Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 2611/19
Nueve de Julio, 06/07/2019
Feriado puente. Asueto administrativo
Visto
La ley N° 27.399, mediante la cual se habilitó al Poder Ejecutivo Nacional a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turística.
Considerando
Que a través del decreto 923/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, se comunicó que serán días no laborables puente los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre de 2018. Que el mismo texto adelantó los días que oficiarán de puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre. La opinión favorable de los funcionarios intervinientes a los fines conceder asueto administrativo.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Concédase asueto administrativo el día 8 de Julio de 2019, alcanzando el beneficio a todo el personal municipal.
ARTICULO 2º: Refrenda el presente Decreto el Señor Secretario de Gobierno.
ARTICULO 3º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.