Boletines/Chivilcoy
Decreto Nº 521
Chivilcoy, 29/03/2019
Ampliación Plazo
Visto
el expediente de referencia, atento el estado de las actuaciones y
Considerando
que la defensa del imputado García, ofrece prueba que fue concedida y que a la fecha no se han producido en su totalidad por causas no imputables a la instrucción y al mismo tiempo interpone impugnación.
que la razón de ser de la suspensión preventiva tiene como finalidad impedir que el imputado estando en su lugar de trabajo, pueda entorpecer, impedir o de cualquier forma obstaculizar la prosecución de la investigación.
El intendente municipal, en uso de sus atribuciones, decreta
Artículo 1º: Considerar oportuna la solicitud de la Instrucción sumariante.
Artículo 2º: Disponer la ampliación del plazo de suspensión preventiva sin goce de haberes de los agentes SAMUEL ABRAHAM MUONGKHOT CON DNI 29.634.990 Y LEONEL ALEJANDRO BENITEZ CON DNI: 37.783.765, por un nuevo plazo MAXIMO de 60 días y/o hasta la culminación del sumario de referencia lo que ocurriera primero, en razón de lo que establece el art 97 la ley 10430 de aplicación supletoria a la ley 14656, sus modificaciones y decreto reglamentario.
Artículo 3º: Comuníquese, publíquese, tome nota quien corresponda, dése al R.O., archívese.