Boletines/General Villegas

Resolución Nº20/19

Resolución Nº 20/19

General Villegas, 07/01/2019

Visto

El Expediente Nº 21481/84, donde se tramita la habilitación de un comercio, perteneciente al señor Juan Carlos Castaños, dedicado a la explotación del rubro “Taller Chapista” con fecha de alta 03 de agosto de 1970, registrado como Contribuyente Nº 1505; y

Considerando

Que la Secretaria de Obras y Servicios Públicos interviene a fojas 24, suministrando los datos del inmueble.

Que por Expediente Nº 21481/84 Alcance 1, agregado a fojas 28, el recurrente comunica la baja de la actividad comercial,  con fecha 21 de agosto de 2017.

Que mediante Acta Nº 5694, realizada el 22 de agosto de 2017, se constató que el comercio se encuentra cerrado (fojas 30).

Que el Departamento de Rentas interviene a fojas 36, informando que el Contribuyente no registra deuda.

Que según las constancias obrantes en el Expediente, se cumplimenta con lo establecido en la Ordenanza Nº 3666, Capítulo VIII, Artículos Decimotercero y Decimocuarto.

Que a fojas 40 se expide la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.                                    

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO: Regístrese la baja a partir del día 21 de agosto de 2017, del comercio perteneciente al señor JUAN CARLOS CASTAÑOS, DNI Nº 5.012.937, Contribuyente Nº 1505, habilitado con el rubro TALLER CHAPISTA”, Codificador de Rentas Nº 71400-10, con domicilio comercial en calle Belgrano Nº 859 de esta ciudad, en el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción I, Sección A, Manzana 78, Parcela 15, no contando con empleados en relación de dependencia; atento a lo establecido por la legislación vigente, y conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 21481/84.

ARTÍCULO SEGUNDO: Deléguese en la Secretaría de Comercio e Inspección General, la facultad de notificar lo dispuesto precedentemente.

ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las  oficinas de Secretaría de Comercio e Inspección General, Dirección de Rentas, División Comercio e Inspección, División Centro de Cómputos, Catastro, Contaduría y Procesamiento de la Recaudación; cúmplase y archívese.