Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº13201/19

Ordenanza Nº 13201/19

Quilmes, 26/06/2019

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el N° de Expediente 4091-3234-S-19 ha sancionado la Ordenanza N° 13201/19 en la Sesion Ordinaria del dia 11 de Junio de 2019, que dice:
VISTO
El Expte. N° 4091-3234-S-19, Ref.: Adhesión al programa denominado "Operadores de Calle", y
CONSIDERANDO:
Que ha sido sancionada la Ley N° 13298 "Ley de la Promoción y Protección Integral de los Derechos de los Niños" por el Senado y Camara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, el dia 29 de Diciembre de 2004;
Que la adopcion de una Ley amplia e integral contribuye significativamente a promover, proteger y asegurar el pleno goce y ejercicio de los derechos de niños, niñas y adolescentes;
Que se considera fundamental la implementación de politicas plúblicas que garanticen el empoderamiento y la expresión de los niños, niñas y adolescentes;
Que el Programa se propone como objetivo general establecer y efectivizar la responsabilidad y protagonismo del Estado en el armado, diseño e implementacion de politicas publicas que aborden casos de niñas/os y adolescentes que permanezcan largos periodos o pernocten en la calle, adecuando herramientas que disminuyan los riesgos de sobrevivir en la calle, reparar las consecuencias negativas, efectivizar derechos vulnerados y facilitar el acceso a programas sociales;

ORDENANZA

ORDENANZA N° 13201/19
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1°: CONVALIDASE el Acta de Adhesion al Programa "Operadores de Calle" celebrado entre el Organismo Provincial de la Niriez y Adolescencia de la Provincia de Buenos Aires con el Municipio de Quilmes, Secretaria de Desarrollo Social, Subsecretaria de Politica Integral de Promoción y Protección de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, registrada bajo N° 0535 a los 19 dias del mes de Diciembre de dos mil dieciocho.-
ARTICULO 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a arbitrar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1°: PROMULGASE la Ordenanza N° 13201/19 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del dia 11 de Junio de 2019.-
ARTICULO 2°: DESE al Registro General, Publiquese y ARCHIVESE.-

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                                              MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                                                     INTENDENTE

DECRETO Nº 1602/2019.-