Boletines/Daireaux
Decreto Nº 498/19
Daireaux, 23/05/2019
Visto
Los Expedientes Internos de Bromatología Daireaux Nro. 4022-2050/19 y de Bromatología Salazar Nro. 4022-02/2019, y
Considerando
Que por los mismos se gestiona la habilitación de un comercio bajo el rubro: a) Frutería y Verdulería “Don Lorenzo” en el primer expediente citado bajo la titularidad del Sr. Orozco Héctor Omar – DNI Nro. 35.635.927 – sito en calle Levalle Nro. 409 de Daireaux; y b) Panadería Confitería y Anexos “Panadería del Pueblo” en el segundo expediente a nombre del Sr. Canollán Alan Rodrigo – DNI Nro. 38.403.904 – situada en Avda. Barceló Esq. Avda. San Martín de la Localidad de Salazar;
Que en cada caso la Dirección de Bromatología e Inspección General ha labrado el Acta de Verificación correspondiente, por la que se constata que el local a habilitar en cada caso reúne las condiciones necesarias para proceder a tal fin;
Que la Asesoría legal se expide en cada Expediente certificando que se ha cumplido con los requisitos exigidos en la Ordenanza Nro. 933/05, de la cual se agrega copia a cada Expediente;
Que a fin de permitir un mejor seguimiento de las condiciones de habilitación de cada comercio, la Dirección de Bromatología e Inspección Gral deberá efectuar los controles periódicos pertinentes, debiendo tenerse en cuenta que ésta subsistirá mientras mantengan las condiciones en que la misma fue otorgada, y que la actividad a desarrollar no afecte derechos de terceros;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Habilitase el comercio ubicado en Calle Levalle Nro. 409 de la Ciudad de Daireaux, bajo el rubro: Frutería y Verdulería , a favor del Sr. Orozco Héctor Omar – DNI Nro. 35.635.927 – Cuit Nro. 20-35635927-6, operando bajo la denominación de fantasía “Don Lorenzo” de acuerdo a lo actuado por Expediente Interno de Bromatología Nro. 4022-2050/19 – Acta de Verificación Nro. 00018833 - .-
ARTICULO 2°. Habilitase el comercio sito en Avda. Barceló Esq. Avda. San Martín de la Localidad de Salazar, bajo el rubro: Panadería, Confitería y Anexos, operando bajo la denominación de fantasía “Panadería del Pueblo ” a favor del Sr. Canollán Alan Rodrigo – DNI Nro. 38.403.904 – Cuit Nro. 23-38403904-9 -, de acuerdo a lo actuado por Expediente Interno de Bromatología Nro. 4022-02/19 (Acta de Verificación Nro. 00018757).-
ARTICULO 3º. Las presentes habilitaciones podrán ser revocadas por resolución fundada de éste Departamento Ejecutivo, cuando cada local no reuniere las mismas condiciones en que fue otorgada y/o cuando la actividad a desarrollar en el mismo afecte los derechos de terceros, debiendo llevar adelante por parte de la Dirección de Bromatología e Inspección General los controles periódicos pertinentes. El no pago de cuatro (4) cuotas consecutivas y/o alternadas de la Tasa de Seguridad e Higiene dará lugar a la caducidad de la habilitación otorgada.-
ARTICULO 4º. Regístrese la presente por la Dirección de Cómputos y por la Oficina de Recaudación y Control Tributario.
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.-