Boletines/General Villegas

Ordenanza Nº6012/19

Ordenanza Nº 6012/19

General Villegas, 21/03/2019

VISTO:

El Expediente Nº 6661/09 Alcance 1, iniciado por la Secretaria de Producción a/c de la Secretaría de Medio Ambiente a/c de la Secretaría de Relaciones con las Instituciones y la Comunidad, solicitando la desadjudicación del inmueble otorgado mediante Ordenanza Nº 5231/12 y promulgada por Decreto Nº 1505/12, al señor Jorge Rubén Balderrin; y

CONSIDERANDO:

Que el fundamento de dicho pedido es que al día de la fecha, no se ha iniciado actividad en el predio.

Que la parcela es identificada con la nomenclatura catastral Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I Parcela 11, transferida a título gratuito en el Área de Servicios y Logística, creada por Ordenanza Nº 4878.

Que el destino de la adjudicación era la instalación de un taller de mecánica de camiones, maquinaria vial, hidráulica y general.

Que la Ordenanza Nº 5231 prescribe su obligación del efectivo cumplimiento de la Ordenanza Nº 4878, la que concede en su Artículo 6 inc c) a los adjudicatarios un plazo de doce (12) meses, prorrogable por igual termino y por razones debidamente fundadas, para poner su actividad en funcionamiento en dicho predio. La falta de cumplimiento dará derecho a la Municipalidad a rescindir la transferencia del inmueble.

Que mediante CD Nº 962263307 de fecha 13 de noviembre de 2018, se intimó al adjudicatario a que proceda a dar inicio a la instalación del taller en un plazo de 30 días hábiles.

Que debido a las circunstancias y al tiempo ampliamente vencido para la puesta en funcionamiento se infiere el desinterés y la falta de necesidad respecto a la parcela cedida en el Área de Servicios y Logística por parte del adjudicatario.

Que atento a lo dispuesto por la Ley Orgánica para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires corresponde dar intervención al Departamento Deliberativo.

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Desadjudícase el inmueble individualizado catastralmente como Circunscripción II, Sección A, Chacra 38, Fracción I, Parcela 11, ubicado en el Sector Industrial Planificado, Área de Servicios y Logística, al señor Jorge Rubén Balderrin, por no haber cumplido con los términos y condiciones de la Ordenanza Nº 4878 y restante legislación reglamentaria y modificatoria.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Oficial de Ordenanzas,  cúmplase y archívese.