se consideró prima facie acreditado que previa concertación con el usuario de la Cuenta Nº 22.507/000 correspondiente al inmueble sito en Av. Tomas Edison Nº 780, entre el 25/06/2018 y el 26/06/2018 ejecutó en forma clandestina una boca de acceso a la conexión cloacal de la finca, instalándola sobre la vereda del inmueble (es decir acometiendo a la red cloacal); percibiendo como contraprestación la suma de pesos seis mil quinientos ($6.500,00); y que en dicho trabajo utilizó en beneficio propio -y de un tercero- una tapa de caja de medidor propiedad de la Empresa, privando a ésta de la posibilidad de utilizarla a los fines previstos, lo que representa además un perjuicio material;
Que a fs. 75/77 Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) efectuó su descargo donde sostuvo que tomó conocimiento por intermedio de alguno de sus compañeros Carabajal, Santos o Menchaca que el inmueble de Av. Edison al 700 tenía problemas en las instalaciones internas de cloacas que no podía ser solucionado por el vecino, y que ante ello se contactó con su cuñado Sr. Claudio Gómez para que pudiera lograr un ingreso económico realizando el trabajo. Relata que simplemente acompañó al Sr. Gomez al domicilio donde este último se comprometió a realizar el trabajo; quien luego lo realizó sin su intervención y que habiendo sido avisado por Gómez sobre su finalización concurrió nuevamente al domicilio, vio el trabajo efectuado y que los propietarios le propusieron pagarle el monto pactado con el Sr. Gomez -a quien no sabían contactar- solicitándole la extensión de recibo, a lo que accedió. Sostiene asimismo que posteriormente entregó el dinero al Sr. Gómez, no sacando provecho personal y que desconoce el origen de la caja utilizada -en supuesto desusuo-;
Que declararon como testigos ofrecidos por Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 835) los trabajadores de OSSE Sres. Julio César MENCHACA (CI 498) y Jorge Daniel SANTOS (CI 835); y el Sr. Claudio Alberto GOMEZ (DNI 26.763.109);
Que han dictaminado el Instructor Sumarial (fs. 66/73 y 91/92) y la Junta de Disciplina (fs. 93);
Que tales dictámenes carecen de efectos vinculantes, siendo potestad del Directorio de la empresa calificar las pruebas y los hechos, caracterizar la falta cometida y determinar la sanción adecuada, ello como manifestación de la potestad disciplinaria que se le reconoce tanto a la Administración Pública, como a todo empleador (art. 10, inc. “e”, ordenanza 7.446; art. 67, LCT);
Que está acreditado: a) Que en fecha 22/06/18 Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) junto con otra persona acordó con el usuario de la Cuenta Nº 22.507/000 correspondiente al inmueble sito en Av. Tomas Edison Nº 780, la realización de una boca de acceso a la conexión cloacal de la finca en forma clandestina a cambio del pago de $6.500; b) Que en fecha 25/06/18, Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) y la otra persona mencionada, instalaron una boca de acceso sobre la vereda del inmueble en forma clandestina. Ello en ausencia de los propietarios, quienes lo advirtieron el día siguiente; y c) Que el día 26/06/18 a las 07:40, Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) concurrió al domicilio en cuestión Edison 780 a las 8:30 y las 9:00 hs aproximadamente, terminó de acondicionar la tapa colocada y cobró por el trabajo $6500, otorgando recibo de pago con su firma: Así surge de la declaración prestada a fs. 7 por los responsables de la Cuenta, Sres. Pedro GRECO DNI 93.139.715 y Antonio GRECO DNI 93.139.808 en fecha 06/07/2018 ante Gerencia de Irregularidades del Servicio; y asimismo del conjunto de elementos de convicción recogido y que seguidamente se detallan, a partir de los cuales es posible determinar la participación descripta por parte de Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635); a saber: 1) El nombre y apellido del operario interviniente se desprende claramente del recibo otorgado a los usuarios de Cuenta 22507/000 al percibir la suma de $6.500, y de los datos de contacto entregados en un papel manuscrito (a modo de tarjeta personal) obrantes a fs. 8: "Marcelo Samulak"; 2) La fecha de reunión entre el cliente de Av. Edison 780 con las personas con las que acordaron la realización del trabajo, es decir 22/06/2018, resulta coincidente con la fecha de ejecución de la Solicitud de Intervención 65245 (fs. 21vta./22vta) por parte del equipo conformado, entre otros trabajadores, por Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635), habiendo señalado los denunciantes que una de las personas involucradas vestía uniforme de Obras Sanitarias; 3) La descripción de la persona que vestía el uniforme de Obras Sanitarias efectuada por los clientes se ajusta a las características físicas de Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) (contextura robusta y 1,70 metros aproximadamente, tes "colorada", cabello castaño corto); 4) Fue Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) quien se procuró la atención del requerimiento, habiéndole informado al Capataz General de Cloaca, Sr. Eduardo Gargiulo CI 147 que supuestamente el cliente estaba llamando porque no habían ido a solucionar el inconveniente, requiriendo en forma absolutamente anómala e irregular la asignación de la tarea. Así lo declaro por Francisco Eduardo GARGIULO (CI 147) a fs. 11; 5) Surge acreditado que en fecha 26/06/18 Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) concurrió al domicilio en cuestión entre las 8:30 y las 9:00 hs aproximadamente no encontrándose dicha concurrencia justificada en la realización de tareas asignadas para ese día. En dicha fecha, precisaron los denunciantes, la persona que describieron (vestía uniforme de OSSE, de contextura robusta y 1,70 metros aproximadamente, tes "colorada", cabello castaño corto) terminó de acondicionar la tapa colocada en la boca de acceso y les cobró $6500 otorgándoles recibo bajo firma y nombre. En tal sentido de los registros del Sistema de Control de Movimientos de Vehículos (fs. 40) se verifica que en fecha 26/06/2018 Guillermo Marcelo Samulak CI 635 retiró de Base Sur el Censo 212 (Camión para Equipo Desobstructor/Succionador Dominio ILA008) a las 07:40, regresándolo a las 12:51. Asimismo de los registros de seguimiento satelital de vehículos de la empresa (fs. 39 y 41) se desprende que en fecha 26/06/2018 el Censo 212 concurrió al domicilio en cuestión donde permaneció entre las 8:30 y las 9:00 hs aproximadamente. Por otro lado las tareas asignadas a Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) para el día se encuentran detalladas en Hoja de Ruta Nº 1346 cuya impresión adjunto Gerencia de Producción a su informe de fs. 45/49, no encontrándose allí incluida ninguna en cercanías de la dirección en cuestión (Av. Edison al 700); d) Que la tapa colocada en la boca de acceso colocada en forma clandestina sobre la vereda del inmueble sito en Av. Edison 780 se ejecutó con materiales de Obras Sanitarias: Así se desprende de la constatación realizada por el inspector de la Gerencia de Irregularidades en ocasión de verificar la boca de acceso clandestina, dejando constancia que en la misma apreció materiales de OSSE (caja de medidor). Ello se desprende de la Solicitud de Intervención Nº 69839 (fs. 3) y del informe de la Gerencia de Irregularidades en el Servicio de fs. 1/10, donde se agregan fotografías en las que se aprecia la tapa colocada;
Que se desestima la versión expuesta por el Sr. Claudio GOMEZ, testigo ofrecido por el imputado, en su declaración de fs. 90 donde manifestó que si bien fue contactado telefónicamente por Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) para la realización del trabajo en el domicilio de calle Edison 780, acordó y ejecutó solo el trabajo, solicitando a Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) que concurriera a percibir el precio respectivo ya que debía viajar a la ciudad de Olavaria; y que obtuvo la tapa de medidor de OSSE del basural ubicado en cercanías de Av. Mario Bravo y A. Edison. Ello por cuanto se advierten serias contradicciones o inconsistencias en la declaración del Sr. Gomez, no sólo respecto de la declaración de los Sres. Grecco, ocupantes del inmueble de Av. Edison Nº 780, sino asimismo respecto del descargo del imputado Samulak. En tal sentido Gómez manifestó haber concurrido sólo a acordar la realización del trabajo, siendo contestes en cambio tanto Grecco como Samulak que éste último se presentó en dicha ocasión. Por otro lado Gómez refirió que solicitó a Samulak la gestión del cobro por imposibilidad de concurrir al efecto, mientras que Samulak adujo que concurrió con la finalidad de ver el trabajo efectuado y en dicha oportunidad percibió el precio del trabajo a instancias del cliente por supuesta imposibilidad de contactarse con Gomez. Asimismo resulta inverosímil que la tapa de medidor colocada en la obra clandestina hubiera sido obtenida en un basural, siendo que se encontraba en perfecto estado de conservación. Sin perjuicio de ello la efectiva participación de Samulak en la ejecución del trabajo se desprende sin lugar a dudas de la declaración de los Sres. Grecco de fs. 7 donde precisaron que el día martes 26 el trabajador de OSSE que describieron -tratándose de Samulak- no sólo cobro por el trabajo sino que asimismo terminó de acondicionar la tapa colocada;
Que a todo evento se señala asimismo que incluso ante la versión de los hechos descripta por el imputado subsistiría responsabilidad de su parte por violación del deber de buena fe previsto en el Art. 63 de la LCT que impone a las partes "obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador, tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo" (Art. 63 LCT), toda vez que habiendo concurrido al domicilio en cuestión con posterioridad a la realización del trabajo que él mismo había propiciado (acercando a tal fin a un conocido) y advertido por lo tanto la boca de acceso ejecutada en forma clandestina y utilizando una tapa de medidor de OSSE (el propio imputado manifiesta en su descargo a fs. 76 que vio "que el trabajo estaba efectuado") debió cumplir con su deber de denunciar la irregularidad ante la Empresa, y no haber colaborado percibiendo del beneficiario el precio de la obra. En este sentido es claro el Art. 2º inc. "d" Régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II, en cuanto prevé como incumplimiento de los trabajadores "Ejecutar o colaborar en trabajos clandestinos vinculados al servicio público que presta la EMPRESA u omitir la denuncia de los que tome conocimiento";
Que Guillermo Marcelo SAMULAK (CI 635) incurrió en violación del deber de buena fe, previsto en el Art. 63 de la LCT que impone a las partes "obrar de buena fe, ajustando su conducta a lo que es propio de un buen empleador y de un buen trabajador, tanto al celebrar, ejecutar o extinguir el contrato o la relación de trabajo" (Art. 63 LCT) siendo que constituye especialmente incumplimiento de las obligaciones del personal de OSSE "Ejecutar o colaborar en trabajos clandestinos vinculados al servicio público que presta la EMPRESA u omitir la denuncia de los que tome conocimiento" y/o "Ejecutar, por acción u omisión, actividades que de algún modo, impliquen colisión entre los intereses personales y los de la EMPRESA" (Art. 2º Incs. "d" y "f" régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II); e incumplimiento del deber de "Cuidar los bienes de la EMPRESA, velando por la economía del material y la conservación de los elementos que fueran confiados a su utilización o custodia, como así también responder por la eficiencia y el rendimiento del personal a su cargo" (Art. 1º Inc. "d", Régimen Disciplinario Resolución Nº 974/13 Anexo II) siendo que se encuentra expresamente prohibido "Utilizar con fines particulares los elementos de transporte y útiles de trabajo propiedad de la EMPRESA, como así como también los servicios del personal" (Art. 2º Inc. "h" régimen de Disciplina Res. 974/13 Anexo II);
Que la infracción de los deberes de buena fe y fidelidad se verifica por la mera participación del trabajador en una obra clandestina, siendo un accionar que atenta claramente contra los fines de la Empresa, constituyendo un ilícito administrativo en infracción al Art. 4º del Reglamento General del Servicio Sanitario. En tal sentido el Art. 4º del Reglamento General del Servicio Sanitario aprobado por Ordenanza MGP Nº 23646/18 establece: "Cañerías externas e instalaciones. O.S.S.E. será responsable del mantenimiento, operación y explotación de los servicios públicos de agua, cloaca y pluvial. Dicha responsabilidad se extenderá hasta el enlace a los inmuebles servidos. Las conexiones de agua y cloaca deberán equiparse después del empalme sobre la cañería, con los materiales y accesorios establecidos en el reglamento de instalaciones internas e industriales. O.S.S.E. estará facultada en forma exclusiva para realizar todo trabajo, por sí o por terceros autorizados, que sea necesario en sus redes o sistemas. Cualquier trabajo efectuado por otras personas será considerado clandestino, en cuyo caso, y cuando se trate de conexiones, empalmes o trabajos que impliquen actitudes manifiestas en tal sentido, a las redes públicas, O.S.S.E. procederá a su corte y remoción, corriendo los costos por cuenta del responsable conforme a lo establecido en el artículo 66º. También se facturará lo que corresponda en concepto de consumo clandestino de acuerdo con lo normado en el artículo 29º y se labrará el acta de constatación respectiva, dándose luego intervención al Tribunal de Faltas Municipal. Asimismo, cualquier daño ocasionado a las redes o sistemas de O.S.S.E., que provoque perjuicios de cualquier naturaleza como materiales, de funcionamiento o ambientales, obligará a los responsables al resarcimiento de los mismos, corriendo en consecuencia los costos por su cuenta conforme a lo dispuesto en el citado artículo 66º";
Que sin perjuicio de la suma gravedad de la falta, habilitando la misma incluso el despido con causa (Art. 7º incs. “f” y/o “g” RD. Res. 974/13 Anexo II) , en esta oportunidad se considera procedente la aplicación de sanción de treinta (30) días de suspensión, advirtiendo al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada;
Que siendo la medida susceptible de recurso, en este oportunidad se considera conveniente que, de interponerse el mismo, quede suspendido el cumplimiento de la sanción disciplinaria sujeto a lo que se resuelva en definitiva (arts. 27 y 30, RD);
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N ° 7446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTÍCULO 1º: Aplicar treinta (30) días de suspensión a Guillermo Marcelo SAMULAK
------------------- (CI 635) y advertir al trabajador que la reiteración de nuevas faltas disciplinarias podrá ser más severamente sancionada, incluso con despido. La suspensión se hará efectiva en la fecha que indique la Gerencia de Recursos Humanos, la cual deberá ser comunicada conjuntamente con la notificación de la presente. Sin embargo, de interponerse recurso quedará suspendida, sujeto a lo que se resuelva en definitiva.---------
ARTÍCULO 2º: Regístrese, notifíquese y cúmplase.--------------------------------------------
RESOLUCION Nº 409-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 03/07/2019
Visto la solicitud presentada por la Gerencia de Irregularidades en el Servicio; y
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento con las tareas que demanda el servicio, se torna indispensable reforzar la dotación de personal;
Que los Sres. Damián Ezequiel ABALOS (DNI 41.307.921) y Juan Ezequiel SALAS (DNI 37.178.265) reúnen las características personales apropiadas para el desempeño de los trabajos que allí se realizan;
Que el Servicio Médico de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que los mismos se encuentran físicamente aptos para el trabajo;
Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90,93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE ubicándose en la Función P-03 Clase I (Peón);
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de 45 hs. semanales de conformidad con el Módulo “D” del Acta Paritaria Nº 05/2013;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Contratar a plazo fijo para prestar servicios en la Gerencia de --------------------Irregularidades en el Servicios, a los Sres., Damián Ezequiel ABALOS (DNI 41.307.921) y Juan Ezequiel SALAS (DNI 37.178.265) en la Función P-03 Clase I (Peón) por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a la presente, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Su jornada laboral será de 45 hs. semanales de conformidad con el Módulo “D” del Acta Paritaria Nº 05/2013, pudiendo desempeñarse de mañana o de tarde de conformidad con las necesidades del servicio.------------------------
ARTÍCULO 2º: Aprobar el modelo de Contrato a Plazo Fijo a suscribir con los --------------------trabajadores contratados, que como Anexo I y II forman parte integrante de la presente Resolución.------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demanden las presentes contrataciones serán imputadas --------------------a las partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 410-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446 y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte, y el Sr. Juan Ezequiel SALAS (DNI 37.178.265), con domicilio real en calle Venezuela Nº340 en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº ……/19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en la Función P-03 Clase I (Peón), para cumplir tareas en la Gerencia de Irregularidades en el Servicios, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-----------------------------------------------
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 03/07/2019 hasta el día ---------------02/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 02 de octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …… días del mes de …………………….. del año 2019.-
ANEXO II
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446 y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte, y el Sr. Damián Ezequiel ABALOS (DNI 41.307.921), con domicilio real en calle Etchegaray Nº36 en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº ……/19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en la Función P-03 Clase I (Peón), para cumplir tareas en la Gerencia de Irregularidades en el Servicios, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-----------------------------------------------
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 03/07/2019 hasta el día ---------------02/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 02 de octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …… días del mes de …………………….. del año 2019.-
MAR DEL PLATA, 03/07/2019
Visto que desde el 13 de Agosto de 2019 al 15 de Agosto de 2019 inclusive, se realizará "Taller sobre Economía Circular para Operadores de Agua y Saneamiento de la Región de América Latina y el Caribe” a desarrollarse en Medellín –Colombia-; y;
CONSIDERANDO
Que el programa WOP- LAC - Red de Empresas Hermanas de Latinoamérica y el Caribe busca lograr el fortalecimiento de los operadores a través de la cooperación técnica entre ellos, formando parte del programa mayor de Naciones Unidas denominado Plataforma Regional de la Global Water Operators’ Partnership (GWOPA) para América Latina y el Caribe;
Que WOP- LAC, ha seleccionado a Obras Sanitarias Mar del Plata S. E. para participar en este taller por ser una de las empresas de referencia en la República Argentina en materia de Agua Potable y Saneamiento;
Que ha sido aceptada desde la Secretaría de WOP-LAC la postulación de OSSE para participar y exponer en el “Taller sobre Economía Circular para Operadores de Agua y Saneamiento de la Región de América Latina y el Caribe”; aportando los costos relacionados con los pasajes aéreos ida y vuelta Buenos Aires-Medellín, debiendo la Empresa cubrir el resto de los gastos, viáticos y traslados adicionales en que pudieran incurrir;
Que la participación de la Empresa en este taller que organiza el WOP-LAC del ONU–Hábitat, con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo, obtendrá importantes aportes sobre la gestión de las empresas prestadoras de servicios de distribución de agua potable y alcantarillado, con enfoque a la economía circular, la eficiencia energética y la mejor gestión de los recursos, en la región de América Latina y el Caribe;
Que la concurrencia y participación activa del agente de OSSE mencionado facilitará el intercambio de experiencias e información sobre la tecnología disponible en gestión de acueductos, energía y recursos en general;
Que el agente propuesto para asistir a este taller es Luis Alberto Mérida CI 361;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 21.608 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Autorizar la concurrencia y participación del agente Luis Alberto --------------------Mérida CI 361 a la ciudad de Medellín –Colombia a participar del Taller sobre Economía Circular para Operadores de Agua y Saneamiento de la Región de América Latina y el Caribe.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: : Autorizar a la Contaduría y Tesorería a abonar la suma de Pesos ------------------- cuarenta mil ($40.000,00) todo ello en concepto de traslados a Aeropuertos, alojamiento, comidas y traslados adicionales del agentes mencionado en el artículo 1º de la presente, los que estarán sujeto a Rendición de Cuenta debiendo presentar los comprobantes que avalen el pago a los 5 días de concluida la comisión
ARTÍCULO 3º: Autorizar a la Contaduría y Tesorería a liquidar en concepto de -------------------viáticos un valor de Pesos diez mil ochocientos ($ 10.800,00) por la totalidad de los días de viajes, desde el 12 al 17 de agosto del corriente año.--------------
ARTÍCULO 4º: El agente mencionado en el Artículo 1º, se comprometen transmitir ------------------- los conocimientos adquiridos en la presente encomienda. -----------------
ARTÍCULO 5º: Autorizar a la Contaduría a realizar las imputaciones que corresponda -------------------- a la presente.---------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 6º: Dese al Registro de Resoluciones. Comuníquese a la Tesorería, a la Contaduría y Gerencia de Recursos Humanos. Cúmplase ------------------------------------
RESOLUCION Nº 411-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 03/07/2019
Visto la solicitud presentada por la Gerencia de Calidad; y
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento con las tareas que demanda el servicio, se torna indispensable reforzar la dotación de personal;
Que la Lic. María Luciana CIGOY (DNI 29.593.370) reúne las características personales apropiadas para el desempeño de los trabajos que allí se realizan;
Que el Servicio Médico de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que la misma se encuentran físicamente apta para el trabajo;
Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90,93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE ubicándose en la Función A-14 Clase XI (Ayudante Técnico);
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Contratar a plazo fijo para prestar servicios en la Gerencia de --------------------Calidad, a la Lic. María Luciana CIGOY (DNI 29.593.370) en la Función A-14 Clase XI (Ayudante Técnico) por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a la presente-. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013, pudiendo desempeñarse de mañana o de tarde de conformidad con las necesidades del servicio.----------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 2º: Aprobar el modelo de Contrato a Plazo Fijo a suscribir con la --------------------trabajadora contratada, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demanden las presentes contrataciones serán imputadas --------------------a las partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 412-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446 y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte, y la Lic. María Luciana CIGOY (DNI 29.593.370), con domicilio real en calle Quintana Nº2371 en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº ……/19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en la Función A-14 (“Ayudante Técnico”), Clase XI, para cumplir tareas en la Gerencia de Calidad, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.--------------------------------------------------------------------------------
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 10/07/2019 hasta el día ---------------09/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 09 de octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …… días del mes de …………………….. del año 2019.-
MAR DEL PLATA, 03/07/2019
Visto la solicitud presentada por la Gerencia de Producción Sector Pluviales; y
CONSIDERANDO
Que para dar cumplimiento con las tareas que demanda el servicio, se torna indispensable reforzar la dotación de personal;
Que el Sr. Matias Esteban FUENTES (DNI 38.292.554) quien reúne las características personales apropiadas para el desempeño de los trabajos que allí se realizan;
Que el Servicio Médico de la empresa informa que ya han sido cumplidos los exámenes médicos preocupacionales y la evaluación psicotécnica, resultando de ellos que los mismos se encuentran físicamente aptos para el trabajo;
Que la modalidad del vínculo laboral será a Plazo Fijo de conformidad a lo dispuesto en los arts. 90,93 a 95, LCT y ccdtes., de modo que sea remunerado de acuerdo a lo establecido para el personal de OSSE ubicándoselo en la Función P-03 Clase I (Peón);
Que la jornada de trabajo, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el C.C.T. Nº57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanza Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Contratar a plazo fijo para prestar servicios en la Gerencia de --------------------Producción Sector Pluviales, al Sr. Matias Esteban FUENTES (DNI 38.292.554) en la Función P-03 Clase I (Peón) por un periodo de tres (3) meses a partir de la firma del contrato adjunto a la presente, -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-. Su jornada laboral, remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados, entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S en Expte. Nº23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. Su jornada laboral será de 35 hs. semanales de conformidad con el Acta Paritaria Nº 08/2013, pudiendo desempeñarse de mañana o de tarde de conformidad con las necesidades del servicio.------
ARTÍCULO 2º: Aprobar el modelo de Contrato a Plazo Fijo a suscribir con el --------------------trabajador contratado, que como Anexo I forma parte integrante de la presente Resolución.-------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: El gasto que demande la presente contrataciones serán imputadas --------------------a las partidas correspondientes al rubro “Gastos en Personal” .--------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Gerencia de Recursos -------------------Humanos para su conocimiento y notificación a quienes correspondan.-----
RESOLUCION Nº 413-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO I
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR PLAZO FIJO
(ART. 90 INC. «A» y «B» Y 93 A 95, LCT)
PRELIMINAR (PARTES) Entre OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA S.E., con domicilio en calle French Nº 6737 de la ciudad de Mar del Plata, representada para este acto por su Sr. Presidente Arq. Alejandro Marcelo POZZOBON (DNI Nº 17.659.335) conforme ordenanzas 7.446 y 24.132, en adelante denominada «EMPLEADORA», por una parte, y el Sr. Matias Esteban FUENTES (DNI 38.292.554), con domicilio real en calle 16 e/ 835 y 829 Chapadmalal en adelante denominado «TRABAJADOR CONTRATADO», por la otra, convienen en celebrar el presente Contrato de Trabajo a Plazo Fijo, conforme las siguientes cláusulas y condiciones;
PRIMERA (OBJETO): De conformidad a la Resolución O.S.S.E. Nº ……/19 que integra ------------- el presente, la EMPLEADORA contrata al EMPLEADO en la Función P-03 (“Peón”) Clase I para cumplir tareas en la Gerencia de Producción Sector Pluviales -sin perjuicio de los cambios de ubicación a otra Gerencia o Sector de la empresa que pudiera producirse en un futuro-, actividad que en virtud de tales circunstancias reviste carácter accidental, circunstancial, temporaria y transitoria.-----------------------------------------------
SEGUNDA (PLAZO): El plazo contractual será a partir del 10/07/2019 hasta el día ---------------09/10/2019, inclusive.---------------------------------------------------------------------
TERCERA (JORNADA, REMUNERACIÓN, CONDICIONES): La jornada laboral, --------------- remuneración y demás condiciones del contrato de trabajo serán las que se fijan en el citado C.C.T. 57/1975, en cuanto está vigente de acuerdo con acto de adhesión, leyes, laudos, actas y ordenanzas dictadas, y las que se establecen en acuerdos paritarios ulteriores celebrados entre O.S.S.E. y Fe.N.T.O.S. en Expte. Nº 23.003/96 de trámite ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pudiendo desempeñarse en turno fijo en horario de mañana o de tarde, en guardia rotativa en horario de mañana, tarde y noche, en concordancia con la Ley de Contrato de Trabajo sobre todo en lo atinente a jornada laboral y descansos, declarando el postulante contar con amplia disponibilidad horaria y geográfica, y aceptando la prestación en horarios y lugares de trabajo variables, de acuerdo a las necesidades del servicio. Dicha disponibilidad constituye un elemento esencial a los efectos de la presente contratación.----------------------
CUARTA (DATOS PERSONALES) 1- El EMPLEADO declara haber entregado al ------------ EMPLEADOR, una ficha firmada con sus datos personales y domicilio, responsabilizándose por la veracidad de ellos. 2- Por otra parte asume especialmente el compromiso de actualizar los datos que se modificaren.-------------------------------------------
QUINTA (DOMICILIOS) Los domicilios declarados precedentemente serán eficaces a ----------- los efectos de cualesquiera notificaciones.------------------------------------------------
SEXTA Atento no mediar más de tres meses para la expiración del plazo convenido, la ---------empleadora preavisa por el presente la extinción del contrato en fecha 09 de octubre de 2019.------------------------------------------------------------------------------------------
En prueba de aceptación y conformidad se firman dos (2) ejemplares iguales del presente, de un mismo tenor y a similar efecto y se entregan a ambas partes, quiénes los reciben de conformidad. Celebrado en Mar del Plata, a los …… días del mes de …………………….. del año 2019.-
MAR DEL PLATA, 03/07/2019
Visto las facultades de organización y dirección de la Empresa (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio; y
CONSIDERANDO
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar a los agentes QUIROGA, Ángel Fabian (CI 1153); HECH, Juan Pablo (CI 1152); AGUIRRE, Adrián Eduardo (CI 1202); DALPRATO, German Emanuel Alejandro (CI 1219); PASO, Sergio Mauricio (CI 1220) y GIMENEZ, Jorge Raimundo (CI 1206) en la Función MOFPF (Medio Oficial Polifuncional);
Que respecto de los agentes QUIROGA, Ángel Fabian (CI 1153); HECH, Juan Pablo (CI 1152); AGUIRRE, Adrián Eduardo (CI 1202); DALPRATO, German Emanuel Alejandro (CI 1219); PASO, Sergio Mauricio (CI 1220); JOFRE, Pablo Antonio (CI 975) KACHUK, Juan Carlos (CI 955), BARROSO, Eduardo Victor (CI 957) no resulta procedente el pago del adicional “Guardia rotativa de tres turnos” atento que los trabajadores realizan “Guardia rotativa de dos turnos” en función de la reestructuración del servicio operado con motivo del funcionamiento de la Nueva EDAR;
Que corresponde reconocer asimismo a dichos trabajadores una garantía salarial equivalente a la diferencia entre ambos adicionales a efectos de no disminuir su remuneración, suma que será absorbida hasta su concurrencia por eventuales aumentos salariales cualquiera fuere su causa (cambio de antigüedad o categoría, modificación de jornada, etc), excepto los que revistan el carácter general para todos los trabajadores de la empresa;
Por ello en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º: Reubicar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de --------------------- la presente a los agentes QUIROGA, Ángel Fabian (CI 1153); HECH, Juan Pablo (CI 1152); AGUIRRE, Adrián Eduardo (CI 1202); DALPRATO, German Emanuel Alejandro (CI 1219); PASO, Sergio Mauricio (CI 1220) y GIMENEZ, Jorge Raimundo (CI 1206) en la Función MOFPF (Medio Oficial Polifuncional).---------------
ARTÍCULO 2º Abonar a los agentes QUIROGA, Ángel Fabian (CI 1153); HECH, -------------------- Juan Pablo (CI 1152); AGUIRRE, Adrián Eduardo (CI 1202); DALPRATO, German Emanuel Alejandro (CI 1219); PASO, Sergio Mauricio (CI 1220); JOFRE, Pablo Antonio (CI 975) KACHUK, Juan Carlos (CI 955), BARROSO, Eduardo Victor (CI 957) guardia rotativa dos turnos.-----------------------------------------------------
ARTÍCULO 3º Reconocer a los trabajadores enunciados precedentemente una -------------------- garantía salarial equivalente a la diferencia entre ambos adicionales a efectos de no disminuir la remuneración de los trabajadores, suma que será absorbida hasta su concurrencia por eventuales aumentos salariales cualquiera fuere su causa (cambio de antigüedad o categoría, modificación de jornada, etc), excepto los que revistan el carácter general para todos los trabajadores de la empresa.--------------------
ARTICULO 4°: Autorizar a la Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias ------------------- que pudieren corresponder.-----------------------------------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Comuníquese. Cúmplase.---------
RESOLUCION Nº 414-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 10/07/2019
VISTO las Disposiciones de la Contaduría y la Tesorería que obran en Anexos 1 y 2, por las que se disponen transferencias entre partidas del Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos del año 2019; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 14 de Mayo de 2019 el Honorable Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Nº 24.120/19 aprobando el Presupuesto de Gastos y Cálculo de Recursos para el año 2019 y promulgada mediante Decreto Nº 1.094 de fecha 14 de Mayo de 2019;
Que por los artículos 5º y 6º de la Ordenanza Nº 24.120/19, se autoriza al Directorio de O.S.S.E. a efectuar Ampliaciones y Modificaciones Presupuestarias;
Que por el artículo 8º de la Resolución 281/19 el Directorio autoriza a la Contaduría a efectuar ampliaciones y/o modificaciones en los créditos presupuestarios aprobados del Presupuesto de Gastos del año 2019 que fueran financiados con la disminución de otros créditos presupuestarios;
Que por el artículo 9º de la Resolución 281/19 el Directorio autoriza a la Tesorería a efectuar modificaciones en el Cálculo de Recursos del año 2019;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas N° 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Ratificar las transferencias entre partidas del Presupuesto ------------------- de Gastos y el Cálculo de Recursos efectuadas por la Contaduría y la Tesorería desde el 21/05/2019 y hasta la finalización del Segundo Trimestre del año 2019 según detalle que obran en Anexo 1 y Anexo 2 adjuntos.--------------
ARTICULO 2º: Regístrese, dése al Registro de Resoluciones, comuníquese a -------------------- Contaduría y Tesorería y cúmplase.-----------------------------------
RESOLUCION Nº 415-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
ANEXO 1
Disposición Contaduría Nº |
Fecha |
Concepto |
Importe $ |
33/19 |
23/05/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 38 |
3.554.958.88 |
34/19 |
23/0519 |
Modificación Presupuestaria Nº 39 |
9.721.321.25 |
35/19 |
27/05/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 40 |
9.688.774,09 |
36/19 |
27/05/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 41 |
1.245.040,34 |
37/19 |
29/05/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 42 |
8.915.078,88 |
39/19 |
06/06/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 43 |
10.046.488,40 |
40/19 |
14/06/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 44 |
6.122.569.32 |
41/19 |
18/06/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 45 |
3.955.064,26 |
42/19 |
25/06/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 46 |
1.804.091,08 |
43/19 |
25/06/19 |
Modificación Presupuestaria Nº 47 |
4.015.759,22 |
ANEXO 2
Disposición Nº |
Fecha |
Concepto |
Importe $ |
03/19 - Tesorería |
11/06/19 |
Modificación Cálculo Rec. Nº 06 |
1.800.000,00 |
MAR DEL PLATA, 11/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 166-C-19 Cpo.1 referente al: “SERVICIOS DE ALISADO DE CEMENTO Y REPARACION DE VEREDAS” y;
CONSIDERANDO
Que por Resolución de Directorio N° 140/19 de fecha 07/03/2019 (fs 83) se resolvió Adjudicar el Concurso de Precios Nº 09/19 a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA por la suma total de PESOS TRESCIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 80/100 ($315.564,80) con impuestos incluidos, por ser su oferta conveniente a los intereses de OSSE y cumplir con lo requerido en el pliego (Orden de Compra Nº 402/19 (fs.139/141);
Que a fs. 151 la Gerencia de Producción, mediante Solicitud Nº 3-200-111, solicita la ampliación de la Orden de Compra Nº 402/2019 para el servicio de referencia por la suma de $63.112,96, equivalente al 20% del monto total de la contratación original;
Que a fs. 157 la Contaduría realizó la imputación preventiva correspondiente, no teniendo objeciones que realizar dado que el monto ampliado es igual al 20% estipulado en el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. del presente servicio;
Que el Art. 3 de las Cláusulas Particulares del P. B. y C. establece que “Obras Sanitarias Mar del Plata Sociedad de Estado podrá disponer el/los aumento/s y/o disminución/es de la contratación hasta un veinte por ciento (20 %) del monto de la Orden de Compra. Dichas modificaciones serán obligatorias para la parte contratista y se liquidarán según el precio de la Orden de Compra. Por la parte suprimida, no se reconocerá lucro cesante.”;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja Ampliar la Orden de Compra Nº 402/19 perteneciente a la firma COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LTDA correspondiente al Concurso de Precios Nº 09/19 por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO DOCE CON 96/100 ($63.112,96) equivalente al 20 % del monto contratado originalmente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Autorizar la ampliación de la Orden de Compra Nº 402/19 perteneciente ------------------- a la COOPERATIVA DE TRABAJO EL AMANECER DE LA CASA LIMITADA correspondiente al Concurso de Precios Nº 09/19 por la suma total de PESOS SESENTA Y TRES MIL CIENTO DOCE CON 96/100 ($63.112,96) equivalente al 20% del monto contratado originalmente.-----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: La oficina de Compras comunicará a la firma Adjudicataria que dentro de los ------------------- 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total de la ampliación a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.-----------------------
ARTICULO 3°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente --------------------- ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.-----------------------------
ARTICULO 5°: Dése al Registro de Resoluciones. Pase a la Oficina de Compras a fin de dar ------------------- cumplimiento a lo dispuesto en la presente. Cúmplase.-------------------------------
RESOLUCION Nº 416-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 11/07/2019
Visto las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 715-C-2019 Cpo. 1 referente a la: “ADQUISICION DE VIALES DE SOLN DE DIGESTION PARA ANALISIS DE DQO”, y;
CONSIDERANDO
Que se ha cumplido con las formalidades del Llamado a Concurso de Precios Nº 47/19, según da cuenta la documentación agregada al expediente de referencia; habiéndose presentado para el mismo 2(DOS) firmas: JENCK S.A. y BAIRES ANALITICA S.R.L. según surge del Acta de Apertura de fecha 21/06/19 (fs. 10);
Que a fs. 37 la Gerencia de Calidad informa que las propuestas cumplen técnicamente con lo solicitado;
Que a fs. 39 consta Cédula de Notificación enviada a la firma BAIRES ANALITICA S.R.L., en virtud de la variación del tipo de cambio de la divisa extranjera desde la fecha de la cotización (18/06/19) hasta el día de la adjudicación (01/07/19), a fin de que dicha firma preste consentimiento para realizar la adjudicación teniendo en cuenta la actualización del tipo de cambio y, a fs. 41 consta nota donde manifiestan aceptar la adecuación de la cotización a los nuevos valores actualizados;
Que por lo expuesto la Jefatura de Compras aconseja ADJUDICAR el Concurso de Precios Nº 47/19 a la firma BAIRES ANALITICA S.R.L. por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON 91/100 ($651.831,91) (en su oferta de Bienes Importados con una Cotización del Dólar Tipo Vendedor del BNA: $43.00 de fecha 01/07/19) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial de $720.788,16;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aprobar las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 715-C-2019 Cpo. 1 ------------------ referente a la: “ADQUISICION DE VIALES DE SOLN DE DIGESTION PARA ANALISIS DE DQO”--------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Adjudicar el Concurso de Precios Nº 47/19 a la firma BAIRES ANALITICA --------------------- S.R.L. por la suma total de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y UNO CON 91/100 ($651.831,91) (en su oferta de Bienes Importados con una Cotización del Dólar Tipo Vendedor del BNA: $43.00 de fecha 01/07/19) con impuestos incluidos, por ser su propuesta conveniente a los intereses de OSSE, cumplir con los requerimientos solicitados y encontrarse la misma por debajo del Presupuesto Oficial. -------
ARTICULO 3°: El plazo de entrega será dentro de los 10 (DIEZ) días corridos de notificada la ------------------ Orden de Compra. --------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: La oficina de Compras comunicará a la firma adjudicataria que dentro de ------------------- los 5 (CINCO) días hábiles de notificada deberá efectuar un Depósito de Garantía equivalente al 5% (cinco por ciento) del monto total adjudicado a los efectos de afianzar el compromiso que contrae. En caso de optar por la Modalidad de Póliza de Caución, la misma deberá ponerse en contacto con la Oficina de Compras, Área Grandes Contrataciones, a fin de informar las Cías. de Seguros que cumplen los requisitos exigidos por OSSE.--------------
ARTICULO 5°: Encomendar a la Tesorería a incluir el gasto que demande la presente ------------------- adjudicación y ampliación en la planificación financiera del presupuesto en los términos del artículo 91 del Decreto 2980/00.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 6°: Notificar a la firma de lo dispuesto precedentemente.------------------------------
ARTICULO 7°: Dése al Registro de Resoluciones – Pase a la Oficina de Compras a ------------------fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Resolución. Cúmplase.----
RESOLUCION Nº 417-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto el 35º aniversario de la Creación de OSSE, por la Ordenanza 6040/84, y la conmemoración a realizar en el ámbito de la Base Sur; y
CONSIDERANDO
Que con motivo celebrar el aniversario de la creación de OSSE, el Directorio ha decidido aprovechar la ocasión para conmemorar esa fecha en Base Sur;
Que es muy importante la expansión de los servicios sanitarios en la zona sur y oeste del partido de Gral Pueyrredon, incorporando nuevos clientes y asumiendo la prestación en barrios donde en el pasado eran prestados por Cooperativas y Asociaciones Vecinales de Fomento;
Que en los próximos años se materializarán nuevos proyectos de obras de agua y cloaca, que redundarán en mayor cantidad de usuarios que serán atendidos desde esa base operativa;
Que en virtud de la importancia de ese sector de la empresa- que cuenta con casi 100 agentes trabajando en el radio de afectación-, resulta menester destacar y motivar sus acciones,
Que el Directorio ha considerado pertinente hacer el lanzamiento de novedades tecnológicas y comunicacionales desde la base operativa del Sur;
Que se considera propicio brindar un refrigerio a los agentes y autoridades que participen del acto, con un presupuesto estimado de $15.000 (pesos quince mil),
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Encomendar a la Gerencia de Relaciones Institucionales la realización
------------------del Acto en Homenaje de los 35 años de la creación de OSSE a realizarse en la Base Operativa Sur cita en Mario Bravo y Colombres de la ciudad de Mar del Plata. ------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría a tramitar un anticipo para Gastos sujeto a -------------------Rendición a nombre de Silvia Cervera (CI 672) por la suma de pesos quince mil ($ 15.000), para el abono de los gastos de adquisición de Refrigerio ----------
ARTICULO 3º Dese al Registro de resoluciones. Notifíquese a la Gcia de Relaciones -----------------------Institucionales y a la Contaduría de OSSE, Cúmplase. --------------------
RESOLUCION Nº 418-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto la solicitud presentada por la Jefa de Compras y Suministros;
CONSIDERANDO
Que la Empresa cuenta con la facultad de organización y dirección de la misma (arts. 64, 65 y ccdtes., LCT) y las necesidades del servicio;
Que como manifestación de tales atribuciones el Directorio tiene las más amplias facultades para “Establecer la estructura orgánica y el régimen interno de funcionamiento de la Sociedad” (art. 10, inc. d, Ordenanza 7.445), como así también para “Efectuar nombramientos transitorios o permanentes, disponer promociones, pases, traslados y remociones y aplicar las sanciones disciplinarias que pudieran corresponder, de acuerdo con la dotación de personal aprobada por la Asamblea” (art. 10, inc. e), Ordenanza 7.445);
Que atento a lo manifestado por la jefatura se ha evaluado la oportunidad y conveniencia de designar al agente CISNEROS, Roberto Carlos (CI 1095) en la Función Encargado Oficial Polifuncional (EOPF) manteniendo su actual módulo horario y al agente SANCHEZ, Rodrigo (CI 1235) en la función Medio Oficial Polifuncional (MOPF) incorporándose éste al Módulo “D” del Acta Paritarias 05/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Reubicar a partir del 01 del mes de Julio al agente CISNEROS, Roberto --------------------Carlos (CI 1095) en la Función Encargado Oficial Polifuncional (EOPF) manteniendo su actual módulo horario y al agente SANCHEZ, Rodrigo (CI 1235) en la función Medio Oficial Polifuncional (MOPF) incorporándose éste al Módulo “D” del Acta Paritarias 05/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;---------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 419-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto la renuncia presentada por el agente Oscar Abel VALDEZ CI 297, para acogerse a los Beneficios Jubilatorios; y
CONSIDERANDO
Que la renuncia se concretó por Telegrama según lo establecido en el Artículo 240 de la Ley de Contrato de Trabajo;
Que es necesario formalizar la aceptación con la cual concluirá el trámite de Jubilación Ordinaria en el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que corresponde la liquidación de la Bonificación para el personal que se da de baja para acogerse a los Beneficios Jubilatorios legislada en el Artículo 76 del CCT 57/75, el S.A.C. proporcional y las Licencias no gozadas;
Que habiéndose presupuestado los distintos Objetos del gasto del inciso 1 GASTOS EN PERSONAL para todo el año 2019, es conveniente la transferencia presupuestaria de los saldos remanentes a los Objetos de Gastos cuyo presupuesto se prevé no alcanzará cubrir los compromisos para el presente ejercicio, dentro del inciso 1;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y Nº 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Aceptar la renuncia presentada por el agente Oscar Abel VALDEZ -------------------- CI 297, DNI 12.939.315, Función P-77 Clase XVI para acogerse a los beneficios jubilatorios a partir del 05 de Julio de 2019.--------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizar a la Contaduría-Liquidación de Haberes a liquidar, al ---------------------tiempo de la baja, el S.A.C. proporcional, Licencia no Gozada y Bonificación según Artículo 76 del CCT 57/75.--------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a transferir los saldos remanentes ---------------------- presupuestados para el año 2019 de los distintos Objetos del Gasto del inciso 1 Gastos en Personal, disponiendo las modificaciones presupuestarias que correspondan.------------------------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: El gasto que demande se imputará a los Objetos del Gasto del inciso 1 --------------------GASTOS EN PERSONAL correspondiente a la Jurisdicción 1.2.2.01.02.000 GERENCIA DE PRODUCCIÓN; Categoría Programática 18.01.01 OPERACIONES y al Objeto del Gasto 1.6.1.01 INDEMNIZACIONES AL PERSONAL y 1.6.1.02 PREMIO Y BONIFICACION ESPECIAL correspondientes a la Jurisdicción 1.2.2.01.14.000 GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS - Categoría Programática 14.00.02 ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS.-----------------------------------
ARTICULO 5º: Dese al Registro de Resoluciones, cumuníquese y cúmplase.---------------
RESOLUCION Nº 420-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
VISTO el requerimiento presentado por la Gerencia General de Grandes Consumidores; y
CONSIDERANDO
Que en virtud de la reorganización operada en la dependencia, se evaluó la oportunidad y conveniencia de incorporar a los agentes GATTI, Pablo Hernan (CI 1088) y VIACAVA, Alejandra Myriam (CI 1130) al módulo “B” del Acta Paritarias 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;
Que los agentes han prestado conformidad con la incorporación respectiva al régimen aludido precedentemente;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
RESUELVE
ARTICULO 1º: Incorporar a partir del primer día hábil del mes posterior a la firma de --------------------la presente a los agentes GATTI, Pablo Hernan (CI 1088) y VIACAVA, Alejandra Myriam (CI 1130) al módulo “B” del Acta Paritaria 08/2013 de Reunión de Comisión Negociadora de Convenio Colectivo de Trabajo de fecha 15/08/2013, correspondiente al Expediente de Negociación Colectiva Nº 01-041-23003/96 de trámite por ante la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación;----------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Dése al registro de Resoluciones, comuníquese, cúmplase.----------------
RESOLUCION Nº 421-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 1757-C-2016
RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcia), cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcial).
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcial), ejecutada por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Nº 92/19 obrante a fj. 188 del presente expediente.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 422-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 1883-I-2017
RED DE CLOACA CALLE ACEVEDO Nº 5030 (VP) E/ INGENIEROS Y AV. TEJEDOR, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL AMANECER DE LA CASA LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE ACEVEDO Nº 5030 (VP) E/ INGENIEROS Y AV. TEJEDOR.
Que a fj. 139 se informa que se ha producido un ahorro de obra por $ 2.084,31 respecto de la Orden de Compra Nº 99/2019.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------RED DE CLOACA CALLE ACEVEDO Nº 5030 (VP) E/ INGENIEROS Y AV. TEJEDOR ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL AMANECER DE LA CASA LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 105/2019 obrante a fj.142
del presente expediente.------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Autorizar a la Contaduría a proceder a la desafectación del saldo--------
------------------- de la Orden de Compra Nº 99/2019 por un monto de $2.084,31 perteneciente a la Cooperativa de trabajo EL AMANECER DE LA CASA LTDA. por lo expuesto en el exordio de la presente.---------------------------------------------------------
ARTICULO 4º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 423-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 260-I-2017 Cpo.1
RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/KORN Y JURAMENTO, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/ KORN Y JURAMENTO.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/ KORN Y JURAMENTO ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 231/2018 y Recibo Oficial Nº 127/2019 obrante a fj. 233 y fj.314 respectivamente del presente expediente.------------------------------------ ------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 424-2019 FIRMADA
ALEJANDRO POZZOBON
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 410658-P-2014 RED DE AGUA CALLE ESPAÑA (VP) E/ALBERTI Y RAWSON, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE AGUA CALLE ESPAÑA (VP) E/ALBERTI Y RAWSON.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE AGUA CALLE ESPAÑA (VP) E/ALBERTI Y RAWSON realizado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.----------------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 91/2019 obrante a fj.206 del presente expediente.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 425-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 260-I-2017 Cpo.1
RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/KORN Y JURAMENTO, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/ KORN Y JURAMENTO.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE SAN SALVADOR (VP) E/ KORN Y JURAMENTO ejecutado por la Cooperativa de Trabajo EL BARRIO EN SUS PUÑOS LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 231/2018 y Recibo Oficial Nº 127/2019 obrante a fj. 233 y fj.314 respectivamente del presente expediente.------------------------------------ ------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 426-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 1077-C-2010 RED DE CLOACA CALLE HEGUILOR (VI/PARCIAL) E/ F. DE LA PLAZA Y LEBHENSON, cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE HEGUILOR (VI/PARCIAL) E/ F. DE LA PLAZA Y LEBHENSON.
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE HEGUILOR (VI/PARCIAL) E/ F. DE LA PLAZA Y LEBHENSON realizado por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.--------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Oficial Nº 135/2019 obrante a fj.240 del presente expediente.-------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 427-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
MAR DEL PLATA, 12/07/2019
Visto lo actuado en el Expediente Nº 1757-C-2016
RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcia), cuya ejecución estuvo a cargo de la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA.
CONSIDERANDO
Que se procedió a formalizar el Acta de Recepción Definitiva de la obra RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcial).
Que la obra fue ejecutada en un todo de acuerdo a los términos del Pliego de Bases y Condiciones;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por Ordenanzas Nº 7.446 y 24.132 del Honorable Concejo Deliberante;
EL DIRECTORIO DE OBRAS SANITARIAS MAR DEL PLATA
SOCIEDAD DE ESTADO
R E S U E L V E
ARTICULO 1º: Aprobar el Acta de Recepción Definitiva correspondiente a la obra ------------------ RED DE CLOACA CALLE LAS HERAS Nº 4349 E/LARREA Y VIEYTES (VI parcial), ejecutada por la Cooperativa de Trabajo DEL PARQUE LTDA. por los motivos expuestos en el exordio de la presente.------------------------------------------------------
ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría la devolución del Depósito de Garantía -------------------- de Ejecución de Contrato retenida según Recibo Nº 92/19 obrante a fj. 188 del presente expediente.----------------------------------------------------------------------------
ARTICULO 3º: Dése al Registro de Resoluciones - Pase a Contaduría, Tesorería------------------------------- Gerencia General de Grandes Consumidores para su conocimiento - Cumplido al Área Proyectos Institucionales Agua y Cloaca para su archivo.------------------
RESOLUCION Nº 428-2019 FIRMADA
MARCELO SCAGLIOLA
LAS MISIONES Y FUNCIONES DESCRIPTA SON LLEVADAS EN CONJUNTO ENTRE LA EL JEFE Y EL SUBJEFE DEL ÁREÁ JEFATURA DE AGUA y CLOACA