Boletines/Chivilcoy

Decreto Nº679

Decreto Nº 679

Chivilcoy, 17/04/2019

No hace lugar recurso

Visto

el expediente N° 4031- 202015/19, en el cual se presentan el Sr. Ángel Andrés García con el patrocinio letrado del Dr. Yannone Arauz, interponiendo recurso, solicitando se suspendan los efectos del decreto N° 520/19, y

Considerando

que la defensa pretende que se deje sin efecto la suspensión preventiva decretada en el marco del sumario administrativo que se lleva adelante contra el agente García,

que a tales fines alega que Ángel Andrés García goza de tutela sindical, esgrimiendo que él mismo es Integrante del Concejo Directivo de la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con personería Gremial N° 107/48,

que, como medio probatorio, la defensa acompaña copia SIMPLE de acta de asunción de autoridades POR EL PERIODO 2018-2022. En este punto me detengo y realizo las siguientes observaciones;

- En la copia acompañada (de actuación notarial) no surge el nombre de ANGEL ANDRES GARCIA y no incluye para su mejor identificación el documento que acredite su identidad. -

Más allá de lo dicho en el párrafo que antecede , la simple información escrita otorgada al empleador , en copia simple no es suficiente para acreditar su condición de miembro electo del Concejo Directivo , a tales fines es requisito que se acompañe debidamente , LA CERTIFICACION DE AUTORIDADES SINDICALES , de la Asociación en cuestión : la FEDERACION DE SINDICATOS DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, con personería Gremial N° 107/48, EMANADA DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN DE LA LEY DE ASOCIACIONES SINDICALES , esto es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-

Por ello; 

El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta

Artículo 1º Hago saber al Sr. Ángel Andrés García, que cumplido el recaudo legal de acompañar LA CERTIFICACION DE AUTORIDADES SINDICALES, de la Federación a la que dice pertenecer, otorgada por autoridad competente, a saber el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL , se proveerá.-

Artículo 2°: No hacer lugar al recurso intentado por las razones expuestas.

Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.