Boletines/General Villegas
Decreto Nº 159/2019
General Villegas, 29/01/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 398/19, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 4/19 destinada a la “Provisión de Mano de Obra – Terminación 1° etapa. Construcción de 15 viviendas Plan Compartir en Cañada Seca”; y
Considerando
Que a fojas 159 a 167 se adjunta el Acta de Apertura de Propuestas y las planillas de comparación de ofertas.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 168, informando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentaron cuatro (4).
Que a fojas 169 el Secretario de Obras y Servicios Públicos informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Roberto Mamani Urbano, en la suma de Pesos novecientos veintinueve mil doscientos cincuenta ($929.250,00.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones, rechazar la oferta de Fabián Antonio Torres, ya que en la Planilla de Cotización se observa una enmienda no salvada y por otro lado corresponde desestimar las ofertas presentadas por Luis Gustavo Berón y Daniel Agustín Giacoia por no resultar conveniente a los intereses municipales, debiendo realizar la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 4/19 destinada a la “Provisión de Mano de Obra – Terminación 1° etapa. Construcción de 15 viviendas Plan Compartir en Cañada Seca”, aprobada por Decreto Nº 50/19, al oferente Roberto Mamani Urbano, en la suma de Pesos novecientos veintinueve mil doscientos cincuenta ($929.250,00.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 398/19, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímese la propuesta presentada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, por los oferentes Luis Gustavo Berón y Daniel Agustín Giacoia, por no resultar conveniente a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Devuélvase a las firmas que se consignan a continuación la Garantía de Mantenimiento de Oferta aportada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, conforme el siguiente detalle:
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.