Boletines/General Villegas
Decreto Nº 71/2019
General Villegas, 11/01/2019
Visto
El Expediente Nº 277/19, iniciado por la Directora de Desarrollo Social Local, elevando la nómina de beneficiarios de “subsidios a indigentes”, destinado a solventar el pago del servicio de Luz, por un monto de Pesos tres mil cuatrocientos ($ 3.400.-) para su evaluación; y
Considerando
Que los subsidios a indigentes se hallan reglamentados por el Artículo 130 del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades y el Decreto 28/1995 del Departamento Ejecutivo.
Que la Contaduría Municipal interviene a fojas 27.
Que corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE GENERAL VILLEGAS
DECRETA
ARTÍCULO PRIMERO: Otórgase “subsidios a indigentes” por la suma total de Pesos tres mil cuatrocientos ($3.400.-), destinado a solventar el pago del servicio de Luz, conforme el siguiente detalle:
Apellido y Nombre |
D.N.I. |
Importe |
Luciana Bracciale |
32.102.439 |
$ 500.- |
M. Laura Calvimonte Aguilar |
28.300.777 |
$ 500.- |
M. Isabel Díaz |
17.441.044 |
$ 800.- |
Lura K. Flores |
26.826.895 |
$ 700.- |
Juan R. Monterrosa |
10.643.086 |
$ 600.- |
Gabriela Muñoz |
28.179.538 |
$ 300.- |
ARTÍCULO SEGUNDO: La erogación que demande el cumplimiento del presente Decreto, deberá ser imputada conforme lo indica la Contaduría, a la siguiente Partida del Presupuesto de Gastos:
Jurisdicción: |
Secretaría de Acción Social |
Fuente de Financiación: |
110 |
Inciso: |
5 - Transferencias |
Partida Principal: |
1 - Transferencias al Sector Privado para financiar gastos corriente |
Partida Subparcial: |
04 - Ayuda Sociales a Personas |
Programa: |
62 - Asistencia Social Directa |
Actividad Prog: |
03 - Subsidios Varios |
Importe: |
$ 3.400,00- |
ARTÍCULO TERCERO: Regístrese, comuníquese, remítase copia a las Oficinas de Contaduría, Tesorería, Secretarías de Hacienda y Finanzas y de Desarrollo Social y Dirección de Desarrollo Social Local; cúmplase y archívese.