Boletines/Pilar
Decreto Nº 2081/19
Pilar, 01/07/2019
Corresponde al Expediente N° 6108/2019
Pilar,
Visto
El expediente municipal N° 4089-6108-2019, y
Considerando
Que, por las presentes actuaciones iniciadas por la Secretaria de Obras Públicas, se tramita la Contratación Directa por excepción encuadrada en el Artículo 132 de la Ley Orgánica Municipal, para realizar la obra “Conexión de Aysa, tanque cisterna, interceptor de trapos, instalación de agua fría, eléctrica y cloacal en el Hospital Maternal de Pilar”, en un todo de acuerdo al Pliego de Especificaciones Técnicas Generales, Memoria Descriptiva, y Pliego de Bases Generales adjuntos a fs. 2/13 y 16/26.
Que, a fs. 14 se agrega la Solicitud de Pedido y la Solicitud de Gasto (fs. 15) que refleja el compromiso presupuestario en carácter preventivo para hacer frente a las erogaciones propiciadas.
Que la presente contratación se encuadra en la figura de la Contratación Directa regulado en el Artículo 132, Inciso d), de la Ley Orgánica Municipal — Decreto 6769/58, el que en su parte pertinente dice: “ARTICULO 132°: (Texto según Ley 10.706) Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) d) Su justiprecio no exceda el monto establecido en el artículo 133 primer párrafo ‘
Que por nota de fs. 27, la Secretaria de Obras Públicas recomendó la adjudicación de la presente contratación a la “Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos avanzando LTDA”, por poseer suficiente capacidad técnica.
Que a fs.28/61 se agrega la documental de la cooperativa que se pretende contratar, la garantía de mantenimiento de oferta y su cotización, la que resulta levemente inferior al presupuesto oficial.
Que, se ha verificado que los responsables de la cooperativa cuya preadjudicación se propicia no registran anotaciones en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
Que, ha tomado intervención el Servicio Jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.
Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc. 17) del Decreto de Ley 6769/58.
Por Ello,
El Sr. Intendente Municipal, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1°: Apruébese la Contratación Directa N° 12/2019 por excepción, encuadrada en el artículo 132, inciso d) de la Ley Orgánica Municipal para la ejecución de la obra pública “Conexión de Aysa, tanque cisterna, interceptor de trapos, instalación de agua fría, eléctrica y cloacal en el Hospital Maternal de Pilar”.
Artículo 2°: Adjudíquese la Contratación Directa N° 12/2019 favor de la “Cooperativa de Trabajo Lagomarsino Seguimos avanzando LTDA” CUIT N° 30-71263770-2, por la suma de Pesos trescientos cuarenta y dos mil con 00/100 ($ 342.000,00.-).
Artículo 3°: La erogación dispuesta precedentemente será imputada con cargo a la Jurisdicción 1.1.1.01.08.000, Fuente de Financiamiento 1.1.0, Categoría Programática 30.53, Unidad Ejecutora 84 y Objeto del Gasto 4.2.1, del presupuesto de gastos vigente.
Artículo 4°: Dése al Registro Municipal, pase a la Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese. -