Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6057/19

Ordenanza Nº 6057/19

General Villegas, 30/05/2019

VISTO:

El Expediente Nº 13600/16, iniciado por el señor César Marcelo Román, solicitando un predio en el Sector Industrial Planificado (Área de Servicios) para implantar un taller metalúrgico dedicado a la reparación y fabricación de implementos para el transporte y la maquinaria agrícola; y

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza Nº 4878 se ha creado el Área de Servicios y Logística, complementaria del Sector Industrial Planificado, tendiente a fomentar la instalación de servicios adicionales de las industrias, que deseen contar con las condiciones de emplazamiento, infraestructura y prestaciones.

Que se están realizando acciones tendientes a relocalizar comercios que por sus actividades se ven impedidos de desarrollarlas normalmente dentro del ejido urbano.

Que a fojas 15 se agrega copia del convenio, donde el recurrente se compromete a crear cuatro puestos de trabajo.

Que a fojas 16, la Secretaría de Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente a/c Secretaría de Relaciones con las Instituciones y la Comunidad avala la cesión de un predio en el Sector Industrial Planificado de la Ruta Nacional Nº 33 - Km 440.

Que el Departamento Catastro interviene a fojas 18, individualizando catastralmente al inmueble como Circunscripción II, Sección A, Fracción I, Chacra 38, Parcela 5.

Que a fojas 20, la Dirección de Edificios Públicos, Administración y Salud no realiza objeciones a lo requerido.

Que a fojas 24 se expide favorablemente la Dirección de Asuntos Jurídicos.

Que corresponde solicitar la intervención del Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Transfiérase a título gratuito al señor CÉSAR MARCELO ROMÁN, DNI Nº 35.102.557, el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Fracción I, Chacra 38, Parcela 5, ubicado en el Área de Servicios y Logística (Ordenanza Nº 4878), destinado a instalación de un taller metalúrgico dedicado a la reparación y fabricación de implementos para el transporte y la maquinaria agrícola.

ARTÍCULO 2º: Ratificase el convenio suscripto entre el Departamento Ejecutivo y el señor CÉSAR MARCELO ROMÁN, DNI Nº 35.102.557, cuyo objetivo es generar nuevos puestos de trabajo.

ARTÍCULO 3º: La cesión queda supeditada al efectivo cumplimiento por parte del beneficiario de los requisitos establecidos en la Ordenanza Nº 4878, estando facultado el Departamento Ejecutivo a dejar sin efecto la misma en caso de incumplimiento.

ARTÍCULO 4º: Los gastos que se ocasionen como consecuencia de esta cesión, serán por exclusiva cuenta de los beneficiarios.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.