Boletines/Chascomús

Resolución Nº231/19

Resolución Nº 231/19

Chascomús, 24/06/2019

Visto

El Expediente Administrativo Nº 4030-143412 s/ Solicitud de habilitación de transporte escolar, iniciado por la señora QUIROGA, NELIDA TERESITA; y

Considerando

Que la solicitud de habilitación de la unidad vehicular marca MERCEDES BENZ, Modelo BMO390 VS 1621, DOMINIO CLR257 para prestar servicio de Transporte Escolar en nuestra ciudad de la citada unidad vehicular, de acuerdo a Ordenanza Nº 2500/94 y la Ordenanza Nº 4088/12 fue efectuado por su propietaria la señora QUIROGA, NELIDA TERESITA DNI 16.925.878 y;

Que el peticionante ha presentado la documentación exigida para la habilitación peticionada.

Que corresponde hacer saber al peticionante que resulta una obligación mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación, es decir recibo de pago de patente, Póliza de seguro, Verificación Técnica vehicular y Licencia de conducir.

Que en caso de no efectuarse la actualización pertinente quedará sin efecto la correspondiente habilitación.

Que, asimismo resulta obligatorio que el vehículo cuente con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios.

Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.

Por ello, el Señor Secretario de Hacienda (Juan Facundo Alfonsín) que suscribe, en uso de sus atribuciones.

RESUELVE

ARTICULO 1º.- La habilitación de la unidad vehicular marca MERCEDES BENZ, Modelo BMO390 VS 1621, DOMINIO CLR257, propiedad de la señora QUIROGA, NELIDA TERESITA DNI 16.925.878, tramitada mediante Expediente Administrativo Nº 4030-143412, para prestar servicio como “Transporte Escolar” en nuestra ciudad, de acuerdo a Ordenanzas Nº 2500/94 y Nº 4536/12 que regulan la habilitación de los transportes escolares.-

ARTICULO 2º.-Establécese que el vehículo deberá contar en forma obligatoria con los siguientes elementos: cinturones de seguridad en todos los asientos, matafuego y botiquín de primeros auxilios. Asimismo declárese obligatorio para el peticionante mantener actualizada la documentación presentada durante el período de habilitación: Recibos de pago del impuesto automotor, Póliza de seguro, Verificación Técnica Vehicular y Licencia de conducir, debiendo presentarse la misma en el área de habilitaciones de la Municipalidad bajo caducidad de la habilitación.-

ARTICULO 3º.- El vencimiento de la presente habilitación es el día 18  de JUNIO de 2020 de acuerdo a título V, Artículo 10, Ordenanza Impositiva.-

ARTICULO 4º.- Notifíquese a Oficina de Habilitaciones, propietario y Honorable Concejo Deliberante.-

ARTICULO 5º.- Cúmplase,   publíquese,   dese   al   Registro Municipal   y archívese.-