Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 12736/17
Quilmes, 21/07/2017
VISTO que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el Nº de Expediente 4091-17837-S-17 ha sancionado la Ordenanza Nº 12736/17 en la Sesión Extraordinaria del día 7 de Julio de 2017, que dice:
VISTO
El Expte. Nº 4091-17837-S-17. Ref.: El Expediente Nº 4091-17837-S-17 por el cual se proponen reformas en el sentido de circulación de varias arterias, la prohibición de estacionamiento en otras y la autorización de giro en “U” mediante semaforización, como consecuencia del paso bajo nivel de Bernal, y
CONSIDERANDO
Que con motivo de ponerse en funcionamiento el nuevo paso bajo nivel de la calle Espora, en la Ciudad de Bernal, se rehabilitará el tránsito vehicular en la zona.
Que, como consecuencia de ello, se hace necesario realizar modificaciones en la circulación vehicular, como así también en los lugares en los que se autoriza a estacionar, para garantizar la seguridad vial y la de los peatones, como así también para agilizar la circulación vehicular.
Que, desde el punto de vista técnico, las características estructurales de la obra y su altura de 5,10 mts., hacen necesario además, que se vede la circulación del tránsito pesado.
Que resultan de aplicación la Ley Nacional Nº 24.449 (de tránsito) adherida por la Provincia de Buenos Aires, mediante Ley 13.927/09 y su Decreto Reglamentario 532/09, y el Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires).
ORDENANZA
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA:
ARTICULO 1º: OTORGASE sentido único de circulación a la calle Crámer entre las Calles Espora y Roque Sáenz Peña, el que será de Norte a Sur.
ARTICULO 2º: PROHIBASE el tránsito pesado sobre la calle Espora entre la Avenida Caseros y la Calle Crámer.
ARTICULO 3º: OTORGASE doble sentido de circulación a la Calle Uriburu entre las Calles Deán Funes y Estrada.
ARTICULO 4º: OTORGASE doble sentido de circulación a la calle Estrada entre las Calles Crámer y Uriburu.
ARTICULO 5º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos de la Calle Crámer entre Espora y Roque Saénz Peña.
ARTICULO 6º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos de la calle Uriburu entre las Calles Deán Funes y Estrada.
ARTICULO 7º: OTORGASE sentido único de circulación a la Calle Espora entre las calles Uriburu y Crámer, el que será de Oeste a Este.
ARTICULO 8º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos de la Avenida San Martín entre las Calles 9 de Julio y Ameghino.
ARTICULO 9º: PROHIBASE el estacionamiento sobre ambas manos en la calle Crámer entre las Calles Espora y Constitución.
ARTICULO 10º: PROHIBASE estacionar y detenerse sobre ambas manos de la Calle Espora entre la Calle Crámer y la Avenida Caseros.
ARTICULO 11º: PROHIBASE el estacionamiento sobre la mano Norte de la calle Avellaneda entre la Avenida San Martín y la Calle Pringles.
ARTICULO 12º: PERMITASE el giro en U, mediante semáforo, en la Avenida San Martín y la Calle 25 de Mayo, con sentido hacia la rampa de ingreso al Paso Bajo Nivel.
ARTICULO 13º: El Departamento Ejecutivo, a través de la dependencia competente, procederá a la correcta señalización del sector mencionado precedentemente.
ARTICULO 14º: DEROGASE toda Ordenanza y/o disposición que se oponga a la presente.
ARTICULO 15º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
Fdo.: Cdor. JUAN M. BERNASCONI, Presidente del H.C.D.
Dr. DANIEL A. MARCHI, Secretario Legislativo del H.C.D.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA:
ARTICULO 1º: PROMULGASE la Ordenanza N° 12736/17 ………………….. sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 7 de Julio de 2017.
ARTICULO 2º: DESE al Registro General, Publíquese y …………………… ARCHIVESE.-
DR. IGNACIO C. ALBERTO MARTINIANO MOLINA
SECRETARIO LEGAL Y TECNICO INTENDENTE
DECRETO Nº 3061/2017