Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 574
Chivilcoy, 04/04/2019
Cese
Visto
el expediente de referencia y que las presentes actuaciones son solicitadas por la Dirección de Personal a raíz de la denuncia policial efectuada por la agente municipal María Isabel Zoppi, legajo N° 1711, quien denuncia tanto en sede policial como en este expediente , que el 16 de enero de 2019 encontrándose cumpliendo tareas en la oficina de personal, tenía en su escritorio su cartera y su billetera personal con dinero en efectivo y documentación varia así como también tarjetas de débito, licencias ,etc.
Que ese día se hace presente en la oficina la Sra. Emilce Ramos, que también es empleada municipal y presta servicios en el Hogar San José, quien permanece en el lugar mientras la denunciante se dirige a otro sector de la oficina a buscar documentación; que luego Ramos se retira y la denunciante constata que ya no tiene la billetera. Ante esto realiza la denuncia policial pertinente.
Considerando
que, al ser citada la denunciante, relata los hechos e indica que Ramos, no solo admitió en su presencia que le había quitado la billetera, sino que le indico a ella y al marido el lugar donde la había arrojado, lugar donde más tarde el marido de la Sra. Zoppi y la denunciada se dirigen y encuentran parte de la documentación faltante.
Al mismo tiempo Ramos le lleva dinero en efectivo para reponer el faltante, no así la billetera ni el resto de la documentación, a saber, tarjeta de débito de cuenta sueldo en banco provincia de Buenos Aires y licencia de conducir.
Que independientemente de la causa policial, en forma inmediata y dada la gravedad de la denuncia, sumados los elementos iniciales, se solicita a este departamento ejecutivo que en uso de sus atribuciones decrete el inicio de sumario administrativo.
Que en consecuencia se procede a emitir el decreto N° 204/19, decretándose también la suspensión preventiva del agente de acuerdo a lo normado por el art 33 de la ley 14656.
Que la instrucción sumariante oportunamente cita a prestar declaración a la Sra. Emilce Ester Ramos, indicándole que podía hacer uso de patrocinio letrado, a lo que se negó, que no estaba obligada a declarar contra sí misma y que le asistía el derecho a abstenerse de declarar, no obstante Ramos accede y relata por propia voluntad los hechos, admitiéndolos en su totalidad, alegando no saber porque lo había hecho.
Particularmente admite “que se encontraba en la oficina de personal…que no recuerda si la billetera estaba dentro o fuera de la cartera de Zoppi…que tuvo intención de devolvérsela” no obstante luego de manifestar esto, contrariamente admite que saca de la billetera el dinero y se dirige a un lugar apartado para descartar la documentación que se encontraba en ella.
Por todo esto la instrucción sumariante resuelve la imputación de la agente Emilce Ester Ramos por haber incurrido en INCONDUCTA NOTORIA EN LOS TERMINOS DEL ART 107 INC 3 DE LA LEY 14656, por haber robado/ hurtado la billetera de una compañera de trabajo, dentro del ámbito laboral para quedarse con el dinero en efectivo y descartar el resto en una zanja ubicada en la calle 24 de este medio.
Ramos abusando de la confianza depositada por sus compañeras por ser ambas partes de una relación de empleo y quebrantando dicha confianza comete un hecho delictivo en perjuicio de su compañera y del prestigio de esta administración quien resulta ser su empleadora.
Que con fecha 4 de abril del corriente la Junta de Disciplina por UNANIMIDAD resuelve considerar oportuna la medida determinada por la instructora sumariante Dra. Carmen La Ruina, adhiriendo en un todo a la misma.
En consecuencia
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º Que la Sra. EMILCE ESTER RAMOS, con DNI: 12.152.637, legajo N° 4972, conforme lo expuesto en los considerandos, ha incurrido en INCONDUCTA NOTORIA ART. 107 inc. 3. Ley 14656, POR HABER SUSTRAIDO LA BILLETERA DE UNA COMPAÑERA DE TRABAJO, DENTRO DEL MUNICIPIO, MAS PRECISAMENTE EN LA OFICINA DE PERSONAL, MIENTRAS SE ENCONTRABA REALIZANDO ALGUN TRAMITE PERSONAL RELACIONADO CON DICHA OFICINA, APROVECHANDO LA DISTRACCION DE LA SRA. ZOPPI, QUEDANDOSE CON EL DINERO Y LUEGO DESCARTANDO Y DESTRUYENDO LA DOCUMENTACION QUE SE ENCONTRABA EN DICHA BILLETERA.
Artículo 2°: Por lo expuesto DISPONESE EL CESE de EMILCE ESTER RAMOS, con DNI: 12.152.637, legajo N° 4972, con causa en el presente sumario, y las constancias obrantes en el mismo.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.