Boletines/General Villegas
Ordenanza Nº 6016/19
General Villegas, 21/03/2019
VISTO:
El Expediente Nº 4808/10 Alcance 1, iniciado por la Secretaria de Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente a/c de la Secretaría de Relaciones con las Instituciones y la Comunidad, solicitando la desadjudicación del inmueble otorgado mediante Ordenanza Nº 5234/12 y promulgada por Decreto Nº 24/13, a la firma Transporte Los Primos S.H de Bernardo Mezzelani y Carlos Gustavo Matellán; y
CONSIDERANDO:
Que el fundamento de dicho pedido es que al día de la fecha, no se ha iniciado actividad en el predio.
Que la parcela es identificada con la nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I Parcela 5 y 6, transferida a título gratuito en el Área de Servicios y Logística, creada por Ordenanza Nº 4878.
Que el destino de la adjudicación era la instalación de un taller de mantenimiento de camiones y acoplados y una oficina administrativa para desempeñar las tareas de transporte de carga de cereal.
Que la Ordenanza Nº 5234 prescribe su obligación del efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 4878, la que concede en su Artículo 6º inc c) a los adjudicatarios un plazo de doce (12) meses, prorrogable por igual termino y por razones debidamente fundadas, para poner su actividad en funcionamiento en dicho predio. La falta de cumplimiento dará derecho a la Municipalidad a rescindir la transferencia del inmueble
Que mediante CD Nº 962263267 de fecha 13 de noviembre de 2018, se intimó al adjudicatario a que proceda a dar inicio a la instalación del taller en un plazo de 30 días hábiles, bajo apercibimiento de desadjudicación del predio.
Que debido a las circunstancias y al tiempo ampliamente vencido para la puesta en funcionamiento se infiere el desinterés y la falta de necesidad respecto a la parcela cedida en el Área de Servicios y Logística por parte del adjudicatario.
Que atento a lo dispuesto por la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Desadjudícase el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I, Parcela 5 y 6, ubicado en el Sector Industrial Planificado, Área de Servicios y Logística, a la firma Transporte Los Primos S. H, por no haber cumplido con los términos y condiciones de la Ordenanza Nº 4878 y restante legislación reglamentaria y modificatoria.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas, cúmplase y archívese.