Boletines/Brandsen

Decreto Nº0711

Decreto Nº 0711

Brandsen, 16/04/2019

Visto

Visto la necesidad de cubrir de forma permanente distintas Jefaturas de División y de Departamento, y;

Considerando

Que el Convenio Colectivo de Trabajo establece las condiciones y características a cumplir para la cobertura de los cargos mencionados en los vistos;

Que la Junta de Disciplina, Calificaciones y Ascensos ha acordado llevar adelante los concursos establecidos en la norma mencionada aprobando un sistema de parámetros a considerar;

Que la misma Junta ha establecido la implementación de estas coberturas en etapas que puedan agilizar la tarea;

Que  por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo pertinente;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE BRANDSEN

ARTÍCULO 1º.-  Llámese a concurso en el marco de lo establecido en el artículo 68 del CCT y bajo los parámetros aprobados por la Junta de Disciplina, Calificaciones y Ascensos que como anexo forma parte del presente para la cobertura de carácter permanente de los siguientes cargos jerárquicos escalafonarios para los días 13 al 17 de Mayo del corriente:

  • Jefatura de Departamento de la oficina de Asesoría Letrada
  • Jefatura de Departamento de Turismo
  • Jefatura de Departamento de Producción y Empleo
  • Jefatura de Departamento de la Dirección de Obras Particulares
  • Jefatura de Departamento de Mesa de Entradas
  • Jefatura de Departamento de Ingresos Públicos
  • Jefatura de Departamento de Descentralización Tributaria
  • Jefatura de Departamento de Ingresos Públicos
  • Jefatura de Departamento de Zoonosis
  • Jefatura de Departamento de Inspecciones
  • Jefatura de División Taller Mecánico
  • Jefatura de División del Departamento Contable
  • Jefatura de División de Tesorería
  • Jefatura de División de Despacho y Digesto

ARTÍCULO 2º.-  Instrúyase a la Dirección de Recursos Humanos a la difusión e información del presente Decreto y sus alcances en el ámbito de todas las Secretarías en un plazo no mayor a los 5 días hábiles de su sanción.-

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese  a  quien  corresponda, dése al Registro Oficial y cumplido, archívese.-