Boletines/Quilmes

Ordenanza Nº12723/17

Ordenanza Nº 12723/17

Quilmes, 14/07/2017

VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-7044-D-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12723/17 en la Sesión Ordinaria del día 28 de Junio de 2017, que dice:

VISTO  El Expte. N° 4091-7044-D-17. Ref.: Capilla San Pablo, Parroquia Nuestra Señora de Itatí, Solicita la renovación del uso de ocupación del predio identificado catastralmente como Circunscripción VIII, Sección G, Manzana 87, Parcela 6b ubicado en la calle 808 y calle 896  Barrio Las Violetas de la Localidad de Quilmes Partido de Quilmes,  y

CONSIDERANDO  Que el mencionado predio es utilizado por la Capilla San Pablo, Parroquia Nuestra Señora de Itatí.

                              Que la autorización para su uso ha expirado con fecha 27 de diciembre de 2016. 

ORDENANZA

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:

ARTICULO   1º:   RENUEVASE permiso de uso y ocupación precario por el término de diez (10) años renovables al Obispado de Quilmes, a partir de la fecha de vencimiento  otorgado anteriormente por Ordenanza Nº 10609/06, del inmueble propiedad de la Municipalidad de Quilmes, que a continuación se detalla:

NOMENCLATURA CATASTRAL:

Circunscripción: VIII, Sección: G, Manzana: 87, Parcela: 6b, sito en la calle 808 y calle 896  Barrio Las Violetas  de Quilmes, Parroquia Nuestra Señora de Itatí, Capilla San Pablo, otorgado por Ordenanza Nº 10609/06

ARTICULO   2º:   El permisionario deberá hacerse cargo a partir de la promulgación de la presente Ordenanza, de todos los gravámenes, tasas e impuestos que pesen sobre el inmueble.

ARTICULO   3º: DEJASE constancia que el presente permiso reviste el carácter de precario pudiendo ser revocado por la Municipalidad en caso de abandono comprobado del predio.

ARTICULO   4º:   COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al  Registro General y ARCHIVESE.

 

Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.

         Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.

Por ello;EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO   1º:   PROMULGASE la Ordenanza N° 12723/17  sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 28 de Junio de 2017.

ARTICULO   2º:   DESE al Registro General, Publíquese y  ARCHIVESE.

 

DR. IGNACIO C. ALBERTO                                                 MARTINIANO MOLINA

SECRETARIO LEGAL Y TECNICO                                            INTENDENTE

DECRETO Nº 2938/2017