Boletines/Chascomús
Decreto Nº 459/19
Chascomús, 03/06/2019
TITULO EJECUTIVO
Visto
El Expte: 4030-106322/L, Caratulado: “López Osornio Cesar C/ Autovía del Mar S.A”; y
Considerando
Que a fojas 26/28, obra la sentencia emitida por el Juez de Faltas Municipal, en la cual dispuso imponer a la firma Autovía del Mar S.A, C.U.I.T. 30-71188591-5, con domicilio en calle 48 Nº 845, piso 8º de la Ciudad de La Plata, una MULTA de PESOS OCHO MIL ($ 8.000,00), por infringir los arts. 42º de la Constitución Nacional y 8bis, 10bis, y 45º de la ley Nacional Nº 24.240 y 48º de la Ley Provincial 13.133, más la reposición en concepto de tasa de actuación (sellado fiscal), la suma de PESOS TREINTA Y DOS ($ 32,00).
Que dicha multa debía abonarse en el plazo improrrogable de 10 días hábiles de notificada la sentencia y depositar ante una cuenta bancaria del Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 6942, en pesos Cuenta 9007/2, CUIT 30-99926759-5, CBU 0140331001694209000728 “Municipalidad de Chascomús”, debiendo la infractora presentar el comprobante de depósito ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sita en calle Dorrego Nº 229 de Chascomús, caso contrario se remitirán las actuaciones al Área de Asuntos Legales de la Municipalidad de Chascomús para iniciar juicio de apremio en procura de su cobro.
Que a fojas 30 obra constancia de cédula de notificación que se envió al infractor, bajo el número CU-821260515, en la que se transcribió la mencionada Disposición, sin que se procediere a su complimiento o depósito.
Que en consecuencia, resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.
En este sentido, la Dirección de Asuntos Legales dictaminó que resulta necesario a los fines de reclamar las mencionadas sumas por la vía de apremio, confeccionar el pertinente Título Ejecutivo.
Por ello, el Señor Intendente Municipal que suscribe en uso de sus atribuciones.
DECRETA
ARTICULO 1º.- Procédase a la Emisión de Título Ejecutivo correspondiente por la multa impuesta a la firma Autovía del Mar S.A, C.U.I.T. 30-71188591-5, con domicilio en calle 48 Nº 845, piso 8º de la Ciudad de La Plata, una MULTA de PESOS OCHO MIL ($ 8.000,00), y la suma de PESOS TREINTA Y DOS ($32,00), dispuesta en el marco del Expediente Nº4030-106322/L, de conformidad a las consideraciones expuestas en el exordio.-
ARTICULO 2º.- Iníciese la correspondiente acción judicial para perseguir el cobro por la vía de Apremio a través de la Dirección de Asuntos Legales.-
ARTICULO 3º.- Notifíquese a Secretaría Privada, Contaduría, Cómputos, Oficina Municipal de Información al Consumidor, Dirección de Asuntos Legales y Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 5º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-