Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6017/19

Ordenanza Nº 6017/19

General Villegas, 21/03/2019

VISTO:

El Expediente Nº 4236/10 Alcance 1, iniciado por la Secretaria de Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente a/c de la Secretaría de Relaciones con las Instituciones y la Comunidad, solicitando la desadjudicación del inmueble otorgado mediante Ordenanza Nº 4903/10 y promulgada por Decreto Nº 1416/10, a los señores Ricardo Raúl Frey y Graciela Margarita Ortellado; y

CONSIDERANDO:

Que el fundamento de dicho pedido es que al día de la fecha, no se ha iniciado actividad en el predio.

Que la parcela es identificada con la nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I Parcela 10, transferida a título gratuito en el Área de Servicios y Logística, creada por Ordenanza Nº 4878.

Que el destino de la adjudicación era la instalación de un taller de transporte pesado, en el plazo de doce (12) meses desde la adjudicación y mantener el destino de la actividad para el cual fue otorgado.

Que la Ordenanza Nº 4903 prescribe la obligación del efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 4878, la que concede en su Artículo 6 inc. c) un plazo de doce (12) meses para poner en funcionamiento la actividad, prorrogable por igual término por razones debidamente fundadas. Su falta de cumplimiento dará derecho a la Municipalidad a rescindir la transferencia del inmueble.

Que mediante CD Nº 962263315 de fecha 13 de noviembre de 2018, se intimó al adjudicatario a que proceda a dar inicio a la construcción en un plazo de 30 días hábiles.

Que debido a las circunstancias y al tiempo ampliamente vencido sin acreditar fehacientemente la puesta en funcionamiento del taller de transporte en la parcela cedida en el Área de Servicios y Logística por parte de los adjudicatarios, comprueba la falta de cumplimiento de las obligaciones establecidas en la Ordenanza               Nº 4878/10.

Que atento a lo dispuesto por la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Desadjudícase el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I, Parcela 10, ubicado en el Sector Industrial Planificado, Área de Servicios y Logística, a los señores Ricardo Raúl Frey y Graciela Margarita Ortellado, por no haber cumplido con los términos y condiciones de la Ordenanza    Nº 4878/10 y restante legislación reglamentaria y modificatoria.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.