Boletines/General Villegas
Resolución Nº 102/19
General Villegas, 29/01/2019
Visto
El Expediente Nº 1102/19, iniciado por la Contadora Municipal, solicitando se autorice la emisión de la 2º Cuota del año 2019 de la “Tasa por Alumbrado, Limpieza y Conservación de la Vía Pública”, “Área Complementaria”, “Fondo Solidario para la Obra Pública”, “Zona Residencial Extraurbana”, “Zona de Edificación Necesaria” y “Tasa de Seguridad y Defensa Civil”, adjuntado detalle con los respectivos montos y fechas de vencimiento; y
Considerando
Que los Capítulos I, XVI y XVII de la Ordenanza Tributaria Nº 5996, Ordenanza Nº 4683 y los Títulos XIV y XXX y el Artículo 365 a) de la Ordenanza Fiscal vigente, disponen lo solicitado por la Contaduría.
Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: Establécese la emisión de la 2º Cuota del año 2019 en concepto de las Tasas que se consignan y con los vencimientos que se detallan a continuación:
2º Cuota año 2019
- “TASA POR ALUMBRADO, LIMPIEZA Y CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA”
- “FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA”
- “TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL”
FECHAS DE VENCIMIENTO
1er vencimiento: 14 de marzo de 2019
2do vencimiento: 11 de abril de 2019
Interés Aplicable: 6,13%
ARTÍCULO SEGUNDO: Establécense los importes que se mencionan para las Tasas que se detallan:
ALUMBRADO PÚBLICO
Ciudad Cabecera Localidades del Partido
Sector 1 $ 8,96 Sector 1 $ 04,48
Sector 2 $ 36,28 Sector 2 $ 18,12
Sector 3 $ 36,28 Sector 3 $ 18,12
Sector 4 $ 27,11 Sector 4 $ 13,55
Sector 5 $ 18,09 Sector 5 $ 09,04
Ciudad Cabecera (Importes por metro de frente computables)
|
Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 14,42 |
$ 14,42 |
$ 10,74 |
$ 7,00 |
$ 7,00 |
BARRIDO |
$ 14,42 |
$ 14,42 |
$ 10,74 |
$ 7,00 |
$ 7,00 |
RIEGO |
$ 14,42 |
$ 14,42 |
$ 10,74 |
$ 7,00 |
$ 7,00 |
CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 14,42 |
$ 14,42 |
$ 10,74 |
$ 7,00 |
$ 7,00 |
Pueblos del Partido (Importes por metro de frente computables)
|
Sector 1 |
Sector 2 |
Sector 3 |
Sector 4 |
Sector 5 |
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS |
$ 7,21 |
$ 7,21 |
$ 5,36 |
$ 3,50 |
$ 3,50 |
BARRIDO |
$ 7,21 |
$ 7,21 |
$ 5,36 |
$ 3,50 |
$ 3,50 |
RIEGO |
$ 7,21 |
$ 7,21 |
$ 5,36 |
$ 3,50 |
$ 3,50 |
CONSERVACIÓN DE LA VÍA PÚBLICA |
$ 7,21 |
$ 7,21 |
$ 5,36 |
$ 3,50 |
$ 3,50 |
TASA DE SEGURIDAD Y DEFENSA CIVIL $ 30,18
FONDO SOLIDARIO PARA LA OBRA PÚBLICA
Sector 1 (Importe fijo) $ 189,27
Sector 2 (Importe fijo) $ 189,27
Sector 3 (Importe fijo) $ 141,89
Sector 4 (Importe fijo) $ 081,44
Sector 5 (Importe fijo) $ 063,07
ARTÍCULO TERCERO: Exceptúese del pago del “Fondo Solidario para la Obra Pública” y de los servicios de Recolección de Residuos, Riego, Barrido y Conservación de la Vía Pública a los contribuyentes de las localidades de Santa Eleodora, Villa Saboya, Villa Sauze y Santa Regina.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, publíquese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Contaduría, Tesorería, División Centro de Cómputos, Dirección de Rentas, Procesamiento de la Recaudación, Delegaciones Municipales, Entidades Bancarias y Cámara de Comercio e Industria del Partido de General Villegas; cúmplase y archívese.