Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6042/19
General Villegas, 25/04/2019
VISTO:
Las decisiones del Departamento Ejecutivo sobre el destino de la obra del SUM del Parque Municipal General San Martin y,
CONSIDERANDO:
Que en Octubre de 2012 se comenzaron las tareas de construcción de un salón de usos múltiples, (SUM) municipal, ocupando una superficie total de 3.475 metros cuadrados, emplazada en el Parque Municipal “General San Martín” de General Villegas, con un objetivo claro sobre el objetivo de su destino.
Que la comuna de Gral. Villegas financia totalmente la obra, y una vez concluida podrá ser utilizada por las instituciones del partido para diferentes actividades y eventos, así el aporte a través del pago de los impuestos, vuelve a los vecinos en obras.
Que la construcción del polideportivo forma parte de un proyecto integral de la gestión del ex intendente Gilberto Alegre, convirtiendo al Parque en una pequeña villa olímpica.
Que en fecha 11 de Mayo al 04 Junio de 2018 se llevó a cabo el pedido de Licitación Pública N°1/018 por un importe de $16.687.094,00, dicha finalización aún no ha sido concretada.
Que la apertura de sobre se llevó a cabo el día 6 de Junio de 2018 y nunca fueron publicados los resultados hasta la fecha.
Que luego de casi un año de este llamado a Licitación, se reanudan las gestiones para finalizar la construcción del polideportivo.
Que el 16 de Abril de 2019 se realizó la apertura de la licitación pública para la terminación de tinglado y construcción de sanitarios del Polideportivo Parque Municipal de General Villegas con un presupuesto oficial: $25.759.409,00.-
Que el Departamento Deliberativo debe observar todas las acciones del DE cuando estas no sean destinadas al bien común de los vecinos y perjudiquen la utilización correcta de los recursos municipales, cuando no se cumplan con la responsabilidad de gobernar, administrar y gestionar con sentido común y criterio.
Que es una satisfacción para todo ciudadano contar con estructuras importantes en su comunidad para la realización de múltiples actividades recreativas, deportivas, culturales, que convoquen a un número significativo de gente, concentradas en un espacio apto y beneficioso para celebrar, actos culturales y educativos, deportivos, eventos cómo despedidas, conciertos, etc.
Que se disminuirían costos y se generarían encuentros de todos aquellos que solicitaran a las autoridades municipales respuestas para concretarlos, específicamente sobre la despedida de los egresados, que hace tres años las promociones están solicitando al Departamento Ejecutivo la posibilidad de llevar a cabo el mencionado evento estudiantil, siendo una negativa constante la respuesta del Intendente Campana.
Que de contar con un espacio de gran magnitud estructural, es aludir a que todos los eventos de gran convocatoria deberían ser concentrados en lugares de esta índole, que cuentan con los sistemas óptimos, reglamentados y encuadrados dentro de la legislación y habilitación pertinentes, por ello deben ser todos los eventos tenidos en cuenta, no solo el deporte, sino la cultura, (exposiciones, demostraciones, competencias baile, danzas,) la música en todos sus formas (recitales, conciertos, shows), sociales (almuerzos, cenas).
Que se están preparando los pliegos licitatorios, para la colocación de pisos que limita la utilidad del SUM (salón de usos múltiples).
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Instrúyase al Departamento ejecutivo ampliar en la finalidad del uso y función que se le dará al SMU (Salón de usos múltiples) emplazado en el Parque Gral. José de San Martin de nuestra ciudad, a actividades deportivas, culturales-educativas y sociales. Con lo que respecta a la colocación del piso adecuado a todas estas actividades para que no sea discriminatorio e incongruente, el cual demanda esfuerzo y costo de los vecinos, los que deberían ser considerados en el momento del objetivo final y utilidad del mismo.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.