Boletines/Daireaux

Decreto Nº476/19

Decreto Nº 476/19

Daireaux, 20/05/2019

Visto

La solicitud de exención de la Tasa por Conservación de la Vía Pública y Alumbrado como así también de la Tasa por Servicios  Sanitarios, formulada por contribuyentes que presentan discapacidad ya sea por quien formula el requerimiento y/o un integrante del núcleo familiar directo que habita en la vivienda, siendo ésta única y de ocupación permanente;

Considerando

Que la Ordenanza Impositiva Anual Ejercicio 2019 Nº 2295/19 establece en el Capítulo XXIV – Exenciones – ARTÍCULO 36º Punto 1) TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACION DE LA VIA PUBLICA inc. g) que queda exceptuados del pago de dicha tasa: “ Los Discapacitados que posean una única propiedad, o en su defecto sus padres o quienes se encuentren a cargo de ellos en la medida que acrediten que el discapacitado habita la vivienda y la misma revista el carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y los ingresos del grupo familiar no superen el equivalente a 2 (DOS) haberes mínimos”;

 

Que a su vez el punto 10.: TASA POR SERVICIOS SANITARIOS de dicho Artículo, en su inc. a) exime del pago de dicha tasa en un 100% a las personas mencionadas en el punto I inciso a, b y g del mencionado artículo, en la medida que el consumo de Agua corriente, no exceda del mínimo establecido en el artículo  31 inciso 1.1;

 

Que la Dirección de Catastro ha certificado la titularidad sobre el bien del requirente, o su grupo familiar con el cual habita la vivienda;

 

Que la Dirección de Desarrollo Social ha confeccionado el informe socio-económico-cultural de cada núcleo familiar, especificando miembros que lo constituyen, haberes mensuales del grupo familiar debidamente acreditados y adjuntado certificado de discapacidad vigente;

 

Que los casos que se han presentado se encuentran enmarcados en lo anteriormente expuesto, por lo que corresponde conceder la exención a que se alude;

 

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D  E  C  R  E  T  A

ARTICULO 1º.  Exímase del pago de la Tasa por Alumbrado y Conservación de la Vía Publica y   Tasa por Servicios Sanitarios en un 100%,  a los contribuyentes que se mencionan domiciliados en la ciudad de Daireaux en las cuentas que se especifican, los que se hallan encuadrados en lo dispuesto en el Capítulo XXIV – EXENCIONES -  Artículo 36º punto I inc. g) “…Los Discapacitados que posean una única propiedad, o en su defecto sus padres o quienes se encuentren a cargo de ellos en la medida que acrediten que el discapacitado habita la vivienda y la misma revista el carácter de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y los ingresos del grupo familiar no superen el equivalente a 2 (DOS) haberes mínimos, y punto 10 inc. a) de la Ordenanza Impositiva Anual Ejercicio 2019 Nro. 2295/19: --

 

  1. Labrouuse Raul Alejo  – DNI Nro. 08.114.274 – Álamos 227 de la ciudad de Daireaux – Inmueble: Circ. XI – Secc. D – Maz. 24B – Parc. 6  – Cta. CVP Nro. 971625 – Cta. S.S. Nro. 129065 – Certificado de Discapacidad, diagnóstico: Enfermedad isquémica del corazón.-

 

  1. Aguilera Héctor Humberto – DNI Nro. 13.454.035 – San Martín Nro. 516  de la Ciudad de Daireaux – Inmueble: Circ. I – Secc. B – Qta. 28 112 Fracción I  – Parc. 4 – Cta. CVP Nro. 1003345  -Cta. S.S. Nro. 0155012 – Certificado de Discapacidad de su hijo Aguilera Héctor Javier vigente hasta el 19/01/2016 diagnóstico: Cuadriplejía, no especificada. Distrofia muscular Trastorno respiratorio, no especificado . Disnea.-

 

  1. Aranda Blanca Susana – DNI Nro. 12.184.738 – Perú Nº 375 de la Ciudad de Daireaux - Inmueble: Circ. I – Secc.A – Mza. 112 - Parc. 3C - Cta. CVP Nº 0913200 – Cta. S.S. Nº  0151353 – Certificado de Discapacidad Ley Nº 22.431. Vigencia del Certificado: hasta el 13/02/2021.-

 

  1. Ortega Héctor Guillermo – DNI Nro. 05.258.592 – Gerónimo Izetta Nº 1549 de la Ciudad de Daireaux – Inmueble: Circ. I – secc. B – Mza. 3H – Parc. 19 –Cta. CVP Nro. 1001388 – Cta S.S. Nro. 0152903 – Certificado de Discapacidad Ley Nro. 22.431 – Diagnostico:  Cardiomiopatía. Diabetes mellitas, no especificada, con complicaciones múltiples. Vigencia del Certificado: hasta el 05/06/2019.-

 

 

ARTICULO 2º.  Lo dispuesto por el presente se aplicara con retroactividad al 01 de Mayo de 2019 hasta el 31 de Diciembre de 2019 inclusive.-

 

ARTICULO 3º.  Por Oficina de Dirección de Cómputos y Recaudación Tributaria tómese conocimiento de lo dispuesto a los fines que corresponda.

 

ARTICULO 4º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y   ARCHIVESE.-