Boletines/Chivilcoy
Ordenanza Nº 9427
Chivilcoy, 25/04/2019
ORDENANZA
Artículo 1°: Otórgase, la excepción solicitada de uso de espacio aéreo sobre el distrito de Chivilcoy para el posterior uso de transmisión de datos, video, audio, transmisión de datos u otros fines por cableado de fibra óptica a la empresa IPNEXT S.A
Artículo 2°: La excepción otorgada en el Art. 1, deberá cumplir con los siguientes requerimientos:
El tendido se deberá realizar con las siguientes alternativas:
Previo al inicio de las obras, las firma contratista deberá presentar en este municipio:
1.Proyecto visado por el Colegio Profesional correspondiente.
2.Cómputo y presupuesto de las tareas a realizar en el cual se detallen longitud del cableado y cantidad de cámaras y postes.
3.Copia de las respuestas de las interferencias con otros servicios y otros permisos de corresponder.-
4.Presentar copia autenticada póliza de responsabilidad civil, por daños a terceros por un valor mínimo de $ 3.000.000 con clausula de No repetición contra la Municipalidad y cubrir eventuales accidentes con vecinos y/o transeúntes, ya que las tareas se realizarán en la vía pública.-
5.Plan de trabajos
6. Fondo de reparos a favor del municipio, como garantía de los trabajos efectuados en la vía pública por un valor del 5 % del monto de la obra y que se devolverá a los 90 días de finalizada la misma: este seguro podrá constituirse a través de Poliza de Caución. Depósito en efectivo o pagaré.-
Artículo 3°: La contratista abonará los derechos de construcción según liquidación al efecto por ordza. Fiscal e impositiva vigente y podrá dar comienzo a las obras cuando este municipio haya emitido la autorización fehaciente.La excepción solicitada caducará en el plazo de un año a partir de la promulgación de la presente.
Artículo 4°: Comuníquese, publíquese y archívese.