Boletines/Chivilcoy

Ordenanza Nº9398

Ordenanza Nº 9398

Chivilcoy, 15/03/2019

ORDENANZA

Artículo 1°: Modifíquese la Ordenanza Nº 8.946/17, en su artículo 2º inciso 10, quedando redactado de la siguiente manera:

“10) Los vehículos automotores adquiridos por instituciones asistenciales sin fin de lucro, oficialmente reconocidas, dedicadas a la rehabilitación de personas con discapacidad, siempre que reúnan los requisitos que al efecto establezca el Poder Ejecutivo; y de vehículos automotores que pertenezcan a excombatientes de Malvinas, siendo estos titulares del mismo.”

Artículo 2°: Comuníquese, publíquese y archívese.