Boletines/General Villegas
Decreto Nº 158/2019
General Villegas, 29/01/2019
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 396/19, pertenecientes a la Licitación Privada Nº 2/19 destinada a la “Provisión de Mano de Obra y Materiales – Reparación y construcción de veredas que circundan el Jardín de Infantes N°918 de general Villegas – 2°Parte”; y
Considerando
Que a fojas 73 a 76 se adjunta el Acta de Apertura de Propuestas y las planillas de comparación de ofertas.
Que la oficina de Compras interviene a fojas 77, informando que se invitaron cinco (5) proveedores, de los cuales se presentaron dos (2).
Que a fojas 78 el Secretario de Obras y Servicios Públicos informa que realizado el estudio y análisis de las propuestas, estima conveniente adjudicar la licitación al oferente Claudio Ariel Carissano, en la suma de Pesos setecientos veintiséis mil quinientos veinte ($ 726.520,00.-), por resultar conveniente a los intereses municipales y cumplir con lo dispuesto en el Pliego de Bases y Condiciones; y desestimar las ofertas presentada por Roberto Mamani Urbano por no resultar conveniente a los intereses municipales, debiendo realizar la devolución de la garantía de mantenimiento de oferta aportada.
Que de conformidad con lo actuado, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Adjudícase la Licitación Privada Nº 2/19 destinada a la “Provisión de Mano de Obra y Materiales – Reparación y construcción de veredas que circundan el Jardín de Infantes N°918 de general Villegas – 2°Parte”, aprobada por Decreto Nº 48/19, al oferente Claudio Ariel Carissano, en la suma de Pesos setecientos veintiséis mil quinientos veinte ($ 726.520,00.-), de conformidad con la propuesta presentada en el Expediente Nº 396/19, por las razones expuestas precedentemente.
ARTÍCULO SEGUNDO: Desestímese la propuesta presentada en la licitación mencionada en el Artículo Primero, por el oferente Roberto Mamani Urbano, por no resultar conveniente a los intereses municipales.
ARTÍCULO TERCERO: Autorícese a las oficinas competentes a arbitrar los medios necesarios a los efectos de devolver a Roberto Mamani Urbano, el pagaré sin protesto de fecha 18 de enero de 2019, por la suma de Pesos setenta y seis mil setecientos veintisiete con 60/100 ($ 76.727,60.-) aportado en concepto de garantía de mantenimiento de oferta en la Licitación Privada mencionada en el artículo primero, conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Generales.
ARTÍCULO CUARTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Secretaría de Hacienda y Finanzas, Compras, Contaduría, Tesorería, Secretaría de Obras y Servicios Públicos; cúmplase y archívese.