Boletines/General Villegas
Resolución Nº 113/19
General Villegas, 30/01/2019
Visto
El Expediente Nº 598/19 iniciado por el Director de Servicios Urbanos, solicitando se le aplique una sanción disciplinaria al agente Alexis Joel de Armas, Legajo Personal N° 5104, por reiteradas faltas sin justificar los días 1/10, 2/10, 5/10, 22/10 y 30/11 de 2018; y
Considerando
Que la Dirección de Recursos Humanos interviene en fojas 5 a 7, consignando los datos del agente y que posee inasistencias injustificadas como también sanciones disciplinarias.
Que el Régimen de Empleo Público para el Personal de la Municipalidad, en los Artículos 65 y 66 establece las obligaciones y prohibiciones de los agentes municipales en el desempeño de sus tareas.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 8, sugiriendo se le aplique al agente una sanción disciplinaria correctiva consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el termino de un (1) día, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.
Se deja constancia que los días de inasistencias injustificadas fueron descontadas oportunamente, todo ello conforme surge de la planilla de haberes adjuntada por la Dirección de Recursos Humanos a fojas 7.
Que la repetición de dicha falta hace pasible al agente de sanciones que incluyen la baja, conforme se indica en el Artículo 103 inciso d) del mencionado reglamento.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Aplicase una sanción disciplinaria consistente en una “Suspensión sin Goce de Haberes” por el término de un (1) día para el 12 de febrero de 2019, al agente transitorio jornalizado Alexis Joel de Armas, Legajo Personal N° 5104, 11 Módulos, 30 Horas Semanales, Jurisdicción 1110107000, Categoría Programática 43.00.00, conforme lo dispuesto en el Artículo 103 inciso c) de la Ordenanza Nº 5647, por incurrir con lo estipulado en el Artículo 65 inciso a) de dicha ordenanza.
ARTICULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Departamento Personal, Dirección de Recursos Humanos, Dirección de Asuntos Jurídicos y Dirección de Servicios Urbanos; cúmplase y archívese.