Boletines/Pilar
Decreto Nº 2383/19
Pilar, 25/07/2019
Corresponde al Expediente Nº 6104/2019
Pilar,
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente municipal Nº 4089-6104-2019, y
Considerando
Que, el expediente referido ha sido iniciado por la Dirección de Economía Social perteneciente a la Subsecretaria de Desarrollo Social para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 750 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calles; Cerrito entre Polonia y Albania, Cerrito entre Perito Moreno y Japón en el barrio Los Laureles y las calles Hipólito Irigoyen entre Viedma y Corrientes, Hipólito Irigoyen entre Corrientes y Calle Chacabuco, Hipólito Irigoyen entre Calle Chacabuco y Tucumán y Hipólito Irigoyen entre Tucumán y Ricardo Gutiérrez en el barrio El Cascote en la Localidad de Presidente Derqui,, de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley Nº 6769/58).
Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132º: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(…) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”
Que, por Decreto del Departamento Ejecutivo nº 1784 de fecha 06/06/2019 obrante a fs. 110 a 112 y 185 a 197 del expediente municipal Nº 5081/2019, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.
Que, atento al informe obrante a fs. 30 de la Subsecretaria de Desarrollo Social Lic. Jesica Bortule sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle Av. Constitución Nº 2808, Localidad Lagomarsino, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.
Que, a fs. 41 al 84 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.
Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.
Por Ello,
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1°: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle; Cerrito entre Polonia y Albania, Cerrito entre Perito Moreno y Japón en el barrio Los Laureles y las calles Hipólito Irigoyen entre Viedma y Corrientes, Hipólito Irigoyen entre Corrientes y Calle Chacabuco, Hipólito Irigoyen entre Calle Chacabuco y Tucumán y Hipólito Irigoyen entre Tucumán y Ricardo Gutiérrez en el barrio El Cascote en la Localidad de Presidente Derqui, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT Nº 30-71263770-2, por la suma de Pesos un millón seiscientos sesenta y un mil doscientos cincuenta con 00/100 ($ 1.661.250,00).-
Artículo 2°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal, Categoría Programática 25.77 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Subsec. De Desarrollo Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 3°: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.-