Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6028/19

Ordenanza Nº 6028/19

General Villegas, 11/04/2019

VISTO:

El Expediente Nº 2471/19, iniciado por el presidente de la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria Nelly Brown de Emerson General Villegas solicitando la eximición del pago del Impuesto Automotor, correspondiente al dominio EUS 001, acompañando documentación pertinente; y

CONSIDERANDO:

Que la oficina de Rentas interviene a fojas 10 y 11, solicitando se considere la eximición a partir de la cuota 03/2016 en adelante del dominio aludido en concepto de “Impuesto Automotor” de acuerdo a la normativa vigente en Arba.

Que el Artículo 243 inciso b) Capítulo II, Título III del Código Fiscal Ley 10397 Texto Ordenado vigente establece que están exentos de este impuesto “…b) los vehículos de su propiedad y uso exclusivo necesario para el desarrollo de sus actividades propias, los cuerpos de bomberos voluntarios, las instituciones de beneficencia pública con personería jurídica, las cooperadoras, las instituciones religiosas debidamente reconocidas por autoridad competente…”.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos sugiere se proceda a condonar la deuda a partir de la cuota 03/2016 por el concepto mencionado al dominio EUS - 001 inscripto a nombre de la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria Nelly Brown de Emerson de General Villegas.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Condónase la deuda que registra la Asociación Cooperadora de la Escuela Agraria Nelly Brown de Emerson de General Villegas en concepto de Impuesto a los Automotores Descentralizado del vehículo micro ómnibus, marca Mercedes Benz, módelo 2005, dominio    EUS – 001, a partir de la cuota 03/2016 por las razones expuestas ut supra.

ARTÍCULO 2º: Autorízase a las oficinas competentes a realizar las modificaciones pertinentes.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.