Boletines/Pinamar
Ordenanza Nº 5394/19
Pinamar, 20/03/2019
VISTO:
El Expediente Nº 4123-1619/13 C-5 caratulado: "Cumplimiento Ordenanza Nº 4219/12. Boleto Estudiantil". La Ordenanza Municipal N° 4192/12, Decreto Nº 0431/13, Decreto Reglamentario N° 1606/13, la Ordenanza Nº 5216/18, el Decreto Municipal N° 1177/18 y las notas ingresadas al HCD por la empresa Montemar y los alumnos de distintas instituciones educativas (N° 2108 y 2109)
CONSIDERANDO:
Que la Empresa Montemar S.R.L ha presentado la solicitud de renovación del Convenio para la implementación del Servicio de Transporte gratuito para los Alumnos del Partido de Pinamar;
Que en fs. 823 la empresa prestataria del servicio presenta nota solicitando su renovación e incremento de un 47% en el valor del boleto escolar;
Que la empresa efectúa propuestas alternativas a elección del municipio, la primera consiste en el abono adelantado del subsidio en un único pago anual por la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($5.936.734,98) o de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE CON VEINTIDOS CENTAVOS (659.637,22) mensuales, caso en el que la empresa podrá solicitar el ajuste del precio de acuerdo a la siguiente fórmula polinómica: 60% de acuerdo a la evolución del valor del litro de gasoil, 30% de acuerdo a la evolución de los salarios de choferes de acuerdo a convenio colectivo de trabajo, 10% de acuerdo a la evolución del índice de precios al consumidor PBA, según obra en Fs. 823;
Que en los fs. 824/826 se encuentra un borrador del convenio presentado;
Que en fs. 827 la empresa incluye la copia del Reglamento de Tarjetas Escolares;
Que luego de tomar intervención el Honorable Concejo Deliberante para que se autorice la firma del futuro vínculo contractual se ha trabajado en llegar a un acuerdo con la empresa sobre diferentes peticiones que formularon los alumnos de las instituciones educativas las cuales serán incluidas en el convenio a firmarse (ver Nota Nº 2108y 2109);
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Pinamar, en uso de facultades que le son propias sanciona la siguiente:
Ordenanza Nº 5394/19
ORDENANZA
ARTICULO 1: Autorizase al Departamento Ejecutivo a la suscripción de un Convenio con la Empresa Montemar S.R.L para la continuidad del Boleto Estudiantil gratuito para el ciclo lectivo 2019 conforme las pautas que se establecen en la presente normativa y de acuerdo a las constancias que surgen del expediente.
ARTICULO 2: Autorizase al Departamento Ejecutivo al abono adelantado del subsidio en un único pago anual por la suma de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO CON NOVENTA Y OCHO CENTAVOS ($5.936.734,98), para el Boleto Estudiantil Gratuito del ciclo lectivo 2019.
ARTICULO 3: Todas las tarjetas entregadas tendrán una disponibilidad de setenta (70) viajes mensuales a título personal, los que podrán utilizarse de lunes a sábado en el horario de 6:30 a 23:30 hs., sin limitaciones. Agotado el crédito de los setenta viajes, los alumnos deberán abonar la tarifa "Residente".
ARTICULO 4: En el caso del primer extravío y/o pérdida por parte del beneficiario de la tarjeta magnética, la Municipalidad afrontará el costo de su reposición. A partir del segundo extravío y/o pérdida, el beneficiario afrontará el costo de su reposición que será de setenta (70) pesos.
ARTICULO 5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, dése al Registro Oficial, cumplido archívese.