Boletines/General Villegas
Decreto Nº 176/2019
General Villegas, 29/01/2019
Visto
El Expediente Nº 8967/18, mediante el cual se tramitó el Concurso de Precios Nº 23/18 destinado al “Servicio de mano de obra con materiales para la aplicación de espuma de poliuretano en Gimnasio de la Escuela Nº 6 de Banderaló”; y
Considerando
Que mediante Decreto Nº 1199/18 se adjudicó dicho concurso al oferente Comenco S.A., en la suma de Pesos cuatrocientos veintiún mil doscientos sesenta ($ 421.260).
Que la Directora de Edificios Públicos, Administración y Salud manifiesta que se procedió a dar conformidad a las Actas de Recepción Provisoria y Definitiva de los trabajos pertenecientes al concurso señalado, con fecha 21 de septiembre y 26 de diciembre de 2018 respectivamente y que debería procederse a la devolución del pagaré sin protesto certificado aportado en concepto de Garantía de mantenimiento de oferta a la empresa Comenco S.A.
Que de acuerdo a lo establecido en las Especificaciones Legales Generales del Pliego de Bases y Condiciones, se deberá proceder conforme a lo solicitado.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Dése por recibida provisoriamente la totalidad de los trabajos correspondientes al Concurso de Precios Nº 23/18 destinado al “Servicio de mano de obra con materiales para la aplicación de espuma de poliuretano en Gimnasio de la Escuela Nº 6 de Banderaló”, según Acta del día 21 de septiembre de 2018, suscripta entre la Municipalidad de General Villegas y la señora Liliana Seilhan, en representación de la firma adjudicataria Comenco S.A., conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 8967/18.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dése por recibida definitivamente la totalidad de los trabajos pertenecientes al Concurso de Precios mencionado en el artículo primero, según Acta del día 26 de diciembre de 2018, suscripta entre la Municipalidad de General Villegas y la señora Liliana Seilhan, en representación de la firma adjudicataria Comenco S.A., conforme a las constancias obrantes en el Expediente Nº 8967/18.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a la firma Comenco S.A., el pagaré sin protesto certificado por la suma de Pesos cincuenta mil novecientos setenta y tres ($ 50.973.-), aportado en concepto de garantía de mantenimiento de oferta en el concurso mencionado anteriormente, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Tesorería y Compras; cúmplase y archívese.