Boletines/General Villegas
Decreto Nº 87/2019
General Villegas, 14/01/2019
Visto
El oficio librado por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de Rufino, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados “PARDO S.A c/ Sosa Ramona Edith s/ Demanda Ejecutiva – Expte Nº 829/2013” registrado como Expediente Nº 10.191/17 Alcance 2, solicitando se sirva retener y depositar en el porcentaje de ley, sobre los remuneraciones que percibe la señora Ramona Edith Sosa, D.N.I Nº 13.871.750; y
Considerando
Que a fojas 5, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos donde se consignan los datos de la agente y solicitando que se retenga y deposite mensualmente el porcentaje que por ley corresponda sobre las remuneraciones hasta cubrir la suma de Pesos doce mil novecientos cincuenta con 76/100 ($ 12.950,76.-)
Asimismo informa que mediante Decreto Nº 454/14 se autorizó la retención del 10% sobre los haberes de la agente en autos caratulados “PARDO S.A c/ Sosa Ramona Edith s/ Juicio Ejecutivo” registrado como Expediente Nº 2056/14 Alcance 1.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 10, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley que corresponda sobre las remuneraciones que percibe la agente, hasta cubrir la suma consignada en concepto de intereses, gastos, honorarios y aportes y se deposite en la Cuenta Judicial Nº 55237, CBU 3300030330000000552373 del Nuevo Banco de Santa Fé S.A, sucursal local, a la orden de este Juzgado y perteneciente a estos autos.
Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 12.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a descontar mensualmente en el porcentaje de ley que corresponda sobre las remuneraciones que percibe la agente Ramona Edith Sosa, D.N.I N° 13.871.750, 230 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110105000, Categoría Programática 30.03.00, hasta cubrir la suma de Pesos doce mil novecientos cincuenta con 76/100 ($ 12.950,76.-) importe del crédito que se reclama en autos en concepto de intereses, gastos, honorarios y aportes. conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial y del Trabajo de la Ciudad de Rufino en autos caratulados “PARDO S.A c/ Sosa Ramona Edith s/ Demanda Ejecutiva – Expte Nº 829/2013” registrado como Expediente Nº 10191/17 Alcance 2”.
ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la Cuenta Judicial N° 55237, CBU 3300030330000000552373 del Nuevo Banco de Santa Fé S.A,. sucursal Rufino a la orden de éste Juzgado y para estos autos.
ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:
74003 - EMBARGOS
ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.