Boletines/General Villegas

Decreto Nº77/2019

Decreto Nº 77/2019

General Villegas, 14/01/2019

Visto

El Expediente N° 13513/18, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, mediante el cual eleva la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar gastos de alquiler; y

Considerando

Que por Decreto Nº 1833/18, se otorgó a los beneficiarios el apoyo económico requerido.

Que la Tesorería Municipal interviene a fojas 752 solicitando el ingreso a la Partida: Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3; correspondiente al cheque de “subsidios a indigentes” no retirado por los beneficiarios.

Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS

DECRETA

ARTÍCULO PRIMERO: Autorizase a las oficinas competentes a ingresar a la Partida Jurisdicción Secretaría de Desarrollo Social, Fuente de Financiamiento 110, Inciso 5, Partida Principal 1, Partida Subparcial 4, Programa 62, Actividad 3, las sumas no retiradas por las personas que a continuación se detallan, en concepto de “subsidios a indigentes”, correspondientes a la orden de pago Nº 20794:

Nombre y Apellido

D.N.I

Importe

Amaya, Vanesa Noelia

033.896.968

$ 1.000.-

Almeira, Juan Domingo

05.066.915

$ 1.300.-

Burgos, Rosa

25.485.103

$ 1.000.-

Costa, María del Carmen

05.481.975

$ 1.500.-

Giles, Violeta Isabel

13.057.834

$ 1.500.-

Ledesma, Noelia Beatriz

34.520.217

$ 1.000.-

López, María Antonella

37.249.890

$ 1.500.-

Reyes, María de los Milagros

36.557.719

$ 0.300.-

Rodríguez, Laura

31.928.494

$ 2.000.-

Ruíz, Antonella Ayelén

42.417.868

$ 1.000.-

Villagra, Luís

05.046.818

$ 1.500.-

Yaber, Natalí

35.919.879

$ 1.500.-

 

TOTAL

    $ 15.100.-

ARTÍCULO SEGUNDO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y Secretaría de Desarrollo Social; cúmplase y archívese.