Boletines/General Villegas

Resolución Nº125/19

Resolución Nº 125/19

General Villegas, 31/01/2019

Visto

El Expediente Nº 10595/18, iniciado por el señor Gustavo Luis Lucero, solicitando la habilitación municipal de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Pollería - Carnicería”, desde el día 1 de septiembre de 2018; y

Considerando

Que a fojas 14 y 15, se adjunta el Acta de Inspección    Nº 6623 y el Censo de Comercio e Industria Nº 6825, mediante el cual declara no contar con empleados en relación de dependencia.

Que a fojas 17 obra Acta de Inspección Nº 323, realizada por la oficina de Bromatología, certificando que el mismo se encuentra en buenas condiciones edilicias y de higiene.

Que el Departamento Catastro a fojas 20 y 21, suministra los datos del inmueble donde funciona el comercio e indica que registra plano de obra aprobado.

Que División Comercio e Inspección eleva el informe de práctica a fojas 34, requiriendo otorgar la habilitación provisoria del mismo.

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 41, informando que el solicitante no posee inmuebles y/u otra actividad comercial inscripta a su nombre en este partido.

Que analizadas las presentes actuaciones, surge que no ha podido cumplimentar con la totalidad de los requisitos exigidos en la legislación vigente (Ordenanza Nº 3666 - Anexo I - Capítulo I - Artículo Primero - Inciso 7 - Escritura del Inmueble).

Que a fojas 45 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la habilitación provisoria de un comercio dedicado a la explotación de los rubros “Pollería - Carnicería”, denominación comercial “Shadai”, del señor Gustavo Luis Lucero - D.N.I Nº 16.808.762, Codificadores de Rentas Nº 62100-10 y 62100-01 - NIS N° 1048696-01 - T1R - Residencial, no contando con empleados en relación de dependencia, en el inmueble comercial ubicado en calle Saavedra Nº 1144 de esta ciudad, individualizado catastralmente como Circunscripción I- Sección B- Quinta 24- Manzana 24a- Parcela 4, fecha de apertura 1 de septiembre de 2018.

ARTÍCULO SEGUNDO: Concédase al señor Gustavo Luis Lucero - D.N.I. Nº 16.808.762, un plazo de ciento ochenta (180) días para cumplimentar los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 3666 y demás legislación regulatoria en la materia, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.

ARTÍCULO TERCERO: La habilitación provisoria concedida en el Artículo Primero, queda supeditada al cumplimiento de los requisitos nacionales, provinciales y/o municipales vigentes en la materia

ARTÍCULO CUARTO: Hágase saber que es obligación del contribuyente comunicar al Municipio cualquier cambio de la situación dentro de los treinta (30) días, caso contrario quedará sin efecto la presente habilitación.

ARTÍCULO QUINTO: Déjase constancia que devengará automáticamente la obligación del contribuyente de abonar la “Tasa por Alumbrado Público”, correspondiente al período transcurrido entre la fecha de apertura y el primer cobro efectivo de la misma.

ARTÍCULO SEXTO: Deléguese en la oficina de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO SEPTIMO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Seguridad, División Comercio e Inspección General, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Bromatología, Contaduría, Procesamiento de la Recaudación y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.