Boletines/General Villegas

Decreto Nº83/2019

Decreto Nº 83/2019

General Villegas, 14/01/2019

Visto

El oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado de General Villegas, en autos caratulados “Pardo S.A c/Cardoso Noelia Ivana s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 28248-2018” registrado como Expediente Nº 13916/18, solicitando se trabe embargo en el porcentaje de ley, sobre las remuneraciones que percibe la agente Noelia Ivana Cardoso, DNI N°24.813.195; y

Considerando

Que a fojas 5, obra el informe de la Dirección de Recursos Humanos, donde se consignan los datos de la agente y determinando que corresponde trabar embargo por el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la agente por la suma de pesos treinta y seis mil setecientos ($ 36.700,00.-) más el 50% que se presuponen para responder a intereses y costas.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos se expide a fojas 7, solicitando se autorice a descontar mensualmente en el porcentaje de ley que corresponda sobre las remuneraciones que percibe la demandada, hasta cubrir la suma consignada y se deposite en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal local, conforme lo requerido por el Juzgado interviniente.

Que la Contaduría Municipal informa la imputación a fojas 9.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorízase a la Dirección de Recursos Humanos, a trabar embargo en el porcentaje de ley sobre las remuneraciones que percibe la agente Noelia Ivana Cardoso, DNI N°24.813.195, Agente Transitorio Jornalizado, 12 módulos, 48 horas semanales, Jurisdicción 1110109000, Categoría Programática 65.02.00, hasta cubrir la suma de pesos treinta y seis mil setecientos ($ 36.700,00.-) más el 50% que se presuponen para responder a intereses y costas, conforme lo ordenado en oficio librado por el Juzgado de Paz Letrado General Villegas, en autos caratulados “Pardo S.A c/Cardoso Noelia Ivana s/ Cobro Ejecutivo – Expte Nº 28248-2018” registrado como Expediente Nº 13916/18.

ARTÍCULO SEGUNDO: La Tesorería Municipal deberá depositar el monto que se origine en el Artículo Primero, en la cuenta judicial Nº 6657-027-502002/0, CBU N°0140355627665750200202 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal General Villegas.

ARTÍCULO TERCERO: La retención del embargo deberá ingresar a la siguiente cuenta para su posterior transferencia:

74003 - EMBARGOS

ARTÍCULO CUARTO: Remítase copia al Juzgado interviniente.

ARTÍCULO QUINTO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las oficinas de Dirección de Recursos Humanos, Departamento Personal, Contaduría, Tesorería y Dirección de Asuntos Jurídicos; cúmplase y archívese.