Boletines/Pilar
Decreto Nº 2225/19
Pilar, 16/07/2019
Corresponde al Expediente Nº 1595/2019
Pilar,
Visto
Las actuaciones obrantes en el expediente municipal Nº 4089-1595-2019, y
Considerando
Que, el expediente referido ha sido iniciado por la Dirección de Economía Social perteneciente a la Subsecretaria de Desarrollo Social para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 1450 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calles; Gral. Viamonte entre Narciso de Laprida y Congreso, Gral. Viamonte entre Congreso y San Copello en el barrio El Faro y en las calles: Gral Viamonte entre San Copello y Lucio V. Mansilla, Gral Viamonte entre Lucio V. Mansilla y Dr. Ignacio Pirovano, Gral. Viamonte entre Dr. Ignacio Pirovano y Arturo Capdevilla, Gral. Viamonte entre Arturo Capdevilla y Esmeralda, Gral. Viamonte entre Esmeralda y Faustino Brughetti, Gral. Viamonte entre Faustino Brughetti y Av. Pres. Arturo Humberto illia, Ing. Emilio Mitre entre Av. Presidente Arturo Humberto Illia y Ramón Falcón, Ing. Emilio Mitre entre Ramon Falcon y Faustino Brughetti, Ing.Emilio Mitre entre Faustino Brughetti y Esmeralda y Ing. Emilio Mitre entre Esmeralda y Arturo Capdevilla, en el Barrio El Pinazo, en la localidad de Del Viso, de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley Nº 6769/58).
Que, la presente contratación, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132º: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo, podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(…) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”
Que, por Decreto del Departamento Ejecutivo nº 404 de fecha 13/02/2019 obrante a fs. 167 a 168 y 254 a 278 del expediente municipal Nº 144/2019, se cumplimentó con establecido por el artículo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.
Que, atento al informe obrante a fs.44 de la Subsecretaria de Desarrollo Social Lic. Jesica Bortule sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Ltda., con domicilio legal en la calle Av. Constitución Nº 2808, Localidad Lagomarsino, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.
Que, a fs. 56 al 100 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios intervinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58
Por Ello,
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1°: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle; Gral. Viamonte entre Narciso de Laprida y Congreso, Gral. Viamonte entre Congreso y San Copello en el barrio El Faro y en las calles: Gral Viamonte entre San Copello y Lucio V. Mansilla, Gral Viamonte entre Lucio V. Mansilla y Dr. Ignacio Pirovano, Gral. Viamonte entre Dr. Ignacio Pirovano y Arturo Capdevilla, Gral. Viamonte entre Arturo Capdevilla y Esmeralda, Gral. Viamonte entre Esmeralda y Faustino Brughetti, Gral. Viamonte entre Faustino Brughetti y Av. Pres. Arturo Humberto illia, Ing. Emilio Mitre entre Av. Presidente Arturo Humberto Illia y Ramón Falcón, Ing. Emilio Mitre entre Ramon Falcon y Faustino Brughetti, Ing.Emilio Mitre entre Faustino Brughetti y Esmeralda y Ing. Emilio Mitre entre Esmeralda y Arturo Capdevilla, en el Barrio El Pinazo, en la localidad de Del Viso, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos Avanzando Limitada, CUIT Nº 30-71263770-2, por la suma de Pesos tres millones doscientos once mil setecientos cincuenta con 00/100 ($ 3.211.750,00).-
Artículo 2°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.09.000 Subsecretaria de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 1.1.0 Tesoro Municipal, Categoría Programática 25.77 Construcción de Veredas, Unidad Ejecutora 81 Dir. De Economía Social, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.
Artículo 3°: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.-