Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6026/19

Ordenanza Nº 6026/19

General Villegas, 11/04/2019

VISTO:

El Expediente Nº 13902/18, iniciado por la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos Cañada Seca Limitada, solicitando se arbitren los medios necesarios para proceder a la transferencia de la unidad Renault Máster dominio HXQ-821, donada por el Municipio mediante Ordenanza N°5862; y

CONSIDERANDO:

Que de dicha ordenanza se desprende en su artículo segundo que la entidad beneficiada tendrá un plazo de 60 días contados a partir de la promulgación de la misma, para realizar los trámites de transferencia de dominio del automotor, quedando a su exclusivo cargo los gastos que se originen.

Que por lo expuesto y atento encontrarse ampliamente  vencido el plazo otorgado se sugiere se prorrogue dicho plazo a fin de que la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Cañada Seca Limitada pueda realizar la correspondiente transferencia.

El Director de Control y Mantenimiento de las Reparaciones informa que el plazo necesario de prórroga para efectivizar la transferencia es de dos años y seis meses, contados a partir del vencimiento de los 60 días plasmados en la Ordenanza 5862/17.

Que el Director de Asuntos Jurídicos sugiere se eleve el pedido formulado por la cooperativa al Honorable Concejo Deliberante, a fin de ampliar el plazo establecido en la Ordenanza antes mencionada.

Que corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Amplíese por el termino de dos años y seis meses, el plazo para efectivizar la transferencia de vehículo Tipo Ambulancia, marca Renault, modelo Master DCI 120 corto techo alto, modelo 2009, dominio HXQ821, motor N° G9UA724C044596, chasis N° 93YADCUE59J198581, donada a la Cooperativa Eléctrica de Obras y Servicios Públicos de Cañada Seca Limitada mediante Ordenanza N° 5862/17

ARTÍCULO 2º: Dicho plazo comenzará a regir a partir desde el vencimiento de los 60 días otorgados oportunamente en la Ordenanza mencionada en el artículo primero.

     ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.