Boletines/Hipólito Yrigoyen
Decreto Nº 582/2019
Hipólito Yrigoyen, 12/06/2019
Visto
Las actuaciones del expediente administrativo 4057-167/19, mediante el cual la Administración del Hospital solicita la adquisición de un equipo auto analizador químico clínico reacondicionado a nuevo con garantía atento a que el equipamiento con el que actualmente cuentan se encuentra muy deteriorado.
Ello, sumado a que su uso es constante y a que el costo de repararlo es muy elevado, resultando antieconómico para la Comuna.
Considerando
Que el mejoramiento técnico del sistema de salud local es uno de los pilares de la administración con el objetivo de mejorar la calidad de vida de los vecinos hendersonenses,
Que el equipo en cuestión es una herramienta fundamental en el laboratorio hospitalario actual, con la principal función de brindar una evaluación precisa y rápida del hemograma de los pacientes.
Que atento a lo normado por el art. 283 bis de la LOM conforme los valores vigentes corresponde el procedimiento de contratación de concurso de precios,
Por ello, haciendo uso exclusivo de las facultades que la ley le confiere EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE HIPOLITO YRIGOYEN
ARTÍCULO PRIMERO: LLAMESE A CONCURSO DE PRECIOS Nº 04/2019, para la adquisición de un auto analizador químico clínico con PC, monitor, impresora y UPS 1 KVA online reacondicionado a nuevo con garantía.
ARTICULO SEGUNDO: FÍJESE la fecha de apertura de sobres de ofertas para el día 21 de Junio de 2019, a las 10 hs. en la Oficina Secretaria de Gobierno y Hacienda de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen.
ARTICULO TERCERO: FÍJESE de fecha de entrega de propuestas hasta el día 21 de Junio de 2019 inclusive, hasta el horario de 9.30 hs, en la mesa de entradas de la Municipalidad.
ARTICULO CUARTO: ESTABLEZCANSE los siguientes requisitos de presentación de cotización: a) Los oferentes deberán estar inscriptos en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de Hipólito Yrigoyen. b) La formulación de la oferta implica el conocimiento y aceptación de todas las condiciones pactadas en el presente Decreto y su sometimiento a todas sus disposiciones de la Ley Orgánica Municipal y Reglamento de Contabilidad. c) Las ofertas deberán confeccionarse en forma clara y precisa, y deberán presentarse en el formulario que al efecto extienda la Dirección de Compras o de la forma que la misma lo establezca. d) Toda la documentación que integre la oferta o precio deberá estar foliada en todas sus hojas y firmada por quien detente el uso de la firma social o poder suficiente, en su caso. Si se trata de una persona jurídica, la oferta la deberá realizar el representante legal de la sociedad o apoderado con poder especial o general de administración. Asimismo se deberá acompañar la respectiva documentación a saber: contrato social, y acta de designación del representante, y copia de los instrumentos mencionados ut supra que acrediten el mandato, si correspondiere. e) Toda raspadura, tachadura o enmienda debe ser debidamente salvada por los oferentes, en caso contrario la oferta será rechazada. f) La cotización deberá efectuarse en pesos, deberá especificar el precio unitario del bien, en números y letras y en números por el total general de la propuesta. De existir discrepancias entre números y letras, prevalecerá el monto expresado en letras. Los precios unitarios cotizados, serán expresados en pesos con dos decimales. g) A los efectos del Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Comitente actúa como Consumidor Final.
ARTICULO QUINTO: DESE intervención a la Dirección de Compras para dar prosecución al Concurso de Precios, conforme lo establecido por el art 153 de la Ley Orgánica para las Municipalidades, y art. 191 y 192 del Reglamento de Contabilidad.
ARTICULO SEXTO: DESIGNESE a la Comisión Municipal Permanente de Evaluación de Ofertas de Concursos y Licitaciones, instituida por Decreto Nº 303 /16 como responsable de evaluar y dictaminar en relación a las ofertas recibidas, sobre la conveniencia, aceptación y/o rechazo de las mismas conforme las prescripciones de la Ley Orgánica Municipal y el Reglamento de Contabilidad correspondiente. Al efecto, cumplidas que sea el procedimiento, DESE intervención a dicho Organismo para el cumplimiento del cometido para el cual fue creado.-
ARTICULO SEPTIMO: Regístrese, Publíquese y cumplido Archívese.
Jorge Cortés Martín, Arpigiani
Intendente Municipal Secretario de Gobierno y Hacienda